asignatura master 2025
VALORES Y PRINCIPIOS EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA. CONCEPTO DE DERECHOS FUNDAMEN.
Curso 2024/2025 Código Asignatura: 26601117
-
Guía de la Asignatura Curso 2024/2025
- Primeros Pasos
- Presentación y contextualización
- Requisitos y/o recomendaciones para cursar esta asignatura
- Equipo docente
- Horario de atención al estudiante
- Competencias que adquiere el estudiante
- Resultados de aprendizaje
- Contenidos
- Metodología
- Sistema de evaluación
- Bibliografía básica
- Bibliografía complementaria
- Recursos de apoyo y webgrafía
VALORES Y PRINCIPIOS EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA. CONCEPTO DE DERECHOS FUNDAMEN.
Código Asignatura: 26601117
PRESENTACIÓN Y CONTEXTUALIZACIÓN
CAU-923078 - 16/07/2024
BICI 39-1 de 15 de julio - varias asignaturas de la Facultad de Derecho
11.- Comunicado para los estudiantes de varias asignaturas de la Facultad de Derecho
Decanato de la Facultad
Se comunica a todos los estudiantes de las siguientes asignaturas que el profesor D. Carlos Fernández Esquer causa baja, por lo que su docencia será asumida por la profesora sustituta D.ª Laura Hernández Llinás.
Horario:
Lunes de 10:00 a 14:00 y de 16:00 a 18:00 horas.
Viernes de 10:00 a 14:00 y de 16:00 a 20:00 horas.
La guía de la asignatura ha sido actualizada con los cambios que aquí se mencionan.
NOMBRE DE LA ASIGNATURA | VALORES Y PRINCIPIOS EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA. CONCEPTO DE DERECHOS FUNDAMEN. |
CÓDIGO | 26601117 |
CURSO ACADÉMICO | 2024/2025 |
TÍTULOS DE MASTER EN QUE SE IMPARTE |
MÁSTER UNIVERSITARIO EN DERECHOS FUNDAMENTALES
|
TIPO | CONTENIDOS |
Nº ECTS | 4 |
HORAS | 100 |
PERIODO | SEMESTRE 1 |
IDIOMAS EN QUE SE IMPARTE | CASTELLANO |
Esta asignatura pretende ofrecer a los alumnos una aproximación al concepto de derechos fundamentales que resulta jurídicamente operativo en el marco de la Constitución española. Aunque orientada a la calificación dogmática de determinados preceptos constitucionales, la asignatura tiene un alto componente práctico tanto en su desarrollo como en su proyección; porque, de un lado, la categoría dogmática depende de consideraciones sobre el régimen jurídico peculiar de las diferentes disposiciones constitucionales; y, de otro, sólo el dominio de tales categorías jurídicas permite un diferenciado procesamiento de las normas constitucionales, adecuado en cada caso a sus efectivas potencialidades.
Varias asignaturas de esta parte general del master se articulan en torno al concepto iusfilosófico de los derechos humanos, otras se mueven en el terreno del comparatismo jurídico y de la historia del constitucionalismo. Pero no pocas parten de un concepto jurídico-constitucional de los derechos fundamentales que, sin embargo, no puede considerarse presupuesto o evidente: es preciso aclararlo en el marco de las determinaciones formales y sustantivas que permiten entender que de una disposición constitucional deriva lo que la dogmática jurídica califica precisamente como “derecho fundamental”. Sólo a partir de este concepto tiene sentido, en efecto, plantearse la interpretación de los derechos, los aspectos que éstos ofrecen a la consideración teórica y dogmática, su estructura jurídica, sus sujetos, el régimen de su ejercicio, etc.
El seguimiento de esta asignatura de máster presupone ciertos conocimientos de Derecho, y específicamente de Derecho constitucional, de los que por supuesto disponen los alumnos que han realizado previamente estudios jurídicos. Para aquellos que acceden al máster desde otros grados o licenciaturas nos permitimos recomendarles que, antes de comenzar con los materiales de estudio, dediquen unos días a familiarizarse con el lenguaje jurídico y las peculiaridades de nuestro ordenamiento constitucional. A tales efectos quizá les resulte útil el manual de introducción al Derecho constitucional pensado para grados distintos de Derecho (periodismo, trabajo social, sociología...) que hemos preparado algunos de los profesores de esta asignatura en colaboración con nuestro compañero Fernando Reviriego. Su referencia completa es
Ignacio Gutiérrez (coord.), Jorge Alguacil, Fernando Reviriego, María Salvador: Elementos de Derecho constitucional español, Madrid: Marcial Pons, 2019 (3ª ed.).
De ese manual les interesarán especialmente los cuatro primeros capítulos (sobre el Derecho, el Estado, la Constitución y su normatividad), así como los dos primeros del apartado IV (capítulos 18 y 19), que condensan la que podríamos llamar "teoría general" de los derechos fundamentales.
Nombre y apellidos | JORGE RAFAEL ALGUACIL GONZALEZ-AURIOLES (Coordinador de Asignatura) |
Correo electrónico | jalguacil@der.uned.es |
Teléfono | 91398-9209 |
Facultad | FACULTAD DE DERECHO |
Departamento | DERECHO POLÍTICO |
Nombre y apellidos | IGNACIO GUTIERREZ GUTIERREZ |
Correo electrónico | ignacio.gutierrez@der.uned.es |
Teléfono | 91398-9130 |
Facultad | FACULTAD DE DERECHO |
Departamento | DERECHO POLÍTICO |
Nombre y apellidos | MARIA SALVADOR MARTINEZ |
Correo electrónico | msalvador@der.uned.es |
Teléfono | 91398-6539 |
Facultad | FACULTAD DE DERECHO |
Departamento | DERECHO POLÍTICO |
Nombre y apellidos | JUAN LUIS DE DIEGO ARIAS |
Correo electrónico | jldediego@der.uned.es |
Teléfono | 91398-9210 |
Facultad | FACULTAD DE DERECHO |
Departamento | DERECHO POLÍTICO |
Nombre y apellidos | LAURA HERNANDEZ LLINAS |
Correo electrónico | laura.hernandez@der.uned.es |
Teléfono | |
Facultad | FACULTAD DE DERECHO |
Departamento | DERECHO POLÍTICO |
Los profesores atenderemos al menos una vez por semana las consultas que los alumnos plantean en el foro virtual de la asignatura. También pueden remitirnos preguntas a través del correo electrónico:
Por lo demás, los alumnos pueden dirigirse a nosotros personalmente en la sede de la Facultad de Derecho de la UNED en Madrid o a través del teléfono de los distintos profesores que figura en el apartado "equipo docente". A tales efectos, los horarios de guardia y permanencia son los lunes, martes, miércoles y jueves de 10 a 14 h. Cualquier variación de estos horarios será debidamente anunciada en la plataforma virtual de la asignatura.
Nuestra dirección, para las consultas que se nos dirijan mediante correo ordinario, es:
Nombre del profesor de la UNED
Departamento de Derecho Político
Facultad de Derecho/UNED
C/ Obispo Trejo nº 2 - Ciudad Universitaria.
28040 MADRID
COMPETENCIAS BÁSICAS Y GENERALES:
BÁSICAS:
CB6 - Poseer y comprender conocimientos que aporten una base u oportunidad de ser originales en el desarrollo y/o aplicación de ideas, a menudo en un contexto de investigación
CB7 - Que los estudiantes sepan aplicar los conocimientos adquiridos y su capacidad de resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos dentro de contextos más amplios (o multidisciplinares) relacionados con su área de estudio
CB8 - Que los estudiantes sean capaces de integrar conocimientos y enfrentarse a la complejidad de formular juicios a partir de una información que, siendo incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades sociales y éticas vinculadas a la aplicación de sus conocimientos y juicios
CB9 - Que los estudiantes sepan comunicar sus conclusiones y los conocimientos y razones últimas que las sustentan a públicos especializados y no especializados de un modo claro y sin ambigüedades
CB10 - Que los estudiantes posean las habilidades de aprendizaje que les permitan continuar estudiando de un modo que habrá de ser en gran medida autodirigido o autónomo.
GENERALES:
CG1 - Desarrollar gestión autónoma y autorregulada del trabajo, que incluye competencias de gestión y planificación, de gestión de la calidad y competencias cognitivas superiores: Iniciativa y motivación; planificación y organización; manejo adecuado del tiempo; análisis y síntesis; aplicación de los conocimientos a la práctica; resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos; pensamiento creativo; razonamiento crítico; toma de decisiones; seguimiento, monitorización y evaluación del trabajo
propio o de otros; y aplicación de medidas de mejora e innovación
CG2 - Ser capaz de gestionar los procesos de comunicación e información (expresión y comunicación oral, escrita, en otras lenguas, científica y tecnológica, etc. ) y el uso de herramientas y recursos de la "Sociedad del Conocimiento" (uso de las TIC, búsqueda y organización de información relevante, manejo de bases de datos, etc.)
CG3 - Ser capaz de trabajar en equipo, desarrollando distinto tipo de funciones o roles (mediación y resolución de conflictos, coordinación de grupos de trabajo, liderazgo, etc.)
CG4 - Adquirir compromiso ético y con las normas del quehacer universitario, especialmente relacionado con el respeto a los procedimientos del trabajo académico y la deontología profesional.
COMPETENCIAS ESPECÍFICAS:
CE02 - Conocer la jurisprudencia en materia de derechos fundamentales
CE03 - Comprender la relación entre la formulación constitucional de los derechos constitucionales y su desarrollo legal
CE04 - Ser capaz de definir, describir, explicar y exponer razonadamente los conceptos relacionados con los derechos fundamentales y las diversas teorías que sustentan dichos conceptos.
CE01 - Conocer el marco jurídico de los derechos fundamentales.
CE05 - Adquirir el bagaje de conocimientos suficientes que permitan identificar los diferentes derechos fundamentales y su aplicación correcta o incorrecta
CE06 - Relacionar e interpretar los conceptos jurídicos implicados en el estudio de los derechos fundamentales
CE07 - Construir teorías jurídicamente fundamentadas para la solución de problemas (reales o teóricos) relativos a los derechos fundamentales
CE08 - Ser capaz de preguntar argumentadamente y debatir sobre las distintos problemas derivados del contenido de esta asignatura
CE09 - Desarrollar una actitud científica crítica respecto de las teorías y de los resultados procedentes de las investigaciones estudiadas.
CE10 - Realizar formulaciones desde diferentes perspectivas a un mismo objeto de estudio.
CE11 - Preparar y programar argumentos jurídicos con base en la legislación para la resolución de casos concretos.
CE12 - Relacionar y juzgar situaciones, argumentos, circunstancias y datos legislativos para la resolución de situaciones y casos concretos
1) Leer con agilidad y sentido la doctrina en materia de teoría de los derechos fundamentales
2) Leer con agilidad y sentido la jurisprudencia constitucional, identificando los problemas teóricos que plantea en materia de derechos fundamentales
3) Comentar críticamente la literatura y la jurisprudencia en materia de teoría de los derechos fundamentales
4) Identificar los problemas teóricos que plantea un concreto conflicto en el que están implicados derechos fundamentales
5) Argumentar oralmente y por escrito, de forma individual y en equipo, en torno a la teoría de los derechos fundamentales
6) Comprender el sentido que han ido cobrando los derechos fundamentales en las distintas fases de formación del régimen constitucional
7) Procesar diferenciadamente las normas constitucionales en términos adecuados a sus efectivas potencialidades dogmáticas
8) Identificar el concepto de derechos fundamentales que resulta jurídicamente operativo en el marco de la Constitución española
9) Diferenciar los tipos de normas en principio amparadas por el régimen jurídico específico de los derechos fundamentales
10) Precisar el régimen aplicable a disposiciones cuya inserción en tal categoría dogmática puede resultar dudosa a causa de su ubicación sistemática
11) Atribuir sentido a los derechos reconocidos en las normas materialmente constitucionales de rango infraconstitucional
12) Comprender el alcance constitucional de los derechos reconocidos en textos de naturaleza internacional o supranacional
13) Valorar en qué medida la fundamentalidad, entendida como garantía constitucional de un derecho subjetivo, puede ser graduada atendiendo a la diversificación de regímenes jurídicos introducida por nuestra Constitución y a la dinámica abierta de las relaciones entre Constitución y ley
I. Aproximación terminológica: los derechos fundamentales como derechos constitucionales
La asignatura parte de la diferenciación entre derechos fundamentales, garantizados por una Constitución normativa y dotados por ello de un régimen jurídico específico, y derechos humanos, reconocidos en el ámbito del Derecho internacional o incluso sin respaldo jurídico claro, pero apoyados en consideraciones éticas
II. Introducción histórica
Para perfilar ese régimen jurídico peculiar de la categoría dogmática “derechos fundamentales” en el marco definido por una concreta Constitución normativa resulta imprescindible trazar una panorámica histórica sobre el sentido que han ido cobrando los derechos fundamentales en las distintas fases de formación del régimen constitucional
III. Consideraciones formales
De ahí derivan una serie de determinaciones formales que permiten identificar qué normas recogen derechos fundamentales en el sentido indicado. Se hace preciso, en consecuencia, examinar la diferenciada recepción de tales determinaciones formales por parte de la Constitución española y observar, de un lado, la proyección del régimen jurídico derivado de las mismas sobre las diversas partes en las que se estructura su Título I, así como, de otro, el régimen aplicable a disposiciones cuya inserción en tal categoría dogmática puede resultar dudosa a causa de su ubicación sistemática
IV. Consideraciones sustantivas
Tales consideraciones formales han de completarse con un análisis sustantivo de los tipos de normas en principio amparadas por tal régimen jurídico, dado que el contenido específico de los preceptos constitucionales correspondientes pone en cuestión en algunos casos la posibilidad de encuadrarlos en la categoría de los derechos fundamentales
V. La diferenciada fundamentalidad de los derechos fundamentales
Una recapitulación final podrá poner de manifiesto en qué medida la fundamentalidad, entendida como garantía constitucional de un derecho subjetivo, puede ser graduada atendiendo a la diversificación de regímenes jurídicos introducida por nuestra Constitución y a la dinámica abierta de las relaciones entre Constitución y ley
El trabajo con la asignatura comienza con la lectura detallada de los materiales que se proporcionan a los alumnos en el curso virtual, donde se integran de modo sistemático desarrollos teóricos elaborados por el propio equipo docente y extractos de obras ajenas y de jurisprudencia constitucional comentados o con orientaciones para el comentario. Sobre la base de una comprensión profunda de tales materiales se plantean a los alumnos las diversas tareas de evaluación. En conjunto, el seguimiento de la asignatura implica tanto el estudio de materiales teóricos y el análisis de casos prácticos y de jurisprudencia como la realización autónoma de comentarios de jurisprudencia y de bibliografía especializada y la elaboración y crítica de trabajos de investigación orientados. Finalmente, los alumnos reciben, junto con su nota, un correo del equipo docente donde se les ofrece una valoración cualitativa y diferenciada de sus tareas.
TIPO DE PRUEBA PRESENCIAL |
|
---|---|
Tipo de examen | |
Tipo de examen | No hay prueba presencial |
CARACTERÍSTICAS DE LA PRUEBA PRESENCIAL Y/O LOS TRABAJOS | |
---|---|
CARACTERÍSTICAS DE LA PRUEBA PRESENCIAL Y/O LOS TRABAJOS |
|
Requiere Presencialidad | |
Requiere Presencialidad | No |
Descripción | |
Descripción | La evaluación de este curso se basará en tres elementos: 1. Cuestionario: la primera tarea exige responder a una serie de cuestiones teóricas o prácticas. 2. Trabajo: la segunda tarea supone el desarrollo de un trabajo argumentado en torno a un tema específico. 3. Informe: la tercera y última tarea conlleva la lectura crítica de un texto doctrinal en torno al mismo tema del trabajo, que debe ser complementada con la autocrítica del trabajo previo a partir de las enseñanzas recibidas de dicho texto. |
Criterios de evaluación | |
Criterios de evaluación | Para aprobar, el alumno debe tener una media superior a 5 puntos, y al mismo tiempo una nota superior a 4 puntos en cada uno de los tres elementos de evaluación. Sólo podrán ser considerados como aptos los alumnos que hayan presentado en plazo sus tres aportaciones y hayan superado dicha nota en cada una de ellas. Se valorará el nivel de asimilación de los materiales, la profundidad de la reflexión sobre los mismos, la calidad de su reelaboración orientada al propio fin de las tareas planteadas y, en definitiva, la riqueza de la aportación personal. Será decisivo, en todo caso, que sus escritos se enfoquen desde la perspectiva aportada en el curso: no interesan las disquisiciones, por interesantes que sean, que no tengan como eje articulador los derechos fundamentales y el concepto de los mismos que puede ser operativo en el ordenamiento constitucional español. Los alumnos recibirán, junto con su nota, un correo del equipo docente donde se les ofrecerá una valoración cualitativa y diferenciada de sus tareas. |
Ponderación de la prueba presencial y/o los trabajos en la nota final | |
Ponderación de la prueba presencial y/o los trabajos en la nota final | El cuestionario contará un 50% de la nota, el trabajo un 35% y el informe un 15%. |
Fecha aproximada de entrega | |
Fecha aproximada de entrega | 1: 20 de diciembre // 2: 10 de enero // 3: 30 de enero |
Comentarios y observaciones | |
Comentarios y observaciones | 1. La entrega de las tres tareas ha de realizarse a través de la plataforma aLF del curso virtual. 2. Las cuestiones se harán públicas a mediados de noviembre, debiendo ser resueltas en el plazo aproximado de un mes, en todo caso antes de que comience el periodo no lectivo de Navidades (las fechas exactas se anunciarán en la plataforma con al menos diez días de anticipación). Los temas de trabajo entre los que podrán optar los alumnos se harán públicos a comienzos de diciembre, y el trabajo deberá ser entregado en el plazo que se indique (terminará dentro de los primeros días de enero). 3. El informe versará sobre una aportación doctrinal que se entregará a los alumnos través de la plataforma alF cuando haya concluido el plazo de presentación de los trabajos, y tendrán aproximadamente diez días para emitirlo. 3. Para realizar estas aportaciones con plena garantía de éxito, los alumnos sólo necesitan los materiales aportados por el equipo docente: a partir de ellos pueden extraer suficientes elementos de reflexión para responder a las cuestiones, para realizar el trabajo y para redactar el informe. En consecuencia, los textos de los alumnos no se valorarán en función del mayor o menor acopio de documentación y bibliografía adicionales; aunque, naturalmente, la información adicional que hayan podido recabar bien puede redundar en una reflexión más profunda y en una aportación personal más rigurosa y matizada. 4. Con vistas a la convocatoria de septiembre se seguirá un sistema de evaluación sustancialmente idéntico, aunque con diferentes plazos (las cuestiones, los temas de trabajo y los textos para el informe se harán públicos a mediados de junio, los alumnos habrán de enviar todos sus ejercicios en el plazo que se indique, que en todo caso se cerrará en los primeros días de septiembre). Tal mecanismo de evaluación será válido para los alumnos que no hayan presentado todos sus trabajos en la convocatoria de febrero. Los que hayan presentado alguno, pero no hayan culminado el proceso, podrán solicitar que le sea tenido en cuenta para la convocatoria de septiembre; el equipo docente decidirá en cada caso en función de las circunstancias alegadas por el alumno. 5. Los alumnos que, habiendo presentado todos sus trabajos para ser calificados en la convocatoria de febrero, hayan obtenido sin embargo una calificación de suspenso, recibirán un correo con indicaciones específicas sobre las actividades de recuperación que deben abordar para superar la asignatura en la convocatoria de septiembre. |
PRUEBAS DE EVALUACIÓN CONTINUA (PEC) | |
---|---|
PRUEBAS DE EVALUACIÓN CONTINUA (PEC) |
|
¿Hay PEC? | |
¿Hay PEC? | No |
Descripción | |
Descripción | |
Criterios de evaluación | |
Criterios de evaluación | |
Ponderación de la PEC en la nota final | |
Ponderación de la PEC en la nota final | |
Fecha aproximada de entrega | |
Fecha aproximada de entrega | |
Comentarios y observaciones | |
Comentarios y observaciones |
OTRAS ACTIVIDADES EVALUABLES |
|
---|---|
¿Hay otra/s actividad/es evaluable/s? | |
¿Hay otra/s actividad/es evaluable/s? | No |
Descripción | |
Descripción | |
Criterios de evaluación | |
Criterios de evaluación | |
Ponderación en la nota final | |
Ponderación en la nota final | |
Fecha aproximada de entrega | |
Fecha aproximada de entrega | |
Comentarios y observaciones | |
Comentarios y observaciones |
¿Cómo se obtiene la nota final? |
|
---|---|
La nota final se calcula de acuerdo con la siguiente ponderación: 1. El cuestionario contará un 50% de la nota. Aprobará la asignatura el alumno que tenga una media superior a 5 puntos; pero ha de tener al mismo tiempo una nota superior a 4 puntos en cada uno de los tres elementos de evaluación. En consecuencia, sólo podrán ser considerados como aptos los alumnos que hayan presentado en plazo sus tres aportaciones y hayan superado dicha nota en cada una de ellas. |
Todos los materiales de estudio necesarios para el estudio y la superación de la asignatura, preparados por el equipo docente de la misma, están disponibles, con carácter gratuito, en la página web del curso virtual, a la que los alumnos de la UNED pueden acceder con la correspondiente clave.
En consecuencia, el alumno no necesitará adquirir ningún material de estudio adicional. Pero sí es necesario que tenga un acceso regular a la red para asegurarse la descarga de los materiales, tando de estudio como de evaluación, y para plantear en los foros las dudas que le susciten.
Los materiales de estudio consisten básicamente en
a. Desarrollos teóricos elaborados por el propio equipo docente.
b. Bibliografías y extractos (comentados o con orientaciones para el comentario) de obras doctrinales.
c. Jurisprudencia seleccionada y comentada o con orientaciones para el comentario.
d. Enlaces de interés.
Con carácter estrictamente complementario puede consultarse la siguiente bibliografía:
1. Manuales básicos de teoría general de los derechos fundamentales en España
-- F. J. BASTIDA FREIJEDO, I. VILLAVERDE MENÉNDEZ, P. REQUEJO RODRÍGUEZ, M. A. PRESNO LINERA, B. ALÁEZ CORRAL, I. FERNÁNDEZ SARASOLA, Teoría general de los derechos fundamentales en la Constitución española de 1978, Madrid: Tecnos, 2004
-- L. M. DÍEZ-PICAZO GIMÉNEZ, Sistema de derechos fundamentales, Valencia: Tirant lo Blanc, 2021 (en especial la parte general, presentada bajo el epígrafe “Derechos fundamentales: concepto y régimen jurídico”).
2. Sobre su formación histórica
-- P. CRUZ VILLALON, "Formación y evolución de los derechos fundamentales", Revista Española de Derecho Constitucional nº. 25 (ahora también en su obra La curiosidad del jurista persa y otros estudios sobre la Constitución, Madrid: CEPC, 1999).
-- D. GRIMM, Constitucionalismo y derechos fundamentales, Madrid: Trotta, 2006
-- A. LÓPEZ PINA, I. GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, Elementos de Derecho Público, Madrid: Marcial Pons, 2002, especialmente el capítulo titulado “Derechos fundamentales y tareas públicas”.
3. Consideraciones generales sobre el concepto de derechos fundamentales en la Constitución española
-- M. A. APARICIO, “Sobre los derechos fundamentales”, en VV.AA., Derechos Constitucionales y Formas Políticas. Actas del Congreso sobre derechos constitucionales y Estado autonómico, Barcelona: Cedecs, 2001.
-- J. ASENSI SABATER, Constitucionalismo y Derecho constitucional – materiales para una introducción, Valencia: Tirant lo Blanch, 1996
-- J. JIMÉNEZ CAMPO, "Artículo 53: Protección de los derechos fundamentales", en O. Alzaga (dir.), Comentarios a la Constitución española de 1978, Tomo IV, Madrid: Cortes Generales-Edersa, 1996.
-- A. LOPEZ PINA (ed.), La garantía constitucional de los derechos fundamentales. Alemania, España, Francia e Italia, Madrid: Civitas, 1991.
-- A. E. PÉREZ LUÑO, Los derechos fundamentales, Madrid: Tecnos, 1984.
-- L. PRIETO SANCHÍS, Estudios sobre derechos fundamentales, Madrid: Debate, 1990.
4. Sobre las garantías del art. 53.1 CE
-- F. J. BASTIDA FREIJEDO, La libertad de antena. El derecho a crear televisión, Barcelona: Ariel, 1990
- "Problemas constitucionales de la creación de empresas informativas", Derecho Privado y Constitución, nº. 10, 1996
-- J. C. GAVARA DE CARA, Derechos fundamentales y desarrollo legislativo, Madrid: CEC, 1994.
-- M. MEDINA GUERRERO, La vinculación negativa del legislador a los derechos fundamentales, Madrid: McGraw-Hill, 1996.
-- I. DE OTTO Y PARDO, "La regulación del ejercicio de los derechos fundamentales. La garantía de su contenido esencial en el artículo 53.1 de la Constitución", en L. MARTIN-RETORTILLO e I. DE OTTO Y PARDO, Derechos fundamentales y Constitución, Madrid: Civitas, 1988.
5. Sobre el art. 53.2 CE
-- M. CARRILLO LÓPEZ, La tutela de los derechos fundamentales por los Tribunales ordinarios, Madrid: CEC/BOE, 1995.
-- P. CRUZ VILLALÓN, P, “El recurso de amparo constitucional I. El Juez y el Legislador”, en VV.AA., Los procesos constitucionales, Madrid: Centro de Estudios Constitucionales, 1992
- “Sobre el amparo”, Revista Española de Derecho Constitucional nº 41, 1994
-- I. DÍEZ-PICAZO, A. DE LA OLIVA, Tribunal Constitucional, Jurisdicción ordinaria y derechos fundamentales, McGraw Hill, Madrid, 1996.
- L. M. DÍEZ-PICAZO, “Dificultades prácticas y significado constitucional del recurso de amparo”, Revista Española de Derecho Constitucional nº 49, 1994
6. Sobre el art. 53.3 CE
-- V. ABRAMOUVICH, CH. COURTIS, Los derechos sociales como derechos exigibles, Madrid: Trotta, 2002.
-- J. L. CASCAJO CASTRO, La tutela constitucional de los derechos sociales, Madrid: Centro de Estudios Constitucionales, 1988
-- J. R. COSSÍO, Estado social y derechos de prestación, Madrid: Centro de Estudios Constitucionales, 1989.
-- A. LÓPEZ PINA, “Comentario introductorio al Capítulo III del Título I”, en O. Alzaga (dir.), Comentarios a la Constitución española de 1978, Tomo IV, Madrid: Cortes Generales-Edersa, 1996.
-- G. PISARELLO PRADOS, Los derechos sociales y sus garantías. Elementos para una reconstrucción, Madrid: Trotta, 2007.
7. La dignidad de la persona
-- I. GUTIÉRREZ GUTIÉRREZ, Dignidad de la persona y derechos fundamentales, Madrid, Barcelona: Marcial Pons, 2005
8. Derechos dispersos y conexos
-- R. CANOSA USERA, Constitución y medio ambiente, Dykinson, 2000.
-- J. M. CASTELLÀ ANDREU, Los derechos constitucionales de participación política en la Administración Pública (un estudio del artículo 105 de la Constitución), Barcelona: Cedecs, 2001.
-- I. DÍEZ-PICAZO, “Artículo 24. Garantías procesales", en O. Alzaga (dir.), Comentarios a la Constitución española de 1978, Tomo III, Madrid: Cortes Generales-Edersa, 1997.
-- G. ESCOBAR ROCA, La ordenación constitucional del medio ambiente, Madrid: Dykinson, 1995.
-- G. PISARELLO PRADOS, Vivienda para todos. Un derecho en (de)construcción, Barcelona: Icaria Editorial, 2003.
-- J. PRIETO DE PEDRO, "Artículo 3. Lenguas de España", O. Alzaga (dir.), Comentarios a la Constitución española de 1978, Tomo I, Madrid: Cortes Generales/Edersa, 1996.
9. Derechos extravagantes
-- M. A. APARICIO et alii, Derechos y principios rectores en los Estatutos de Autonomía, Barcelona: Atelier, 2008.
-- P. BIGLINO, V. FERRERES, M. CARRILLO, Derechos, deberes y principios en el nuevo Estatuto de Autonomía de Cataluña, Madrid: CEPC, 2006.
-- F. BALAGUER CALLEJÓN, (dir), L. ORTEGA ÁLVAREZ; G. CÁMARA VILLAR; J.A. MONTILLA (coords), Reformas estatutarias y declaraciones de derechos, Sevilla: Junta de Andalucía, Consejería de Justicia y Administración Pública, Instituto Andaluz de Administración Pública, 2008
-- F. CAAMAÑO, "Sí, pueden (Declaraciones de derechos y Estatutos de Autonomía)”, Revista Española de Derecho Constitucional nº 79, 2007
-- G. CÁMARA, "Los derechos estatutarios no han sido tomados en serio (a propósito de la STC 247/2007, de 12 de diciembre, sobre el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana)", Revista Española de Derecho Constitucional nº 85, 2009
-- R. CANOSA USERA, "La declaración de derechos en los nuevos Estatutos de Autonomía", Teoría y Realidad Constitucional nº 20, 2007.
-- L. Mª DÍEZ-PICAZO, "¿Pueden los Estatutos de Autonomía declara derechos, deberes y principios?", Revista Española de Derecho Constitucional nº 78, 2006
- "De nuevo sobre las declaraciones estatutarias de derechos: respuesta a Francisco Caamaño", Revista Española de Derecho Constitucional nº 81, 2007.
-- G. FERNÁNDEZ FARRERES, ¿Hacia una nueva doctrina constitucional del Estado autonómico? (comentario a la STC 247/2007, de 12 de diciembre, sobre el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana), Madrid: Civitas, 2008.
-- Á. GARRORENA MORALES, “El derecho del agua ante al reforma de la Constitución y de los Estatutos de Autonomía”, Teoría y Realidad Constitucional nº 18, 2006
-- J.C. GAVARA DE CARA (ed), Los derechos como principios objetivos en los Estados compuestos, Barcelona: Bosch, 2010, 248 págs.
-- T. DE LA QUADRA-SALCEDO JANNINI, “El régimen jurídico de los derecho sociales estatutarios. Reflexiones tras la STC 247/2007 de 12 de diciembre”, Revista General de Derecho Constitucional 2008, nº 5.
-- A. QUERALT JIMÉNEZ, La interpretación de los derechos: del Tribunal de Estrasburgo al Tribunal Constitucional, Madrid: CEPC, 2008.
-- S. RIPOLL CARULLA, El sistema europeo de protección de los derechos humanos y el derecho español, Barcelona: Atelier, 2007.
-- A. SÁIZ ARNAIZ, Apertura constitucional al derecho internacional y europeo de los derechos humanos: el artículo 10.2 de la Constitución española, Madrid: Consejo General del Poder Judicial, 1999.
10. Garantías institucionales
-- J. M.ª BAÑO LEÓN, “La distinción entre derecho fundamental y garantía institucional en la Constitución española”, Revista Española de Derecho Constitucional n.º 24, 1988.
-- A. CIDONCHA MARTÍN, "Garantia institucional, dimensión institucional y derecho fundamental: balance jurisprudencial", Teoría y realidad constitucional nº 23, 2009
-- A. GALLEGO ANABITARTE, Derechos fundamentales y garantías institucionales: análisis doctrinal y jurisprudencial, Madrid: Civitas, 1994.
-- L. PAREJO ALFONSO, Garantía institucional y autonomías locales, Madrid: IEAL, 1981
A lo largo del curso el equipo docente colgará en el curso virtual distintos materiales que servirán de apoyo a los alumnos en su estudio de la materia.
1. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional, cuyo manejo resulta indispensable para alcanzar un conocimiento satisfactorio en materia de derechos fundamentales, resulta accesible desde la página web de la institución:
http://www.tribunalconstitucional.es/
2. Por lo demás, el contenido del Boletín Oficial del Estado y un enlace a los Boletines o Diarios Oficiales de las Comunidades Autónomas se puede obtener desde la página web del BOE
BOE.es - Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
3. Desde el portal de la Unión Europea
4. El Congreso de los Diputados dispone de un portal sobre la Constitución española, en el que se incluye, por ejemplo, un comentario de la misma artículo por artículo:
Constitución española (congreso.es)
5. La revista científica Teoría y Realidad Constitucional es accesible en:
Teoría y Realidad Constitucional (uned.es)
6. El Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, por su parte, ha puesto en línea también una parte significativa de las muchas y muy interesantes publicaciones periódicas que edita, entre ellas la Revista Española de Derecho Constitucional:
7. También se publican en internet, entre otras, la Revista de Derecho constitucional europeo, coordinada desde la Universidad de Granada
http://www.ugr.es/%7Eredce/ReDCEportada.htm
y, con origen en la Universidad de Oviedo, las revistas Fundamentos
Fundamentos - Cuadernos monográficos (unioviedo.es)
e Historia Constitucional
http://www.historiaconstitucional.com/