NO EXISTEN CAMBIOS
La guía de la asignatura ha sido actualizada con los cambios que aquí se mencionan.
La cultura desde la perspectiva de la intervención administrativa incluye manifestaciones de carácter heterogéneo en que se pueden identificar todas las técnicas interventoras posibles de prestación, limitación o fomento. Los poderes públicos y las Administraciones públicas prestan servicios públicos culturales de muy variada naturaleza (archivos, bibliotecas, museos etc), regulan profesiones relacionadas con los servicios públicos que prestan, regulan los derechos de la propiedad intelectual, regulan la cinematografía, así como el patrimonio histórico y llevan acabo una actividad de fomento muy significativa.
Las Administraciones públicas, por otra parte, enfrentan en el sector cultural nuevos retos como el de la paulatina complejidad de la gestión cultural (industrias culturales, turismo cultural etc).
Los alumnos deberán ser licenciados o graduados en Derecho.
Profesora Susana Viñuales Ferreiro
Viernes: de 10 a 14 horas.
Mail: susana.vinuales@der.uned.es
Tel. 91 398 86 92
Prof. colaborador:
Jesús Prieto de Pedro
Mail: jprieto@der.uned.es
COMPETENCIAS BÁSICAS Y GENERALES:
CG01 - Adquirir los conocimientos teóricos y prácticos necesarios relativos a las técnicas que utilizan las Administraciones Públicas para cumplir con las misiones de la Constitución, las leyes y el Derecho de la Unión Europea.
CG02 - Analizar documentos doctrinales, legislativos y jurisprudenciales, manejando los instrumentos fundamentales que necesita todo jurista.
CG03 - Comprender el intervencionismo público en las sociedades contemporáneas.
CB6 - Poseer y comprender conocimientos que aporten una base u oportunidad de ser originales en el desarrollo y/o aplicación de ideas, a menudo en un contexto de investigación
CB7 - Que los estudiantes sepan aplicar los conocimientos adquiridos y su capacidad de resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos dentro de contextos más amplios (o multidisciplinares) relacionados con su área de estudio
CB8 - Que los estudiantes sean capaces de integrar conocimientos y enfrentarse a la complejidad de formular juicios a partir de una información que, siendo incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades sociales y éticas vinculadas a la aplicación de sus conocimientos y juicios
CB9 - Que los estudiantes sepan comunicar sus conclusiones y los conocimientos y razones últimas que las sustentan a públicos especializados y no especializados de un modo claro y sin ambigüedades
CB10 - Que los estudiantes posean las habilidades de aprendizaje que les permitan continuar estudiando de un modo que habrá de ser en gran medida autodirigido o autónomo.
COMPETENCIAS ESPECÍFICAS:
CE04 - Ser capaz de realizar funciones legislativas dentro del campo de la Intervención de la Administración en la sociedad
CE05 - Ser capaz de explicar cualquiera de las transformaciones que se operan en el sector.
CE06 - Ser capaz de realizar funciones de naturaleza jurisdiccional en el campo de la intervención de la Administración en la sociedad.
Conocimiento de la intervención de la Administración en la Cultura, de la legislación, la jurisprudencia y la doctrina jurídica en las principales materias culturales.
I. MARCO CONSTITUCIONAL DE LA INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA EN LA CULTURA
II. MARCO INTERNACIONAL Y COMUNITARIO DE LA INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA EN LA CULTURA
III. ESTADO DE CULTURA. DERECHOS Y LIBERTADES CULTURALES
IV. LA REGULACIÓN DEL PATRIMONIO CULTURAL. MUSEOS, ARCHIVOS Y BIBLIOTECAS
V. LA REGULACIÓN DE LAS INDUSTRIAS CULTURALES Y EL LIBRO
VI. EL RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS LENGUAS
La metodología será la propia de la enseñanza a distancia apoyándose en los recursos tecnológicos, digitales y de internet de que dispone la UNED.
Al inicio de cada Curso académico, se proporcionará a los estudiantes, a través de la plataforma virtual, un documento con todas las indicaciones necesarias para cursar la asignatura. En él se indicará el ejercicio práctico que debe realizarse obligatoriamente para poder presentarse a la prueba presencial. El ejercicio práctico tiene por objeto que los alumnos aprendan a manejar de manera solvente la legislación, la jurisprudencia y la doctrina de los autores para la profundización en la materia.
Se podrá convocar, igualmente, una sesión virtual síncrona, para aclarar aspectos generales realtivos al desarrollo de la asigntura.
TIPO DE PRUEBA PRESENCIAL
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Tipo de examen |
Tipo de examen |
Examen de desarrollo |
Preguntas desarrollo |
Preguntas desarrollo |
2 |
Duración |
Duración |
90 (minutos) |
Material permitido en el examen |
Material permitido en el examen |
Ninguno
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Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
Calidad de los contenidos, precisión conceptual y capacidad de relación con otros conceptos pertinentes, orden y coherencia de la exposición y calidad de la redacción.
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% del examen sobre la nota final |
% del examen sobre la nota final |
60 |
Nota mínima del examen para aprobar sin PEC |
Nota mínima del examen para aprobar sin PEC |
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Nota máxima que aporta el examen a la calificación final sin PEC |
Nota máxima que aporta el examen a la calificación final sin PEC |
6 |
Nota mínima en el examen para sumar la PEC |
Nota mínima en el examen para sumar la PEC |
5 |
Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
Para aprobar la asignatura, será obligatorio obtener aprobado (es decir, al menos una nota de 5 antes de aplicar la ponderación) en ambas pruebas (la PEC y el examen)
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CARACTERÍSTICAS DE LA PRUEBA PRESENCIAL Y/O LOS TRABAJOS |
CARACTERÍSTICAS DE LA PRUEBA PRESENCIAL Y/O LOS TRABAJOS
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Requiere Presencialidad |
Requiere Presencialidad |
Si |
Descripción |
Descripción |
Examen escrito
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Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
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Ponderación de la prueba presencial y/o los trabajos en la nota final |
Ponderación de la prueba presencial y/o los trabajos en la nota final |
40% |
Fecha aproximada de entrega |
Fecha aproximada de entrega |
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Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
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PRUEBAS DE EVALUACIÓN CONTINUA (PEC) |
PRUEBAS DE EVALUACIÓN CONTINUA (PEC)
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¿Hay PEC? |
¿Hay PEC? |
Si,PEC no presencial |
Descripción |
Descripción |
Comentario sobre sentencias y otros documentos juridicos de materias del Derceho de la cultura según las instrucciones que se proporcionarán al comienzo del curso.
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Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
Rigor conceptual y calidad del comentrio
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Ponderación de la PEC en la nota final |
Ponderación de la PEC en la nota final |
40% |
Fecha aproximada de entrega |
Fecha aproximada de entrega |
10 mayo |
Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
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OTRAS ACTIVIDADES EVALUABLES
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¿Hay otra/s actividad/es evaluable/s? |
¿Hay otra/s actividad/es evaluable/s? |
No |
Descripción |
Descripción |
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Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
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Ponderación en la nota final |
Ponderación en la nota final |
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Fecha aproximada de entrega |
Fecha aproximada de entrega |
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Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
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¿Cómo se obtiene la nota final?
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La nota final es la suma de la PEC (ponderada al 40%) y la prueba presencial escrita (ponderada al 60%) de la asignatura
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Prieto de Pedro, J., Cultura, culturas y Constitución, CEC/ Congreso de los Diputados, 2013.
Prieto de Pedro, J., "El Derecho de la Cultura", en Materialespara el estudio del Derecho Administrativo, IUSTEL, Madrid 2009, Tomo VIII, vol 2.
Prieto de Pedro, J, “Concepto y otros aspectos del patrimonio cultural en la Constitución Española”, en Estudios sobre la Constitución Española. Homenaje al profesor E. García de Enterría, (S. Martín Retortillo, dir.), Civitas, Madrid, 1991 (en el apartado “Documentos” puede encontrar un archivo con el trabajo escaneado).
Prieto de Pedro, J., "Las bases constitucionales y legales del Patrimonio Cultural en el derecho español", en Mediación y gestión del patrimonio en Europa, Mª Doilores Antigüedad (dir), Ed Ramón Areces, Madrid, 2012.
Prieto de Pedro, "Art. 3. Las lenguas de España", en Comentarios a la Constitución Española de 1978 ,O. Alzaga (dir), vol I, EDERSA 1996.
Roberto O. Bustillo Bolado, “La propiedad intelectual”, en Materiales para el estudio del Derecho Administrativo, IUSTEL, Madrid 2009, Tomo VIII, volumen II, págs. 373 a 398.
Descalzo González, “Museos, archivos, libro y bibliotecas”, en Materiales para el estudio del Derecho Administrativo, IUSTEL, Madrid 2009, Tomo VIII, volumen II; págs. 347 a 372.
Susana de la Sierra Morón, “El cine”, Materiales para el estudio del Derecho Administrativo, ed. Iustel, Madrid 2009, Tomo VIII, volumen II págs. 319 a 346.
Prieto de Pedro, “Balance VVAA, Industrias culturales y desarrollo sustentable, OEI - Secretaria de Exteriores, Conaculta, Méjico, 2004 (se proporciona asimismo un archivo con una copia escaneada del trabajo).
Velasco Quintana, Pablo, "Un patrimonio vivo, contemporáneo y tradicional. Cómo define el Patrimonio Cultural Inmaterial el derecho español: Unesco, en Patrimonio cultural y Derecho, nº 21, págs. 373-402
Prieto de Pedro, J., "Elogio crítico de la Administración de las Bellas Artes. Una administración que cumple 100 años", en Cien años de Administración de las Bellas Artes", Ministerio de Educación, cultura y Deporte, 2016.
,
VVAA, Industrias culturales y desarrollo sustentable, OEI/Secretaría de Relaciones Exteriores de México, 2004.
Pontier, Ricci et Bourdon, Droit de la culture, 2ª edc. Dalloz, Paris, 1996.
Vaquer Caballería, M., Estado y cultura: la función cultural de los poderes públicos en la Constitución española, Ed. Ramón Areces, Madrid, 1999.
Prieto de Pedro, J., "Cuando los Tribunales definen el arte o una escultura que no era un utensilio de cocina: el caso Brancusi", en Derecho del Arte. Anuario Iberoamericano 2016", Civitas Thomsom, 2016
Para acceder a los textos legales específicos de la materia pueden consultar las siguientes web:
- UNESCO (www.unesco.org. / buscar en Temas “cultura”/ “acción normativa” y aquí encontrará los textos de las siete Convenciones aprobadas por UNESCO)
- Unión Europea (www.europa.eu/pol/cult/index_es.htm / buscar “legislación”)
- Ministerio de Cultura (www.mcu.es / entrar en el epígrafe “cultura” y en cada uno de los sectores podrá encontrar un epígrafe “legislación” donde se incluyen tanto las normas estatales como autonómicas).
- El Portal Iberoamericano de Derecho de la Cultura es una gran base de datos que contine legislación, jurisprudencia y otra documentación de interés jurídico (se puede acceder en total a más de 5000 archivos) de utilísima consulta: https://derechodelacultura.org