MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LA PROCURA
Curso 2024/2025
FACULTAD DE DERECHO
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Guía del Máster Curso 2024/2025
- Presentación
- Objetivos y competencias
- Salidas Profesionales, académicas y de investigación
- Requisitos Acceso
- Criterios de Admisión
- No. de estudiantes de nuevo ingreso
- Plan de estudios
- Asignaturas
- Calendario de exámenes
- Normativa
- Prácticas
- Documentación oficial del título
- Sistema de Garantía Interna de Calidad del Título
- Atribuciones Profesionales
- Buzón de Sugerencias, Reclamaciones y Felicitaciones
- Estudiantes con discapacidad
La guía de la asignatura ha sido actualizada con los cambios que aquí se mencionan.
NOTA IMPORTANTE:
CON MOTIVO DE LA ADAPTACIÓN A LA NUEVA NORMATIVA QUE REGULA EL ACCESO A LAS PROFESIONES DE LA ABOGACÍA Y LA PROCURA, EL MÁSTER AL QUE SE REFIERE ESTA GUÍA ESTÁ EN EXTINCIÓN Y SOLO SE OFERTA A ANTIGUOS ESTUDIANTES.
PARA LOS NUEVOS ESTUDIANTES: EL NUEVO MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LAS PROFESIONES DE ABOGACÍA Y PROCURA, CURSO 2023/24, SE OFERTARÁ EN BREVE.
La Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales tiene como objetivo principal mejorar la capacitación profesional de abogados y procuradores en cuanto colaboradores relevantes de la administración de justicia con el fin de que los ciudadanos tengan garantizado un asesoramiento, una defensa jurídica y una representación técnica de calidad como elementos esenciales para el ejercicio del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.
Para alcanzar el objetivo de una capacitación profesional especialmente cualificada la Ley establece un sistema de formación en la excelencia que tiene tres pilares básicos: 1º) la realización de un curso formativo específico en el que se han de adquirir un conjunto de competencias profesionales específicas; 2º) el desarrollo de un período de prácticas externas y 3ª) la realización de una evaluación de la aptitud profesional que culmina el proceso de capacitación con carácter previo a la inscripción en el correspondiente colegio profesional.
Pues bien, el Máster de Acceso a la Procura de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) integra los dos primeros pilares, esto es, la formación en las competencias profesionales específicas para el acceso a la profesión de Procurador de los Tribunales y un período de prácticas externas de 30 ECTS, posibilitanto a todos los titulados en Derecho,sea como licenciados o como graduados, la obtención en el futuro del correspondiente título profesional para el ejercicio de la Procura.
Este Máster se asienta sobre la estrecha colaboración entre la UNED y el Colegio General de Procuradores de España, en aplicación de lo dispuesto en el art. 5.4 del Reglamento de la Ley de acceso, según el cual «La Universidad Nacional de Educación a Distancia podrá acordar la colaboración institucional prevista en este artículo con los correspondientes Consejos Generales de colegios profesionales de abogados y procuradores de los tribunales».
La realización conjunta de esta oferta formativa resulta indeclinable y forma parte de su responsabilidad social como entidades que tienen entre sus objetivos y misiones la formación y capacitación profesional de quienes pretenden ejercer la Procura.
En plena sintonía con la Ley de Acceso, y de acuerdo con el preámbulo de su Reglamento, el objetivo principal del Máster es mejorar la capacitación profesional de los futuros Procuradores en cuanto que colaboradores relevantes de la Administración de Justicia con el fin de que los ciudadanos tengan garantizada una representación de calidad como elemento esencial para el ejercicio del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.
Dicha formación deberá realizarse conforme a los principios de no discriminación y accessibilidad universal. Este requerimiento del Reglamento de la Ley de Acceso entronca con otro de los objetivos principales del Máster, cual es incidir y profundizar en la esencial formación en valores que debe proprocionarse a cualquier estudiante que pretenda desarrollar su profesión en cualquier ámbito de la actividad judicial y, en nuestro caso, en el de la Procura, mediante la sensibilización permanente en los valores éticos y deontológicos de la profesión.
En consecuencia, los OBJETIVOS del Máster son los siguientes:
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Dar cumplimiento a los requerimientos de formación que establece la Ley 34/2006, de 30 de octubre, en relación con la profesión de Procurador de los tribunales.
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La formación profesional de calidad de los fututos Procuradores en cuanto que colaboradores relevantes de la Administración de Jusiticia para la garantía del ejercicio del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva
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Facilitar la futura inserción preofesional de los egresados mediante el conocimiento del marco jurídico y el entorno real del ejercicio profesional de la Procura.
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Sensibilizar a los estudiantes en los valores democráticos y en los valores éticos y deontológicos de la profesión.
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Preparar a los estudiantes para la acreditación de su capacitación profesional.
El Máster de Acceso a la Procura garantizará la adquisición al menos de las siguientes COMPETENCIAS profesionales:
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Poseer, comprender y desarrollar habilidades que posibiliten aplicar los conocimientos académicos especializados adquiridos en el grado a la realidad continua y cambiante a la que se enfrentan los procuradores de los tribunales, que les permitan garantizar y asegurar la gestión de los intereses de sus representados antes, durante y después del procedimiento judicial.
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Conocer y ser capaz de integrar la postulación de los derechos de los representados en el marco de los sistemas de tutela jurisidiccional nacionales e internacionales.
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Conocer las técnicas procesales y ser capaz de ejecutar cuantos actos les encomienden o para cuya realización estén facultados en los distintos órdenes jurisdiccionales, con especial atención a los plazos, actos de comunicación, ejecución y vías de apremio.
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Conocer y saber aplicar los derechos y deberes deontológicos profesionales que informan las relaciones del procurador de los tribunales con el cliente, con las otras partes, con el tribunal o autoridad pública y entre los procuradores y demás profesionales.
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Conocer y evaluar las distintas responsabilidades vinculadas al ejericicio de la actividad profesional, incluyendo el funcionamiento básico de la asistencia jurídica gratuita y la promoción de la responsabilidad social del procurador de los tribunales.
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Conocer y aplicar las técnicas dirigidas a la identificación y liquidación de derechos arancelarios, obligaciones tributarias, de constitución de depósitos judiciales y de atención de cuantos gastos y costas sena necesarios para garantizar la efectiva tutela judicial de los derechos de sus representados.
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Saber identificar conflictos de intereses y conocer las técnicas para su resolución, estabñlecer el alcance del secreto profesional y de la confindencialidad, y preservar la independencia de criterio.
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Disponer de la capacidad de actuar de acuerdo con las exigencias que impone el entorno organizativo, de gestión y comercial de la profesión de procurador de los tribunales, así como su marco jurídico asociativo, fiscal, laboral y de protección de datos de carácter personal.
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Capacidad para elegir los medios más adecuados que ofrece el ordenamiento jurídico para el desempeño de una representación técnica de calidad.
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Desarrollar las habilidades y destrezas necesarias para la correcta y eficaz realización de los actos de comunicación a las partes en el proceso, y para una colaboración eficaz con los tribunales en la ejecución de las resoluciones judiciales, conociendo y diferenciando los intereses privados que representa de los de carácter público cuya ejecución la Ley y los tribunales le encomienden.
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Desarrollar las destrezas y habilidades necesarias para la utilización de los procedimientos, protocolos, sistemas, y aplicaciones judiciales, que requieran los actos de comunicación y cooperación con la Administración de Justicia con especial atención a los de naturaleza electrónica, informática y telemática.
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Disponer de las habilidades necesarias para auxiliarse de las funciones notarial y registral, en el ejercicio de su representación técnica de calidad.
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Conocer, saber organizar y planificar los recursos individuales y colectivos disponibles para el ejercicio en sus distintas modalidades organizativas de la profesión de procurador de los tribunales.
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Saber exponer de forma oral y escrita hechos, y extraer argumentalmente consecuencias jurídicas, en atención al contexto y al destinatario al que vayan dirigidas, de acuerdo en su caso con las modalidades propias de cada ámbito procesal y gubernativo.
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Desarrollar destrezas que permitan al procurador de los tribunales mejorar la eficiencia de su trabajo y potenciar el funcionamiento global del equipo o institución, bien sea de carácter específico o interdisciplinar.
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Dar cumplimiento a los requerimientos de formación que estalece la Ley 34/2006, de 30 de octubre, en relación con la profesión de Procurador de los tribunales.
Procurador de los Tribunales
Habida cuenta que el Máster de Acceso a la Procura se oferta para cubrir los requisitos de formación y práctica profesional que establece la Ley de Acceso, se establece como requisito de admisión el previsto en el art. 2.1.a) del Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales: «Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho o de otro título universitario de Grado equivalente que reúna los requisitos establecidos en el artículo 3 de este reglamento».
En el Máster de Acceso a la Procura, a la hora de establecer las condiciones de acceso, se ha tenido en cuenta el art. 17 del Real Decreto 1393/2007: Los estudiantes podrán ser admitidos al Máster conforme a los requisitos específicos y criterios de valoración de méritos que, en su caso, sean propios del título de Máster Universitario o establezca la Universidad. Estos sistemas y procedimientos deberán incluir, en el caso de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad, los servicios de apoyo y asesoramiento adecuados, que evaluarán la necesidadd de posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos.
En el supuesto de que las solicitudes superen el número de plazas ofertadas, el procedimiento de acceso y selección de estudiantes se hará siguiendo los siguientes CRITERIOS:
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Nota media del expediente académico.
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Título de Doctor/a: 1 punto.
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DEA o Suficiencia Investigadora: 0,5 puntos.
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Máster oficial: 0,5 puntos.
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Haber obtenido el Título que da acceso al Máster en la modalidad de enseñanza a distancia: 1 punto.
En los Certificados Académicos de la Titulación que da acceso al Máster deberá constar la nota media del expediente.
El número máximo de alumnos admitidos es el de 200.
El número mínimo de alumnos es el de 25.
MÓDULO OBLIGATORIO (54 ECTS)
PRIMER CUATRIMESTRE
MATERIA 1. EL EJERCICIO DE LA PROCURA (17 ECTS)
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ASIGNATURA 1. Ejercicio profesional y organización colegial (6 ECTS)
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ASIGNATURA 2. Deontología profesional y régimen de responsabilidad de los procuradores (5 ECTS)
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ASIGNATURA 3. Fundamentos de la actuación profesional del procurador. Representación y mandato (6 ECTS).
MATERIA 2. DERECHO PROCESAL (22 ECTS)
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ASIGNATURA 1. Procesos en los distintos órdenes jurisdiccionales. (9 ECTS).
SEGUNDO CUATRIMESTRE
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ASIGNATURA 2. Los actos de comunicación. (4 ECTS).
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ASIGNATURA 3. Actuación profesional en los procesos de ejecución. (9 ECTS).
MATERIA 3. LA POSTULACION PROCESAL Y LOS REGISTROS PÚBLICOS. ESPECIAL REFERENCIA AL DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO (6 ECTS)
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ASIGNATURA 1. La postulación procesal y los registros públicos. Especial referencia al derecho registral inmobiliario. (6 ECTS)
MATERIA 4. INFORMÁTICA JURÍDICA Y GESTIÓN PROFESIONAL: ESPECIAL REFERENCIA A LOS SISTEMAS DE COMUNICACIÓN JUDICIALES BASADOS EN LAS TIC. (4 ECTS)
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ASIGNATURA 1. Informática jurídica y gestión profesional: Especial referencia a los sistemas de comunicación judiciales basados en las TIC. (4 ECTS)
MATERIA 5. MÉTODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS: ESPECIAL REFERENCIA A LA MEDIACIÓN Y EL ARBITRAJE. (5 ECTS)
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ASIGNATURA 1. Especial referencia a la mediación y el arbitraje. (5 ECTS)
TERCER CUATRIMESTRE
MÓDULO DE PRÁCTICAS EXTERNAS (30 ECTS)
MÓDULO TRABAJO FIN DE MÁSTER (6 ECTS)
Las prácticas externas y el Trabajo Fin de Master se realizarán al mismo tiempo para que el alumno, si lo quiere, pueda defender el Trabajo Fin de Master en la Convocatoria Extraordinaria de Febrero
CUADRO RESUMEN DEL PLAN DE ESTUDIOS
MÓD. | MATERIAS | ASIGNATURAS | CUATRIM. |
MÓDULO OBLIGATORIO (54 ECTS) | EL EJERCICIO DE LA PROCURA (17 ECTS) | Ejercicio profesional y organización colegial (6 ECTS) | PRIMER CUATRIM. |
Deontología profesional y régimen de responsabilidad de los procuradores (5 ECTS) | |||
Fundamentos de la actuación profesional del procurador. Representación y mandato (6 ECTS). | |||
DERECHO PROCESAL (22 ECTS) | Procesos en los distintos órdenes jurisdiccionales. (9 ECTS). | ||
Los actos de comunicación. (4 ECTS). | SEGUNDO CUATRIM.
| ||
Actuación profesional en los procesos de ejecución. (9 ECTS). | |||
LA POSTULACION PROCESAL Y LOS REGISTROS PÚBLICOS. ESPECIAL REFERENCIA AL DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO (6 ECTS) | La postulación procesal y los registros públicos. Especial referencia al derecho registral inmobiliario. (6 ECTS) | ||
INFORMÁTICA JURÍDICA Y GESTIÓN PROFESIONAL: ESPECIAL REFERENCIA A LOS SISTEMAS DE COMUNICACIÓN JUDICIALES BASADOS EN LAS TIC. (4 ECTS) | Informática jurídica y gestión profesional: Especial referencia a los sistemas de comunicación judiciales basados en las TIC. (4 ECTS) | ||
MÉTODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS: ESPECIAL REFERENCIA A LA MEDIACIÓN Y EL ARBITRAJE. (5 ECTS) | Especial referencia a la mediación y el arbitraje. (5 ECTS) | ||
MÓDULO DE PRÁCTICAS EXTERNAS (30 ECTS) | TERCER CUATRIM. | ||
MÓDULO TRABAJO FIN DE MÁSTER (6 ECTS) |
PROGRAMA GENERAL: MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LA PROCURA
Código | Nombre | Carácter | Tipo | Créd. | ||
---|---|---|---|---|---|---|
(CF): Complementos formativos | ||||||
26609015 | EJERCICIO PROFESIONAL Y ORGANIZACIÓN COLEGIAL | CONTENIDOS | 6 | |||
2660902- | DEONTOLOGÍA PROFESIONAL Y RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD DE LOS PROCURADORES | CONTENIDOS | 5 | |||
26609034 | FUNDAMENTOS DE LA ACTUACIÓN PROFESIONAL DEL PROCURADOR: REPRESENTACIÓN Y MANDATO | CONTENIDOS | 6 | |||
26609049 | PROCESOS EN LOS DISTINTOS ÓRDENES JURISDICCIONALES | CONTENIDOS | 9 | |||
26609104 | PRÁCTICAS EXTERNAS EN ACCESO A PROCURA | PRACTICUM | 30 |
Código | Nombre | Carácter | Tipo | Créd. | ||
---|---|---|---|---|---|---|
(CF): Complementos formativos | ||||||
26609053 | LOS ACTOS DE COMUNICACIÓN | CONTENIDOS | 4 | |||
26609068 | ACTUACIÓN PROFESIONAL EN LOS PROCESOS DE EJECUCIÓN | CONTENIDOS | 9 | |||
26609072 | LA POSTULACIÓN PROCESAL Y LOS REGISTROS PÚBLICOS. ESPECIAL REFERENCIA AL DERECHO REGISTRAL INMOBILIARIO | CONTENIDOS | 6 | |||
26609087 | INFORMÁTICA JURÍDICA Y GESTIÓN PROFESIONAL: ESPECIAL REFERENCIA A LOS SISTEMA DE COMUNICACIÓN JUDICIAL | CONTENIDOS | 4 | |||
26609091 | MÉTODOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONFLICTOS: ESPECIAL REFERENCIA A LA MEDIACIÓN Y ARBITRAJE | CONTENIDOS | 5 | |||
26609119 | TFM EN ACCESO A PROCURA | TRABAJO DE INVESTIGACIÓN | 6 |
- RD 822/2021, de 28 de septiembre, Organización de las Enseñanzas Universitarias
- Normas y criterios generales de reconocimiento y transferencia de créditos para los másteres.
- Normas de permanencia en estudios conducentes a títulos oficiales de la Universidad Nacional de Educación A Distancia.
- Regulación de los trabajos de fin de master en las enseñanzas conducente al título oficial de master de la UNED.
De acuerdo con la legislación vigente, todas las Universidades han de someter sus títulos oficiales a un proceso de verificación, seguimiento y acreditación.
En el caso de la UNED, el Consejo de Universidades recibe la memoria del título y la remite a la ANECA para su evaluación y emisión del Informe de verificación. Si el informe es favorable, el Consejo de Universidades dicta la Resolución de verificación, y el Ministerio de Educación eleva al Gobierno la propuesta de carácter oficial del título, ordena su inclusión en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) y su posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Los títulos oficiales de máster han de renovar su acreditación antes de los seis años, desde la fecha de inicio de impartición del título o de renovación de la acreditación anterior, con el objetivo de comprobar si los resultados obtenidos son adecuados para garantizar la continuidad de su impartición. Si son adecuados, el Consejo de Universidades emite una Resolución de la acreditación del título.
Estas resoluciones e informes quedan recogidos en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT).
VERIFICACIÓN / MODIFICACIÓN
- Memoria del Título
- Informe de Verificación de la ANECA
- Resolución de verificación del CU
- Informe/s de modificación del Plan de Estudios
- Inscripción del Título en el Registro de Universidades, Centros y Títulos
- Publicación del Plan de Estudios en el BOE
SEGUIMIENTO
ACREDITACIÓN
ORGANIZACIÓN DE LAS PRÁCTICAS EXTERNAS
De conformidad con lo dispuesto en el art. 5.4 del Real Decreto 775/2011, la UNED ha acordado la colaboración institucional prevista en dicho artículo con el Consejo General de Procuradores de España.
Según lo establecido en la cláusula VII del Convenio suscrito entre la UNED y el Consejo General de los Procuradores de España, el día 19 de enero de 2012, este último garantizará el cumplimiento de los requisitos del periodo de prácticas establecidos en dicho Reglamento para todos los estudiantes matriculados en el Máster.
El Consejo General de los Procuradores cuenta al efecto con una estrecha relación con los Colegios de Procuradores de todas las provincias de España, que están ya estableciendo contactos con los despachos de procuradores de la zona, así como con otras instituciones públicas y privadas. El Consejo elegira los Procuradores y se lo comunicara a la Escuela de Practica Juridica quein se pondrá en contacto con ellos para comunicarles su nombramiento y remitirle la documentación correspondiente. Al mismo tiempo la Escuela comunicara al estudiante el nombre de su tutor.
En todo caso, se respetará la regulación establecida en el Estatuto General de los Procuradores de España de acuerdo con el artículo 6.2 de la Ley 34/06, de 30 de Octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, estableciéndose el número máximo de tres alumnos por tutor.
El Consejo General de Procuradores de España impondrá a los tutores elegidos el deber de presentar a la Comisión Académica la programación de las actividades prácticas, el método de evaluación y la calificación de las prácticas a impartir y un informe por alumno acerca de la correcta realización de las mismas y de la calificación obtenida.
La Escuela de Práctica Jurídica de la Facultad de Derecho de la UNED velará por la efectiva realización, por la calidad de los lugares donde se realicen las prácticas, y llevará a cabo -al término de cada período de prácticas- un procedimiento de evaluación del resultado de las mismas, a partir de las memorias que redactarán y entregarán a la citada Escuela los tutores y los estudiantes.
Asimismo, a través de la realización de diversos cursos, la Escuela de Práctica Jurídica de la Facultad de Derecho de la UNED formará a los profesionales que vayan a participar como tutores en el Máster y realizará un procedimiento de evaluación y acreditación de los mismos.
Las prácticas consistirán en la aplicación práctica de todos los contenidos del Máster en una situación real de ejercicio profesional. En particular, conocimiento de la organización y funcionamiento del despacho profesional, cuestiones deontológicas y de responsabilidad. El contenido específico, es decir, el tipo de actuaciones profesionales en las que intervendrá el estudiante dependerá de los asuntos gestionados por el despacho en el periodo que se realicen las prácticas. En todo caso, exigirá su inserción en la dinámica del trabajo del puesto de destino; asunción del clima laboral de la entidad y del rol asignado; discusión con el tutor externo de las actividades encomendadas y de la forma de desarrollarlas; consulta con el Tutor de la Universidad sobre preparación y estudio de los casos planteados.
El Consejo General de la Procura, designará a procuradores o procuradoras que hayan ejercido la profesión durante al menos cinco años. Las reclamaciones o sustituciones de tutores serán dirigidas a la Escuela de Práctica Jurídica, que resolverá sobre su procedencia previo informe del tutor . Si procede la sustitución se lo comunicará al Consejo para que designa un nuevo Tutor.
Lugares donde se desarrollará la práctica.
De acuerdo con el artículo 15 del Reglamento de la Ley de Acceso, las prácticas podrán desarrollarse total o parcialmente, en despachos profesionales, juzgados o tribunales, fiscalías, etc.
A tal fin, se aprovecharán los convenios de colaboración en programas de prácticas existentes entre la UNED y el Consejo General de la Procura, Colegios de Procuradores y otras instituciones, así como los que promueva la Comisión de Coordinación Académica.
Evaluación.
A) Memoria de prácticas. Tras la conclusión del período de prácticas el estudiante deberá presentar a su tutor una Memoria de Prácticas con el siguiente contenido:
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Contexto de las prácticas e identificación de los lugares en los que se ha desarrollado.
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Enumeración de tareas y actividades específicas desarrolladas por el estudiante y breve descripción.
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Exposición de los problemas jurídicos más relevantes que ha abordado y de sus líneas de solución.
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Valoración personal de la experiencia para su formación y correspondencia con los contenidos del Máster.
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Anexo documental, en su caso, de elaboración propia (escritos y documentos creados por el estudiante).
B) Formato de la Memoria de Prácticas: Extensión máxima de 20 páginas, teniendo en cuenta el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal.
C) Procedimiento de evaluación:
El estudiante entregará a su tutor de prácticas la Memoria junto con su propia evaluación en el plazo de veinte días tras la finalización de las prácticas.
El tutor deberá elaborar un informe sobre la actividad del alumno, así como una evaluación global de la misma. Esta evaluación, que no será numérica, se dará traslado al Director del equipo de tutoría. A la vista de la anterior documentación, el equipo evaluará y dará la calificación final de la materia, entre 0 y 10 puntos. La calificación será remitida al Coordinador del Máster.
En la evaluación se atenderá especialmente a la adquisición de las competencias más ligadas al desempeño directo de la actividad profesional de la Procura en algunas de sus facetas o dimensiones. Por ello, el tutor deberá detallar el grado en que se han asumido las competencias, en particular las específicas del título.
Apoyo en la realización de prácticas externas
Conforme al artículo 6 de la Ley 34/2006 de 30 de octubre y artículos 14 y 15 del Reglamento 775/2011 del 3 de junio. En cada Centro Asociado existirá un Tutor que coordinará las prácticas en los lugares de realización de las mismas conforme a los convenios que la UNED ha suscrito con el Consejo General de la Procura y los distintos Colegios Profesionales, Despachos y otras entidades públicas y privadas.
Estas prácticas tendrán los siguientes objetivos:
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Enfrentarse a problemas deontológicos profesionales
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Familiarizarse con el funcionamiento y la problemática de Instituciones relacionadas con el ejercicio de la profesión de procurador.
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Conocer la actividad de otros operadores jurídicos, así como de profesionales relacionados con el ejercicio de su profesión.
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Recibir información actualizada sobre el desarrollo de la carrera profesional y las posibles líneas de actividad, así como acerca de los instrumentos para su gestión.
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En general, desarrollar las competencias y habilidades necesarias para el ejercicio de la profesión de procurador.
Lugares de realización de las prácticas.
Tal y como indica el artículo 15 del Real Decreto 775/2011, del 3 de junio, los lugares de realización de las prácticas serán Juzgados o Tribunales, Fiscalías, sociedades o despachos profesionales de procuradores, departamentos jurídicos o de recursos humanos de las Administraciones Públicas, instituciones oficiales o empresas.
Siempre que las prácticas consistan en actividades propias de la procura, una parte de ellas podrán ser desarrolladas en establecimiento policiales o centros penitenciarios, y en general entidades que desarrollen actividades de interés general, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 de la ley 6/1996 de 15 de Enero, del Voluntariado y que estén formalmente reconocidos ante la autoridad nacional o autonómica competente.
La UNED dispone de un Sistema de Garantía Interna de Calidad (SGIC-U) que alcanza a todos sus títulos oficiales de grado, máster y doctorado, así como a los servicios que ofrece, cuyo diseño fue certificado por la ANECA.
El SGIC-U contempla todos los procesos necesarios para asegurar la calidad de su profesorado, de los recursos y de los servicios destinados a los estudiantes: el acceso, la admisión y la acogida, las prácticas externas, los programas de movilidad, la orientación académica e inserción laboral, el seguimiento y evaluación de los resultados de la formación, la atención de las sugerencias y reclamaciones y la adecuación del personal de apoyo, entre otros.
Los responsables del SGIC son:
- La Comisión Coordinadora del Título
- La Comisión de Garantía de Calidad del Centro
- El Equipo Decanal o de Dirección
- La Comisión de Garantía de Calidad de la UNED
A través del Portal estadístico, la UNED aporta información a toda la comunidad universitaria tanto de los resultados de la formación como de los resultados de satisfacción de los distintos colectivos implicados.
Documentos del SGIC del título:
- Principales resultados de rendimiento
- Resultados de satisfacción de los diferentes colectivos
- Calidad en el Centro
Comisión coordinadora del título
La Comisión coordindaora del título está constituida por:
-El Vicerrectorado de Investigación
-La Facultad de Derecho
-El Consejo General de Procuradores
-El Coordinador General del Máster, la Secretaria del Máster y un Coordinador/a de Prácticas
La Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales tiene como objetivo principal mejorar la capacitación profesional de abogados y procuradores en cuanto colaboradores relevantes de la administración de justicia con el fin de que los ciudadanos tengan garantizado un asesoramiento, una defensa jurídica y una representación técnica de calidad como elementos esenciales para el ejercicio del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.
Para alcanzar el objetivo de una capacitación profesional especialmente cualificada la Ley establece la necesidad de realizar el MASTER DE ACCESO A LA PROCURApara poder presentarse a la PRUEBA DE ACCESO, la cual una vez superada porsibilita la inscripción en el correspondiente colegio profesional.