Política y masonería según las constituciones del Gran Oriente de España (1871)

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Sala-XI: Política y Masonería

POLÍTICA Y MASONERÍA SEGÚN LAS CONSTITUCIONES DEL GRAN ORIENTE DE ESPAÑA EN 1871

“La masonería tiene por objeto la perfección de los hombres, y por lo mismo los masones españoles admiten los diversos ritos, grados, ideas y sistemas sociales establecidos, siempre que ellos no alteren los principios morales, filantrópicos y fraternales: por esta razón la masonería que reconoce y proclama la autonomía del individuo, es una sociedad pacífica que realiza una misión humanitaria y civilizadora.

En su consecuencia, todo masón deberá ser también un ciudadano pacífico, de honrada y moral conducta, que acate todos los poderes públicos que se hallen legalmente constituidos.

Los masones no deben, como tales, mezclarse ni tomar parte en conspiraciones contra la paz y bienestar de la Nación; procurarán ser corteses con las autoridades y sostener y amparar en todas ocasiones lo intereses de la hermandad, trabajando por la prosperidad de la Patria; no perdiendo de vista que todos los hombres son hermanos, y que la masonería ha florecido siempre con la paz y sufrido y perjudicándose mucho en su marcha y desarrollo con las guerras y el derramamiento de sangre.

Por esta razón la Orden Masónica ha contado en su seno, en todas las épocas y en todos los pueblos, los hombres más eminentes e ilustrados, que han tenido a gloria pertenecer a una asociación que responde, con la práctica de grandes virtudes, a la calumnia y malquerencia de sus émulos y adversarios”.

Fuente: Constituciones de la Francmasonería del Serenísimo Grande Oriente de España del Rito Escocés Antiguo y Aceptado, Madrid, 1871, pp. 5-6.