Revisión Exámen
DATOS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN EXAMEN
Desde los Vicerrectorados competentes se ha desarrollado una aplicación para gestionar el proceso de revisión de calificaciones en los Grados y Másteres. Dicha aplicación tiene como objetivo estandarizar la gestión de las solicitudes de revisión que presentan los estudiantes.
Para presentar la solicitud de revisión, se accede a la aplicación a través de un enlace en el apartado “Mis calificaciones” de la secretaría virtual. Una vez resuelta por el profesor, se envía un correo electrónico a la cuenta @alumno.uned.es informando al estudiante de que puede consultar el estado de su solicitud en la propia aplicación
Forma de iniciación
Revisión:
Petición del estudiante interesado al profesor responsable de la calificación.
Plazo de 7 días naturales a partir del día de la publicación de la nota en la secretaría virtual.
Reclamación:
Petición del estudiante interesado a la comisión de reclamaciones del departamento responsable de la asignatura.
Plazo dentro de los 5 días naturales siguientes a la fecha de la resolución por el equipo docente.
Formulario de solicitud
Revisión: Existe un formulario de solicitud en aplicación informática dentro de la secretaría virtual. Acceso mediante identificador y contraseña..
Reclamación: Formulario de solicitud aquí pdf aquí word
Presentación de la solicitud de segunda revisión
Por registro electrónico dirigida a la unidad tramitadora U02800126 Secretaría de la Facultad. Encuentra tu oficina de registro aquí.
(No se admite por correo electrónico)
Plazo de resolución
Revisión: 7 días naturales a partir del fin del plazo para solicitar revisión.
Reclamación: 20 días contados desde la fecha oficial de entrega de Actas.
Efecto silencio
Desestimatorio
Órgano de resolución
Revisión: profesor responsable de la calificación
Reclamación: comisión de reclamaciones del departamento
Efectos de la resolución
No pone fin a la vía administrativa
Recursos
Recurso de alzada ante el Rector
Fases del procedimiento
- El estudiante presenta solicitud de revisión de examen
- El profesor responsable de la calificación responde a la solicitud
- Si el estudiante no está de acuerdo con la respuesta puede presentar reclamación ante la Comisión
- La Comisión dicta resolución
- Si el estudiante sigue en desacuerdo puede interponer recurso de alzada
Normativa básica
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. Disposición adicional vigésima novena. Régimen jurídico aplicable a la resolución administrativa en determinadas materias.
- NORMATIVA PARA LA REVISIÓN DE PRUEBAS FINALES (Aprobada por el Consejo de Gobierno el 2 de julio de 2019, modificada en Consejo de Gobierno 27 de octubre de 2020).
- NORMATIVA SOBRE LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DE FIN DE GRADO EN LA FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA.(Artículos 3.3 y 8.7)
- REGULACIÓN DE LOS TRABAJOS DE FIN DE MÁSTER EN LAS ENSEÑANZAS CONDUCENTES AL TÍTULO OFICIAL DE MÁSTER DE LA UNED (Artículo 9).
- Reglamento de régimen interior del departamento docente
INFORMACIÓN DETALLADA DEL PROCEDIMIENTO
PLAZOS
El plazo máximo para solicitar la revisión de exámenes será de 7 días naturales contados a partir del día de la publicación de la nota en la secretaría virtual. Una vez recibida la solicitud de revisión, el profesor responsable de la calificación tendrá un plazo máximo para resolver de 7 días naturales a partir del fin del plazo para solicitar revisión.
MOTIVACIÓN
La solicitud de revisión y la respuesta del profesor responsable deberán ser motivadas y ajustadas a los criterios académicos de corrección que haya fijado cada equipo docente. Las solicitudes carentes de motivación no serán admitidas.
COMISIÓN DE RECLAMACIÓN DEL DEPARTAMENTO
En el caso de que el estudiante no esté conforme con el resultado de la revisión, podrá interponer reclamación ante la Comisión de forma motivada y en los 5 días siguientes a la fecha de resolución por el equipo docente.
La presentación de reclamación no impide la inclusión en actas de las calificaciones obtenidas ni suspende los efectos académicos que de ello se derive.
Conforme a los reglamentos de régimen interior, los departamentos constituirán estas comisiones, que, como norma general, podrán valorar más de una revisión de examen, contarán con la participación de la representación de estudiantes (presencial o mediante otros medios o procedimientos, siempre que se garantice esa representación) y estarán compuestas por profesores del ámbito de conocimiento de las asignaturas afectadas, excluidos los profesores responsables de la primera revisión. El representante de estudiante contará con voz, pero sin voto.
La revisión de calificaciones de materias de carácter supra-departamental, como las prácticas externas o el trabajo fin de grado, podrá ser regulada por una comisión específica que fijará las directrices de su organización. En el caso de revisión del trabajo fin de máster se atenderá a lo regulado en la normativa vigente.
La Comisión dispondrá de un plazo máximo para resolver de 20 días contados desde la fecha oficial de entrega de Actas.
RECURSO DE ALZADA
En caso de que el estudiante siga en desacuerdo con la calificación del examen, podrá presentar recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes a contar desde la recepción del resultado de la valoración de la comisión de reclamación. La interposición de este recurso o cualquiera de las reclamaciones anteriormente citadas, no suspende los efectos académicos derivados de las calificaciones de los estudiantes.