Solicitudes, formularios y procedimientos específicos del PTGAS Funcionario de la UNED

Procedimientos PTGAS Funcionario

Solicitudes, formularios y procedimientos específicos

 
  • Si en un mismo trámite de trabajos extraordinarios se incluye a personal funcionario y laboral, se debe cumplimentar una solicitud y una certificación diferente para cada colectivo.

  • Las condiciones para la jubilación de los funcionarios públicos acogidos al Régimen General de la Seguridad Social se establecen en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

    En consonancia con lo dispuesto en ambas normas, los funcionarios pueden acceder a la jubilación forzosa por edad o a la jubilación anticipada, siempre que cumplan los requisitos de cotización exigidos para ello.

    No obstante lo anterior, el PTGAS Funcionario de la UNED podrá solicitar la prolongación en el servicio activo establecida en el citado Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, que se resolverá en el marco del procedimiento establecido.

    A través de los siguientes enlaces se accede a la información básica sobre las condiciones y requisitos de cualquiera de las modalidades indicadas, así como a los respectivos formularios.

  • La movilidad voluntaria del Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS) de la UNED se puede realizar mediante las siguientes vías:

    1. Movilidad interna entre funcionarios de la UNED

    Este procedimiento permite la permuta o intercambio de puestos de trabajo entre funcionarios de la UNED, que sean titulares de los mismos, y que cumplan los requisitos establecidos en la Instrucción de Gerencia, de 16 de abril de 2012, relativa a la movilidad voluntaria del Personal Funcionario de Administración y Servicios, publicada en el Anexo II del BICI n.º 29, de 7 de mayo de 2012.

    Esta Instrucción de la Gerencia fue modificada con fecha 25 de septiembre de 2012 y publicada en el BICI n.º 45, de 1 de octubre de 2012; con una nueva reforma del 30 de septiembre de 2013, publicada en el BICI n.º 1, de 7 de octubre de 2013; y una última modificación con fecha de 14 de octubre de 2013, publicada en el BICI n.º 3, de 21 de octubre de 2013.

     

     

    2. Permuta externa regulada por convenio

    Si el intercambio o permuta se va a realizar con un funcionario de otro organismo con el que exista convenio, habrá que acudir a lo dispuesto en el convenio en cuestión.

    Hasta la fecha, la UNED ha suscrito un convenio con la Universidad de Alcalá de Henares (UAH) para facilitar la movilidad voluntaria entre el PTGAS Funcionario de ambos organismos.

     

     

    3. Permuta externa sin convenio

    Si se trata de una permuta o intercambio de puestos de trabajo entre un PTGAS Funcionario de la UNED con un funcionario de otro organismo con el que no haya suscrito la Universidad el correspondiente convenio, la permuta habrá de ajustarse a lo establecido en el artículo 62 del Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba la Ley articulada de Funcionarios Civiles del Estado.