Responsables y encargados de tratamiento de la información en la UNED

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Responsables y encargados de tratamiento de la información en la UNED

Responsables y encargados de tratamiento de la información

¿Qué es un encargado de tratamiento y cuál es su función principal?

El encargado de tratamiento es  la persona física o jurídica, autoridad pública, servicio u otro organismo que presta un servicio al responsable que conlleva el tratamiento de datos personales por cuenta de éste.

Le corresponde al responsable decidir sobre la finalidad y los usos de la información, mientras que el encargado de tratamiento debe cumplir con las instrucciones de quien le encomienda un determinado servicio, respecto al correcto tratamiento de los datos personales a los que pueda tener acceso como consecuencia de la prestación de este servicio.

¿Qué nivel de decisión puede asumir un encargado del tratamiento?

Puede adoptar todas las decisiones organizativas  y operacionales necesarias para la prestación del servicio contratado. En ningún caso puede variar las finalidades y los usos de los datos ni los puede utilizar para sus propias finalidades.

¿Cómo deben regularse las relaciones entre el responsable y el encargado del tratamiento?

La regulación de la relación entre el responsable y el encargado del tratamiento debe establecerse a través de un contrato o de un acto jurídico unilateral del responsable del tratamiento y debe constar por escrito, inclusive en formato electrónico.

¿Es necesario informar a los interesados de la contratación de un encargado del tratamiento?

No existe la obligación de informar respecto a la contratación de un encargado del tratamiento.

¿Cuál es el contenido mínimo de un acuerdo o acto de encargo del tratamiento?

  1. Las instrucciones del responsable del tratamiento
  2. El deber de confidencialidad
  3. Las medidas de seguridad
  4. El régimen de la subcontratación
  5. Los derechos de los interesados
  6. La colaboración en el cumplimiento de las obligaciones del responsable
  7. El destino de los datos al finalizar la prestación
  8. La colaboración con el responsable para demostrar el cumplimiento
  9. ¿Quién es responsable de los tratamientos realizados por el encargado?
  10. El responsable del tratamiento no pierde esta consideración en ningún caso y continúa siendo responsable del correcto tratamiento de los datos personales y de la garantía de los derechos de los afectados.

¿Quién es responsable de los tratamientos realizados por el encargado?

El responsable del tratamiento no pierde esta consideración en ningún caso y continúa siendo responsable del correcto tratamiento de los datos personales y de la garantía de los derechos de los afectados.

¿Puede el responsable del tratamiento elegir cualquier encargado del tratamiento?

Debe elegir un encargado que ofrezca garantías suficientes respecto a la implantación y el mantenimiento de las medidas técnicas y organizativas apropiadas y que garantice la protección de los derechos de las personas afectadas. La adhesión a códigos de conducta o la posesión de un certificado de protección de datos pueden servir como mecanismos de prueba.

¿Qué tratamientos puede llevar a cabo un encargado sobre los datos que le han sido encomendados?

Puede realizar todos los tratamientos, automatizados o no, que el responsable del tratamiento le haya encomendado formalmente en el acuerdo que se adopte.

El personal de la Universidad, previa acreditación, podrá acceder a los modelos y documentos de esta página.