NO EXISTEN CAMBIOS
La guía de la asignatura ha sido actualizada con los cambios que aquí se mencionan.
1. PRESENTACIÓN
La asignatura Deontología y Régimen Profesional pertenece al Máster Universitario en Acceso a las profesiones de Abogacía y de Procura.
Esta asignatura se imparte durante el primer cuatrimestre. Tiene carácter teórico-práctico, con 4 créditos ECTS.
Aunque el interés por la Ética Pública y la Deontología en la historia no es nuevo, en los momentos actuales ha cobrado especial importancia en todos los campos profesionales. Ambas, Ética y Deontología, se encuentran íntimamente unidas. Carece de sentido una Deontología sin Ética, quedaría reducida a unas normas de conducta sin preguntarse por el sentido de las mismas. Como consecuencia, esta asignatura intenta vincular el estudio ético con la deontología. Se ha tenido en cuenta que dentro del MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LAS PROFESIONES DE ABOGACÍA Y PROCURA y ateniéndose a las competencias establecidas en la normativa vigente debía de tener cabida una asignatura destinada al estudio de la Deontología y el Régimen Profesional de los abogados y procuradores, como profesionales que cumplen un papel trascendental en el ejercicio del derecho a una defensa eficaz dentro de nuestro ordenamiento jurídico.
Por todo ello hemos elaborado un programa en el que se abordan las principales cuestiones que hoy tienen planteadas la Deontología y la Ética Profesional, enfocadas desde las conductas positivas y con una consideración especial a los Códigos Deontológicos de esta profesión.
La contribución de nuestra asignatura en los estudios del Máster de formación para los futuros abogados y procuradores se centra en aspectos éticos y deontológicos, acercando al estudiantado al concepto de Ética, relacionándolo con el Derecho y analizando los principios generales de la Deontología y su posible Codificación y exponiendo qué se entiende por Deontología Profesional, concretándola en el terreno específico del ejercicio de la profesión del abogado y del procurador.
Todo ello pretendemos hacerlo mediante el desarrollo de los contenidos del programa de la asignatura y de las actividades programadas que nos lleven a favorecer y conseguir las competencias exigibles que serán enumeradas más adelante.
El programa de la asignatura "Deontología y Régimen Profesional” se inserta en esta “Guía de Estudio” que ha sido diseñada con el propósito fundamental de proporcionar a los futuros profesionales de la abogacía y de la procura algunas orientaciones, que puedan constituir una base sólida para comportamientos, no sólo jurídicos sino también éticos y deontológicos. Se trata por tanto de algo más que una asignatura meramente teórica; pues la intencionalidad de la misma va mucho más allá: pretende orientar los comportamientos de los abogados y los procuradores en el ejercicio de su profesión. Por ello, el propósito del equipo docente es incentivar el análisis y el conocimiento de la ética y la deontología, no sólo como un mero conocimiento de teorías sino como un instrumento moral y jurídicamente útil para el ejercicio profesional. Por consiguiente, esta disciplina será sin duda una herramienta auxiliar e instrumental, que viene a complementar las convicciones éticas e iluminar el conocimiento de las exigencias deontológico-profesionales de los futuros abogados y procuradores.
La lectura atenta y completa de esta Guía antes de iniciar el ‘estudio’ propiamente dicho de la asignatura es, pues, importante para lograr una percepción inicial del sentido y la función que tiene dentro del proyecto global de formación de los futuros abogados y procuradores. Por otra parte, será ciertamente de gran utilidad que los estudiantes relean el correspondiente apartado de la Guía siempre que su labor de aprendizaje se vea entorpecida por alguna duda de actitud, orientación o método.
2. CONTEXTUALIZACIÓN
Hoy son ya muchos los países, especialmente anglosajones, en los que existen Códigos deontológicos de las distintas profesiones, sistematizaciones de normas éticas que señalan, más allá del Derecho, pautas objetivas de conducta a los que ejercen una determinada actividad profesional.
Es obvio que, en la actualidad, la promoción ética del servicio público de la profesión abogado y de procurador es, sin duda, una de las principales tareas que debe afrontar un Máster de Acceso a estas Profesiones liberales. Pero no es menos cierto que el distanciamiento existente en algunos profesionales y los ciudadanos refleja una realidad de nuestro tiempo que sólo puede superarse a partir del conocimiento y la puesta en práctica de las normas de ética profesional y un mayor acercamiento de determinadas profesiones al ciudadano medio.
Por ello es importante promover una exigencia de los valores éticos y de la praxis de las virtudes morales del servicio profesional. Tal esfuerzo será, cuando menos, un buen ejercicio democrático de higiene.
Es cierto que, a la hora de abordar esta problemática, los enfoques más frecuentes han sido, casi siempre, de carácter negativo (acentuando el análisis de los comportamientos considerados perniciosos), pero desde esta asignatura consideramos más conveniente partir de una aproximación positiva implementando programas de ética que nos permitan explicar el buen comportamiento ético de estos operadores jurídicos.
Es precisamente, de la premisa del servicio objetivo al interés del ciudadano en concreto, de donde pueden deducirse los parámetros y criterios a los que debe acomodarse la actuación de los abogados y los procuradores. Desde la mencionada premisa de servicio a los ciudadanos es desde la que pueden, igualmente, deducirse normas deontológicas de actuación.
Conscientes de la trascendencia e importancia que tiene la regeneración de los comportamientos éticos (el cumplimiento ético de las responsabilidades y deberes de cada actividad) han sido los propios colectivos y asociaciones profesionales quienes han establecido normas de comportamiento, recogidas en muchos casos en los llamados códigos deontológicos profesionales. Actualmente son multitud de profesiones, con gran trascendencia social en el ámbito de la vida pública, las que cuentan con su propio código deontológico. En este sentido podemos hablar por ejemplo de códigos deontológicos de la profesión médica, códigos deontológicos de los abogados, códigos deontológicos de la profesión periodística, de los notarios, de los registradores, de los farmacéuticos, etcétera.
A este respecto es importante constatar sin embargo que, a pesar de la existencia de un buen número de códigos deontológicos en muchas profesiones, que regulan, en cada caso, la conducta ética de las diferentes profesiones, tanto públicas como privadas, el estudio de estas normas deontológicas no se ha plasmado en disciplinas de ética profesional incorporadas a los «currícula» de las diferentes especialidades de los estudios universitarios o de enseñanza profesional. Baste un ejemplo: El plan de estudios de 1953 de la carrera de Derecho, vigente hasta el año 2000 en la mayoría de las universidades españolas, de cuyos estudios surgen después varias especialidades profesionales, carecía de una disciplina en la que se estudiara la ética profesional. Y en los nuevos planes de estudio surgidos en esos años tampoco se introdujeron semejantes estudios, o de hacerlo tenían un carácter meramente optativo. Esa carencia sigue vigente en los nuevos Grados del Espacio Europeo (Plan Bolonia) recientemente implantados. Todavía hoy son muchas las Universidades y/o Facultades de Derecho, que carecen, en sus planes de estudio, de disciplinas que afectarán a la calidad ética de sus comportamientos. Y lo mismo sucede en otras especialidades como psicología, periodismo, medicina, farmacia arquitectura... etcétera.
Requisitos de acceso generales:
Según el artículo 18 del RD 822/2021 por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, se indica:
1. La posesión de un título universitario oficial de Graduada o Graduado español o equivalente es condición para acceder a un Máster Universitario, o en su caso disponer de otro título de Máster Universitario, o títulos del mismo nivel que el título español de Grado o Máster expedidos por universidades e instituciones de educación superior de un país del EEES que en dicho país permita el acceso a los estudios de Máster.
2. De igual modo, podrán acceder a un Máster Universitario del sistema universitario español personas en posesión de títulos procedentes de sistemas educativos que no formen parte del EEES, que equivalgan al título de Grado, sin necesidad de homologación del título, pero sí de comprobación por parte de la universidad del nivel de formación que implican, siempre y cuando en el país donde se haya expedido dicho título permita acceder a estudios de nivel de postgrado universitario. En ningún caso el acceso por esta vía implicará la homologación del título previo del que disponía la persona interesada ni su reconocimiento a otros efectos que el de realizar los estudios de Máster.
3. Las Universidades garantizarán una información transparente y accesible sobre los procedimientos de admisión, y deberán disponer de sistemas de orientación al estudiantado. Asimismo, asegurarán que dicha información y los procedimientos de admisión tengan en cuenta al estudiantado con discapacidad o con necesidades específicas, y dispondrán de servicios de apoyo y asesoramiento adecuados.
Para más información https://www.uned.es/universidad/inicio/estudios/masteres/informacion-general.html
Requisitos de acceso específicos al Máster:
Los requisitos para acceder al Máster son los de estar en posesión del título universitario oficial de Licenciatura o de Grado en Derecho en los términos que establece el Real Decreto 64/2023 en su artículo 3:
“1. Los títulos universitarios oficiales de Licenciatura o de Grado en Derecho a que se refiere el artículo 2.1.a) deberán acreditar la adquisición de las siguientes competencias jurídicas:
a) Conocer y comprender los elementos, estructura, recursos, interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico e interpretar las fuentes y los conceptos jurídicos fundamentales de cada uno de los distintos órdenes jurídicos.
b) Conocer y comprender los mecanismos y procedimientos de resolución de los conflictos jurídicos, así como la posición jurídica de las personas en sus relaciones con la Administración y en general con los poderes públicos.
c) Conocer y saber aplicar los criterios de prelación de las fuentes para determinar las normas aplicables en cada caso, y en especial el de la conformidad con las reglas, los principios y los valores constitucionales.
d) Interpretar textos jurídicos desde una perspectiva interdisciplinar utilizando los principios jurídicos y los valores y principios sociales, éticos y deontológicos como herramientas de análisis.
e) Pronunciarse con una argumentación jurídica convincente sobre una cuestión teórica relativa a las diversas materias jurídicas.
f) Resolver casos prácticos conforme al Derecho positivo vigente, lo que implica la elaboración previa de material, la identificación de cuestiones problemáticas, la selección e interpretación del dato de Derecho positivo aplicable y la exposición argumentada de la subsunción.
g) Manejar con destreza y precisión el lenguaje jurídico y la terminología propia de las distintas ramas del derecho. Redactar de forma ordenada y comprensible documentos jurídicos. Comunicar oralmente y por escrito ideas, argumentaciones y razonamientos jurídicos usando los registros adecuados en cada contexto.
h) Utilizar las tecnologías de la información y las comunicaciones para la búsqueda y obtención de información jurídica (bases de datos de legislación, jurisprudencia, bibliografía, etc.), así como herramientas de trabajo y comunicación”.
Para más información www.uned.es/universidad/facultades/derecho/bienvenida/estudios/titulos-propios/masteres-doctorado
COLABORADORES DOCENTES EXTERNOS
Nombre y apellidos |
INDALECIO LEONSEGUI GUILLOT
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Correo electrónico |
indalecio@invi.uned.es
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BREVE CV DE COLABORADOR DOCENTE EXTERNO
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Máximo nivel de formación alcanzado |
Máximo nivel de formación alcanzado |
Licenciado en Derecho |
Situación profesional actual |
Situación profesional actual |
Abogado en ejercicio. Despacho propio (1995-actualidad) Especializado en civil y mercantil. Letrado colaborador Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, Departamento deontología profesional (2002-actualidad) Mediador responsable servicio de mediaciones profesionales (deontología y honorarios) y mediaciones electrónicas de mediaICAM, centro de resolución de conflictos del ICAM (2014, mayo 2019) Mediador de los listados de Civil, mercantil, familia y sanitario. |
Experiencia relevante para la docencia impartida (publicaciones, trayectoria, proyectos...) |
Experiencia relevante para la docencia impartida (publicaciones, trayectoria, proyectos...) |
Profesor Master acceso a la abogacia UNED (2012-actualidad). Asignatura deontología profesional Profesor Master acceso a la abogacia Universidad complutense de Madrid (2014-2016). Asignatura deontología profesional. Profesor Master acceso a la abogacia Universidad CEU San Pablo de Madrid (2013-2016). Asignatura deontología profesional. Profesor Master acceso a la abogacia Universidad Rey Juan Carlos de Madrid (2014-2015). Asignatura deontología profesional. Profesor Master acceso a la abogacia Universidad Europea de Madrid (2012-2014). Asignatura deontología profesional. Responsable del servicio de mediación en materia de deontología profesional del centro de resolución de conflictos del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid. |
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Nombre y apellidos |
MIRIAM ANILLO MANCHEÑO
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Correo electrónico |
manillo@invi.uned.es
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BREVE CV DE COLABORADOR DOCENTE EXTERNO
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Máximo nivel de formación alcanzado |
Máximo nivel de formación alcanzado |
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Situación profesional actual |
Situación profesional actual |
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Experiencia relevante para la docencia impartida (publicaciones, trayectoria, proyectos...) |
Experiencia relevante para la docencia impartida (publicaciones, trayectoria, proyectos...) |
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Nombre y apellidos |
NURIA ANTÓN MARTÍNEZ
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Correo electrónico |
nuriaanton@invi.uned.es
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BREVE CV DE COLABORADOR DOCENTE EXTERNO
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Máximo nivel de formación alcanzado |
Máximo nivel de formación alcanzado |
LICENCIATURA EN DERECHO POR LA UAB y MASTER EN DERECHO EMPRESA POR LA U.POMPEU FABRA |
Situación profesional actual |
Situación profesional actual |
PROCURADORA DE LOS TRIBUNALES |
Experiencia relevante para la docencia impartida (publicaciones, trayectoria, proyectos...) |
Experiencia relevante para la docencia impartida (publicaciones, trayectoria, proyectos...) |
MIEMBRO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO DE PROCURADORES DE TERRASSA (AÑO 2012-2016) PRESIDENTA DE LA COMISION DEONTOLOGICA COLEGIO PROCURADORES DE TERRASSA VICEDECANA DE LA JUNTA DE GOBIERNO DEL COLEGIO DE PROCURADORES DE TERRASSA DESDE EL AÑO 2020. MIEMBRO DE LA COMISION DEL CGPE PARA LA ELABORACION DEL TEMARIO DEONTOLOGIA PROFESIONAL Y REGIMEN DE RESPONSABILIDAD DEL MASTER UNIVERSITARIO DE LA PROCURA Y ABOGACIA. (COORDINADORA AREA TEMATICA DEONTOLOGIA)- |
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Las competencias y los resultados del aprendizaje que se pretenden obtener con el estudio de los contenidos de esta asignatura conforme a la Memoria de este Máster (verificada por ANECA) y son las siguientes:
RA7P. Conocer y saber aplicar los derechos y deberes deontológicos profesionales en las relaciones de la persona ejerciente de la abogacía o la procura con clientes, otras partes, tribunales o autoridades públicas y entre otras personas ejercientes de la abogacía o la procura, así como con los demás profesionales.
RA 10P. Saber identificar conflictos de intereses y conocer las técnicas para su resolución, establecer el alcance del secreto profesional y de la confidencialidad, y preservar la independencia de criterio.
Los resultados del aprendizaje y las competencias que se pretenden obtener con el estudio de los contenidos de esta asignatura conforme a la Memoria de este Máster (verificada por ANECA) son los siguientes:
RA7P. Conocer y saber aplicar los derechos y deberes deontológicos profesionales en las relaciones de la persona ejerciente de la abogacía o la procura con clientes, otras partes, tribunales o autoridades públicas y entre otras personas ejercientes de la abogacía o la procura, así como con los demás profesionales.
RA 10P. Saber identificar conflictos de intereses y conocer las técnicas para su resolución, establecer el alcance del secreto profesional y de la confidencialidad, y preservar la independencia de criterio.
BLOQUE I: ÉTICA, DEONTOLOGÍA PROFESIONAL Y CÓDIGOS DEONTOLÓGICOS
Tema 1. Normas reguladoras de la conducta.
Tema 2. Cuestiones básicas sobre ética y moral.
Tema 3. Ética aplicada, ética profesional y deontología.
Tema 4. Principios inspiradores de la deontología.
Tema 5. Los Códigos deontológicos. Deontología de las profesiones jurídicas.
BLOQUE II. DERECHOS Y DEBERES DEONTOLÓGICOS EN EL EJERCICIO DE LA ABOGACÍA Y LA PROCURA.
Tema 6.- Las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales. Definición y normativa básica.
Tema 7.- Derechos y deberes deontológicos en el ejercicio de la Abogacía.
7.1.- Principios fundamentales.
7.2.- Derechos y deberes deontológicos en relación con los clientes.
7.3.- Derechos y deberes deontológicos en relación con otros profesionales.
7.4.- Derechos y deberes deontológicos con la parte contraria.
7.5. Derechos y deberes deontológicos para con el personal de los órganos jurisdiccionales y de las administraciones.
7.6.- Derechos y deberes deontológicos en relación con la Asistencia Jurídica Gratuita.
7.7.- Régimen de responsabilidad profesional y su aseguramiento.
Tema 8.- Derechos y deberes deontológicos en el ejercicio de la profesión de Procurador de los Tribunales.
8.1.- Principios fundamentales.
8.2.- Derechos y deberes deontológicos en relación con los clientes.
8.3.- Derechos y deberes deontológicos en relación con otros profesionales.
8.4.- Derechos y deberes deontológicos con la parte contraria.
8.5. Derechos y deberes deontológicos para con el personal de los órganos jurisdiccionales y de las administraciones.
8.6.- Derechos y deberes deontológicos en relación con la Asistencia Jurídica Gratuita.
8.7.- Régimen de responsabilidad profesional y su aseguramiento.
BLOQUE III: CUESTIONES PRÁCTICAS
ANEXO I: COMENTARIOS A LA NORMATIVA DEONTOLÓGICA DE LA ABOGACÍA Y LA PROCURA EN ESPAÑA.
ANEXO II. RELACIÓN DE COLEGIOS DE ABOGADOS Y PROCURADORES DE ESPAÑA Y SUS ESTATUTOS PROFESIONALES.
La metodología de impartición es semipresencial. El estudiante tendrá a su disposición en la Plataforma virtual toda la documentación correspondiente a la asignatura y las instrucciones de actividades o trabajos a desarrollar en su estudio. La interacción de estudiantes y Equipo Docente se realizará a través del curso virtual.
Específicamente, para conseguir de manera óptima los objetivos planteados, los alumnos deben seguir las pautas metodológicas más adecuadas para el aprendizaje de los contenidos. En concreto el aprendizaje de los contenidos de la disciplina DEONTOLOGÍA Y RÉGIMEN PROFESIONAL se favorecerá aplicando la siguiente metodología:
Metodología
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- Manejo de textos y manuales de Ética, Deontología y Derecho.
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- Análisis de Códigos éticos, deontológicos y jurídicos.
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- Resolución de problemas de conflicto entre los principios y valores éticos, los derechos delos profesionales y los derechos de los ciudadanos.
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- Resolución de casos reales en los que se planteen cuestiones de deontología profesional ode responsabilidad jurídica de los abogados y los procuradores.
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- Empleo y utilización del curso virtualcon participación en los diferentes foros;correoelectrónico, páginas Web de los profesores, etc.
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El proceso de aprendizaje que se ha señalado para esta asignatura se basa en:
- El modelo didáctico instructivo mediante estudio de los conceptos, conocimientos teóricos y utilización de bibliografía sobre los contenidos programados.
- Utilización del método caso en las actividades prácticas centradas en la actividad o participación del estudiante, con el fin de aplicar los conocimientos adquiridos, aprender el método de resolución de problemas reales y enfrentarse a problemas deontológicos profesionales.
- Relación entre teoría y prácticas.
- Necesidad analizar la legislación para la resolución de casos prácticos.
TIPO DE PRUEBA PRESENCIAL
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Tipo de examen |
Tipo de examen |
Examen tipo test |
Preguntas test |
Preguntas test |
20 |
Duración |
Duración |
60 (minutos) |
Material permitido en el examen |
Material permitido en el examen |
NINGUNO
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Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
1.- Pruebas presenciales.
El examen presencial escrito se realizará en los Centros Asociados de la UNED conforme al calendario de exámenes de la Universidad. La prueba tendrá un carácter eminentemente práctico y en sintonía con el tipo de preguntas del examen de acceso a la Abogacía y la Procura que convoca el Ministerio de Justicia. Su finalidad será evaluar, por parte de los Equipos Docentes, los conocimientos y habilidades adquiridos por el estudiantado.
ORIENTACIONES PARA LA REALIZACIÓN DEL EXAMEN Y EVALUACIÓN DE LA ASIGNATURA: DEONTOLOGÍA PROFESIONAL Y REGIMEN PROFESIONAL DE LA ABOGACÍA Y LA PROCURA
1ª) Las fechas concretas para la realización del examen serán las establecidas por la Universidad en el calendario de pruebas presenciales tanto para la convocatoria del mes de febrero como para la del mes de septiembre.
2ª) El examen será único, es decir, el mismo para todos los alumnos matriculados en la asignatura.
3ª) Los criterios generales para la evaluación final serán los siguientes:
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- Una prueba objetiva tipo test, de 20 preguntas.
- Cada pregunta tendrá una única respuesta correcta, a elegir de entre cuatro.
- Cada pregunta respondida correctamente tendrá un valor de 0,50 puntos. El sistema informático realizará automáticamente la corrección del examen y asignará las calificaciones correspondientes.
- Las preguntas contestadas erróneamente tendrán una penalización de -0,15 puntos cada una.
- Las preguntasen blanco, es decir, las no contestadas,ni suman ni restan.
- En caso de discrepancia será el equipo docente quien determine cuál es la respuesta correcta.
4º) MUY IMPORTANTE:
- Los alumnos deben marcar intensamente el recuadro completo de las respuestas en la hoja de lectura óptica, según instrucciones de la misma. En caso contrario correrá el riesgo de que el lector óptico no capte la respuesta. Si la marcación fuera defectuosa, la responsabilidad será exclusivamente del alumno, sin que quepa revisión de la calificación por este motivo.
- Todos los alumnos deben presentarse al examen ordinario. El examen de reserva no es de libre elección del alumno. Solamente en los casos excepcionales, que vienen especificados en el Reglamento de Pruebas Presenciales, podrán presentarse al examen de reserva.
Proceso de solicitud de revisión de calificaciones:
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- Primera revisión de la calificación :
La primera revisión de la calificación se realizará conforme a estas reglas:
Primera.- La revisión deberá solicitarse a través de la aplicación que la UNED ha habilitado al efecto (Aplicación de Revisión de Exámenes).
Segunda.- El plazo máximo para solicitar la revisión será de 7 días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación de la calificación en la Secretaría Virtual de la UNED y la solicitud de revisión deberá ser motivada. Tercera.- No se contestarán las solicitudes de revisión cuando manifiestamente carezcan de fundamento o se aleguen causas no académicas.
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- Segunda revisión de la calificación :
Contra la resolución de revisión puede interponerse una segunda reclamación, que será resuelta por la comisión que designe el departamento responsable de la asignatura.
Esta segunda revisión se realizará conforme a estas reglas:
Primera.- Deberá solicitarse enviando un correo electrónico a la dirección m.abogacia@der.uned.es
Segunda.- El plazo será de cinco días a contar desde la fecha de la resolución de la primera solicitud de revisión.
Tercera.- .No se contestarán las solicitudes de revisión cuando manifiestamente carezcan de fundamento o se aleguen causas no académicas.
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% del examen sobre la nota final |
% del examen sobre la nota final |
100 |
Nota mínima del examen para aprobar sin PEC |
Nota mínima del examen para aprobar sin PEC |
5 |
Nota máxima que aporta el examen a la calificación final sin PEC |
Nota máxima que aporta el examen a la calificación final sin PEC |
10 |
Nota mínima en el examen para sumar la PEC |
Nota mínima en el examen para sumar la PEC |
5 |
Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
El examen tiene como finalidad valorar la adquisición de las competencias específicas y genéricas asociadas a la asignatura “Deontología y Régimen Profesional", básicamente el nivel y grado de conocimiento teórico y práctico adquirido por los estudiantes, su capacidad sintética, al destacar y describir las cuestiones formuladas con un lenguaje ético-jurídico. Su corrección corresponde exclusivamente a los miembros del Equipo docente de la Sede central.
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CARACTERÍSTICAS DE LA PRUEBA PRESENCIAL Y/O LOS TRABAJOS |
CARACTERÍSTICAS DE LA PRUEBA PRESENCIAL Y/O LOS TRABAJOS
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Requiere Presencialidad |
Requiere Presencialidad |
Si |
Descripción |
Descripción |
Como se ha comentado con anterioridad, el examen será único; es decir, el mismo para todo el alumnado matriculado en la asignatura.
Se recuerdan los criterios generales para la prueba presencial de evaluación final:
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- Consistirá en una prueba objetiva tipo test, de 20 preguntas.
- Cada pregunta tendrá una única respuesta correcta, a elegir de entre cuatro propuestas.
- Cada pregunta respondida correctamente tendrá un valor de 0,50 puntos.
- Las preguntas contestadas erróneamente tendrán una penalización de -0,15 puntos cada una de ellas.
- Las preguntas en blanco; es decir, las no contestadas, ni suman ni restan.
- En caso de discrepancia será el equipo docente quien determine cuál es la respuesta correcta.
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Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
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Ponderación de la prueba presencial y/o los trabajos en la nota final |
Ponderación de la prueba presencial y/o los trabajos en la nota final |
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Fecha aproximada de entrega |
Fecha aproximada de entrega |
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Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
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PRUEBAS DE EVALUACIÓN CONTINUA (PEC) |
PRUEBAS DE EVALUACIÓN CONTINUA (PEC)
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¿Hay PEC? |
¿Hay PEC? |
Si,PEC no presencial |
Descripción |
Descripción |
La prueba de evaluación continua (PEC) forma parte de la actividad formativa del estudiantado.
Su realización permitirá que este autoevalúe el avance de su proceso de aprendizaje.
Para tal fin, se propone la realización de 1 PEC, la cual tendrá carácter VOLUNTARIO. Será calificable y su valor será del 40 % la PEC y 60 % el examen presencial. En ningún caso, la calificación de la PEC bajará la nota del examen.
Aunque no se haga la PEC el estudiante puede alcanzar la máxima calificación en el examen presencial (10).
La PEC consistirá en una prueba tipo test que implicará la resolución de varios Casos Prácticos, relacionados con los contenidos de la asignatura.
Dado que consistirá en una prueba no presencial, la PEC propuesta se pondrá a disposición del alumnado en la plataforma de la asignatura Ágora, en el apartado TAREAS, en un período determinado que se comunicará al inicio del curso. Para su realización se propondrán dos fechas alternativas, pudiendo optar el alumnado libremente a una de entre las dos propuestas.
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Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
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Ponderación de la PEC en la nota final |
Ponderación de la PEC en la nota final |
La PEC podrá tener un valor de hasta el 40 % de la nota final de la asignatura. |
Fecha aproximada de entrega |
Fecha aproximada de entrega |
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Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
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OTRAS ACTIVIDADES EVALUABLES
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¿Hay otra/s actividad/es evaluable/s? |
¿Hay otra/s actividad/es evaluable/s? |
No |
Descripción |
Descripción |
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Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
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Ponderación en la nota final |
Ponderación en la nota final |
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Fecha aproximada de entrega |
Fecha aproximada de entrega |
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Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
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¿Cómo se obtiene la nota final?
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Mediante la suma de las calificaciones obtenidas en las preguntas acertadas y restando la suma correspondiente a las preguntas contestadas erróneamente, tal como se ha explicado con anterioridad.
Si ha realizado la PEC, ésta podrá llegar hasta el 40 % de la nota final.
El examen presencial, sin la PEC, podrá obtener la calificación máxima.
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En el curso virtual se colgará material a disposición de los estudiantes, referente a la Deontología y Régimen Profesional tanto de la Abogacía como de la Procura.
En el curso virtual se pondrán a disposición del alumnado materiales de apoyo.