NO EXISTEN CAMBIOS
La guía de la asignatura ha sido actualizada con los cambios que aquí se mencionan.
Derecho Constitucional II (Constitución y sistema de fuentes) es una asignatura de 6 créditos ECTS que pretende que los alumnos conozcan los principios fundamentales y la estructura formal del ordenamiento jurídico cuyo contenido es abordado luego en detalle por otras asignaturas del Grado (Derecho administrativo, financiero…).
La Constitución, además de contener las normas fundamentales que regulan el Estado y las bases sobre las que descansa la ordenación social, determina el modo en el que se producen las demás normas que integran el ordenamiento, las llamadas “fuentes del Derecho”, y establece su ordenación recíproca. Pues bien, en esta asignatura se estudian tales elementos básicos del ordenamiento jurídico: en primer lugar la Constitución, en cuanto norma jurídica suprema del mismo y en cuanto reguladora de las formas por las que se produce el Derecho que ha de estar vigente en España (las fuentes del Derecho); pero también cada una de las específicas fuentes del Derecho y las relaciones básicas entre ellas.
Esta asignatura ocupa un lugar central en los estudios del Grado en Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas. A fin de cuentas, este Grado pretende ofrecer a los alumnos un conocimiento especializado sobre el contenido del ordenamiento jurídico, en particular en cuanto se refiere a la ordenación de la actividad administrativa. Pero ese conocimiento es precario si se ignoran sus principios estructurales básicos y las formas y procedimientos por los que tales contenidos pueden ser renovados (y lo son, de hecho, de manera constante). Toda la producción jurídica que se estudia a lo largo del Grado se desenvuelve a través de las formas jurídicas, las fuentes del Derecho, consagradas en la Constitución, y por supuesto con respeto a los contenidos sustanciales que la propia Constitución garantiza y cuyos principios estructurales aquí estudiamos.
Por eso es natural que esta materia se explique en los primeros cursos del Grado; y por eso también es necesario que, pese a ello, se imparta con el rigor que corresponde a una materia fundamental, cuyos contenidos ofrecen la estructura formal que ha de articular todos los conocimientos ulteriores del alumno. Es cierto que otras asignaturas vuelven a tratar, de modo somero, las fuentes del Derecho, por lo común para especificar la importancia particular de alguna de ellas en su ámbito material concreto o para recordar algunos datos básicos aquí explicados. Pero ello refuerza, si cabe, la importancia de esta asignatura, cuyo dominio facilitará notablemente el éxito en los ulteriores estudios del Grado.
Por lo demás, en otras asignaturas se completa la formación del alumno en el área de conocimiento del Derecho constitucional, atendiendo en particular a la formación histórica de los principios estructurales clásicos del Estado constitucional (Derecho constitucional I), a la garantía de los derechos fundamentales (Derecho constitucional III) y a la organización de los poderes del Estado (Derecho constitucional IV). Estas dos últimas completan el estudio del Derecho constitucional vigente en España, pero cada una de ellas conforma un bloque autónomo susceptible de estudio independiente. La asignatura se incardina así, junto con las demás mencionadas en el párrafo anterior, dentro de la materia “Derecho Político-Constitucional”.
No existen, en sentido estricto, requisitos previos para poder cursar esta asignatura; pero se recomienda respetar la planificación propuesta por la Facultad (la colocación de cada asignatura en un concreto cuatrimestre del Plan de Estudios responde a criterios de racionalidad y orden lógico de los conocimientos).
En concreto, los alumnos que hayan seguido la asignatura Derecho constitucional I (sobre la Teoría del Estado constitucional) conocerán ya algunos de los principios básicos en los que se basa el Estado constitucional. Pero las ideas esenciales se recuperan de nuevo en esta nueva asignatura; que, en realidad, las aborda con un nivel de positivación y concreción que tampoco se solapa con los planteamientos más abstractos de la antes mencionada.
Por lo demás, se dan por supuestas algunas nociones sobre Historia contemporánea que los alumnos han debido adquirir en sus estudios preuniversitarios.
Recomendamos a los alumnos que, cuando deseen dirigir una consulta a los profesores de la sede central, la planteen a través de los foros del curso virtual, que los miembros del equipo docente atienden de manera constante y que permiten además interactuar con los demás alumnos.
En cualquier caso, también pueden hacerlo directamente en la sede de la Facultad de Derecho de la UNED. A tales efectos, los horarios de guardia y permanencia durante los periodos lectivos son:
María Salvador Martínez (tlfno: 91 398 65 39):
Lunes y miércoles, de 10.00 a 16.00
Juan Luis de Diego Arias (tlfno: 91 398 92 10):
Martes, de 10.00 a 14.00
Miércoles, de 10.00 a 14.00 y de 16.00 a 20.00
Jorge Alguacil González-Aurioles (tlfno: 91 398 92 09)
Martes y miércoles, de 9.30 a 14.00 h.
Fernando Reviriego Picón (tlfno: 91 398 61 28)
Lunes y viernes de 9.00 a 17.30 h.
Ignacio Gutiérrez Gutiérrez (tlfno: 91 398 91 30):
Miércoles y jueves de 9:00 a 15:00 horas.
Los alumnos también pueden dirigirse a nosotros por correo electrónico (msalvador@der.uned.es, jldediego@der.uned.es, jalguacil@der.uned.es, fernando.reviriego@der.uned.es, ignacio.gutierrez@der.uned.es) u ordinario, en ese caso mediante carta dirigida al
Equipo docente de Derecho Constitucional II (Grado en Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas)
Departamento de Derecho Político
Facultad de Derecho - UNED
C/ Obispo Trejo nº 2 - Ciudad Universitaria
28040 – MADRID
Competencias generales:
CG1 - Aplicar los conocimientos teóricos adquiridos a la práctica jurídico-administrativa
CG2 - Evaluar, analizar y sintetizar conocimientos e ideas de modo claro, riguroso y convincente en el ámbito de la administración pública en un marco de libertad responsable
CG3 - Ser capaz de decidir entre diferentes opciones la más adecuada
CG4 - Adquirir y desarrollar estrategias de aprendizaje autónomo para poder desarrollar trabajos aplicados y/o de investigación en el campo de la administración pública
CG5 - Adquirir habilidades para el seguimiento y evaluación del trabajo ajeno para su aplicación a la vida profesional en el ámbito político-administrativo
CG6 - Ser capaz de comunicar y expresar adecuadamente datos jurídico-administrativos y económicos de forma oral y escrita
CG7 - Utilizar las Tecnologías de la Información y Comunicación para la búsqueda y obtención de información disponible, así como herramientas de trabajo y comunicación en el diseño, ejecución y control de políticas públicas
Competencias específicas:
CE5 - Ser capaz de utilizar los valores y principios constitucionales como herramienta de trabajo en la interpretación del ordenamiento jurídico
CE6 - Adquirir una visión de conjunto del ordenamiento jurídico
CE7 - Ser capaz de leer, interpretar y aplicar textos jurídicos
CE9 - Conocer y promover los derechos humanos, los principios democráticos, los principios de igualdad entre mujeres y hombres, de solidaridad, de protección medioambiental, de accesibilidad universal y diseño para todos, y de fomento y cultura de la paz
En términos generales supone conocer y manejar las fuentes del Derecho, y en concreto:
- Familiarizarse con el sentido político y jurídico de la producción normativa e identificar la producción de Derecho como elemento central del ordenamiento jurídico-constitucional.
- Identificar las normas y analizar los diversos elementos formales y materiales que confluyen en la identificación de las distintas fuentes del Derecho.
- Entender lo que configura la Constitución dogmática en el Estado social y democrático de derecho.
- Comprender la relación entre órganos y funciones constitucionales como expresión del principio de división de poderes en el marco de la monarquía parlamentaria, la democracia representativa y el Estado constitucional de Derecho.
- Conocer la organización del Estado español.
- Identificar los controles interórganos.
- Identificar las características de nuestra Justicia Constitucional y comprender el funcionamiento del garante supremo de nuestra Constitución.
I. DERECHO Y CONSTITUCION
I. DERECHO Y CONSTITUCIÓN
Este primer bloque de temas aborda en dos lecciones los conocimientos básicos sobre el Derecho imprescindibles para acometer el estudio de la constitución y el sistema de fuentes (lección 1), y la teoría de la Constitución: qué es una Constitución, quién la aprueba, quién puede reformarla y quien controla su cumplimiento (lección 2). Aunque estas lecciones se plantean en términos de “teoría general”, atienden al mismo tiempo a la Constitución vigente en España. Porque, como dice la mejor doctrina alemana, una teoría de la Constitución tiene sentido en la medida en que resulta “constitucionalmente adecuada” (Böckenförde), en la medida en que se atiene a la “Constitución actual, individual y concreta” (Hesse). La comprensión de estas lecciones es, por tanto, presupuesto de cuanto más adelante se explica en el curso, aunque su contenido pueda parecer en algunos extremos relativamente desconectado de los saberes más concretos que se abordan en adelante.
II. LA CONSTITUCION ESPAÑOLA
II. LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Este segundo bloque de temas se centra en las características específicas de la Constitución Española de 1978: cómo fue el proceso constituyente por el que se aprobó y cuáles fueron las decisiones fundamentales que en él se tomaron (lección 3), cuál es la normatividad de la constitución, cómo se aplica y se interpreta (lección 4), y cuál ha sido su realización, sus funciones, su eficacia y el modo de reformarla (lección 5).
III. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
III. PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES
En este tercer bloque se aborda el estudio de los principios fundamentales que establece que la Constitución de 1978 y a partir de los cuales se ha desarrollado el modelo de orden jurídico y político que introdujo dicha norma. Así pues, se dedican tres lecciones a los principios estructurales del Estado: el Estado de derecho (lección 6), el Estado democrático (lección 7) y el Estado social (lección 8); una lección a los principios que determinan la forma de organización territorial (lección 9); y un último tema al Estado abierto (lección 10).
IV. FUENTES DEL DERECHO
En este último bloque de lecciones se acomete el estudio de cada una de las fuentes concretas del derecho, a las que se dedican las lecciones 11 a 19: la reforma de la constitución, la ley, la ley orgánica, el decreto-ley y el decreto legislativo, el reglamento, las fuentes del Derecho Autonómico y las relaciones entre Derecho estatal y Derecho autonómico, el Derecho internacional y el Derecho de la Unión Europea.
El trabajo destinado a la obtención de los resultados descritos más arriba se puede estructurar conforme al plan de trabajo que especificaremos más adelante en el epígrafe correspondiente. Allí se se concreta la correspondiente temporalización y se proponen orientaciones adicionales sobre el estudio de los contenidos. En este momento procede sólo tipificar las actividades que se incluyen en dicho plan de trabajo.
A) Las actividades “de estudio”, que deben comprender aproximadamente el 85 % de la actividad de los alumnos con la asignatura, son:
a) Seguimiento de las videoclases o de las emisiones radiofónicas de introducción a los temas (en Derecho constitucional en formato audiovisual o en el Glosario de Derecho constitucional, disponibles en la web de CanalUNED)
b) Lectura comprensiva de la bibliografía básica y elaboración de los correspondientes esquemas
c) Asistencia a las tutorías presenciales
d) Participación en los foros virtuales de la asignatura organizados y dirigidos por el equipo docente
e) Memorización, con la ayuda de los esquemas, de los contenidos teóricos de la materia de examen
f) Realización de ejercicios autónomos de autoevaluación
g) Repaso.
B) Junto con estas actividades básicas que, en sentido amplio, pueden considerarse “de estudio”, la asignatura prevé otras actividades prácticas, realizadas bajo la dirección de los Profesores Tutores o del equipo docente, algunas de ellas de carácter evaluable (que exigirán de los alumnos no más del 15 % de su dedicación a la asignatura):
a) En general, redactar escritos y comentarios de textos (legislativos, jurisprudenciales y/o doctrinales) donde se identifiquen y manejen las fuentes del Derecho y se evalúen críticamente las cuestiones jurídicas planteadas;
b) buscar y organizar materiales legislativos, jurisprudenciales y/o doctrinales en internet y/o en bases de datos especializadas, orientándose a la discusión de casos prácticos y/o fragmentos de resoluciones judiciales relevantes;
c) organizar y seguir grupos de trabajo en red sobre casos prácticos y/o fragmentos de resoluciones judiciales relevantes;
d) realizar ejercicios de autoevaluación sobre casos prácticos y/o fragmentos de resoluciones judiciales relevantes;
e) diseñar seminarios, debates y/o foros virtuales sobre los contenidos teóricos y prácticos de la asignatura y participar en los mismos;
f) realizar prácticas guiadas en tutorías presenciales;
g) realizar trabajos individuales o en equipo bajo la dirección de los Profesores Tutores.
TIPO DE PRUEBA PRESENCIAL
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Tipo de examen |
Tipo de examen |
Examen de desarrollo |
Preguntas desarrollo |
Preguntas desarrollo |
7 |
Duración |
Duración |
90 (minutos) |
Material permitido en el examen |
Material permitido en el examen |
Programa de la asignatura sin anotaciones. |
Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
La prueba presencial tendrá dos apartados: El primero consistirá en el planteamiento de seis preguntas teóricas, que deberán ser respondidas en espacio tasado, sin superar en total un único folio por las dos caras. El segundo consistirá en una pregunta de desarrollo limitado (no más de un folio por las dos caras), que el alumno elegirá libremente entre las dos que le sean propuestas al efecto. Al menos una de las opciones será una pregunta de carácter teórico. La otra opción podrá plantearse en forma de caso práctico o de comentario de jurisprudencia, en términos similares a los propuestos en las actividades de formación desarrolladas en el foro virtual de la asignatura. El alumno ha de acreditar en todas sus respuestas un conocimiento de los contenidos preciso, claro, sistemático y suficientemente desarrollado. Para superar el examen es necesario aprobar las dos partes: la primera parte, de preguntas cortas; y la segunda, de desarrollo. La calificación del examen será global, aunque tendencialmente el primer apartado (seis preguntas de respuesta breve) computará un 60% y el segundo (una pregunta de desarrollo limitado) un 40%. |
% del examen sobre la nota final |
% del examen sobre la nota final |
70 |
Nota mínima del examen para aprobar sin PEC |
Nota mínima del examen para aprobar sin PEC |
5 |
Nota máxima que aporta el examen a la calificación final sin PEC |
Nota máxima que aporta el examen a la calificación final sin PEC |
10 |
Nota mínima en el examen para sumar la PEC |
Nota mínima en el examen para sumar la PEC |
5 |
Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
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PRUEBAS DE EVALUACIÓN CONTINUA (PEC)
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¿Hay PEC? |
¿Hay PEC? |
Si |
Descripción |
Descripción |
La evaluación continua se articulará mediante unas actividades que el equipo docente propondrá a través de la herramienta “Tareas” del espacio virtual de la asignatura a lo largo del mes de abril (se anunciará la fecha exacta con al menos quince días de antelación). Se ofrecerá un tiempo limitado para realizarlas, aproximadamente diez días; la plataforma virtual rechazará las respuestas remitidas con posterioridad a la fecha. |
Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
Los Profesores Tutores habrán de corregirlas antes del 15 de mayo, valorando el nivel de comprensión de cada alumno y su capacidad de elaboración, exposición y discusión. |
Ponderación de la PEC en la nota final |
Ponderación de la PEC en la nota final |
30% |
Fecha aproximada de entrega |
Fecha aproximada de entrega |
20 de abril |
Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
La calificación obtenida en la Prueba de Evaluación Continua, calificada de 0 a 10, sólo se tiene en cuenta para subir nota a los alumnos que, habiendo aprobado la Prueba Presencial, hayan realizado asimismo la Prueba de Evaluación Continua y hayan obtenido en ella una calificación superior a la de la Prueba |
OTRAS ACTIVIDADES EVALUABLES
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¿Hay otra/s actividad/es evaluable/s? |
¿Hay otra/s actividad/es evaluable/s? |
No |
Descripción |
Descripción |
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Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
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Ponderación en la nota final |
Ponderación en la nota final |
0 |
Fecha aproximada de entrega |
Fecha aproximada de entrega |
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Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
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¿Cómo se obtiene la nota final?
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En ningún caso podrá superar la materia el alumno que no haya logrado una calificación mínima de 5 puntos sobre 10 en la Prueba Presencial. La actividad práctica de los alumnos, en la medida en que su calificación por parte de los Profesores Tutores (de 0 a 10) acredite un rendimiento superior al obtenido en la Prueba Preencial, podrá contabilizar hasta un 30% de dicha notal final; en tal caso, la Prueba Presencial se ponderará con un 70 % de la Prueba Presencial. En resumen: 1. La nota de la Prueba Presencial, calificada de 0 a 10, es la única que se tiene en cuenta para los alumnos que hayan suspendido tal prueba, para los alumnos que no hayan realizado la Prueba de Evaluación Continua, y también para aquellos que, aún habiéndola realizado, hayan recibido en ella una calificación inferior a la que han tenido en la Prueba Presencial. 2. La calificación obtenida en la Prueba de Evaluación Continua, calificada de 0 a 10, sólo se tiene en cuenta para subir nota a los alumnos que, habiendo aprobado la Prueba Presencial, hayan realizado asimismo la Prueba de Evaluación Continua y hayan obtenido en ella una calificación superior a la de la Prueba Presencial. En ese caso, la Prueba Presencial computa el 70% de la nota final y la Prueba de Evaluación Continua el 30% (ejemplo: un alumno con un 6 en la Prueba Presencial y un 10 en la Prueba de Evaluación Continua tendría la siguiente nota: 6x0,7 + 10x0,3 = 7,2 --notable). Con todo ello se garantiza que los alumnos que no puedan acceder a los instrumentos de la enseñanza virtual o presencial en los Centros Asociados puedan obtener las máximas calificaciones. La evaluación continua tiene, por tanto, carácter estrictamente voluntario. |
El libro aborda fundamentalmente la materia del programa, al que se ajusta en estructura y contenido. Se trata de una obra actualizada, cuyo tenor discursivo está especialmente concebido para suplir la educación presencial.
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a) El estudiante dispone, como medio de apoyo fundamental, del auxilio de los Profesores Tutores y del equipo docente de la sede central. Se podrá comunicar con ellos por diferentes vías: de forma presencial o telefónica, por correo electrónico…, pero especialmente a través de los foros del curso virtual.
En el curso virtual se articulan diversos foros estructurados en función de los diferentes bloques temáticos del programa; los comentarios de los profesores y las dudas de los alumnos sobre un punto determinado se canalizan así en el foro correspondiente. La creación de un foro específico de prácticas servirá para ensayar a lo largo del curso las actividades que se propondrán en la prueba de evaluación continua (PEC).
b) En el curso virtual y en la página web del Departamento, así como a través del Blog "Derecho y Constitución" (https://blogs.uned.es/derechoyconstitucion/) se ponen a disposición de los alumnos materiales y documentación abundantes (normativa, jurisprudencia, doctrina, enlaces, recursos propios, materiales de introducción...) con los que se pueden atender de forma satisfactoria las diferenciadas necesidades y demandas de los alumnos, especialmente de los más inquietos por obtener una mayor información en la materia.
Podemos subrayar aquí, además del GLOSARIO DE DERECHO CONSTITUCIONAL al que nos referiremos en el apartado correspondiente (enlace: http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93,36804482&_dad=portal&_schema=PORTAL )
- el proyecto "ENSEÑAR DERECHO CONSTITUCIONAL”, con breves explicaciones de cuestiones incluidas en el temario: https://canal.uned.es/serial/index/id/4225
- el proyecto “DERECHO CONSTITUCIONAL EN FORMATO AUDIOVISUAL", editado en DVD, pero resulta igualmente accesible desde Teleuned, y que contiene numerosas grabaciones de video y audio referidas a las tres primeras partes del temario: https://canal.uned.es/series/magic/k7cg3ip9h2oo8cg8gg0w4o8o0sc8s4k
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el proyecto "DEBATES CONSTITUCIONALES", coordinado desde el grupo de innovación “Enseñar Derecho Constitucional”, que pretende acercarse, mediante seminarios y jornadas celebradas on line, a cuestiones jurídico constitucionales de actualidad: https://canal.uned.es/series/614ad4a7b60923413661cf45
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así como otros proyectos dirigidos a otros estudios y en los que colabora el equipo docente de la asignatura, pero que pueden ser también de interés para los alumnos de la asignatura, como puede ser, por ejemplo, el proyecto “JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL PARA NO JURISTAS”, con grabaciones que pretenden familiarizar a los alumnos con los modos de argumentar que ha desarrollado el Tribunal Constitucional para solventar conflictos con los que los estudiantes actuales pueden encontrarse a lo largo de su ulterior vida profesional y que pueden afectar, más o menos directamente, a cualquier persona: https://canal.uned.es/series/5a6f429cb1111f73718b4569; o el proyecto EL DERECHO CONSTITUCIONAL A TRAVÉS DE LA JURISPRUDENCIA. MATERIALES DOCENTES DE DERECHO CONSTITUCIONAL https://canal.uned.es/series/617650b0b6092333e40ac225
c) El estudio del ordenamiento jurídico-constitucional vigente ha de tener siempre presente no sólo el texto de la Constitución, sino también las leyes orgánicas y ordinarias que la desarrollan. Resulta pues inexcusable que el alumno maneje con soltura la Constitución española de 1978 y el resto de la legislación que se procesa en la asignatura. Pero estas normas están ahora disponibles y recopiladas en bases de datos de acceso público que además garantizan su permanente actualización, en particular en el Código de Derecho constitucional de la colección de Códigos electrónicos del BOE (http://www.boe.es/). Y, del mismo modo, los alumnos pueden acceder en red a la completa base de datos de jurisprudencia constitucional que se gestiona desde la página web del Tribunal Constitucional (http://hj.tribunalconstitucional.es/HJ/es).
d) Por lo demás, la materia de las fuentes del Derecho es abordada por todos los manuales de la disciplina. Lo cierto es, sin embargo, que no todos están igualmente actualizados, y los temas planteados en nuestro programa reciben, según los casos, tratamientos de extensión y estructura muy diferentes. Quizá puedan destacarse, entre otros, los siguientes textos:
- Oscar ALZAGA VILLAAMIL, Ignacio GUTIERREZ GUTIERREZ, Fernando REVIRIEGO PICON, Maria SALVADOR MARTÍNEZ, Jorge ALGUACIL GONZÁLEZ-AURIOLES, Derecho Político español según la Constitución de 1978. Constitución y fuentes del derecho, Tomo I, Madrid: Editorial Universitaria Ramón Areces, 2016 (6ª ed.).
Este es el manual que hasta hace dos cursos académicos se ofrecía como material docente básico de esta asignatura. Es una obra muy completa que incluye una introducción sobre el derecho político y los elementos básicos de la Teoría del Estado, antes de analizar la teoría de la constitución, la historia constitucional española, la Constitución de 1978 y el sistema de fuentes que esta establece.
- María Acracia NÚÑEZ MARTÍNEZ (coord), El sistema de fuentes en la Constitución española de 1978. Madrid: Editorial Universitas, SL, 2023
Este manual, utilizado como bibliografía básica para explicar el sistema de fuentes en la Constitución española en el grado de Derecho, está perfectamente adaptado al temario.
Además, es muy recomendable la consulta de:
- Manuel ARAGÓN REYES y César AGUADO RENEDO (ed.), Temas Básicos de Derecho Constitucional, Tomo I (Constitución, Estado constitucional y fuentes del Derecho), Madrid: Civitas, 2011.
Articulado como una enciclopedia, las diversas entradas son desarrolladas con diferente perspectiva y amplitud por distintos profesores de la asignatura. De este modo, aunque las entradas, siempre de la máxima calidad, han sido ordenadas sistemáticamente, el alumno puede tener dificultades para lograr una visión de conjunto de los contenidos.
- Francisco BALAGUER CALLEJÓN, Fuentes del Derecho. II. Ordenamiento general del Estado y ordenamientos autonómicos, Madrid: Tecnos, 1992.
Aunque no recoge la doctrina y la jurisprudencia más recientes, que en algunos temas ha supuesto inflexiones de indudable relevancia, sigue siendo una exposición interesante, entre otras razones, por su claridad expositiva.
- Ignacio de OTTO Y PARDO, Derecho Constitucional. Sistema de fuentes, Barcelona: Ariel, 1987 (con varias reimpresiones posteriores).
Es el texto que, por primera vez en el ámbito del Derecho constitucional, aborda con profundidad y plenitud el sistema de fuentes encabezado por la Constitución española de 1978; el análisis, seguramente no superado en cuanto visión de conjunto, ha quedado sin embargo desfasado en no pocas de sus consideraciones particulares.
- Javier PÉREZ ROYO, Las fuentes del Derecho, Madrid: Tecnos, 2007 (5ª ed.)
Se trata de una obra muy sintética, que ofrece una buena panorámica, clara y concisa, sobre el sistema en su conjunto, pero que apenas desarrolla en profundidad sus diversos aspectos y problemas particulares.
- Juan Alfonso SANTAMARÍA PASTOR, Fundamentos de Derecho Administrativo I, Madrid: Centro de Estudios Ramón Areces, 1988.
Contiene un desarrollo de gran amplitud y profundidad, con especial atención a los aspectos dinámicos del ordenamiento, a los fundamentos históricos y teóricos y al Derecho comparado. Lamentablemente, no ha sido actualizado.
e) También existen otras obras generales de referencia cuya consulta puede ser útil.
Así, se han publicado varios comentarios sistemáticos al texto de la Constitución española en los que cada artículo es abordado con detalle por un especialista; pueden ser una referencia interesante para profundizar en aquellas cuestiones que se plantean con referencia directa a un concreto precepto constitucional. Cabe citar, entre otros:
Óscar ALZAGA VILLAAMIL (dir.), Comentarios a la Constitución Española de 1978, 12 vols., Madrid: Cortes Generales – Edersa, 1996/1999.
María Emilia CASAS BAAMONDE, Miguel RODRIGUEZ PIÑERO (eds.), Comentarios a la Constitución española, Madrid: BOE-Fundación Wolters Kluwer, 2018 (disponible en internet; https://boe.es/publicaciones/biblioteca_juridica/publicacion.php?id=PUB-PB-2018-94_COMENTARIOS_A_LA_CONSTITUCI%C3%93N_ESPA%C3%91OLA&tipo=L&modo=1).
Fernando GARRIDO FALLA (dir.), Comentarios a la Constitución, Madrid: Civitas, 2001 (3ª ed.).
Portal de la Constitución del Congreso de los Diputados: http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/index.htm
Al alumno que desee profundizar en puntos concretos del temario cabría recordarle la existencia de diversas revistas especializadas en abordar específicamente temas de nuestra disciplina; algunas de ellas tienen parte de su contenido, o incluso todo, disponible en la red. Entre las más destacadas a nivel nacional están las editadas en nuestra Facultad (Teoría y Realidad Constitucional y Revista de Derecho Político), así como varias de las editadas por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (Revista Española de Derecho Constitucional y Revista de Estudios Políticos, entre otras).