Jean Etienne Marie PORTALIS (1746-1807)

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Sala VI: La masonería en otros países

EAN-ÉTIENNE-MARIE PORTALlS (1746-1807)

Considerado el «Padre del Código Civil francés», Jean-Étienne-Marie Portalis nació el 1 de abril de 1746 en Beausset, un pueblecito del departamento de Var, en la Baja Provenza, en el seno de una familia de la vieja burguesía relacionada con la práctica del Derecho. Su infancia transcurrió en La Cadiere; inició su educación en el colegio que los padres del Oratorio (educadores tradicionalmente cartesianos) dirigían en Tolón, luego en Marsella y, posteriormente, ingresó en la Facultad de Derecho de Aix, en la que su padre era profesor de Derecho canónico, y donde él se licenció en 1765. Después de un breve período de preparación en el bufete de De Colonia, abogado de cierto renombre y también profesor de Derecho en Aix, ejercerció la profesión de abogado hasta 1790, interviniendo en algunos de los más importantes o llamativos asuntos de la época: en 1771, como abogado del conde de la Blanche, en el proceso contra Beaumarchais, y también en el de la familia Marignane contra Mirabeau, al que tildará de «mal hijo, mal esposo, mal padre, mal ciudadano, un sujeto peligroso».

En esta etapa sale a la escena pública y brillará por su elocuencia con motivo de un dictamen (publicado en 1770) que le había sido solicitado por el duque de Choiseul, a la sazón primer ministro, sobre la eficacia de los matrimonios de protestantes en Francia, en el que se pronunciará a favor de la validez de estos matrimonios con independencia de su consagración religiosa. Este dictamen mereció los elogios de Voltaire, y contribuyó a que años más tarde se promulgase un edicto de 28 de noviembre de 1787 en virtud del cual se reconocía el estado civil de los protestantes. Elegido asesor de la ciudad de Aix, participará en la administración de la Provenza. En 1782, como diputado, defenderá los intereses de su provincia en París.

Iniciado en el Gran Oriente de Francia, llegaría a ser presidente (venerable) de la logia “Les Arts et l'Amitié” de Aix-en-Provence.

Detenido el 31 de diciembre de 1793 permanecerá internado en una casa de salud de la calle de Charone (llamada casa del doctor Belhomme), gozando de un estatuto en cierto modo privilegiado gracias a la mediación de Desvieux, que presidía uno de los tribunales civiles de París. Liberado en 1794, ejerce su profesión de abogado en París y rechaza una oferta de la Convención para formar parte del Tribunal de Casación.

En octubre de 1795, Portalis es elegido miembro del Consejo de los Ancianos (Conseil des Anciens), una de las dos Asambleas que entonces formaban el Cuerpo legislativo (la otra era el Consejo de los Quinientos), de la que llegó a ser presidente en julio de 1796 (Mathieu-Dumas será su secretario), como sucesor de Tronchet. Fue el orador más eminente de los realistas «constitucionales». Pronunció diversos discursos que le otorgaron celebridad al criticar «el espíritu revolucionario»: «el afán exaltado de sacrificar violentamente todos los derechos a un fin político, y de no admitir otra consideración que la de un misterioso y variable interés de Estado». Ya en esta época (a los cincuenta años) padecía de cataratas, estaba casi ciego, y casi no podía leer ni escribir; sin embargo, conservaba una memoria tan prodigiosa que ni siquiera sus más inmediatos colaboradores detectaron el verdadero alcance de su dolencia.

Con ocasión de las elecciones del año V se coloca al frente del Partido Constitucional (de monárquicos moderados), el cual se encontraba entre las dos facciones rivales formadas por los convencionales y los realistas. Este activismo político y la oposición que Portalis había demostrado hacia el Directorio, darán lugar a que sea considerado como enemigo cuando tuvo lugar el golpe de Estado de 4 de septiembre de 1797. Un decreto del 4 de septiembre de 1797 condena a Portalis a ser desterrado, por lo que ante el temor de ser deportado a la Guayana opta por el camino del exilio, acompañado de su hijo mayor. El peregrinaje transcurriría por Alemania y Suiza, donde entró en relación con los intelectuales de la época (Goethe, Lavater, Mallet du Pan, Narbonne, Suard, Jacobi), que influyeron decisivamente en su formación y en la evolución de su pensamiento. Trabajó entonces en la famosa obra De l' usage et de l' abus de l'esprit philosophique durant le XVIII siécle en la que presenta un panorama de la historia del pensamiento definiéndolo como «un espíritu de libertad, de indagación y de luz». No se le permitirá regresar a Francia hasta finales del año 1799.

El 3 de abril de 1800, Napoleón le nombra comisario del Gobierno en el Tribunal de apresamientos (Conseil des prises). Más tarde, el 18 de agosto de 1800, será designado miembro de la comisión de redacción del Código Civil, junto con Tronchet, Bigot de Préameneu y Maleville, en la que también intervinieron en las discusiones Cambacéres (entonces segundo cónsul, cargo que le impedía formar parte de la comisión de redacción), el consejero de Estado Trailhard y el mismo Napoleón. Portalis representaba la tradición romanista. El 22 de septiembre siguiente es designado consejero de Estado, adscrito a la sección de legislación. La comisión trabajará con rapidez y en menos de cuatro meses (el 20 de enero de 1801) remite al Gobierno el Proyecto de Código Civil. A este proyecto le precedía el famoso Discurso Preliminar, firmado por los cuatro miembros de la Comisión, pero que, en realidad, era obra exclusiva de Portalis y ha sido considerado, por todos, como una verdadera antología del pensamiento jurídico que se mantiene perenne.

Este discurso comienza con una breve historia de la idea de la codificación encaminada a justificar cómo había sido imposible bajo el Antiguo Régimen, cuando «Francia no era más que una sociedad de sociedades», y durante la revolución, cuando las leyes eran «hostiles, parciales y subversivas», pero sí había sido viable bajo la nueva Constitución (“hoy Francia respira; y la Constitución, que garantiza su reposo, le permite pensar en su prosperidad”). A continuación se enuncia una verdadera «filosofía de la moderación» en materia legislativa: el legislador debe ser «comedido en las novedades», debe aprovechar la experiencia del pasado, llegando a una «transacción entre el Derecho escrito y las costumbres», y debe abandonar «la ambición de querer regularlo y preverlo todo». Con ello se pretende rehabilitar la jurisprudencia y llamar la atención sobre el papel de los juristas: «a la experiencia toca llenar los huecos que dejemos», «los Códigos de los pueblos se hacen con el tiempo o, mejor dicho, no se les hace». Al final se enumeran las razones que justificaban haber colocado las leyes civiles «bajo la tutela de las leyes políticas», adaptadas a las costumbres nacionales y destinadas a propagar «el espíritu de familia». Sin que se pueda desconocer que para Portalis la familia, «santuario de costumbres», y después la propiedad, «alma universal de toda la legislación», «son los dos grandes pilares del Código civil». Respecto de ellos invoca la naturaleza y reclama el Derecho natural. Así, en el propio Discurso Preliminar dirá: «Estamos convencidos de que el matrimonio que existía antes de la aparición del cristianismo, que ha precedido a toda ley positiva, y que deriva de la constitución misma de nuestro ser, no es un acto civil ni un acto religioso, sino un acto natural, que ha atraído la atención de los legisladores y que la religión ha santificado»; y, a propósito de la propiedad, afirmará que «el derecho de propiedad es, en sí mismo, una institución directa de la naturaleza». En cambio, sostendrá que «el derecho de suceder no es, en absoluto, un derecho natural, sino un derecho social, por completo regulado por la ley política o civil, y que no debe oponerse en manera alguna a las restantes instituciones sociales». Al referirse a la contratación enuncia el principio de libertad, y argumenta que «es misión de la ley protegemos contra el fraude de otros, pero no dispensamos de hacer uso de nuestra propia razón»; pues, «si de otro modo fuese, la vida humana, bajo la vigilancia de las leyes, no sería sino una larga y vergonzosa minoridad, y esta vigilancia degeneraría por sí sola en inquisición».

Ahora bien, cuando habían comenzado los trabajos preparatorios del Código civil en el Consejo de Estado, Portalis fue encargado de la Dirección General de Cultos el 8 de octubre de 1801 con la encomienda de poner en marcha el Concordato que el primer cónsul había firmado el 15 de julio del mismo año con el papa Pío VII, con la finalidad de reconciliar a la República francesa con la Iglesia de Roma, lo que dio lugar a que repartiera su tiempo y su trabajo entre estas dos actividades. En el curso de estos trabajos, en el otoño de 1803, Portalis fue elegido senador del departamento de Bouches-du Rhóne. También en esta etapa preside la Academia de Legislación.

El 10 de julio de 1804, Portalis fue nombrado ministro de Cultos, y en agosto de este mismo año, con motivo de la dimisión de Chaptal, asumió la interinidad del Ministerio del Interior. El 1 de febrero de 1805 fue condecorado con el gran collar de la Legión de Honor. El 2 de enero del año siguiente fue designado para ocupar un sillón de la Academia francesa.

Portalis murió en París, el 25 de agosto de 1807. Se dice que Napoleón, muy afectado por el fallecimiento de su eminente y leal colaborador, decretó que le fueran rendidos funerales nacionales. Sus restos fueron depositados en el Panteón, donde reposan actualmente.

Extractado de: José Manuel Lete del Río, “Jean-Étienne-Marie Portalis”, en Rafael Domingo (ed.), Juristas Universales, vol. 2, Madrid, 2004, pp. 744-748.