Procedimiento para consultas jurídicas a través de la Secretaría General

Procedimiento para consultas jurídicas por parte de los órganos de la UNED

En esta página se ofrece la información relativa al procedimiento a seguir para efectuar consultas o peticiones de asesoramiento jurídico a través de la Secretaría General.

1. La Universidad articula sus necesidades de asistencia jurídica a través de la Asesoría Jurídica de la UNED y de la Abogacía del Estado, con la cual la UNED tiene un convenio, publicado en el BOE. Esta asistencia se concreta tanto en el asesoramiento jurídico, como en la representación y defensa ante cualquier jurisdicción, según lo indicado por el art. 199 de los vigentes Estatutos de la UNED (RD 1239/2011, de 8 de septiembre, modificados por RD 968/2021, de 8 de noviembre).

2. La Secretaría General de la UNED cuenta además con la figura de Vicesecretario o Vicesecretaria General de Asuntos jurídicos, que presta, a su vez, un servicio de asesoramiento jurídico ante las consultas que proceden de órganos y miembros de la Universidad, siempre que no impliquen actuaciones ante una jurisdicción y no requieran informe preceptivo de Asesoría Jurídica o Abogacía del Estado.

3. Con el fin de optimizar y ordenar la utilización de estos recursos, la Secretaría General procede a la coordinación entre ellos, a la asignación concreta de cada consulta o supuesto planteado y a su registro. Para ello, todos los centros y unidades de la sede central de la UNED, deberán remitir siempre y exclusivamente a Secretaría General cualquier consulta jurídica, petición de informe o dictamen, mediante correo electrónico a la siguiente dirección: neg.sec.general@adm.uned.es (los Centros Asociados, lo harán a través del Vicerrectorado de Centros Asociados: vrector-centros@adm.uned.es).

4. Queda exceptuada de esta previsión la Gerencia, que podrá requerir los informes y realizar las consultas que estime oportunas directamente a Asesoría Jurídica.

5. Queda exceptuada de esta previsión también la tramitación de todos los recursos administrativos.

6. En caso de que la consulta se realice por parte de una persona diferente de la que sea titular del órgano afectado, se hará constar expresamente el visto bueno de esta última.

7. La respuesta a la consulta o el informe que se emitan por la Asesoría jurídica o por el Vicesecretario General de Asuntos Jurídicos se enviarán directamente al órgano peticionario, poniendo siempre en copia a la unidad administrativa de Secretaría General, que mantendrá el registro de las consultas realizadas.

8. Esta Instrucción sobre el procedimiento para las consultas por parte de los órganos de la UNED tendrá efectos desde el día siguiente de su publicación en el BICI.

9. Con la entrada en vigor de esta Instrucción dejará de tener efectos el “Procedimiento para las peticiones de asesoramiento jurídico por parte de los órganos de la Universidad” publicado en el BICI n. 34, de 18 de junio de 2007.

Instrucción sobre el procedimiento para consultas jurídicas por parte de los órganos de la UNED (PDF, 139 KB)