Reconocimiento Creditos Grado
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS GRADOS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIOLOGÍA DE LA UNED
DATOS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO
ORGANO COMPETENTE
El órgano competente para el reconocimiento de créditos en los grados será la "Comisión de Reconocimiento de Créditos" de la Facultad.
Forma de iniciación
A petición del estudiante interesado. Debe estar matriculado en los estudios para los que solicita el reconocimiento, aunque se recomienda que no se matricule de aquellas asignaturas que sean susceptibles de reconocimiento.
Plazo de solicitud para estudiantes matriculados en la convocatoria general: desde el comienzo del período de matrícula hasta el 30 noviembre siguiente.
Plazo de solicitud para estudiantes matriculados – nuevos- en la convocatoria de febrero: desde el comienzo de este periodo de matrícula hasta 15 de marzo siguiente.
La resolución de las solicitudes presentadas fuera de plazo tendrá efectos académicos en el curso siguiente.
Precios públicos
Si obtienes reconocimiento de créditos en el Grado por estudios u otras actividades realizadas fuera de la UNED abonarás el 30% de los precios establecidos, para cada caso. El reconocimiento entre estudios de la UNED es gratuito.
Con carácter previo deberá abonarse en el momento de la solicitud de este servicio un pago anticipado de 22,50 euros, que no será objeto de devolución ni exención en caso de desistimiento por parte del estudiante. Este importe será exigible a todos los estudiantes cuando se solicite un reconocimiento superior a cuatro créditos ECTS. Es necesario acreditar el abono de este para iniciar la tramitación.
El abono del importe de gestión se realizará mediante solicitud desde la secretaría virtual- SOLICITUDES - Acceso mediante identificador y contraseña.
Formularios de solicitud cumplimentado y documentos que debes adjuntar
1.- Certificación Académica Personal de sus estudios con las calificaciones obtenidas.
2.- Programas de las asignaturas correspondientes al curso en que se superaron las asignaturas presentadas para su reconocimiento, con el sello del centro docente. Los documentos redactados en otro idioma deberán presentarse acompañados de su traducción al español efectuada por un traductor jurado.
Si has accedido mediante traslado de expediente no será necesaria la presentación de la certificación académica citada en el punto 1. En tanto la UNED no reciba la Certificación Académica Oficial procedente de la Universidad de origen no es posible dictar resolución, por lo que en estos casos la tramitación del procedimiento puede demorarse.
La UNED incluirá en el proceso de análisis de reconocimiento los créditos que hayan sido efectivamente cursados, pudiendo solicitar al interesado la documentación del origen de aquellos créditos convalidados, adaptados o reconocidos para su revisión.
El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 6 meses. El procedimiento permanecerá suspenso por el tiempo que medie entre la petición de documentación por parte de la universidad al interesado y su efectivo cumplimiento.
El efecto del silencio es desestimatorio.
Presentación de los formularios de solicitud y de los documentos Encuentra tu oficina de registro aquí Plazo de resolución 6 meses Efecto del silencio Desestimatorio Unidad responsable de la tramitación. Contacto. U02800147 Sección de Atención al Estudiante Sección de Atención al Estudiante. estudiantes.polisoci@adm.uned.es Órgano de resolución Comisión de Reconocimiento de Créditos de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología Efectos de la resolución No pone fin a la vía administrativa Recursos Recurso de alzada ante el Rector Normativa básica
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INFORMACIÓN DETALLADA DEL PROCEDIMIENTO
DEFINICIÓN
El reconocimiento de créditos es el procedimiento aceptación por parte de la Universidad para que formen parte del expediente académico a efecto de obtener un título universitario de:
Créditos obtenidos en otros estudios oficiales, de la UNED u otras universidades
Créditos superados y cursados en enseñanzas universitarias propias de la UNED u otras universidades.
Créditos derivados de la realización de estudios de formación profesional de grado superior, a los únicos efectos de las titulaciones de Grado.
Créditos derivados de la participación de actividades universitarias culturales, deportivas, de representación, solidarias y de cooperación y otras actividades académicas docentes, a los únicos efectos de las titulaciones de Grado.
ÁMBITO OBJETIVO DE RECONOCIMIENTO Y CRITERIOS GENERALES
Enseñanzas universitarias oficiales en los títulos universitarios de Grado.
Podrán ser objeto de reconocimiento los créditos de materias y asignaturas entre estudios universitarios oficiales del mismo o distinto ámbito de conocimiento, finalizado o no, atendiendo a la coherencia académica y formativa de los conocimientos, las competencias y las habilidades que definen las materias o asignaturas a reconocer con las existentes en el plan de estudios del título al que se quiere acceder.
En los Títulos de Grado del mismo ámbito de conocimiento serán objeto de estos procedimientos hasta la totalidad de los créditos de formación básica.
No podrán ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes al trabajo de fin de grado, a excepción de aquellos que se desarrollen específicamente en un programa de movilidad.
La Universidad podrá ofertar dobles titulaciones de Grado o titulaciones combinadas de Grado con un diseño específica de reconocimiento de créditos.
En el caso de estudios oficiales de Grado interuniversitarios, títulos conjuntos o movilidad con otras universidades, se aplicará en materia de reconocimiento lo dispuesto en los respectivos convenios.
En el marco de un convenio, la UNED podrá ofertar itinerarios educativos específicos para las enseñanzas de Grado, concretando los aspectos relativos tanto a reconocimientos como criterios y condiciones de acceso.
Enseñanzas universitarias propias, estudios de idioma y experiencia profesional y laboral en los títulos universitarios de Grado.
El número de créditos reconocibles a partir de enseñanzas universitarias propias, idiomas y experiencia profesional o laboral no podrá ser superior en su conjunto al el 15 por ciento del total de créditos que constituyen el plan de estudios del título que se pretende obtener.
Como excepción a lo establecido en el párrafo precedente, podrá superarse este porcentaje hasta llegar incluso a reconocerse la totalidad de los créditos que provienen de estudios universitarios no oficiales, a condición de que el correspondiente título no oficial deje de impartirse y sea extinguido y reemplazado por el nuevo título universitario oficial en el cual se reconozcan los créditos académicos. En este caso, los sistemas internos de garantía de la calidad velarán por la idoneidad académica de este procedimiento.
El reconocimiento de estos créditos no incorporará calificación por lo que no computarán a los efectos de la nota media o baremación del expediente del o la estudiante. En el caso del reconocimiento de estudio de idiomas, oficialmente acreditados por UNED Idiomas u otras instituciones reconocidas por la Asociación de Lenguas en la Enseñanza Superior o las Mesas Lingüísticas de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas, podrá ser objeto de reconocimiento por:
Créditos optativos. Podrá incorporan al expediente académico la nota obtenida en la certificación, si el sistema de calificación es compatible con la UNED.
Asignaturas que formen parte del plan de estudios, solo si así lo determina la Comisión de Reconocimiento de Créditos de la Facultad.
Estudios de Formación Profesional de Grado Superior en los títulos universitarios de Grado.
Cuando exista una relación directa entre el título alegado y aquel título de Grado al que conducen las enseñanzas que se pretenden cursar, se garantizará un reconocimiento de entre un 15 y 25% de la carga crediticia total.
Se entenderá que existen una relación directa entre titulaciones que pertenezcan a las familias de Formación Profesional y las que se inscriban en los ámbitos de conocimiento universitario, según la normativa general vigente. (Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional- Anexo XI- Familia profesional de Formación Profesional)
Ámbito de conocimiento de los Títulos de Grado en Sociología y Grado en Ciencias Política y de la Administración - Ciencias sociales, trabajo social, relaciones laborales y recursos humanos, sociología, ciencia política y relaciones internacionales.
Actividades de la participación de actividades universitarias culturales, deportivas, de representación, solidarias y de cooperación y otras actividades académicas docentes, a los únicos efectos de las titulaciones de Grado.
En las titulaciones de Grado, será objeto de reconocimiento la participación del estudiantado en actividades universitarias culturales, deportivas, de representación, solidarias y de cooperación que conjuntamente equivalgan a un mínimo de 6 créditos del total del plan de estudios cursado. De igual forma, podrán ser objeto de reconocimiento otras actividades académicas docentes que organice la Universidad.
La totalidad de los créditos objeto de reconocimiento por los dos tipos de actividades, no podrán suponer más del 10 por ciento del total de créditos del plan de estudios. Estos créditos carecerán de calificación, por lo que no serán tenidos en cuenta para determinar la nota media del expediente.
Corresponde al Consejo de Gobierno aprobar las actividades que serán objeto de este tipo de reconocimientos con carácter general para todos los estudios oficiales de la Universidad.

