CAU-988344 - 21/10/2024
10.- Comunicado para los estudiantes del Máster Universitario en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación
Decanato de la Facultad
Se comunica a los estudiantes del Máster Universitario en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación, las siguientes modificaciones en los equipos docentes:
Se incorpora al equipo docente de las siguientes asignaturas el profesor D. José Luis Espinoza:
Gestión Pública (Cód.: 2660701).
Teorías y políticas presupuestarias: los procesos de presupuestación y ejecución del gasto público (Cód.: 26615162).
Contratación Pública y colaboración público-privada (Cód.: 26615177).
La función interventora (Cód.: 26615181).
El control financiero del gasto público (Cód.: 26615196).
Información económico-financiera: instrumentos de control (Cód.: 26607217).
Contabilidad Pública (Cód.: 26607202)
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Cód.: 26607240).
Se incorpora al equipo docente de las siguientes asignaturas el profesor D. Juan Carlos Campaña Naranjo:
El Impuesto sobre el Valor Añadido (Cód.: 26607255
Introducción a la legislación y al sistema tributario español (Cód.: 26615016).
Derechos aduaneros e impuestos especiales (Cód.: 26615232).
La fiscalidad internacional y comunitaria (Cód.: 26615035).
Procedimientos tributarios (I): Normas comunes y gestión tributaria (Cód.: 2661504-).
Causa baja en el equipo docente de las siguientes asignaturas el profesor D. Javier Martín Román:
Teorías y políticas presupuestarias: los procesos de presupuestación y ejecución del gasto público (Cód.: 26615162
La función interventora (Cód.: 26615181).
El control financiero del gasto público (Cód.: 26615196).
El Impuesto sobre el Valor Añadido (Cód.: 26607255).
Introducción a la legislación y al sistema tributario español (Cód.: 26615016).
Derechos aduaneros e impuestos especiales (Cód.: 26615232).
La fiscalidad internacional y comunitaria (Cód.: 26615035).
Procedimientos tributarios (I): Normas comunes y gestión tributaria (Cód.: 2661504-)
La guía de la asignatura ha sido actualizada con los cambios que aquí se mencionan.
Si cualquier tipo de actividad económica en la que se administren recursos está sometida a control con mucha más razón debe estarlo la actividad económico-financiera del sector público que utiliza unos recursos que por definición son escasos, y que además han sido detraídos coactivamente a los ciudadanos mediante el ejercicio de la potestad tributaria de la Administración
El título VI de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria regula el control de la actividad económico- financiera del sector público estatal ejercido por la Intervención General de la Administración del Estado.
En el capítulo I, relativo a las normas generales, se configura el citado control como un control interno ejercido con plena autonomía respecto de las autoridades y entidades cuya gestión económico-financiera se controla, y que tiene como objetivos la verificación del sometimiento de dicha gestión a la legalidad, a los principios de buena gestión financiera y a los establecidos en la citada Ley General de Estabilidad Presupuestaria.
Este control interno puede ejercerse en tres modalidades: función interventora, control financiero permanente y auditoría pública.
El estudio de esta asignatura tiene como finalidad centrarse en la primera modalidad de control interno antes mencionada, la función interventora o fiscalización previa, que tiene por objeto controlar, antes de que sean aprobados, los actos del sector público estatal que den lugar al reconocimiento de derechos o a la realización de gastos, así como los ingresos y pagos que de ellos se deriven, y la inversión o aplicación en general de sus fondos públicos, con el fin de asegurar que su gestión se ajuste a las disposiciones aplicables en cada caso.
La asignatura La Función Interventora pertenece al Máster Universitario en Dirección Pública, Políticas Públicas y Tributación, especialidad en Dirección y Administración pública. Esta asignatura es optativa y se imparte durante el primer cuatrimestre. Tiene carácter teórico-práctico, con 5 créditos ECTS.
Con el desarrollo de esta asignatura se pretende que el estudiante conozca con detalle una de las modalidades del control interno existentes en la Administración Pública española. El control de la actividad económico-financiera del sector público en su modalidad de función interventora, fiscalización previa o control previo de legalidad es un control que discurre paralelo a la gestión de los gastos e ingresos públicos, de modo que el estudio de dichos procedimientos de gestión no puede entenderse sin conocer los controles que lleva aparejados.
Esta modalidad de control ha experimentado a lo largo de los años determinadas modificaciones que corren paralelas a la evolución de la propia Administración Pública, de la gestión pública y de la actividad económico-financiera en términos generales, para conseguir en cada momento optimizar los resultados del mismo, colaborando al desarrollo de una Administración Pública moderna y de calidad, eficaz, eficiente y transparente, pero sin olvidar el carácter reglado propio del funcionamiento del sector público lo que determina que uno de los objetivos más importantes del control sea precisamente la verificación de las normas y procedimientos, objeto de la función interventora.
Los exigidos para la realización del Máster.
COLABORADORES DOCENTES EXTERNOS
Nombre y apellidos |
MARTA GANADO LÓPEZ
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Correo electrónico |
mganado@invi.uned.es
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BREVE CV DE COLABORADOR DOCENTE EXTERNO
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Máximo nivel de formación alcanzado |
Máximo nivel de formación alcanzado |
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Situación profesional actual |
Situación profesional actual |
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Experiencia relevante para la docencia impartida (publicaciones, trayectoria, proyectos...) |
Experiencia relevante para la docencia impartida (publicaciones, trayectoria, proyectos...) |
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Para la tutorización y seguimiento de los estudiantes se han previsto, de acuerdo con la metodología propia de la UNED y en colaboración con el Instituto de Estudios Fiscales, un mínimo de 4 sesiones presenciales en la sede del IEF de 2 horas cada una, en las que, de forma presencial o virtual, se proporcionará apoyo a los estudiantes, se resolverán dudas, se desarrollarán actividades formativas, actividades de los Foros y de los grupos de trabajo colaborativo.
La interacción de estudiantes y Equipos Docentes se realizará a través de la plataforma ALF, mediante dos Foros: uno de carácter general, para dudas o comentarios sobre los materiales de estudio o las lecturas realizadas, atendido por el Equipo Docente; y otro creado para que los estudiantes puedan intercambiar sus opiniones.
COMPETENCIAS BÁSICAS Y GENERALES:
CG1 - Gestionar y analizar los elementos que conforman un problema para desarrollar ideas y realizar razonamientos con la finalidad de buscar soluciones al mismo.
CG2 - Comunicar y transmitir conocimientos, ideas y argumentos de un modo claro, riguroso y convincente, generando propuestas innovadoras y competitivas tanto en la actividad profesional como en la investigadora en un marco de libertad responsable.
CG3 - Ser capaz de fijar objetivos a alcanzar, planificar y programar actividades en relación a éstos y organizar y gestionar los recursos necesarios para alcanzar dichos objetivos.
CG4 - Tomar conciencia de valores éticos en el desarrollo profesional e intelectual que permitan discriminar de acuerdo a ellos si una acción es correcta o incorrecta, adecuada o inadecuada, así como actuar en consecuencia.
CG5 - Adquirir habilidades para el trabajo en equipo y el liderazgo.
CG6 - Adquirir y desarrollar estrategias de aprendizaje autónomo.
CG7 - Utilizar las Tecnologías de la Información y Comunicaciones para la búsqueda y obtención de información disponible, así como herramientas de trabajo y comunicación.
CB6 - Poseer y comprender conocimientos que aporten una base u oportunidad de ser originales en el desarrollo y/o aplicación de ideas, a menudo en un contexto de investigación
CB7 - Que los estudiantes sepan aplicar los conocimientos adquiridos y su capacidad de resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos dentro de contextos más amplios (o multidisciplinares) relacionados con su área de estudio
CB8 - Que los estudiantes sean capaces de integrar conocimientos y enfrentarse a la complejidad de formular juicios a partir de una información que, siendo incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades sociales y éticas vinculadas a la aplicación de sus conocimientos y juicios
CB9 - Que los estudiantes sepan comunicar sus conclusiones y los conocimientos y razones últimas que las sustentan a públicos especializados y no especializados de un modo claro y sin ambigüedades
CB10 - Que los estudiantes posean las habilidades de aprendizaje que les permitan continuar estudiando de un modo que habrá de ser en gran medida autodirigido o autónomo.
COMPETENCIAS ESPECÍFICAS:
CE2 - Comprender y conocer el sistema tributario español, así como sus principales figuras impositivas en su triple vertiente estatal, descentralizada y de fiscalidad internacional.
CE4 - Ser capaz de poder realizar con garantías, autonomía, solidez y madurez estudios e investigaciones cualificadas en el ámbito que es propio del sector público español.
CE5 - Adquirir los conocimientos y habilidades necesarias para diseñar, ejecutar y evaluar políticas públicas más eficientes
- Conocer el concepto, el ámbito y el significado la función interventora así como sus principales modalidades.
- Conocer y saber aplicar los elementos que configuran la fiscalización de conformidad, los reparos y las discrepancias así como la omisión de la función interventora.
- Conocer y saber aplicar los elementos que caracterizan la función interventora en relación a los gastos de personal, a las subvenciones, a la contratación administrativa, a los convenios de colaboración y a los procedimientos especiales de pago.
1.La función interventora: Concepto, ámbito y modalidades de ejercicio.
- 1.1.Concepto de función interventora o fiscalización previa.
- 1.2.Ámbito de aplicación y órganos competentes.
- 1.3.Modalidades de ejercicio: Intervención formal e intervención material.
- 1.4.Fases en el procedimiento de ejecución del gasto público: procedimiento de gasto y procedimiento de pago.
- 1.5.Fiscalización previa en las distintas fases del procedimiento de gasto.
- 1.6.Fiscalización previa del procedimiento de pago.
2.La fiscalización de conformidad. Reparos y discrepancias. Omisión de la fiscalización previa.
- 2.1.Excepciones a la fiscalización previa.
- 2.2.Fiscalización e intervención previa de requisitos básicos.
- 2.3.Reparos.
- 2.4.Discrepancias y procedimiento de resolución.
- 2.5.Omisión de la fiscalización previa.
3.La fiscalización previa en los procedimientos especiales de pago.
- 3.1.Procedimientos especiales de pago: los pagos a justificar y el anticipo de caja fija.
- 3.2.Los Pagos a justificar: Concepto, regulación y casos en los que procede su aplicación.
- 3.3.Particularidades del procedimiento y de la fiscalización previa.
- 3.4.Los Anticipos de Caja Fija: Concepto, regulación y limitaciones.
- 3.5.Características del ACF como pagos extrapresupuestarios y su fiscalización previa.
4.La fiscalización previa de gastos de personal y de subvenciones.
- 4.1.Gastos de personal
4.1.1. Gastos de personal: concepto y normativa
4.1.2. Retribuciones de los empleados públicos: confección de nóminas.
4.1.3. Tramitación de los gastos de personal y fiscalización previa del gasto.
4.1.4.Pago de retribuciones y fiscalización previa.
- 4.2.Gastos de subvenciones
4.2.1. Gastos de subvenciones: concepto, características de la actividad subvencional y normativa.
4.2.2. Ámbito de aplicación, órganos competentes y beneficiarios
4.2.3. Tramitación de los gastos de subvenciones y fiscalización previa del gasto.
4.2.4.Pago de subvenciones y fiscalización previa.
5.La fiscalización previa de los contratos y convenios de colaboración.
5.1. Contratos
5.1.1. Los contratos del Sector Público: concepto, normativa y ámbito de aplicación.
5.1.2. Los órganos de contratación y sus competencias.
5.1.3. Tramitación de expedientes de contratación y fiscalización previa del gasto.
5.1.4. Pago y fiscalización previa.
5.2. Convenios de colaboración.
5.2.1. Convenios de colaboración: concepto y características.
5.2.2 La tramitación de los convenios y la fiscalización previa del gasto y del pago.
La metodología de impartición será de enseñanza a distancia (on-line) a través de la Plataforma Alf de la UNED, con el apoyo presencial del Profesor-Tutor, a través del Centro Asociado. La apuesta de la UNED por la importancia de las nuevas tecnologías permite ofrecer un Título con plenas garantías adaptado al EEES.
TIPO DE PRUEBA PRESENCIAL
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Tipo de examen |
Tipo de examen |
Examen de desarrollo |
Preguntas desarrollo |
Preguntas desarrollo |
4 |
Duración |
Duración |
120 (minutos) |
Material permitido en el examen |
Material permitido en el examen |
Ninguno
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Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
El Examen Presencial será un examen con preguntas de desarrollo de contenido teórico-práctico sobre la materia programada.
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% del examen sobre la nota final |
% del examen sobre la nota final |
100 |
Nota mínima del examen para aprobar sin PEC |
Nota mínima del examen para aprobar sin PEC |
5 |
Nota máxima que aporta el examen a la calificación final sin PEC |
Nota máxima que aporta el examen a la calificación final sin PEC |
10 |
Nota mínima en el examen para sumar la PEC |
Nota mínima en el examen para sumar la PEC |
5 |
Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
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CARACTERÍSTICAS DE LA PRUEBA PRESENCIAL Y/O LOS TRABAJOS |
CARACTERÍSTICAS DE LA PRUEBA PRESENCIAL Y/O LOS TRABAJOS
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Requiere Presencialidad |
Requiere Presencialidad |
No |
Descripción |
Descripción |
El Examen Presencial será un examen con preguntas de desarrollo de contenido teórico-práctico sobre la materia programada.
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Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
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Ponderación de la prueba presencial y/o los trabajos en la nota final |
Ponderación de la prueba presencial y/o los trabajos en la nota final |
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Fecha aproximada de entrega |
Fecha aproximada de entrega |
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Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
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PRUEBAS DE EVALUACIÓN CONTINUA (PEC) |
PRUEBAS DE EVALUACIÓN CONTINUA (PEC)
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¿Hay PEC? |
¿Hay PEC? |
Si,PEC no presencial |
Descripción |
Descripción |
Durante el desarrollo del curso, los estudiantes deberán realizar las actividades de evaluación continua que el equipo docente proponga en los plazos que oportunamente se señalen al efecto.
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Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
La realización de los trabajos y de las actividades propuestas durante el curso por el profesorado en el campus virtual servirán para subir nota, siempre que en dicho examen se haya obtenido un mínimo de 5 (aprobado) y hayan sido entregados en plazo. Si fueran entregados fuera de plazo solo se tendrá en cuenta la nota del examen.
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Ponderación de la PEC en la nota final |
Ponderación de la PEC en la nota final |
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Fecha aproximada de entrega |
Fecha aproximada de entrega |
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Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
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OTRAS ACTIVIDADES EVALUABLES
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¿Hay otra/s actividad/es evaluable/s? |
¿Hay otra/s actividad/es evaluable/s? |
No |
Descripción |
Descripción |
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Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
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Ponderación en la nota final |
Ponderación en la nota final |
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Fecha aproximada de entrega |
Fecha aproximada de entrega |
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Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
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¿Cómo se obtiene la nota final?
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Al final del cuatrimestre, los estudiantes serán sometidos a un examen presencial cuya finalidad será poder evaluar, por parte del equipo docente, los conocimientos adquiridos durante el curso.
La nota que se obtenga en dicho examen presencial constituirá la base de la calificación final de la asignatura. No obstante,la realización de los trabajos y de las actividades propuestas durante el curso por el profesorado en el curso virtual servirán para subir nota, siempre que en dicho examen se haya obtenido un mínimo de 5 (aprobado).
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LEGISLACIÓN:
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
RD 2188/1995, de 28 de diciembre, por el que se desarrolla el régimen del control interno ejercido por la IGAE (incluye modificaciones del RD 339/1998, RD 686/2005, RD 887/2006, RD 817/2009 y RD 109/2015).
Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de mayo de 2008, por el que se da aplicación a la previsión de los artículos 152 y 147 de la LGP, respecto a la función interventora en régimen de requisitos básicos
Comunicación de la IGAE de 5 de octubre de 2010, sobre la forma en que ha de aplicarse el ACM, de 30 de mayo de 2008, a los expedientes de contratación que se rijan por la Ley 34/2010, de 5 de agosto.
Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de julio de 2018, por el que se da aplicación a la previsión de los artículos 152 y 147 de la Ley General Presupuestaria, respecto al ejercicio de la función interventora en régimen de requisitos básicos en el ámbito de los contratos del sector público y encargos a medios propios
LEGISLACIÓN:
Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad presupuestaria y Sostenibilidad financiera.
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.
Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
Orden EHA/1307/2005, de 29 de abril, por la que se regula el empleo de medios electrónicos en los procedimientos de contratación.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, sobre anticipos de Caja fija.
Orden de 26 de julio de 1989 por la que se dictan normas para el desarrollo y aplicación del Real Decreto 725/1989, de 16 de junio, sobre anticipos de caja fija
Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo, sobre pagos librados «a justificar».
Orden de 23 de diciembre de 1987 por la que se dictan normas para el desarrollo y aplicación del Real Decreto 640/1987, de 8 de mayo, sobre pagos librados a justificar.
El estudiante dispondrá de la plataforma virtual, concebida como la herramienta clave para desarrollar una adecuada comunicación con el Equipo Docente. La plataforma virtual permitirá que se pueda impartir y recibir formación, gestionar y compartir documentos y crear y participar en comunidades temáticas.
Asimismo, el aprendizaje del estudiante requerirá el uso de los Manuales y de la Bibliografía recomendada y de otros materiales que le permitan profundizar en el estudio de esta materia, así como la realización de las actividades que se vayan requiriendo a través del desarrollo del curso virtual.