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EL MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LA ABOGACÍA (PLAN 2012) ESTÁ EXTINGUIDO. NO ADMITE NUEVOS ESTUDIANTES.
ESTUDIANTES DE NUEVA ADMISIÓN, CURSO 2024/25: MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LAS PROFESIONES DE ABOGACÍA Y PROCURA (PLAN 2023)
MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LAS PROFESIONES DE ABOGACÍA Y PROCURA (PLAN 2023)
El Máster Oficial en Acceso a las Profesiones de Abogacía y Procura por la UNED se concibe, en los términos exigidos por el Real Decreto 64/2023, de 8 de febrero, como una oferta de calidad fruto de la unificación de los dos Másteres independientes de Acceso a la Abogacía y a la Procura que han formado parte de la oferta de formación de la Facultad de Derecho desde el curso académico 2012/13.
Su interés académico y profesional resulta incuestionable para la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ya que su indeclinable oferta formativa forma parte de nuestra responsabilidad social como Universidad pública.
El nuevo Máster se asienta en la estrecha colaboración que existe entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), el Consejo General de la Abogacía Española (CGAE) y el Consejo General de Procuradores de España (CGPE), en aplicación del artículo 5.4 del Reglamento de la Ley de Acceso. Dicha colaboración ya se preveía en las Memorias de los anteriores Másteres cuando en ellas se recogía que: “La Universidad Nacional de Educación a Distancia podrá acordar la colaboración institucional prevista en este artículo con los correspondientes Consejos Generales de Colegios Profesionales de Abogados o de Procuradores”.
La publicación de la modificación de la Ley de Acceso (Ley 15/2021, de 23 de octubre) y de su correspondiente desarrollo reglamentario (RD 64/2023, de 8 de febrero) para acceder a las profesiones de la Abogacía y la Procura exigen un título universitario oficial específico (Licenciatura o Grado en Derecho) y un curso de formación especializada de capacitación para ambas profesiones.
En este marco, y con el fin de cumplir la exigencia de una formación especializada única para el ejercicio indistinto, pero no sincrónico, de ambas profesiones, la UNED ha procedido a la unificación de los Másteres de Acceso a la Abogacía y de Acceso a la Procura (ofrecido exclusivamente por la UNED) en el Máster en Acceso a las profesiones de Abogacía y Procura incardinado en el ámbito de conocimiento de Derecho y Especialidades Jurídicas conforme al RD 822/2021. Por otra parte, atendiendo a la esencia y características de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, el mencionado Máster unificado será ofrecido en todo el territorio nacional.
El plan de estudios diseñado recoge, sin introducir modificaciones sustanciales sobre lo que ya se impartía en los otros dos Másteres, los contenidos formativos necesarios que permitan a los estudiantes adquirir las competencias, funciones y habilidades necesarias para completar su formación, de acuerdo con la Ley de Acceso y su Reglamento. En este sentido, los Equipos Docentes estarán integrados por profesorado universitario y colaboradores externos, profesionales de la abogacía y la procura colegiados y especialistas en las materias propias del Máster y con amplia experiencia profesional, de acuerdo con el artículo 12.1 del RD64/2023, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de la Abogacía y la Procura.
Todo ello con la finalidad de ofrecer a los futuros abogados/as y/o procuradores/as una preparación integral y actualizada que les permita desempeñar sus funciones atendiendo a la demanda social y, en concreto, adquirir competencias y habilidades más allá del simple conocimiento de las normas jurídicas.
De este modo, se oferta un renovado, actualizado y sólido plan de estudios de acuerdo con nuestra metodología semipresencial estructurado en un módulo de formación obligatoria (54 créditos), un módulo de prácticas obligatorias externas (30 créditos) y un Trabajo Fin de Máster (6 créditos).
Las asignaturas se han reorganizado, partiendo de las impartidas previamente en los dos Másteres que se unifican, para garantizar la coherencia interna del título y una docencia más alineada con lo que se considera serán las expectativas de los estudiantes, asegurando que los programas de dichas asignaturas sean acordes con los contenidos recogidos en el examen de Estado para el acceso a las profesiones de abogados/as y procuradores/as en línea con las competencias especificas recogidas en el art. 10 del mencionado Real Decreto 64/2023, de 8 de febrero.
Todas las asignaturas tendrán carácter obligatorio y troncal, por cuanto no se contemplan módulos optativos. Además, los módulos formativos incluirán actividades teórico-prácticas y otras actividades formativas sobre distintos temas de interés que complementarán los conocimientos específicos.
Por otro lado, fuera del plan de estudios, la Facultad de Derecho de la UNED abrirá a los estudiantes del Máster la posibilidad de participar en seminarios, cursos, conferencias y congresos que habitualmente se organizan por la Facultad de Derecho y sus diferentes Departamentos.
El Máster en Acceso a las Profesiones de Abogacía y Procura por la UNED pretende proporcionar a nuestros estudiantes una formación axiológica o en valores que trascienda a aquélla y que inspire a los futuros profesionales de la Abogacía y/o la Procura en cada una de sus actuaciones y en sus relaciones con los clientes y con el resto de operadores jurídicos implicados en la tarea de interpretar y aplicar el Derecho.
El plan de estudios que se propone está inspirado en:
a) el rigor académico que implica una enseñanza universitaria;
b) su concordancia con los ciclos en los que se inscribe la enseñanza;
c) la coherencia entre los objetivos formativos del plan de estudios, las competencias fundamentales que se persiguen y los sistemas de evaluación del aprendizaje establecidos;
d) su comprensibilidad social.
Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el Art. 4 del RD 822/2021, este plan de estudios está inspirado en los principios y valores democráticos y los objetivos de Desarrollo Sostenible que a continuación se indican:
a) el respeto a los derechos humanos y derechos fundamentales; los valores democráticos –la libertad de pensamiento y de cátedra, la tolerancia y el reconocimiento y respeto a la diversidad, la equidad de todas las ciudadanas y de todos los ciudadanos, la eliminación de todo contenido o práctica discriminatoria, la cultura de la paz y de la participación, entre otros–;
b) el respeto a la igualdad de género atendiendo a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y de hombres, y al principio de igualdad de trato y no discriminación por razón de nacimiento, origen nacional o étnico, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación sexual, identidad o expresión de género, características sexuales, enfermedad, situación socioeconómica o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.
c) el respeto a los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas, de conformidad con lo dispuesto en la disposición final segunda del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre;
d) el tratamiento de la sostenibilidad y del cambio climático, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 7/2021, de 20 de mayo, de Cambio Climático y Transición Energética.
De este modo, el Título propuesto responde especialmente a los principios de no discriminación y accesibilidad universal, los derechos fundamentales, el fomento de la equidad e igualdad, el impulso de la sostenibilidad y los valores que se desprenden de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Entre ellos los ODS: 4 que garantiza una educación inclusiva, equitativa y de calidad, así como la promoción de oportunidades de aprendizaje para todos durante toda la vida, 5 que aspira a lograr la igualdad entre los géneros y 16 que promueve sociedades más justas, pacíficas e inclusivas.
Todo ello, sin olvidar los valores éticos y deontológicos de las profesiones, los cuales deben ser transmitidos a todo estudiante que pretenda desarrollar su futuro profesional en los ámbitos de la Abogacía y/o la Procura.
CONOCIMIENTOS O CONTENIDOS, COMPETENCIAS Y HABILIDADES O DESTREZAS
HABILIDAD (H)
RA1H Poseer habilidades que permitan aplicar los conocimientos especializados adquiridos en la licenciatura o el grado al ejercicio profesional ante tribunales o autoridades públicas, así como en las funciones de asesoramiento
RA 6H Desarrollar las habilidades y destrezas necesarias para la correcta y eficaz realización de los actos de comunicación a las partes en el proceso, y para una colaboración eficaz con los tribunales en la ejecución de las resoluciones judiciales, conociendo y diferenciando los intereses privados que representa de los de carácter público cuya ejecución la Ley y los tribunales le encomienden.
RA13H Desarrollar destrezas y habilidades para la elección de la estrategia correcta para la defensa de los derechos de la clientela teniendo en cuenta las exigencias de los distintos ámbitos de la práctica profesional
RA15H Desarrollar las destrezas y habilidades necesarias para la utilización de los procedimientos, protocolos, sistemas, y aplicaciones judiciales, que requieran los actos de comunicación y cooperación con la Administración de Justicia, con especial atención a los de naturaleza electrónica, informática y telemática.
RA16H Disponer de las habilidades necesarias para auxiliarse de las funciones notarial y registral, en el ejercicio de su actividad
RA17H Saber desarrollar destrezas que le permitan mejorar la eficiencia de su trabajo y potenciar el funcionamiento global del equipo o institución en que lo desarrolla mediante el acceso a fuentes de información, el conocimiento de idiomas, la gestión del conocimiento y el manejo de técnicas y herramientas aplicadas
COMPETENCIA (P)
RA3P Conocer y ser capaz de integrar la defensa y la postulación de los derechos de los clientes en el marco de los sistemas de tutela jurisdiccionales nacionales e internacionales
RA5P Conocer las técnicas procesales y ser capaz de ejecutar cuantos actos les encomienden o para cuya realización estén facultados en los distintos órdenes jurisdiccionales, con especial atención a los plazos, actos de comunicación, ejecución y vías de apremio.
RA7P Conocer y saber aplicar los derechos y deberes deontológicos profesionales en las relaciones de la persona ejerciente de la abogacía o la procura con clientes, otras partes, tribunales o autoridades públicas y entre otras personas ejercientes de la abogacía o la procura, así como con los demás profesionales.
RA 10P Saber identificar conflictos de intereses y conocer las técnicas para su resolución, establecer el alcance del secreto profesional y de la confidencialidad, y preservar la independencia de criterio.
RA12P Conocer y saber aplicar en la práctica el entorno organizativo, de gestión y comercial de la abogacía y la procura, así como su marco jurídico asociativo, fiscal, laboral y de protección de datos de carácter personal.
RA14P Desarrollar la capacidad para elegir los medios más adecuados que ofrece el ordenamiento jurídico para el desempeño de una representación técnica de calidad
RA19P Saber exponer de forma oral y escrita hechos, y extraer argumentalmente consecuencias jurídicas, en atención al contexto y al destinatario al que vayan dirigidas, de acuerdo en su caso con las modalidades propias de cada ámbito procedimental
RA20P Saber desarrollar trabajos profesionales en equipos específicos e interdisciplinares
RA21P Saber desarrollar habilidades y destrezas interpersonales, que faciliten el ejercicio profesional en sus relaciones con la ciudadanía, con otros profesionales y con las instituciones.
CONOCIMIENTO (C)
RA2C Conocer las técnicas dirigidas a la averiguación y establecimiento de los hechos en los distintos tipos de procedimiento, especialmente la producción de documentos, los interrogatorios y las pruebas periciales
RA4C Conocer las diferentes técnicas de composición de intereses y saber encontrar soluciones a problemas mediante métodos alternativos a la vía jurisdiccional
RA8C Conocer y evaluar las distintas responsabilidades vinculadas al ejercicio de la actividad profesional, incluyendo el funcionamiento básico de la asistencia jurídica gratuita y la promoción de la responsabilidad social de la persona ejerciente de la abogacía o la procura.
RA9C Conocer y aplicar las técnicas dirigidas a la identificación y liquidación de derechos arancelarios, obligaciones tributarias, de constitución de depósitos judiciales y de atención de cuantos gastos y costas sean necesarios para garantizar la efectiva tutela judicial de los derechos de sus representados.
RA11C Saber identificar los requerimientos de prestación y organización determinantes para el asesoramiento jurídico y la representación procesal.
RA18C Conocer, saber organizar y planificar los recursos individuales y colectivos disponibles para el ejercicio en sus distintas modalidades organizativas del ejercicio profesional.
El Máster persigue la formación de profesionales con las habilidades y competencias necesarias para la práctica de la abogacía y la procura, así como para la realización de la prueba de evaluación de aptitud profesional para el ejercicio de la profesión de abogacía o procura.
Requisitos de acceso generales:
Según el artículo 18 del RD 822/2021 por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, se indica:
1. La posesión de un título universitario oficial de Graduada o Graduado español o equivalente es condición para acceder a un Máster Universitario, o en su caso disponer de otro título de Máster Universitario, o títulos del mismo nivel que el título español de Grado o Máster expedidos por universidades e instituciones de educación superior de un país del EEES que en dicho país permita el acceso a los estudios de Máster.
2. De igual modo, podrán acceder a un Máster Universitario del sistema universitario español personas en posesión de títulos procedentes de sistemas educativos que no formen parte del EEES, que equivalgan al título de Grado, sin necesidad de homologación del título, pero sí de comprobación por parte de la universidad del nivel de formación que implican, siempre y cuando en el país donde se haya expedido dicho título permita acceder a estudios de nivel de postgrado universitario. En ningún caso el acceso por esta vía implicará la homologación del título previo del que disponía la persona interesada ni su reconocimiento a otros efectos que el de realizar los estudios de Máster.
3. Las Universidades garantizarán una información transparente y accesible sobre los procedimientos de admisión, y deberán disponer de sistemas de orientación al estudiantado. Asimismo, asegurarán que dicha información y los procedimientos de admisión tengan en cuenta al estudiantado con discapacidad o con necesidades específicas, y dispondrán de servicios de apoyo y asesoramiento adecuados.
Para más información https://www.uned.es/universidad/inicio/estudios/masteres/informacion-general.html
Requisitos de acceso específicos al Máster:
Los requisitos para acceder al Máster son los de estar en posesión del título universitario oficial de Licenciatura o de Grado en Derecho en los términos que establece el Real Decreto 64/2023 en su artículo 3:
“1. Los títulos universitarios oficiales de Licenciatura o de Grado en Derecho a que se refiere el artículo 2.1.a) deberán acreditar la adquisición de las siguientes competencias jurídicas:
a) Conocer y comprender los elementos, estructura, recursos, interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico e interpretar las fuentes y los conceptos jurídicos fundamentales de cada uno de los distintos órdenes jurídicos.
b) Conocer y comprender los mecanismos y procedimientos de resolución de los conflictos jurídicos, así como la posición jurídica de las personas en sus relaciones con la Administración y en general con los poderes públicos.
c) Conocer y saber aplicar los criterios de prelación de las fuentes para determinar las normas aplicables en cada caso, y en especial el de la conformidad con las reglas, los principios y los valores constitucionales.
d) Interpretar textos jurídicos desde una perspectiva interdisciplinar utilizando los principios jurídicos y los valores y principios sociales, éticos y deontológicos como herramientas de análisis.
e) Pronunciarse con una argumentación jurídica convincente sobre una cuestión teórica relativa a las diversas materias jurídicas.
f) Resolver casos prácticos conforme al Derecho positivo vigente, lo que implica la elaboración previa de material, la identificación de cuestiones problemáticas, la selección e interpretación del dato de Derecho positivo aplicable y la exposición argumentada de la subsunción.
g) Manejar con destreza y precisión el lenguaje jurídico y la terminología propia de las distintas ramas del derecho. Redactar de forma ordenada y comprensible documentos jurídicos. Comunicar oralmente y por escrito ideas, argumentaciones y razonamientos jurídicos usando los registros adecuados en cada contexto.
h) Utilizar las tecnologías de la información y las comunicaciones para la búsqueda y obtención de información jurídica (bases de datos de legislación, jurisprudencia, bibliografía, etc.), así como herramientas de trabajo y comunicación”.
En cada edición se reservará un 5 por 100 de las plazas disponibles para estudiantes con discapacidad.
Para más información www.uned.es/universidad/facultades/derecho/bienvenida/estudios/titulos-propios/masteres-doctorado
En el supuesto de que las solicitudes superen el número de plazas ofertadas, el procedimiento de acceso y selección de estudiantes se hará siguiendo los siguientes criterios:
1.- Nota media del expediente académico
2.- Título de Doctor/a: 1 punto
3.- DEA o Suficiencia Investigadora: 0,5 puntos
4.- Máster oficial: 0,5 puntos
5.- Haber obtenido el título que da acceso al Máster en la modalidad de enseñanza a distancia: 1 punto.
En los certificados académicos de la titulación que da acceso al Máster deberá constar la nota media del expediente. Si en la certificación académica que presenta no figura la nota media, su expediente será valorado con la nota de 5.
El número de plazas de nuevo ingreso ofertadas para la convocatoria de 2024/2025 será de 700.
EL MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LA ABOGACÍA (PLAN 2012) ESTÁ EXTINGUIDO. NO ADMITE NUEVOS ESTUDIANTES.
ESTUDIANTES DE NUEVA ADMISIÓN, CURSO 2024/25: MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LAS PROFESIONES DE ABOGACÍA Y PROCURA (PLAN 2023)
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PLAN DE ESTUDIOS MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LAS PROFESIONES DE ABOGACIA Y PROCURA (2023)
Créditos obligatorios: 54
Créditos optativos: 0
Créditos practicas externas: 30
Créditos trabajo de fin de grado o máster: 6
Créditos ECTS: 90
PRIMER CURSO
ASIGNATURAS PRIMER CUATRIMESTRE :
DEONTOLOGIA Y RÉGIMEN PROFESIONAL 4 ECTS
EJERCICIO PROFESIONAL, ORGANIZACIÓN COLEGIAL Y ESTRUCTURA Y GESTIÓN PROFESIONAL 4 ECTS
PRÁCTICA CIVIL 3 ECTS
PRÁCTICA MERCANTIL 5 ECTS
PRÁCTICA PROCESAL I CIVIL 4,5 ECTS
HABILIDADES DEL PROFESIONAL 3 ECTS
MÉTODOS ALTERNATIVOS 3,5 ECTS
TOTAL CRÉDITOS 27
ASIGNATURAS SEGUNDO CUATRIMESTRE:
LEGAL TECH 3 ECTS
PRÁCTICA PENAL 4 ECTS
PRÁCTICA PROCESAL II PENAL 4 ECTS
PRÁCTICA LABORAL 4 ECTS
PRÁCTICA EN DERECHO INTERNACIONAL 3 ECTS
PRÁCTICA RELATIVA A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES 3 ECTS
PRÁCTICA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVA 4 ECTS
PRÁCTICA TRIBUTARIA 2 ECTS
TOTAL CRÉDITOS 27
SEGUNDO CURSO*
PRÁCTICAS EXTERNAS: 30 ECTS
TRABAJO FIN DE MÁSTER: 6 ECTS
TOTAL CRÉDITOS 90
*Para matricularse en las asignaturas de Segundo curso es requisito imprescindible haber superado todos los créditos teóricos (54 ECTS) del primer curso. Para la defensa pública del TFM necesariamente han de constar realizadas satisfactoriamente las prácticas externas.
De acuerdo con la legislación vigente, todas las Universidades han de someter sus títulos oficiales a un proceso de verificación, seguimiento y acreditación.
En el caso de la UNED, el Consejo de Universidades recibe la memoria del título y la remite a la ANECA para su evaluación y emisión del Informe de verificación. Si el informe es favorable, el Consejo de Universidades dicta la Resolución de verificación, y el Ministerio de Educación eleva al Gobierno la propuesta de carácter oficial del título, ordena su inclusión en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) y su posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Los títulos oficiales de máster han de renovar su acreditación antes de los seis años, desde la fecha de inicio de impartición del título o de renovación de la acreditación anterior, con el objetivo de comprobar si los resultados obtenidos son adecuados para garantizar la continuidad de su impartición. Si son adecuados, el Consejo de Universidades emite una Resolución de la acreditación del título.
Estas resoluciones e informes quedan recogidos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).
VERIFICACIÓN / MODIFICACIÓN
SEGUIMIENTO
ACREDITACIÓN
La asignatura de prácticas externas tiene como objetivo la traslación de los resultados de aprendizaje alcanzados en el resto de las asignaturas del Máster a una experiencia real de ejercicio profesional.
El programa de la asignatura de Prácticas permitirá a nuestros/as estudiantes, conforme al artículo 13.2 del RD 64/2023, los siguientes objetivos:
a) Enfrentarse a problemas deontológicos profesionales.
b) Familiarizarse con el funcionamiento y la problemática de instituciones relacionadas con el ejercicio de la abogacía y, en su caso, de la procura.
c) Conocer la actividad de otros operadores jurídicos, así como de profesionales relacionados con el ejercicio de su profesión.
d) Recibir información actualizada sobre el desarrollo de la carrera profesional y las posibles líneas de actividad, así como acerca de los instrumentos para su gestión.
e) Desarrollar las competencias y habilidades necesarias para el ejercicio de la abogacía y, en su caso, de la procura.
Las prácticas tuteladas se llevarán a cabo bajo la dirección de un Equipo de profesionales tutores al frente del cual se designará una persona ejerciente de la abogacía o de la procura con un ejercicio profesional superior a cinco años.
De acuerdo con el artículo 14 del Reglamento de la Ley de Acceso 64/2023, las prácticas serán presenciales y se desarrollarán bajo la supervisión del Equipo de Tutoría en una o varias de las instituciones siguientes: juzgados o tribunales, fiscalías, sociedades o despachos de profesionales de la abogacía, sociedades o despachos de profesionales de la procura, Administraciones Públicas, instituciones oficiales, empresas, establecimientos policiales, centros penitenciarios, de servicios sociales o sanitarios y entidades sin ánimo de lucro. A tal fin, serán de aplicación los Convenios de colaboración en programas de prácticas existentes entre la UNED y el Consejo General de la Abogacía, el Consejo General de Procuradores, Colegios de Abogados y otras instituciones, así como los que promueva la Comisión Coordinadora del Máster.
La UNED dispone de un Sistema de Garantía Interna de Calidad (SGIC-U) que alcanza a todos sus títulos oficiales de grado, máster y doctorado, así como a los servicios que ofrece, cuyo diseño fue certificado por la ANECA.
El SGIC-U contempla todos los procesos necesarios para asegurar la calidad de su profesorado, de los recursos y de los servicios destinados a los estudiantes: el acceso, la admisión y la acogida, las prácticas externas, los programas de movilidad, la orientación académica e inserción laboral, el seguimiento y evaluación de los resultados de la formación, la atención de las sugerencias y reclamaciones y la adecuación del personal de apoyo, entre otros.
Los responsables del SGIC son:
- La Comisión Coordinadora del Título
- La Comisión de Garantía de Calidad del Centro
- El Equipo Decanal o de Dirección
- La Comisión de Garantía de Calidad de la UNED
A través del Portal estadístico, la UNED aporta información a toda la comunidad universitaria tanto de los resultados de la formación como de los resultados de satisfacción de los distintos colectivos implicados.
Documentos del SGIC del título:
Comisión coordinadora del título
El acuerdo aprobado en Consejo de Gobierno de 16 de diciembre de 2008 sobre "Actualización de los procedimientos de organización y gestión académica de los Másteres Universitarios oficiales y Doctorado de la UNED, para su adaptación en lo dispuesto en el RD. 1393/2007, establece que
"La Comisión de Coordinación de Título de Máster de Centro estará presidida por el/la Decano/a- Director/Directora del Centro (o persona en quien delegue). Formará parte de ella el Coordinador del Titulo y actuará como secretario/a de la misma el Secretario/a del Máster.
Asimismo, podrá formar parte de ella el responsable de calidad del Centro. Se deberán garantizar, por la composición y dinámica de funcionamiento de la Comisión, las condiciones para la participación tanto en los debates como en los momentos de decisión, de representantes de todos los estamentos que constituyen nuestra universidad (PDI, PAS, profesores tutores, en el caso que proceda, y estudiantes). En este sentido, deberán formar parte de la misma, como mínimo, un profesor o una profesora de cada Departamento que tenga docencia de materias obligatorias en el Título, un miembro del personal de administración y servicios vinculado a la gestión académica del Título y un representante de estudiantes. La Junta de Facultad regulará la composición de la Comisión, el procedimiento de elección y la duración de su mandato."
El Máster Universitario da acceso a las profesiones de Abogado y Procurador.