Centro de Orientación y Empleo de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

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¿Qué son las prácticas?
imagen con figuras de personas preguntándose

A veces, confundimos conceptos que son fundamentales a este respecto. Por ello, os hemos querido incluir este pequeño apartado de aclaraicón donde os explicamos la diferencia entre Prácticas Externas (ya sean curriculares o extracurriculares) y un Contrato formativo para la obtención de la práctica Profesional.

Prácticas

El objetivo de las prácticas es poder poner en práctica (valga la redundancia) los conocimientos que los estudiantes están adquiriendo con sus estudios. 

No se trata de una relación laboral.

Hay dos tipos de prácticas que tienen diferencias sustanciales:

  • Curriculares: para poder hacerlas, debes matricularte de la asignatura correspondiente y, con ello, podrás adquirir ECTS para completar tus estudios
  • Extracurriculares: no se obtienen créditos ECTS y, con ellas, podrás adquirir conocimientos y una primera experiencia prelaboral en relación con tus estudios.

Es importante, en ambos casos, conocer los requisitos para su realización.

Para más información, puedes contactar con la Oficina de Prácticas Externas de la UNED.

Además, te dejamos el enlace a los requisitos para su realización

Contrato para la Obtención de la Práctica Profesional

Es lo que anteriormente se conocía como Contrato en Prácticas.

Se trata de una oportunidad de inserción laboral para aquellas personas que estén en posesión de un título universitario o de un título de grado medio o superior, especialista, máster profesional o certificado del sistema de formación profesional, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, así como con quienes posean un título equivalente de enseñanzas artísticas o deportivas del sistema educativo, que habiliten o capaciten para el ejercicio de la actividad laboral.

IMPORTANTE: El contrato de trabajo para la obtención de práctica profesional deberá concertarse dentro de los tres años, o de los cinco años si se concierta con una persona con discapacidad, siguientes a la terminación de los correspondientes estudios.


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