Revisión calificaciones
Revisión de calificaciones
Revisión de la calificación en las pruebas finales
Las bases que regulan el procedimiento de revisión y de reclamación de la calificación obtenida en las pruebas finales se establecen en la Normativa para la revisión de pruebas finales, aprobada en Consejo de Gobierno de 2 de julio de 2019 y modificada en Consenjo de Gobierno de 27 de Octubre de 2020.
Según se establece en dicha normativa, cabe diferenciar entre:
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Queja o aclaración: actuación del estudiante en la que solicita al Equipo Docente alguna explicación adicional sobre las preguntas o desarrollo de las mismas.
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Revisión: actuación del estudiante, dirigida al profesor o profesora que ha corregido la prueba final, en la que solicita que se revise la calificación obtenida.
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Reclamación: actuación del estudiante, dirigida a la Comisión de Reclamaciones, contra la resolución del docente responsable de la calificación otorgada o revisión.
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Recurso de alzada: actuación dirigida al Rector contra las resoluciones de inadmisión o de reclamación.
Tanto las solicitudes de revisión como las de reclamación deberán estar debidamente motivadas en relación con los criterios académicos de corrección que haya fijado cada equipo docente, las contestaciones recogidas en la prueba y las razones que justificarían otra calificación. Las solicitudes carentes de motivación o que apelen a cuestiones generales no serán admitidas.
Revisión
El procedimiento de revisión se inicia a instancia del estudiante, una vez que el Equipo Docente haya publicado los listados de calificaciones a través de la aplicación de gestión de calificaciones. Para ello, desde el Vicerrectorado competente, se ha implementado una aplicación informática destinada a gestionar de modo uniforme el proceso de solicitud de revisión de calificaciones en las asignaturas de grado de la UNED:
- Para presentar la solicitud de revisión, el estudiante deberá acceder desde el portal UNED a la aplicación informática de Gestión de Revisiones de Calificaciones de Grado (véase “Manual del Usuario – Estudiante Solicitud de Revisiones de Calificaciones de Grado):
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El plazo máximo para solicitar la revisión será de 7 días naturales contados a partir del día de la publicación de la calificación en la Secretaría Virtual.
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La solicitud deberá ir dirigida al profesor o profesora responsable de la calificación y ha de estar debidamente motivada.
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Órgano de resolución: el profesor o profesora responsable de la calificación
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Plazo de resolución: 7 días naturales a partir del fin del plazo para solicitar la revisión.
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Efecto de la resolución: no agota la vía administrativa.
Reclamación
Contra la resolución de la revisión, se podrá interponer una reclamación de la calificación dirigida a la Comisión de Reclamaciones del departamento responsable de la asignatura:
- El estudiante podrá presentar su solicitud de reclamación dentro de los 5 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha de la resolución de la revisión por el Equipo Docente.
- La solicitud deberá ir dirigida a la Comisión de Reclamaciones del departamento responsable. Desde la secretaría de cada departamento se informa al respecto.
- Órgano de resolución: Comisión de Reclamaciones del departamento responsable.
- Plazo de resolución: 20 días contados desde la fecha oficial de entrega de Actas.
- Efecto de la resolución: no agota la vía administrativa.
Recurso de alzada
Contra las resoluciones de inadmisión de revisión o de la Comisión de Reclamaciones, cabe interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes desde que le fuera notificada al estudiante la resolución.
La interposición de las solicitudes de revisión, reclamación y recurso de alzada no impide la inclusión en actas de las calificaciones obtenidas ni suspende los efectos académicos que de ello se derive.