asignatura grado 2024

Asignatura grado 2025

TEORÍA DEL DERECHO

Código Asignatura: 66021021

NOMBRE DE LA ASIGNATURA
TEORÍA DEL DERECHO
CÓDIGO
66021021
CURSO ACADÉMICO
2024/2025
DEPARTAMENTO
FILOSOFÍA JURÍDICA
TÍTULO EN QUE SE IMPARTE
GRADO EN DERECHO
CURSO
PRIMER CURSO
SEMESTRE 1
FORMACIÓN BÁSICA
Nº ECTS
6
HORAS
150
IDIOMAS EN QUE SE IMPARTE
CASTELLANO

Parte 1. Información general de la asignatura.

        Esta “Guía de Estudio” ha sido diseñada con el propósito fundamental de proporcionar al alumnado de la asignatura Teoría del Derecho en la UNED un conjunto de orientaciones que el equipo docente ha considerado útiles para incentivar y facilitar el estudio de la misma. Por consiguiente, es una herramienta auxiliar que viene a complementar las variadas ayudas específicas que han sido incorporadas ya a los materiales didácticos de base.

     Es imprescindible leer atentamente esta Guía antes de iniciar el estudio, pues, en ella encontrarán no sólo el sentido y la función que la Teoría del Derecho tiene dentro del proyecto global de formación de los graduados en Derecho de la UNED, sino que será de gran utilidad para conocer todos los aspectos prácticos de la asignatura, a saber, el tipo de examen, la evaluación continua, el contenido del programa, etc. 

1. Presentación.

             Teoría del Derecho es una asignatura de formación básica que, en el Plan de Estudios del Grado en Derecho de la UNED, está integrada dentro del amplio bloque o ‘materia’ de los «Fundamentos jurídicos y metodológicos».

            Al tener un carácter manifiestamente introductorio  y haber asumido al mismo tiempo como propia la función formativa general, ha sido encuadrada en el primer curso del Grado de Derecho.

            Por otra parte, es impartida en el primer cuatrimestre del año académico, de modo que la evaluación ordinaria de sus alumnos se realiza en el mes de eneo/febrero en las correspondientes “Pruebas Presenciales” de la UNED.

2. Objetivos.

1º)  Objetivo general:

      Que el alumnado de primer curso tenga una visión introductoria de los principales problemas teóricos que plantea el Derecho como agente de ordenación de las relaciones sociales, que ha tenido una constante presencia en todas las épocas y culturas.

2º) Objetivos particulares:

a) Reflexionar sobre las normas que regulan la conducta humana y qué relación presentan con el Derecho.

b) Conocer la problemática del concepto de Derecho, sus distintas dimensionesy concepciones. 

c) Estudiar las categorías o conceptos jurídicos fundamentales.

d) Conocer cuál es la naturaleza de la norma jurídica.

e) Conocer la relación intrínseca del Derecho con la Sociedad, el Poder Político y la Economía.

f) Analizar las distintas funciones sociales del Derecho y el concepto de eficacia social del Derecho. 

g)   Conocer cómo se comporta el Derecho como sistema: el ordenamiento jurídico.

h)  Analizar la problemática de la interpretación y aplicación del Derecho.

i)  Cuáles son los principales valores jurídicos: el problema del Derecho justo.

j)  Cuál es la génesis de los Derechos Humanos, su fundamentación y evolución.

k) Principales nociones acerca de la Deontología de las profesiones jurídicas.

 l)  Examinar las principales perspectivas y ámbitos del estudio científico y filosófico del Derecho.

m) Facilitar el conocimiento y significado técnico del lenguaje específicamente jurídico.

 

3. La asignatura.

1º) La TEORÍA DEL DERECHO pertenece al grupo de materias que integran los fundamentos jurídicos y metodológicos del Grado de DERECHO, con las cuales se halla estrechamente relacionada.

2º) Como se ha indicado, la Teoría del Derecho cumple una función básica de carácter propedéutico, dentro  del plan de formación de los juristas. Dicha función se cifra en ayudar al alumnado de primer curso a lograr una visión introductoria de los principales problemas teóricos que plantea el Derecho, apuntando al descubrimiento del papel que (en colaboración con los otros agentes políticos, económicos, sociales y culturales) le corresponde desempeñar como factor determinante que es de la garantía de la convivencia pacífica de la sociedad. 

         Pero, junto a esta función básica (más bien, dentro de ella) se propone también unos objetivos sistemáticos concretos que se traducen en las competencias y aprendizajes fundamentales que deben adquirir los alumnos al estudiar esta disciplina:

a) Los alumnos deben tomar conciencia de la importancia del Derecho como sistema regulador de las relaciones sociales.

b) Deben conocer y saber manejar los conceptos fundamentales del Derecho.

c) Deben comprender las distintas formas de creación del Derecho en su evolución histórica y en su realidad actual.

d)  Deben aprender y conocer los valores  básicos imbricados en  las normas jurídicas.

e) Deben adquirir la capacidad  de análisis e interpretación de las normas jurídicas.

f) Conseguir la percepción del carácter unitario del Ordenamiento Jurídico y la visión interdisciplinar de los problemas jurídicos.

g) Adquirir la capacidad de realizar análisis y síntesis: Saber localizar e interpretar textos jurídicos.

h) Deben conocer y aprender el significado preciso de la terminología y el lenguaje jurídico, tanto en su aspecto técnico como científico.

i) Y aprender a expresarse  y comunicarse adecuadamente utilizando correctamente dicha  terminología.

3º) Al desarrollar este programa de enseñanza-aprendizaje y junto con las otras asignaturas introductorias, la “Teoría del Derecho” facilita la comprensión integradora y globalizadora de los distintos sectores normativos que van a convertirse en objeto específico de análisis de las asignaturas que constituyen el núcleo duro de los estudios de los Cursos posteriores del Grado.

         En efecto, si bien la conexión de proximidad metodológica la une directamente a la asignatura de Filosofía del Derecho, los objetivos formativos que tiene asignados la Teoría del Derecho la vinculan también, de forma mediata, a todas las demás asignaturas, incluidas las que se ocupan del estudio de los códigos y leyes que rigen en cada momento la conducta de los ciudadanos. Es, pues, una asignatura cuya función de complementariedad proporciona una formación fundamental para rentabilizar mejor el esfuerzo que el alumnado va a tener que realizar en el estudio de las otras asignaturas del Grado.

4º) El alumnado ha de tener en cuenta en todo caso que su tarea de asimilación de los conocimientos, destrezas y actitudes que corresponde fomentar a la Teoría del Derecho puede tropezar con varios pequeños obstáculos, tanto a nivel ‘semántico’ como a nivel ‘conceptual’.

         a) Por una parte, en el nivel semántico, esta disciplina sumerge al estudiante (casi sin previo aviso) en la piscina de un universo lingüístico novedoso que, a pesar de su similitud inicial con el lenguaje ordinario, es casi siempre peculiar y con frecuencia muy técnico. Este hecho puede ocasionar frecuentes desorientaciones en el seguimiento de las explicaciones y algún que otro dolor de cabeza en la comprensión de los mensajes. De suerte que el alumnado tendrá que prestar una especial atención a este punto. (Por eso, es aconsejable que el estudio cuente siempre con la compañía de algún “Diccionario” jurídico).

         b) Por otra parte, en el nivel conceptual, el enfoque general, el propio diseño del programa y el tono de las explicaciones tienen casi siempre un carácter teórico abstracto por ello, no se debe buscar como primera aproximación la aplicación práctica, sino la comprensión a nivel general.

 5º) A esto hay que añadir que, con frecuencia, el análisis de los problemas se desarrolla a través de la exposición de doctrinas opuestas, cuya plausibilidad resulta difícil conjugar. De modo que puede caerse en la trampa del relativismo (la verdad y la justicia dependen siempre del punto de vista que se adopte) o en el escepticismo (no es posible en ningún caso llegar a saber qué es lo verdadero o lo falso, lo justo o lo injusto). Es, pues, imprescindible que los estudiantes de “Teoría del Derecho” se pongan desde el primer momento la vacuna contra el relativismo extremo y contra el escepticismo radical.