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Asignaturas - Master 260101

Asignaturas Máster universitario en intervención de la administración en la sociedad

LA INTERVENCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN EN EL MEDIO AMBIENTE

Código Asignatura: 26601672

PRESENTACIÓN Y CONTEXTUALIZACIÓN

LA INTERVENCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN EN EL MEDIO AMBIENTE
26601672
2024/2025
TÍTULOS DE MASTER EN QUE SE IMPARTE MÁSTER UNIVERSITARIO EN INTERVENCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN EN LA SOCIEDAD
CONTENIDOS
4
100
SEMESTRE 1
CASTELLANO

 

Ante la creciente sensibilización de la sociedad por los problemas ambientales que provoca el potencial destructivo de la civilización moderna, en especial las dos amenazas más grandes que se ciernen sobre nuestro sistema, como son el cambio climático y la pérdida de biodiversidad, existe una fuerte presión sobre los poderes públicos para que adopten medidas tendentes a minimizar los daños ambientales de la actividad humana.

La Constitución española dedica al medio ambiente el artículo 45 en el que, tras declarar que “Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo”, se encomienda a los poderes públicos velar “por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva”. Para cumplir con este mandato cada vez se amplía más el abanico de técnicas que implanta la ley y aplica la Administración para la protección del medio ambiente y los recursos naturales.

Así lo exige, además, la Unión Europea (UE), pues debe tenerse en cuenta que ésta ha apostado decididamente por la consecución de mejoras ambientales que posibiliten un desarrollo sostenible. No en vano en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, incluida en la Parte II del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa (pendiente, como es sabido, de su ratificación por los Estados para su entrada en vigor), el medio ambiente forma parte de los “derechos de solidaridad” y se declara que “Las políticas de la Unión integrarán y garantizarán con arreglo al principio de desarrollo sostenible un alto nivel de protección del medio ambiente y mejora de su calidad”.

Impulsadas por la UE, se han puesto en marcha en los veinte últimos años un conjunto muy ambicioso de medidas, que comprenden, entre otras muchas: la Evaluación de Impacto Ambiental, técnica preventiva por excelencia que somete a las actividades potencialmente lesivas del medio a un análisis previo sobre sus efectos sobre el entorno del que se hace depender la autorización o la realización del proyecto; las autorizaciones ambientales y, en especial, la denominada “autorización ambiental integrada” con la que mediante un permiso único se controlan todos los posibles efectos de una actividad industrial sobre el agua, la atmósfera y el suelo; los denominados “sistemas económicos o de mercado” que pretenden adaptar técnicas ya existentes en el mundo empres para la mejora de los resultados ambientales de las actividades empresas, como son la ecoauditoría o la etiqueta ecológica.

Hemos de precisar aquí y desde ya, que una de las paradojas del Derecho medioambiental es que la Administración, aunque constituye la principal defensora del bien jurídico medio ambiente, puede aparecer también como potencial agresora del mismo. La Administración debe estar también sometida por ello a los postulados y las técnicas de protección ambientales cuando lleva a cabo cualquier actividad o proyecto potencialmente lesivo del entorno y sometido en consecuencia a normas ambientales: obras públicas a las que se aplica la Evaluación de Impacto Ambiental, actividades clasificadas, vertidos, operaciones de producción y gestión de residuos, etc.

El medio ambiente y su gestión constituyen en la actualidad un núcleo de actividad económica y de gestión pública de primera magnitud. Se ha convertido en un elemento esencial en el entendimiento del Derecho público y, en particular, de la actuación administrativa. El grueso de la normativa medioambiental tiene su origen directo o indirecto en el Derecho comunitario que habilita a las Administraciones públicas para llevar a cabo actividades de prevención (evaluación del impacto ambiental, auditorías ecológicas, ecoetiquetas, subvenciones públicas, etc.) de control (autorizaciones para la prevención y el control de la contaminación, inspecciones ambientales), o de represión (sanciones administrativas).