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NOMBRE DE LA ASIGNATURA |
NOMBRE DE LA ASIGNATURA |
ADMINISTRACIÓN Y LEGISLACIÓN AMBIENTAL |
CÓDIGO |
CÓDIGO |
61012098 |
CURSO ACADÉMICO |
CURSO ACADÉMICO |
2024/2025 |
DEPARTAMENTO |
DEPARTAMENTO |
DERECHO ADMINISTRATIVO
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TÍTULO EN QUE SE IMPARTE |
TÍTULO EN QUE SE IMPARTE |
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GRADO EN CIENCIAS AMBIENTALES
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CURSO - PERIODO - TIPO |
-
SEGUNDO
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SEMESTRE 1
- OBLIGATORIAS
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MICROGRADO ESTRATEGIAS FRENTE AL CAMBIO CLIMÁTICO
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CURSO - PERIODO - TIPO |
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Nº ECTS |
Nº ECTS |
5 |
HORAS |
HORAS |
125 |
IDIOMAS EN QUE SE IMPARTE |
IDIOMAS EN QUE SE IMPARTE |
CASTELLANO |
Esta materia se sitúa entre las materias de Ciencias Humanas y Sociales que constituyen la base de las Ciencias ambientales como carrera que pretende el conocimiento científico de todo lo relativo al medioambiente y su cuidado. De tal manera que junto con otras materias (Medioambiente y sociedad, Economía ambiental, Geografía, Economía y estrategia ambiental, etc.) ponen de relieve el lado humano, social y físico-geográfico de las Ciencias ambientales y de las materias propiamente técnicas. En particular, el Derecho viste la realidad científica para obtener el resultado de su protección. En una sociedad compleja en la que prácticamente todos los ámbitos de la vida humana -y, especialmente, aquellos relacionados con el respeto ambiental- están regulados, esta materia constituye una necesidad básica.
Con la asignatura “Administración y Legislación ambiental” se pretende ofrecer una introducción al ordenamiento jurídico español como instrumento fundamental de nuestra sociedad para la protección del medio ambiente y abordar el análisis de las principales técnicas jurídicas articuladas a este fin. Para ello nos ha parecido, también, imprescindible acercar los conceptos jurídicos más básicos a los estudiantes, de tal manera que resulte más fácil e interesante el conocimiento del sistema jurídico ambiental.
Ante la creciente sensibilización de la sociedad por los problemas ambientales que provoca el potencial destructivo de la civilización moderna, en especial las dos amenazas más grandes que se ciernen sobre nuestro sistema, como son el cambio climático y la pérdida de biodiversidad, existe una fuerte presión sobre los poderes públicos para que adopten medidas tendentes a minimizar los daños ambientales de la actividad humana.
La Constitución española dedica al medio ambiente el artículo 45 en el que, tras declarar que “Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo”, se encomienda a los poderes públicos velar “por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva”. Para cumplir con este mandato cada vez se amplía más el abanico de técnicas que implanta la ley y aplica la Administración para la protección del medio ambiente y los recursos naturales.
Así lo exige, además, la Unión Europea (UE), pues debe tenerse en cuenta que ésta ha apostado decididamente por la consecución de mejoras ambientales que posibiliten un desarrollo sostenible. No en vano en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, incluida en la Parte II del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa (pendiente, como es sabido, de su ratificación por los Estados para su entrada en vigor), el medio ambiente forma parte de los “derechos de solidaridad” y se declara que “Las políticas de la Unión integrarán y garantizarán con arreglo al principio de desarrollo sostenible un alto nivel de protección del medio ambiente y mejora de su calidad”.
Impulsadas por la UE, se han puesto en marcha en los veinte últimos años un conjunto muy ambicioso de medidas, que comprenden, entre otras muchas: la Evaluación de Impacto Ambiental, técnica preventiva por excelencia que somete a las actividades potencialmente lesivas del medio a un análisis previo sobre sus efectos sobre el entorno del que se hace depender la autorización o la realización del proyecto; las autorizaciones ambientales y, en especial, la denominada “autorización ambiental integrada” con la que mediante un permiso único se controlan todos los posibles efectos de una actividad industrial sobre el agua, la atmósfera y el suelo; los denominados “sistemas económicos o de mercado” que pretenden adaptar técnicas ya existentes en el mundo empres para la mejora de los resultados ambientales de las actividades empresas, como son la ecoauditoría o la etiqueta ecológica.
Para comprender con éxito el funcionamiento de todas estas medidas, cuya implantación se realiza mediante leyes y normas de desarrollo y requiere la actuación y supervisión de los poderes públicos, es preciso, obviamente, adquirir primero, como en cualquier otra rama del saber, unos conocimientos básicos, tal y como se explica en "Requisitos y/o Recomendaciones para cursar la asignatura".
Hemos de precisar aquí y desde ya, que una de las paradojas del Derecho medioambiental es que la Administración, aunque constituye la principal defensora del bien jurídico medio ambiente, puede aparecer también como potencial agresora del mismo. La Administración debe estar también sometida por ello a los postulados y las técnicas de protección ambientales cuando lleva a cabo cualquier actividad o proyecto potencialmente lesivo del entorno y sometido en consecuencia a normas ambientales: obras públicas a las que se aplica la Evaluación de Impacto Ambiental, actividades clasificadas, vertidos, operaciones de producción y gestión de residuos, etc.
Una vez que el alumno ha adquirido, con el estudio de los primeros temas de la asignatura, este mínimo bagaje jurídico para moverse por el ordenamiento jurídico, el resto del programa se dedica a analizar en concreto el derecho para la protección del medio ambiente, procurando que el alumno adquiera una visión lo más completa posible de su situación actual, en la que las técnicas instauradas por los poderes públicos se multiplican y diversifican, combinando los instrumentos tradicionales de regulación y sanción con nuevos mecanismos dirigidos a incentivar y orientar la conducta de los particulares hacia una conducta más respetuosa del medio ambiente. La participación de los ciudadanos, y en especial de las asociaciones ecologistas, adquiere hoy un protagonismo cada vez más relevante, al que también dedicaremos nuestra atención, en la tutela jurídica de los bienes ambientales.
De cara al futuro y la posterior carrera profesional del ambientólogo, esta materia prepara para entender el marco legal en el que se sitúan todos y cada unos de los procesos científico-ambientales cuando se trata de configurarlos como mecanismos de protección de la ecosfera. Aunque sin pretender dar un conocimiento absoluto -entre otras cosas porque la legislación deviene obsoleta- el futuro graduado tenga, al menos, el mapa jurídico mental suficiente para entender los entresijos concretos del derecho aplicable en cada momento; dando precisamente las bases jurídicas en el sentido indicado, enseñando su interpretabilidad y razonabilidad.
Dada la naturaleza de la materia, es aconsejable -aunque en modo alguno obligatorio- tener una mínima base de conocimiento de medioambiente. Normalmente tal conocimiento se adquiere habiendo cursado las asignaturas previas que el plan de estudios prevé (esta asignatura está prevista en 2º curso de Grado).
No obstante parece precisa cierta paciencia inicial al comenzar a estudiar una materia, pues en principio está muy alejada de las Ciencias; solo avanzando en ella se va comprendiendo su dinámica. Por eso el contenido del manual aconsejado, el programa y la metodología utilizada tiene como fin favorecer una entrada suave en la terminología y conceptos básicos del Derecho, para poder así, darles las bases necesarias para el estudio completo y la comprensión del Derecho ambiental.
De hecho, los tres primeros capítulos del programa son una introducción general al Derecho y todos y cada uno de los capítulos restantes tienen un enfoque general, básico e introductorio. Asimismo, la presencia de un completo glosario jurídico en el curso virtual y de otros materiales: textos legislativos, sentencias y otros materiales accesorios en el manual, tienen como fin ayudarles en la comprensión del Derecho en general y el ordenamiento público-administrativo-ambiental en particular.
La PEC es un caso práctico complejo que, como los que se plantean en el examen para su resolución durante el mismo y su respuesta inmediata, tienen como fin aplicar el conocimiento general adquirido a una dimensión real y práctica, integrada. Por eso aconsejamos realizar un primer estudio general de todo el libro antes de encarar la elaboración de la PEC y por tal razón, la fecha en que esta se cuelga es a partir de finales de noviembre. Del mismo modo a cómo el plazo de entrega es de varias semanas antes de los exámenes, para que su elaboración no interfiera, antes el contrario, en el estudio final de la materia.
* * *
En efecto, como bien señala el profesor Parada, lo mismo que un idioma, el Derecho no se conoce si no se entienden y de alguna forma se memorizan unos cuantos conceptos. Por ello, como ya se ha indicado, en esta asignatura se pretende, en primer lugar, introducir al alumno en el ordenamiento jurídico español para la protección del medio ambiente. M. Rebollo (“Introducción General sobre el Derecho Administrativo” en la compilación legislativa anotada Leyes Administrativas, editorial Thomson-Civitas, 2008), ha expuesto qué cosas, no muy numerosas pero sí muy importantes, constituyen la formación básica de un jurista, de las que aquí destacamos una que nos parece esencial para abordar, conocer y aplicar un sector concreto del derecho, como es el medioambiental.
Se trata de aprender a moverse por el Ordenamiento. Una parte importante del trabajo de cualquier jurista, hoy, es aprender el sistema de fuentes del Derecho, lo que en esta asignatura se destaca en su propio título como “Legislación”. Se trata de un sistema constituido por normas de origen plural y diferente –la Unión Europea, el Estado, las Comunidades Autónomas- que hay que aprender a buscar, sistematizar y articular para reducir ese complejo conjunto normativo a una cierta unidad coherente. Aprender a moverse por el Ordenamiento presupone saber buscar ese Ordenamiento desde un punto de vista estrictamente mecánico, esto es, dónde, cómo, saber utilizar, por decirlo así, los medios instrumentales. Pero aprender a moverse por el Ordenamiento es también saber sistematizar las normas, conocer la forma en que se relacionan entre sí, cohonestar los principios de jerarquía y competencia.
Este conocimiento del Ordenamiento jurídico exige, en paralelo, entender la organización que lo sustenta, esto es, el conjunto de órganos constitucionales y Administraciones que integran nuestro Estado de Derecho, y que son las fuentes productoras del Derecho (la Comunidad Europea dicta las Directivas, los Parlamentos estatal y autonómicos las leyes, y los Gobiernos estatal y regionales los reglamentos). Especial atención dedicaremos aquí a lo que en sentido genérico se entiende por “Administración” y que encabeza el título de esta asignatura, en cuanto se trata de conocer la pluralidad de Administraciones públicas, desde la Estatal a la local, encargadas de aplicar y controlar el derecho para la protección del medio ambiente.
La tutorización corresponde al centro asociado o el tutor de zona al que Vd. pertenezca y especialmente a través del curso virtual en ALF. No obstante, el profesor titular de la asignatura ofrece atención en:
Prof. D. Juan-Cruz Alli Turrillas
Doctor en Derecho/Ph. D.
Profesor Titular de Universidad (Facultad de Derecho).
Especialista Universitario en ordenación y gestión del territorio (UPV-EHU)
https://juancruzalliturrillas.academia.edu/
Guardias: todos los jueves, de 10:00 a 14:00
Atención permanente vía correo y foros, ambos del curso virtual
Tfno. 91-398.61.27
Dirección:
Despacho 404. Facultad de Derecho
Obispo Trejo (esquina Senda del Rey) s/n
28040 Madrid (junto al puente de los Franceses).
Según la memoria del grado, estas son las Competencias generales (CG) que recibe:
CG01 |
Gestión autónoma y autorregulada del trabajo. Competencias de gestión y planificación, de calidad y de innovación |
CG02 |
Gestión de los procesos de comunicación e información a través de distintos medios y con distinto tipo de interlocutores, con uso eficaz de las herramientas y recursos de la Sociedad del Conocimiento |
CG03 |
Trabajo en equipo desarrollando distinto tipo de funciones o roles Coordinación del trabajo, capacidad de negociación, mediación y resolución de conflictos |
CG04 |
Compromiso ético, especialmente relacionado con la deontología profesional. Fomento de actitudes y valores éticos, especialmente vinculados a un desempeño profesional ético. |
CG05 |
Conocer y promover los Derechos Humanos, los principios democráticos, los principios de igualdad entre mujeres y hombres, de solidaridad, de protección ambiental, de accesibilidad universal y de diseño para todos, y de fomento de la cultura de la paz |
En cuanto a las competencias específicas (CE):
CE07 |
Adquirir la capacidad de observación y comprensión del medio ambiente de una forma integral |
CE09 |
Saber aplicar técnicas de clasificación y caracterización de los procesos y sistemas medioambientales |
CE13 |
Adquirir la capacidad para abordar problemas del medio ambiente desde un punto de vista interdisciplinar |
CE15 |
Adquirir la capacidad de análisis, de crítica y de decisión necesaria para la planificación y gestión de proyectos y servicios enfocados al conocimiento, explotación y conservación de los recursos naturales |
CE16 |
Saber asesorar acerca de los recursos naturales, su gestión y conservación, en la formulación de políticas, normas, planes y programas de desarrollo |
Todo lo cual requiere una nota aclaratoria:
Aunque sea de un modo más general, uno de los propósitos de esta materia es que comprenda cualquier término jurídico que aparezca en su ámbito profesional (ambiental) o, al menos, sepa dónde encontrarlo pues lo sitúa en el mapa de regulación jurídica. Asimismo que conozca, en lo básico, a qué sector concreto del ordenamiento jurídico acudir para resolver una duda. Finalmente, y no menos importante, que sepa comprender el funcionamiento de las instituciones político-jurídicas y, así, comprender qué está pasando socialmente en cada momento y, por supuesto, cómo de soluciona un conflicto jurídico (que no quiere decir saber cuál será el resultado, sino estar ubicado en los parámetros en liza).
Así, específicamente:
1) Aprender las bases conceptuales del Derecho general, bajo una aproximación amplia; saber moverse y situarse en todas y cada una de las formas y fuentes del Derecho.
2) Conocer las bases generales de la organización del Estado, las Administraciones y los principios que las informan; conociendo, especialmente, los niveles competenciales.
3) Conocer con cierta profundidad el conjunto de principios constitucionales y de Derecho de la Unión europea que sustentan la protección jurídica del medioambiente.
4) Saber sectorizar las actuaciones jurídico-públicas y privadas según los sectores de intervención y protección ambiental, así como sus instrumentos generales y comprender qué significan.
5) Conocer con cierto grado de detalle los aspectos principales de cada uno de los sectores reguladores de la protección ambiental: planificación, control, sancionador, limitaciones y autorizaciones, evaluaciones, etc.
Los resultados básicos del aprendizaje serán:
1) Comprender qué es el Derecho y cuáles son las bases generales del ordenamiento jurídico.
2) Ser capaces de moverse y estar situados en el ordenamiento jurídico-público español.
3) Conocer las bases principales del ordenamiento jurídico Constitucional, internacional y de la UE en relación a la protección ambiental.
4) Identificar y saber los principales aspectos de la regulación jurídico-administrativa de las diversas áreas interventivas y sus títulos de justificación en la protección ambiental.
5) Conocer, de modo general, los aspectos principales de la protección jurídica ambiental en diversos ámbitos en los que se aplica la intervención jurídico-administrativa.
La asignatura no se dirige tanto a conocer todas y cada una de las leyes ambientales y sus disposiciones como a saber moverse por ellas y tener las bases conceptuales generales sobre el Derecho y el ordenamiento jurídico-ambiental para saber y comprender su posición y contenido.
En tal sentido se realiza un análisis de los títulos jurídicos de intervención vertical o instrumentos jurídico-legales sobre los que, luego, se regulan los campos sectoriales. Es decir, se analiza la intervención de planificación, organización, delimitación-autorización, responsabilidad, inspectora y sancionadora, incentivadora o de fomento (e impositiva); dedicándose, no obstante, un mínimo análisis al campo de la protección de espacios y especies (biodiversidad) por sus notas características en el origen de la protección ambiental. También se añade alguna especificidad relativa a la lucha contra el cambio climático y el cuidado de la tierra como conjunto.
Bloque 1: las bases conceptuales del Derecho (introducción general)
Tema I. El Derecho público y el Derecho administrativo
Tema II. El ordenamiento jurídico-administrativo español y comunitario
Tema III. El Estado y las Administraciones públicas
Bloque 2: Los principios jurídico-constitucionales y el Derecho internacional y comunitario de la protección ambiental
Tema IV. Introducción al Derecho Ambiental y a la organización administrativa para la protección del medio ambiente.
Tema V. Evolución y principios del Derecho ambiental de la Unión Europea
Bloque 3: Los diversos grupos de técnicas jurídicas de protección ambiental
Tema VI. Técnicas horizontales para la protección ambiental: acceso a la información, participación y responsabilidad por daños al medioambiente
Tema VII.- Técnicas de regulación, limitación y control.
Tema VIII.- Técnicas de incentivo económico, normalización y certificación en la protección ambiental.
Tema IX. La planificación como técnica de protección del medio ambiente. La planificación de los recursos naturales.
Bloque 4. El cierre del sistema: la represión de los ilícitos ambientales
Tema X. La inspección y la represión administrativa y penal de los ilícitos ambientales.
El trabajo de estudio en la UNED tiene una característica singular que viene determinada por la dinámica propia de los estudios a distancia: Vd. la ha escogido porque se adapta a una forma de vida que así lo exige, por cuanto le resulta, ordinariamente, imposible acudir a una Universidad bajo formas lectivas tradicionales. Esto implica que, de un lado, la flexibilidad se da mediante el sistema libre de estudio, la opción de tutorías online o presenciales, la atención del curso virtual y los foros, etc. Pero, de otro lado, determina un cierto elemento de soledad y autoexigencia que le implica, como alumno, la necesidad de crear un clima de esfuerzo para un estudio intenso, a veces complejo, autónomo y, así, sin unas metas tan inmediatas como una clase teórica o práctica con un docente en el propio aula o incluso con preguntas a sus compañeros. En tal sentido, estamos ante una situación que exige mucho y esto da enorme valor a ese su esfuerzo, pues requiere, reiteramos, autodisciplina y madurez.
Los profesores del Equipo Docente de la sede central y los tutores estamos para ayudarles en eses proceso. Aunque, también, al final, nos corresponde la tarea -no siempre fácil- de evaluar esos resultados. No podemos ver su esfuerzo subjetivo, solo lo que manifiestan en PEC y exámenes. Por eso somos conscientes de estar ante una visión parcial y, por eso, también les queremos apoyar durante el curso en ese trabajo personal e intransferible.
En tal sentido, el estudio de esta materia en su forma "a distancia", adaptada a una asignatura básica de contenidos principalmente teóricos, exige:
1) Estudio personal del manual aconsejado, con apoyo docente en el curso virtual por parte del Equipo Docente y de los tutores del centro asociado físico o virtual que le corresponda.
2) Análisis y lectura de los materiales adicionales para la evaluación continua (PEC) que corresponda y es evaluada por los tutores de los centros asociados. En particular, se insistirá en que el estudio se realiza no tanto mediante la memorización pura de contenidos, cuanto en el aprendizaje comprensivo a través de casos de estudio que resuelven dudas jurídico-ambientales que, como tales, irán siendo expresadas en los foros por capítulos. En tal sentido el examen es de micro-casos en forma de preguntas tipo test.
3) Elaboración de la evaluación continua (PEC): La PEC consistirá en la resolución de un caso práctico complejo, basado en varias cuestiones relativas y concatenadas en todo el temario de la asignatura; en el que habrá que resolver técnica-jurídicamente un posible conflicto jurídico de naturaleza ambiental.
- Como se ha dicho, esta PEC podrá ser elaborada bajo tutorización de los tutores durante el curso, valiendo el 30% de la calificación. En tal caso el examen consistirá en 12/14 preguntas sobre contenido y 4/2 sobre la PEC, valdrá el 70% de la calificación. Ambas puntuaciones se sumarán. En cualquier caso, debe obtenerse al menos 3,5 puntos en el examen para validar la PEC.
- Sin elaborar la PEC, el examen constará de 20 preguntas (100% nota): 14/16 sobre el contenido y 6/4 sobre un caso similar a la PEC que constará en el examen y deberá ser estudiado y resuelto para contestar a tales cuestiones.
Los detalles sobre tal sistema aparecerán en el curso virtual, aunque todo lo básico está relatado en esta guía.
TIPO DE PRUEBA PRESENCIAL
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Tipo de examen |
Tipo de examen |
Examen tipo test |
Preguntas test |
Preguntas test |
20 |
Duración |
Duración |
90 (minutos) |
Material permitido en el examen |
Material permitido en el examen |
NINGUNO |
Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
La prueba ordinaria para los centros nacionales y el original, no reserva, en la UE consistirá en hasta veinte (20) cuestiones tipo test, de elección múltiple, a elegir una opción de entre tres (a, b, c), de las que solamente una respuesta es válida. Tienen un valor de +0,5 puntos por respuesta acertada y -0, 2 puntos por error; neutra en blanco. - Véanse abajo las indicaciones sobre el tipo y numero de preguntas según se haga la PEC o se opte por no hacerla. - Además, podrá haber hasta dos (2) preguntas de reserva para el caso de que deba anularse una de las anteriores por algún error sustancial, objetivo y completo que será valorado por el Equipo Docente; entrarán en juego solamente en tal caso de manera paulatina. Tales preguntas, que deberán ser contestadas en la misma medida que las anteriores, no se valorarán en modo alguno de manera particular fuera de tal caso; es decir, no se tendrán en cuenta en absoluto fuera del supuesto de anulación UNIVERSAL de una pregunta de la 1 a la 20. Dicho de otro modo: no sirven para “compensar” personal o colectivamente el valor de las preguntas 1-20, que son propiamente el examen. - Con tal examen se puede obtener la totalidad de la calificación si se ha optado por no hacer la PEC pero, en tal caso, varias de las preguntas corresponderán a un caso que, como la PEC, tendrá que resolver y analizar durante el examen. |
% del examen sobre la nota final |
% del examen sobre la nota final |
70 |
Nota mínima del examen para aprobar sin PEC |
Nota mínima del examen para aprobar sin PEC |
5 |
Nota máxima que aporta el examen a la calificación final sin PEC |
Nota máxima que aporta el examen a la calificación final sin PEC |
10 |
Nota mínima en el examen para sumar la PEC |
Nota mínima en el examen para sumar la PEC |
3,5 |
Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
Atención: La prueba para Europa reserva, América y África, Centros Penitenciarios, y circunstancias especiales aceptadas por la UNED (militares y otros funcionarios desplazados en misión internacional, deportistas de élite en periodo competitivo) original y reserva, no es de tipo test, sino que consistirá en la respuesta a diez preguntas breves en un folio por ambas caras. REVISIÓN DE NOTAS Con independencia del proceso de revisión de preguntas conforme a dudas y objeciones que se planteen, que se producirá en el foro alf específico los días siguientes al examen, de cara a fijar la plantilla definitiva para su corrección, en caso de controversias personales sobre el examen, se seguirá, obligatoriamente, el siguiente procedimiento: - Normas de Revisión de Exámenes aprobadas por el Consejo de Gobierno de la UNED, aprobada en Consejo de Gobierno de 29 de junio de 2010 y modificada en el Consejo de Gobierno de 2 de julio de 2019: http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93,62487281&_dad=portal&_schema=PORTAL - Desde el curso 20/21 se utilizará única y exclusivamente la PLATAFORMA ONLINE PREVISTA A TAL EFECTO: http://portal.uned.es/portal/page?_pageid=93,37480494,93_37480495&_dad=portal&_schema=PORTAL |
PRUEBAS DE EVALUACIÓN CONTINUA (PEC)
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¿Hay PEC? |
¿Hay PEC? |
Si |
Descripción |
Descripción |
- La PEC consistirá en la resolución de un caso práctico complejo, basado en varias cuestiones relativas y concatenadas en todo el temario de la asignatura; en el que habrá que resolver técnica-jurídicamente un posible conflicto jurídico de naturaleza ambiental. - Quienes no realicen la PEC en su periodo ordinario, optarán por obtener toda la nota en el examen; en tal caso resolverán un caso complejo como como el de la PEC en el contenido del examen, donde resolverán 6 preguntas tipo test relacionadas con tal caso. - Se describirá su contenido específico, plazos y resto de elementos necesarios para elaborar la PEC el el curso Alf al comienzo del curso académico correspondiente. |
Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
INSISTIMOS EN SU CARÁCTER VOLUNTARIO, COMPLEMENTARIO Y SUPEDITADO AL APROBADO DEL EXAMEN. La PEC la supervisan y evalúan los tutores de cada centro asociado o el tutor virtual al que vds. estén adscritos: - Ellos velan porque no se realicen PECs similares y porque cada alumno sea atendido para la elaboración original de la suya propia, así como para resolver dudas y problemas relacionados con la misma. El Equipo Docente resolverán las dudas de los tutores y revisarán, en su caso, las situaciones de conflicto, pero ni autoriza, ni supervisa, ni resuelve o tutoriza dudas, ni corrige las PECs, de acuerdo con la normativa de la UNED. - No se corregirá ninguna PEC que no haya sido aceptada, autorizada por el tutor encargado, con independencia de que la hayan sido “colgadas” en la aplicación; es decir, dada la función de la PEC, esta debe estar autorizada y tutorizada, de otro modo no serán corregidas y deberán presentarse al examen final sin que se compute, en modo alguno, la nota obtenida en la misma. - Se aconseja encarecidamente no iniciar la PEC sin haber leído el conjunto del libro al menos una vez íntegramente, estudiado los temas generales y los directamente vinculados con el ejercicio en cuestión y sin haberse ayudado de los materiales disponibles en el libro. |
Ponderación de la PEC en la nota final |
Ponderación de la PEC en la nota final |
30% |
Fecha aproximada de entrega |
Fecha aproximada de entrega |
23/12/2024 |
Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
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OTRAS ACTIVIDADES EVALUABLES
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¿Hay otra/s actividad/es evaluable/s? |
¿Hay otra/s actividad/es evaluable/s? |
Si |
Descripción |
Descripción |
Podrá haber otras tareas evaluables vía ALF -en la forma que se determinará con suficiente antelación- en el caso de que, por las circunstancias extraordinarias que puedan plantear las medidas derivadas de posibles crisis sanitarias y emergencias nacionales, sea necesario adoptar otros modelos de evaluación distinto al tradicional. Esta cláusula, no obstante, solo se activará por razones que el Rectorado determine en su caso, derivadas de lo anteriormente expuesto. |
Criterios de evaluación |
Criterios de evaluación |
Solo aplican en caso de que se active lo descrito arriba. |
Ponderación en la nota final |
Ponderación en la nota final |
- |
Fecha aproximada de entrega |
Fecha aproximada de entrega |
0 |
Comentarios y observaciones |
Comentarios y observaciones |
- |
¿Cómo se obtiene la nota final?
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La nota final de la materia se puede obtener mediante dos vías: - Procedimiento PEC: Elaboración de la PEC y realización del examen final. La PEC tiene un valor del 30% y el examen del 70%. El examen consiste en 14 Preguntas sobre el contenido (de las cuales 2 pueden ser sobre el contenido espeícífico de la PEC ya elaborada y presentada), que otorgan el 70% de la calificación (hasta 7 puntos), pues el otro 30% lo ha otorgado la PEC (hasta 3 puntos). -Procedimiento solo examen: Elaboración de un examen en la fecha y lugar establecidos en el calendario oficial de exámenes de la UNED. El examen consta de 20 preguntas (hasta 10 puntos): 14 sobre el contenido y 6 sobre el caso planteado en el examen; este vale el 100% de la nota y permite la obtención de la nota total final. - No se valora la PEC -según el procedimiento ordinario- sin haber obtenido, al menos, 3,5 puntos en el examen. Si por lo descrito en 'pruebas adicionales' se establece un sistema alternativo por emergencia y necesidad, se determinará con suficiente antelación, prudencia y proporcionalidad el sistema de evaluación correspondiente y el valor de cada sistema de prueba. Para septiembre: se puede optar por hacer el examen y obtener toda la calificación o, si se hubiera hecho la PEC en tiempo, plazo y forma, y no hubiera aprobado el examen con las condiciones establecidas o por no haberse presentado en febrero, se podrá guardar la nota y hacer solo las preguntas para examen con PEC (14). |
Juan-Cruz Alli & Blanca Lozano, Administración y Legislación Ambiental, 12ª edición (adaptada al Plan Bolonia y con las últimas novedades legislativas), editorial Dykinson, Madrid, 2022.
(www.dykinson.com).
Debido a los cambios legislativos acaecidos, es fundamental estudiar la materia siempre conforme a la última edición disponible. El Equipo Docente no dará indicaciones sobre ediciones anteriores, basadas en legislación derogada o modificada.
En el final de cada capítulo del libro se incluye bibliografía complementaria de cada parte específica de la materia.
No son textos obligatorios para el estudio de la materia, pero existe un numeroso elenco de obras sobre Derecho ambiental para poder ampliar el conocimiento de la asignatura. Al final de cada capítulo de la obra básica se reseñan varias obras para ampliación de los conocimientos pero, con carácter general, podemos destacar:
Alli Turrillas, J.-C., La protección jurídica de la biodiversidad, Dykinson, 2016.
Lozano, B., Derecho Ambiental Administrativo, 13ª edición, Editorial La Ley, 2015.
Lozano B., & Alonso García, E., Diccionario de Derecho ambiental, Iustel, 2006.
Ortega Álvarez, L. (Dir.) y otros, Lecciones de Derecho del Medio Ambiente, Editorial Lex Nova, Valladolid, 2002.
Lasagabaster Herrarte, I. (Dir.) y otros, Derecho Ambiental, IVAP, Oñati, 2001 (Parte General) y 2004 (Parte Especial).
Martín Mateo, R.:
- Tratado de Derecho Ambiental, Editorial Trivium, Madrid, volumen 1, 1991, volumen 2, 1992, volumen 3, 1997.
- Manual de Derecho Ambiental, Editorial Aranzadi, Pamplona, 2003.
Betancor, A., Instituciones de Derecho Ambiental, Editorial La Ley, Madrid, 2001.
Entre los recursos de apoyo destaca el Curso Virtual de la asignatura realizado a través de la comunidad ALF.
En el Curso Virtual Vd. podrá acceder a los siguientes recursos de apoyo a la enseñanza:
1) Guia completa del contenido de la materia: programa desglosado por epígrafes.
2) Auto-evaluación sobre el contenido de la materia.
3) Glosario de términos básicos jurídico-ambientales.
4) Material complementario para la materia: leyes aplicables, sentencias judiciales, otros recursos.
5) Atención personal a través de foros de dudas divididos por temas y otros asuntos.
6) Correo personal.
7) Indicaciones precisas para la preparación del examen.
8) Presentación de la PEC.
9) Atención tutorial para la PEC; que corresponde a los tutores asignados.
10) Videoclases y Radioclases.