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NOMBRE DE LA ASIGNATURA |
NOMBRE DE LA ASIGNATURA |
DERECHO CONSTITUCIONAL I (CCJAAPP) |
CÓDIGO |
CÓDIGO |
66011028 |
CURSO ACADÉMICO |
CURSO ACADÉMICO |
2024/2025 |
DEPARTAMENTO |
DEPARTAMENTO |
DERECHO CONSTITUCIONAL
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TÍTULO EN QUE SE IMPARTE |
TÍTULO EN QUE SE IMPARTE |
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GRADO EN CC. JURÍDICAS DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
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CURSO |
CURSO |
SEGUNDO
CURSO
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PERIODO |
SEMESTRE 1
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TIPO |
OBLIGATORIAS |
Nº ECTS |
Nº ECTS |
6 |
HORAS |
HORAS |
150 |
IDIOMAS EN QUE SE IMPARTE |
IDIOMAS EN QUE SE IMPARTE |
CASTELLANO |
1. Presentación
La asignatura de Derecho Constitucional I se encuadra como obligatoria en el Grado de Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas y tiene asignados 6 créditos. Se cursa en el primer cuatrimestre. Forma parte de un grupo de cuatro asignaturas que comprenden todo el Derecho Constitucional. Se pretende ofrecer una base de conocimientos y la adquisición de un lenguaje técnico-jurídico que facilite el estudio de las restantes asignaturas (Derecho Constitucional II, III y IV). De todas ellas es la más genérica, lo que no debe identificarse con superficial. Se aprenden los conceptos más básicos, el esquema institucional y funcional del Estado. Por ello, es imprescindible asentar bien este esqueleto para dar cabida al conjunto de conocimientos que supone el resto de las asignaturas de Derecho Constitucional.
En estos temas se pretende, ante todo, dar a entender los conceptos nucleares del Derecho Constitucional y, después de ello, ofrecer una serie de datos que los completen, y permitan a quien se inicia en esta materia, encuadrar esta disciplina dentro de los estudios jurídicos del grado de Ciencias Jurídicas de las Administraciones Públicas.
nuestro caso, tanto los conceptos básicos, como los elementos complementarios, se sitúan dentro de un sistema u ordenamiento jurídico, entendido como conjunto normativo, es decir, como compendio de normas expresivas de mandatos generales o particulares que, por diversas razones, deben ser cumplidos o deben tener algún tipo de efecto obligatorio. Tal sistema jurídico sólo es comprensible si comenzamos por tomar como referencia dos realidades normativas complementarias: por un lado, el Estado y, por otro, la Constitución. Ocurre, sin embargo, que esas dos realidades normativas son parcialmente intercambiables: el Estado es regulado por la Constitución, y no sólo por la Constitución, y la Constitución no puede existir sin el Estado.
El Derecho Constitucional se puede contemplar como punto de llegada de un proceso político, o como punto de partida de un ordenamiento jurídico. Como punto de llegada del proceso constituyente del Estado y como punto de partida del derecho creado por el Estado constituido. Es, por tanto, el punto de intersección entre la Política y el Derecho. Es un Derecho Político, en el sentido de que es un Derecho que regula cuestiones políticas, un Derecho para la ordenación de un proceso a través del cual la sociedad se autodirige políticamente; esto es, se dota de las medidas necesarias para adaptarse al cambio y, si puede para anticiparlo y promoverlo. La función del Derecho Constitucional es la de ofrecer un cauce al proceso de autodirección política de la sociedad. El Derecho Constitucional se diferencia de las demás ramas del Derecho en que es un Derecho de mínimos, mientas que las demás son Derechos de máximos. Por esta razón en las demás ramas del derecho las normas pretenden agotar la materia que regulan, intentan prever todos los supuestos que pueden producirse en cualquier esfera de la vida social: civil, mercantil, laboral, etc. La voluntad del legislador es la de regular toda la vida social desde el punto de vista del contenido o del procedimiento. Esta realidad se da no por una voluntad perfeccionista del legislador, sino por la propia naturaleza del Derecho y su función social, pues en esto es en lo que consiste la seguridad jurídica. El Derecho Constitucional, por el contrario, es un Derecho de mínimos o, si se prefiere, un Derecho de límites. El constituyente no pretende prever todo ni material ni procedimentalmente, sino que quiere prever lo mínimo, tanto en un sentido como en otro. En definitiva, el Derecho Constitucional lo que hace es crear el marco básico de la ordenación social en democracia.
2. Contextualización
La asignatura Derecho Constitucional I tiene como objetivo que el alumno se forme una panorámica del Derecho Público. Para ello las 16 lecciones de que se compone el programa realizan un estudio del Estado como forma de organización social. Se analiza el constitucionalismo histórico español, como perspectiva temporal necesaria para el correcto entendimiento de las situaciones actuales. Los partidos políticos y el sistema electoral, como parte esencial de la democracia representativa, son también parte obligada del Derecho Constitucional. Los siguientes dos temas se dedican a la Constitución. Primero de forma genérica y con posterioridad se prioriza el análisis de la Constitución española de 1978. Dos temas se dedican a los derechos y libertades, aspecto también esencial del Derecho Público actual. Con posterioridad se realiza un estudio de las principales instituciones del Estado, atendiendo a su conformación y funciones como elementos esenciales. Se analiza la Jefatura del Estado, las Cortes Generales, El Gobierno y el Poder Judicial. Se dedica un tema al análisis del Tribunal Constitucional, otro a la Administración Pública y uno final a la distribución territorial del Estado español.
La pretensión última de esta asignatura es ofrecer al alumno un conjunto de conocimientos que permita el entendimiento de la estructura orgánica del Estado español, a la vez que le de una base para la ampliación de conocimientos de Derecho Público.
3. Contenidos previos recomendables
Mas que una serie de contenidos previos recomendables es a juicio del equipo docente muy importe que el alumno tenga interés por seguir el devenir político e institucional del país. De ello le surgirán dudas y de éstas la pretensión de resolverlas. Es muy recomendable atender a la información de los medios de comunicación, ya sea prensa, radio o TV, y seguir en ellos el desenvolvimiento político y la actuación institucional del Estado, porque esta es la parte práctica de la asignatura, la teórica es la que se encuentra en el manual de la misma.
Es recomendable un conocimiento a nivel usuario de informática, así como del acceso a redes, fundamentalmente es muy importante familiarizarse con la plataforma en la que se ofrece la virtualización de la asignatura.
11. Tutoría y seguimiento
El alumno podrá resolver sus dudas de los contenidos de la asignatura, así como realizar consultas, a través de tres medios:
Por correo ordinario o de forma presencial
Dr. D. Lucrecio Rebollo Delgado
Departamento de Derecho Constitucional
Facultad de Derecho de la UNED
C/ Obispo Trejo nº 2
28.040 – Madrid
Despacho 2.60
Por teléfono
913988414 Lucrecio Rebollo (Martes de 10 a 14 horas)
913988374 Salvador Rodríguez y Daniel Capodiferro Cubero (Miércoles de 16 a 20 horas)
Por correo electrónico
lrebollo@der.uned.es
srodriguez@der.uned.es
dcapodiferro@der.uned.es
En la virtualización de la asignatura los alumnos tienen acceso a los contenidos que se ofrecen en la plataforma y que están orientados a facilitar la tarea del discente. Por ello se ofrecen también en ella formas de comunicación, como los foros, los grupos de trabajo, comunicación con el tutor y otras herramientas de comunicación, instando al alumno a su uso.
CE5 - Ser capaz de utilizar los valores y principios constitucionales como herramienta de trabajo en la interpretación del ordenamiento jurídico |
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CE6 - Adquirir una visión de conjunto del ordenamiento jurídico |
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CE7 - Ser capaz de leer, interpretar y aplicar textos jurídicos |
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CE9 - Conocer y promover los derechos humanos, los principios democráticos, los principios de igualdad entre mujeres y hombres, de solidaridad, de protección medioambiental, de accesibilidad universal y diseño para todos, y de fomento y cultura de la paz (confo |
CG1 - Aplicar los conocimientos teóricos adquiridos a la práctica jurídico-administrativa |
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CG2 - Evaluar, analizar y sintetizar conocimientos e ideas de modo claro riguroso y convincente en el ámbito de la administración pública en un marco de libertad responsable. |
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CG3 - Ser capaz de decidir entre diferentes opciones la más adecuada |
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CG4 - Adquirir y desarrollar estrategias de aprendizaje autónomo para poder desarrollar trabajos aplicados y/o de investigación en el campo de la administración pública |
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CG5 - Adquirir habilidades para el seguimiento y evaluación del trabajo ajeno para su aplicación a la vida profesional en el ámbito político-administrativo |
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CG6 - Ser capaz de comunicar y expresar adecuadamente datos jurídico-administrativos y económicos de forma oral y escrita |
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CG7 - Utilizar las Tecnologías de la Información y Comunicación para la búsqueda y obtención de información disponible, así como herramientas de trabajo y comunicación en el diseño, ejecución y control de políticas públicas |
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4. Resultados de aprendizaje
La metodología vigente nos obliga a la distinción entre competencias y resultados de aprendizaje. Son aquellas el conjunto de conocimientos y habilidades de que dispondrá el alumno una vez finalizados los estudios de grado. Los resultados de aprendizaje se concretan en el ámbito de la asignatura. Pero ambos se encuentran interconectados, incluso puede afirmarse que unas asignaturas son cimiento para la construcción de otras. En este aspecto, el Derecho Constitucional I, es basamento sobre el que deberá apoyarse el resto de conocimientos jurídicos. De su solidez y firmeza dependerá la capacidad de soportar la construcción de conocimiento futura. Por lo expuesto, esta asignatura no tiene como resultado de aprendizaje exclusivo el Estado, la Constitución o los órganos que regula, sino que habrá también de facilitar el acceso al resto de conocimientos jurídicos, dado que la Constitución es hoy el centro organizativo social y político.
De esta forma el trabajo que se realice en esta asignatura deberá aspirar a conseguir los siguientes objetivos:
- Comprender el funcionamiento institucional del Estado
- Comprender la relación entre órganos y funciones constitucionales como expresión del principio de división de poderes
- Hacer uso de textos normativos y normas de desarrollo de la Constitución española de 1978
- Poder hacer análisis técnicos de contenidos informativos de los medios de comunicación
- Adquirir una conciencia crítica en el análisis de las normas y de la información de carácter político
- Saber proponer medidas de mejora legislativa y de funcionamiento de la Administración
- Comprensión de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional
- Saber realizar una argumentación jurídica y aportar razonamientos jurídicos básicos
TEMA 1. El Estado. Origen, elementos y evolución
1. Concepto
2. Surgimiento
3. Elementos del Estado
3.1. El pueblo
3.2. El territorio
3.3. El derecho
3.4. El poder
4. Evolución del Estado
4.1. El Estado de la Monarquía Absoluta
4.2. El Estado Liberal
4.3. El Estado de Derecho
4.4. El Estado Social
4.5. El Estado Social y Democrático de Derecho
5. Definiciones de Estado
TEMA 2. Tipologías en el Estado
1. Introducción
2. Clasificaciones históricas
3. Regímenes políticos
3.1. Democracia
3.2. Elementos de la Democracia
3.3. Modelos de Democracia
3.4. Régimen Autocrático
4. Formas territoriales de Estado
4.1. Estado unitario
4.2. Estado compuesto
5. Formas de Jefatura de Estado
5.1. Forma de Jefatura de Estado monárquica
5.2. Forma de Jefatura de Estado republicana
6. Sistemas de Gobierno
6.1. Presidencialista
6.2. Parlamentario
6.3. Asamblea o convencional
TEMA 3. Constitucionalismo histórico español
1. Introducción
2. Caracteres y períodos del constitucionalismo español
3. Estatuto de Bayona de 1808
4. Constitución de 1812
4.1. Principios políticos
4.2. Organización del Estado
4.3. Significado e influencia de la Constitución de 1812
5. Período de Isabel II
5.1. Estatuto de 1834
5.2. Constitución de 1837
5.3. Constitución de 1845
6. La Constitución de 1869 y la I República
6.1. Contexto histórico
6.2. Principios constitucionales
6.3. Órganos del Estado
6.4. Proclamación de la I República
7. Restauración monárquica y la Constitución de 1876
7.1. Principios políticos
7.2. Órganos constitucionales
7.3. Significado de la Constitución de 1876
8. La II República y la Constitución de 1931
8.1. Principios constitucionales
8.2. Organización institucional
8.3. Significado de la Constitución de 1931
9. El régimen de Franco y la transición política a la democracia
TEMA 4. Democracia representativa. Partidos Políticos y Sistemas Electorales
1. Democracia representativa
2. Partidos políticos
2.1. Principios reguladores
2.2. Requisitos para la constitución de los partidos políticos
2.3. Estructura interna del partido político
2.4. Funcionamiento de los partidos políticos en España
3. Sistemas electorales
3.1. Concepto y caracteres del sistema electoral
3.2. Conceptos clave
3.3. Fórmulas electorales
TEMA 5. La Constitución
1. La constitución
2. Concepto y evolución
2.1. Conceptos de constitución
2.2. Evolución
3. Contenido de las constituciones
4. Clasificación de las constituciones
5. Constitución y régimen político
TEMA 6. La Constitución española de 1978
1. Caracteres del contenido de la Constitución española de 1978
2. Valores y principios en la Constitución de 1978
2.1. Valores y fundamentos
2.2. Principios constitucionales
3. Estructura y Contenido
3.1. Preámbulo
3.2. Título Preliminar
3.3. Los Títulos restantes
3.4. Disposiciones
4. Defensa de la Constitución
5. Reforma de la Constitución
5.1. Concepto y límites
5.2. La reforma en la CE
TEMA 7. Los derechos y libertades
1. Evolución y reconocimiento de los derechos y libertades fundamentales: las generaciones de derechos
1.1. Concepto y delimitaciones terminológicas
1.2. Antecedentes
1.3. Declaraciones americanas de Derechos
1.4. Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789
1.5. Generaciones de Derechos
2. Los Derechos en la Constitución española de 1978
3. Clasificación de los Derechos y Libertades
4. Reconocimiento internacional de Derechos y Libertades
5. Los derechos en Europa
5.1. Consejo de Europa
5.2. Unión Europea
TEMA 8. Garantías y suspensión de los derechos y libertades
1. Garantías en el ordenamiento jurídico español
1.1. Constitucionales o normativas
1.2. Institucionales
1.3. Jurisdiccionales
2. Suspensión de derechos en la CE
2.1. Suspensión general
2.2. Suspensión individual
2.3. Límites a la suspensión de derechos
3. Medios de protección de los derechos en Europa
3.1. El Consejo de Europa
3.2. Unión Europea
4. Garantías internacionales de los derechos
TEMA 9. La Jefatura del Estado
1. El Jefe del Estado en la Constitución española de 1978
1.1. Corona, Rey y Casa del Rey
1.2. Juramento y proclamación del Rey
2. La sucesión de la Corona
3. La Regencia y Tutela del Rey menor
3.1. La Regencia
3.2. Tutela del Rey menor
4. Funciones del Jefe del Estado
4.1. Función simbólica o representativa
4.2. Función moderadora
4.3. Función arbitral
5. Irresponsabilidad y refrendo
TEMA 10. Las Cortes Generales. Organización y funcionamiento
1. El bicameralismo en la Constitución de 1978
2. Autonomía parlamentaria
3. Reglamentos parlamentarios
4. Estatuto y fuero de los parlamentarios
5. Estructura organizativa
5.1. Órganos de dirección
5.2. Órganos de trabajo
5.3. Órgano de representación: La Junta de Portavoce
5.4. Órgano de continuidad: La Diputación Permanente
6. Los Grupos Parlamentarios
7. Funcionamiento de las Cámaras y proceso de creación de normas
TEMA 11. Funciones de las Cortes Generales
1. La clasificación de las funciones parlamentarias
2. Funciones de dirección política, planificadora y arbitral
3. La función representativa
4. La función presupuestaria
5. Función legislativa
5.1. La Ley y sus caracteres
5.2. Clasificación de las leyes
6. Control político del Gobierno
6.1. Control ordinario
6.2. Control extraordinario
7. Provisión personal de otros órganos del Estado
TEMA 12. El Gobierno
1. El Gobierno en la Constitución española de 1978
2. Estructura y composición
3. Funciones
4. El Presidente del Gobierno
4.1. Nombramiento
4.2. Funciones
5. Cese del Gobierno
TEMA 13. El Poder Judicial
1. El Poder Judicial
2. Principios constitucionales que informan la actividad del Poder Judicial
2.1. Sometimiento a la Constitución y a la ley
2.2. Principio de independencia
2.3. Principio de responsabilidad
2.4. Principio de unidad jurisdiccional
3. Organización judicial
4. Estatuto de Jueces y Magistrados
5. El Consejo General del Poder Judicial
6. El Ministerio Fiscal
TEMA 14. El Tribunal Constitucional
1. El Tribunal Constitucional
2. Regulación en la Constitución española
3. Organización
4. Competencias
4.1. El recurso de amparo
4.2. El recurso de inconstitucionalidad
4.3. La cuestión de inconstitucionalidad
4.4. Los conflictos de competencias entre órganos constitucionales y en defensa de la autonomía local
4.5. El control previo de constitucionalidad de los Tratados Internacionales
4.6. Impugnación por el Gobierno de disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas
TEMA 15. La Administración Pública
1. Concepto de Administración Pública
2. Características de su actividad
3. La Administración Pública en la Constitución española de 1978
3.1. Principios de organización
3.2. Principios de actividad
4. Organización y estructura
4.1. Órganos centrales
4.2. Órganos territoriales
4.3. Administración General del Estado en el Exterior
4.4. Sector público institucional
5. Control de las Administraciones Públicas
5.1. Control jurisdiccional
5.2. Control político
5.3. Control económico
TEMA 16. La distribución territorial del Estado español
1. Regulación constitucional y principios informadores
1.1. Unidad y autonomía
1.2. Caracteres
1.3. Principios informadores de la distribución territorial del Estado
2. Los Estatutos de Autonomía
2.1 Norma institucional básica de la Comunidad Autónoma
2.2 Elaboración y reforma
3. Organización institucional
3.1 Asamblea Legislativa
3.2 Consejo de Gobierno y Presidente
3.3 Administración de Justicia
4. La relación Estado y Comunidad Autónoma
4.1 Distribución de competencias
4.2 Medios de solucionar conflictos
4.3. Normas del Estado en relación con las Comunidades Autónomas
La asignatura Derecho Constitucional I tiene asignada una carga lectiva de 6 créditos ECTS, lo que equivale a que la misma debe distribuir en las actividades del alumno un total de 150 horas lectivas y se establece el siguiente reparto.
ACTIVIDADES FORMATIVAS
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Materia teórica
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Materia práctica
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Trabajo con contenidos teóricos (Tutoría)
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25%
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20%
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Realización de actividades prácticas
- test
- comentario de texto
- casos prácticos
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15%
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20%
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Trabajo autónomo
- estudio del manual
- preparación de las pruebas presenciales
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60%
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60%
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TOTAL
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100%
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100%
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TIPO DE PRUEBA PRESENCIAL
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Tipo de examen |
Tipo de examen |
Examen de desarrollo |
Preguntas desarrollo |
Preguntas desarrollo |
4 |
Duración |
Duración |
90 (minutos) |
Material permitido en el examen |
Material permitido en el examen |
Programa de la asignatura |
Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
La prueba presencial constará de 4 preguntas cortas de desarrollo con espacio tasado, con un valor cada una de 2.5 puntos. La última de las preguntas será un caso práctico. En el examen no puede utilizarse ningún tipo de material, sólo el programa de la asignatura, sin ningún tipo de anotación. Su duración será de 90 minutos, y deberán tenerse en cuenta los siguientes aspectos: - Deberá contestarse cada pregunta en una extensión aproximada de 20 líneas.
- Se valorará especialmente el orden en que se desarrolla el tema, la capacidad de síntesis y singularmente la claridad de los conceptos, dado que ello es muestra inequívoca de conocimiento del temario de la asignatura.
- Se recomienda al alumno que utilice guiones de separación o apartados que delimiten el contenido de aquello que se pregunta, porque ello facilita la corrección y la valoración objetiva del alumno.
- No es necesaria la memorización de artículos o textos legales, pero sí conocer el contenido de los mismos y fundamentalmente entender la pretensión subyacente en ellos.
- Es muy recomendable el uso de una tipografía legible.
- El alumno deberá utilizar una extensión aproximadamente igual en todas las preguntas.
- El caso práctico pretende verificar la habilidad del alumno para aplicar un conocimiento teórico a un supuesto concreto. La extensión en la contestación deberá ser similar a la de una pregunta de desarrollo (20 líneas). No se pretende que el alumno conteste de forma sucinta, sino que fundamentalmente argumente el sentido de la deducción. La argumentación debe ser jurídica.
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% del examen sobre la nota final |
% del examen sobre la nota final |
70 |
Nota mínima del examen para aprobar sin PEC |
Nota mínima del examen para aprobar sin PEC |
5 |
Nota máxima que aporta el examen a la calificación final sin PEC |
Nota máxima que aporta el examen a la calificación final sin PEC |
10 |
Nota mínima en el examen para sumar la PEC |
Nota mínima en el examen para sumar la PEC |
5 |
Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
La evaluación de los aprendizajes da opción al alumno entre evaluación continua o no. Exponemos de forma breve las implicaciones de cada una de las posibilidades. a) Opción por evaluación continua. Tiene carácter voluntario y el alumno no tiene que realizar actividad burocrática alguna para realizarla, únicamente una vez realizada, subirla a la plataforma en el apartado de tareas. El 70% de la nota será la obtenida realizando la prueba presencial (examen) y el 30% restante se puede obtener realizando la prueba de evaluación continua (PEC). El examen se calificará sobre 10 y el alumno deberá obtener al menos la nota de 5 para poder sumar la obtenida en la PEC. La PEC podrá consistir en la realización de un cuestionario relativo a una o varias sentencias, de contendios doctrinales o lesgislativos, así como cualquier otra análoga que proponga el equipo docente. Las PEC deberán haber sido realizadas antes del día 20 de enero de cada año, a través de la plataforma, y será corregida por los profesores tutores. Los alumnos de los Centros Asociados donde no existiese tutor la PEC será corregida por los responsables docentes de la asignatura, es decir por los profesores de la Sede Central de la UNED. Los alumnos que no asistan habitualmente a la tutoría tienen igual derecho a realizar la PEC, y será corregida por su profesor tutor. La nota de la PEC se guardará hasta septiembre, nunca de un curso para otro. b) El alumno no opta por la evaluación continua. La nota de la asignatura será la obtenida en la prueba de evaluación (examen). El examen se califica sobre 10. La escala numérica de notas es la siguiente: 0 - 4,9: Suspenso (SS) 5 - 6,9: Aprobado (AP) 7 - 8,9: Notable (NT) 9 - 10: Sobresaliente (SB) Puede otorgarse la mención de Matrícula de Honor a los alumnos que obtengan más 9.5 en la prueba presencial, y siempre a criterio del equipo docente, y conforme a la normativa establecida para esta materia por la UNED. 12. 1. Prueba presencial (examen) La prueba presencial constará de 4 preguntas cortas de desarrollo con espacio tasado, con un valor cada una de 2.5 puntos. La última de las preguntas será un caso práctico. En el examen no puede utilizarse ningún tipo de material, sólo el programa de la asignatura, sin ningún tipo de anotación. Su duración será de 90 minutos, y deberán tenerse en cuenta los siguientes aspectos: - Deberá contestarse cada pregunta en una extensión aproximada de 20 líneas.
- Se valorará especialmente el orden en que se desarrolla el tema, la capacidad de síntesis y singularmente la claridad de los conceptos, dado que ello es muestra inequívoca de conocimiento del temario de la asignatura.
- Se recomienda al alumno que utilice guiones de separación o apartados que delimiten el contenido de aquello que se pregunta, porque ello facilita la corrección y la valoración objetiva del alumno.
- No es necesaria la memorización de artículos o textos legales, pero sí conocer el contenido de los mismos y fundamentalmente entender la pretensión subyacente en ellos.
- Es muy recomendable el uso de una tipografía legible.
- El alumno deberá utilizar una extensión aproximadamente igual en todas las preguntas.
- El caso práctico pretende verificar la habilidad del alumno para aplicar un conocimiento teórico a un supuesto concreto. La extensión en la contestación deberá ser similar a la de una pregunta de desarrollo (20 líneas). No se pretende que el alumno conteste de forma sucinta, sino que fundamentalmente argumente el sentido de la deducción. La argumentación debe ser jurídica.
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PRUEBAS DE EVALUACIÓN CONTINUA (PEC)
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¿Hay PEC? |
¿Hay PEC? |
Si |
Descripción |
Descripción |
La PEC podrá consistir en la realización de un cuestionario relativo a una o varias sentencias, de contendios doctrinales o lesgislativos, así como cualquier otra análoga que proponga el equipo docente. Las PEC deberán haber sido realizadas antes del día 20 de enero de cada año, a través de la plataforma aLF, y será corregida por los profesores tutores. Los alumnos de los Centros Asociados donde no existiese tutor la PEC será corregida por los responsables docentes de la asignatura, es decir por los profesores de la Sede Central de la UNED. Los alumnos que no asistan habitualmente a la tutoría tienen igual derecho a realizar la PEC, y será corregida por su profesor tutor. La nota de la PEC se guardará hasta septiembre, nunca de un curso para otro. |
Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
Criterios para la realización y valoración de la PEC 1. La PEC se entrega de forma exclusiva a través de la plataforma aLF antes de las 24.00h del día 20 de enero. El formato debe ser exclusivamente en Word o PDF. El sistema informático no admite ninguna PEC una vez finalizado el plazo de entrega. Su corrección debe realizarla el tutor del Centro Asociado al que el alumno pertenece. 2. Recuerde el alumno que esta prueba es voluntaria y requiere del aprobado (5) en el examen para que se pueda sumar la calificación. Aquellos alumnos que realicen la PEC y no superen el aprobado en la convocatoria de febrero, se les guardará la nota para septiembre, pero no de un curso para otro. 3. La prueba concatena diversos contenidos del temario, por lo que es conveniente realizarla una vez que el alumno tenga bastante avanzado el estudio del mismo. 4. La extensión mínima es de 35 páginas (tipo de letra TNR, tamaño 12, espacio sencillo). 5. Se valora la redacción y el nivel del lenguaje jurídico, así como la claridad en la expresión de ideas, y el orden en el conjunto del trabajo, teniendo especial relevancia un uso adecuado de los conceptos jurídicos y los argumentos utilizados en las valoraciones u opiniones personales. 6. No se valora la simple reproducción de doctrina, contenidos legislativos o jurisprudenciales. Tampoco se valora la reproducción simple del manual de la asignatura. 7. La PEC supone un 30% de la nota final, por ello se divide en tres bloques, asignándose un punto a cada uno de ellos, siendo obligatoria la realización de los tres. 8. El alumno no debe reproducir el contenido del supuesto práctico ni de las preguntas de la PEC. Es suficiente con que reproduzca el número del bloque y el número y letra de la pregunta y a continuación responda. IMPORTANTE: Una de las causas frecuentes por la que se suspende la asignatura es por la copia literal del contenido de bibliografía, blogs y textos jurídicos en la entrega de trabajos y comentarios. Se recuerda que todo texto literal debe estar entrecomillado. Cualquier texto literal que no esté entrecomillado, aunque se cite la fuente, se considera plagio. Los trabajos pueden citar fragmentos (entrecomillados) de otros textos, pero no se debe abusar de este recurso. De igual modo, un trabajo o comentario no puede consistir en una imitación de un texto preexistente o en una composición hecha con literales de otras fuentes. La redacción y el análisis debe ser propio. Además, se recuerda que todos los ejercicios son objeto de control mediante el software antiplagio Turnitin. Los ejercicios en los que se detecte plagio por pequeño que sea, conllevarán un suspenso. |
Ponderación de la PEC en la nota final |
Ponderación de la PEC en la nota final |
30% |
Fecha aproximada de entrega |
Fecha aproximada de entrega |
20/01/2024 |
Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
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OTRAS ACTIVIDADES EVALUABLES
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¿Hay otra/s actividad/es evaluable/s? |
¿Hay otra/s actividad/es evaluable/s? |
No |
Descripción |
Descripción |
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Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
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Ponderación en la nota final |
Ponderación en la nota final |
0 |
Fecha aproximada de entrega |
Fecha aproximada de entrega |
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Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
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¿Cómo se obtiene la nota final?
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- Si el alumno opta por evaluación continua, el 70% de la nota será la obtenida realizando la prueba presencial (examen) y el 30% restante se puede obtener realizando la prueba de evaluación continua (PEC). El examen se calificará sobre 10 y el alumno deberá obtener al menos la nota de 5 para poder sumar la obtenida en la PEC. - Si el alumno no opta por la realización de la PEC, su nota será la obtenida en el examen. |
LIBRO ACTUALMENTE NO PUBLICADO
ISBN(13):
Título: CONSTITUCIONALISMO MULTINIVEL: DERECHOS Y LIBERTADES
Autor/es: Yolanda Gómez Sánchez;
Editorial: SANZ Y TORRES
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10. Recursos de apoyo al estudio
La UNED como universidad especializada en el estudio no presencial, pone a disposición del alumno una serie de herramientas de docencia que conviene que éste conozca, y fundamentalmente que utilice o participe en ellas, entre las que destacan las siguientes:
virtualización: Desde el principio del curso está disponible la virtualización de la asignatura, a la que todos los alumnos tienen derecho de acceso. La de Derecho Constitucional I ofrece para el presente curso los siguientes contenidos:
1. Lecturas (textos de obras clásicas, artículos de prensa y artículos de revistas científicas)
2. Legislación (legislación básica de desarrollo constitucional por temas)
3. Jurisprudencia (las más relevantes resoluciones del Tribunal Constitucional)
4. Exámenes de convocatorias anteriores y modelo de examen resuelto
5. Enlaces
6. PEC cursos anteriores
7. Guía de la asignatura
8. Programa de la asignatura
9. Bibliografía
10. Glosario de términos
videoconferencias: Los centros asociados que dispongan de este medio de comunicación pueden solicitarlas al equipo docente, previa concertación. Incluso pueden conectarse varios centros asociados a la vez.
Contenidos audiovisuales: El equipo docente podrá elaborar contenidos audiovisuales que se insertarán en la plataforma.