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Elecciones Representantes Profesorado Tutor

Elecciones Representantes Profesorado Tutor

Elecciones representantes Profesorado Tutor

De acuerdo con el artículo 58.1 del Estatuto del Profesor Tutor de la UNED, aprobado por Consejo de Gobierno de 30 de abril de 2013 y las modificaciones parciales aprobadas en los Consejos de Gobierno de 1 de julio de 2014, 4 de octubre de 2016 y 4 de julio de 2023, las elecciones a representantes del profesorado tutor en los Centros Asociados se celebrarán cada cuatro años y serán convocadas por el rector en el periodo comprendido en los tres primeros meses del curso académico en el que se cumplan los cuatro años de la fecha de la votación de la última convocatoria realizada.

Asimismo, el artículo 75.1 de dicho Estatuto establece que las elecciones a representantes del profesorado tutor en los departamentos se celebrarán cada cuatro años, serán convocadas por el rector y se celebrarán conjuntamente en el mismo proceso electoral que se realice para la representación de los Centros Asociados.

Transcurridos cuatro años desde la última convocatoria, procede convocar de nuevo elecciones a representantes del profesorado tutor tanto en los Centros Asociados como en los Consejos de Departamento de la Universidad.

Para participar en las elecciones es necesario ser profesor/a tutor/a con venia docendi y disponer de credenciales de profesorado tutor (usuario y contraseña).
Puede acceder al entorno de elecciones pulsando en Elecciones 2024.

Madrid, 4 de noviembre de 2024

 

Reunida la Comisión Electoral con fecha 22/12/2020 se ha acordado ordenar la publicación definitiva de los representantes electos.

(*) En el documento publicado de representantes electos a Centros Asociados se ha incluido, en el caso de que lo hubiera, al suplente correspondiente, puesto que, en virtud del artículo 67.3 del Estatuto del Profesor Tutor “Si el representante de un Centro Asociado no pudiera asistir a la convocatoria de la Junta Nacional [en la que se elegirá Presidente, Vicepresidente y demás miembros del Consejo Nacional, y representantes de Campus], podrá delegar, si lo hubiere, en el representante suplente. El suplente tiene derecho a sufragio activo, pero, en ningún caso, tendrá derecho a sufragio pasivo [es decir, podrá votar, pero no presentar candidatura a los puestos anteriores]”.