Procesos económicos
Guía práctica de procesos económicos
GUÍA PRÁCTICA SOBRE PROCEDIMIENTOS CON CONTENIDO ECONÓMICO
Esta página pretende dar una orientación práctica al profesorado de la facultad sobre aquellos procedimientos que tienen un contenido económico.
Pretendemos que sea, también, de utilidad para las secretarías de Apoyo a la Docencia, lo que, en última instancia, redundará en un mejor apoyo al profesorado.
Si conseguimos hacerla útil, iremos incrementando los contenidos. Para ello, animamos a que hagan llegar sus sugerencias a la Administración de la facultad, personalmente o a la dirección de correo: ipenuelas@pas.uned.es
Podrá encontrarse con dos tipos diferentes de viajes:
- I.a.- Viajes para pruebas presenciales.
- I.b.- Viajes con cargo al Departamento, PFP/EA o REDES
I.a.- Viajes para Pruebas Presenciales
La participación del profesorado en las pruebas presenciales origina unos gastos de carácter indemnizatorio, dietas y gastos de viaje, que son gestionados y pagados por la Administración de la Facultad, si bien los fondos son centralizados (lo que significa que no forman parte del presupuesto de la Facultad).
Para proceder al abono de dietas y gastos de viaje es necesaria una única y genérica orden de servicio autorizada y aprobada por el Rector, competencia que tiene delegada en la Vicesecretaría General de Pruebas Presenciales.
En esta orden de servicio consta: nombre y apellidos del profesor nombrado como miembro del Tribunal examinador, lugar y duración de la comisión de servicio, autorización de utilización de medios regulares de transporte o de vehículo particular, y autorización de las dietas de manutención y alojamiento a percibir.
Límites indemnizables por alojamiento, manutención, vuelos y locomoción
El importe de las DIETAS EN TERRITORIO NACIONAL (Resolución de 2 de diciembre de 2005 de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos revisando el importe de las dietas) es el siguiente:
37,40 euros por manutención/día
65,97 euros por alojamiento/día
El importe de las "DIETAS EN EL EXTRANJERO" varía según el país.(Anexo III_R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio)
Deben utilizarse tarifas económicas. No se admitirán billetes de la clase "business".
En concepto de LOCOMOCIÓN el importe de la indemnización a percibir como gasto de viaje por el uso de vehículo particular queda fijado en 0.26 euros por kilómetro recorrido por el uso de automóviles. (Orden EHA/3770/2005 por la que se revisa el importe de la Indemnización por uso de vehículo particular)
Anticipo
El Negociado de Gestión Económica se pondrá en contacto con el personal docente que forme parte de los Tribunales de Exámenes para recabar información sobre los desplazamientos a realizar: gastos de alojamiento y desplazamiento.
Si el profesor va a tramitar el alojamiento o desplazamiento mediante la Agencia Globalia, lo comunicará al Negociado de Gestión Económica a efectos del cálculo del anticipo.
Justificación de dietas y gastos de viaje
En el plazo de diez días siguientes a la realización del viaje, el profesor habrá de presentar ante el Negociado de Gestión Económica los siguientes documentos:
- Impreso certificado de asistencia1 (excepto Tribunales CC. Penitenciarios). El Secretario de cada Tribunal de pruebas presenciales cumplimentará este documento para certificar la asistencia de todos los miembros del tribunal, salvo la suya propia que será certificada por el Presidente del mismo.
- Declaración de itinerario2, con desglose de días y horas, y utilización en su caso de vehículo particular
- Factura de alojamiento expedida por el centro hotelero a nombre del interesado o por la agencia de viajes (en cuyo caso adjuntará una declaración de alojamiento3)
- Justificantes de gastos de locomoción: de acuerdo con los medios autorizados en la comisión de servicio
- Tren: Billetes.
- Avión: Billete electrónico, factura electrónica o copia de localizador y/o tarjetas de embarque.
- Recibos orinales de taxi, bus, metro, garaje y peajes.
I.b.- Viajes con cargo al Departamento, PFP/EA o REDES
La comisión de servicio origina gastos de carácter indemnizatorio, dietas, gastos de viaje e inscripción, que son gestionados por la Administración de la Facultad.
Límites indemnizables por alojamiento, manutención y vuelos
El importe de las DIETAS EN TERRITORIO NACIONAL (Resolución de 2 de diciembre de 2005 de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos revisando el importe de las dietas) es el siguiente:
37,40 euros por manutención/día
65,97 euros por alojamiento/día
El importe de las "DIETAS EN EL EXTRANJERO" varía según el país.(ANEXO III del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio)
Deben utilizarse tarifas económicas. No se admitirán billetes de la clase "business".
En concepto de LOCOMOCIÓN el importe de la indemnización a percibir como gasto de viaje por el uso de vehículo particular queda fijado en 0.26 euros por kilómetro recorrido por el uso de automóviles. "(Orden EHA/3770/2005 por la que se revisa el importe de la Indemnización por uso de vehículo particular)"
Solicitud de comisión de servicio
Para proceder al abono de dietas y gastos de viaje es necesario tramitar la correspondiente solicitud de autorización, ante el órgano competente, con una antelación mínima de 10 días a la fecha de inicio del desplazamiento para asistencia a reunión o congreso, con cargo a Fondos del Departamento o cursos de PFP/EA * 4, en la que constará:
- Nombre, grupo de clasificación y categoría del solicitante.
- Datos del viaje: nombre del Congreso, Título de la conferencia, o actividad a realizar.
- Conceptos que darán lugar a indemnización: inscripción, alojamiento, manutención, locomoción.
- Duración, lugar o lugares objeto de la comisión de servicio y medios de transporte a utilizar.
- En cuanto a la duración de la comisión, ha de tenerse en cuenta:
- Cuando la reunión, congreso, seminario, etc. tenga lugar en territorio nacional o continental, se podrá autorizar un día antes y un día después a su celebración.
- Cuando se celebre en otro continente, se tendrá derecho a dos días antes y dos días posteriores a su celebración.
- Fuentes de financiación.
La comisión de servicio estará firmada por el Director del Departamento (o Decano cuando el solicitante coincida con el Director del Departamento) y por el responsable del centro de presupuestario al que se imputarán los gastos, así como por la Administradora haciendo constar que existe crédito suficiente. Será autorizada, por delegación del Rector, por el Vicerrector de Personal Docente e Investigador y Vicerrector Primero.
Anticipo
El profesor que va a desplazarse en Comisión de Servicios podrá solicitar un anticipo al Negociado de Gestión Económica para cubrir parte de las dietas, alojamiento y locomoción, en su caso.
Si va a tramitar el alojamiento o desplazamiento mediante la Agencia GLOBALIA, lo comunicará al Negociado de Gestión Económica a efectos del cálculo del anticipo.
Solicitud anticipos1
Justificación de dietas y gastos de viaje
En el plazo de diez días siguientes a la realización del viaje, el profesor habrá de presentar ante el Negociado de Gestión Económica los siguientes documentos:
- Certificación de asistencia o fotocopia del diploma otorgado por la organización del congreso. Si no fuera posible presentar esta documentación, podrá certificar dicha asistencia del Director de Departamento o Decano.
- Declaración de itinerario2, con desglose de días y horas, y medios de locomoción empleados
- Factura de alojamiento expedida por el centro hotelero y a nombre del interesao o por la agencia de viajes (declaración de alojamiento3)
- Justificantes de gastos de locomoción: de acuerdo con los medios autorizados en la comisión de servicio
- Tren: Billetes.
- Avión: Billete electrónico, factura electrónica o copia de localizador y/o tarjetas de embarque.
- Recibos originales de taxi, bus, metro, garaje y peajes
Podrá encontrarse con dos tipos diferenciados de material:
- II.a.- Equipamiento informático, maquinaria, instalaciones y utillaje, mobiliario y enseres.
- II.b.- Material de oficina.
II.a.- Equipamiento informático, maquinaria, instalaciones y utillaje, mobiliario y enseres.
Para ver el procedimiento a seguir para adquirir este tipo de material, lo primero que hay que hacer es determinar si es inventariable o no.
II.a.1. Material INVENTARIABLE
Con carácter muy general podría decirse que consideramos inventariable aquel material que cumple 3 condiciones:
- Tienen una duración previsiblemente superior al ejercicio presupuestario.
- No son bienes consumibles, carácter que tienen los que usados de acuerdo con su función y destino, no se destruyen.
- Cuestan por unidad, 300 euros o más (IVA incluido).
Servicios y Suministros con cargo a Proyectos de Investigación
El artículo 4.1.q) del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público excluye de su regulación una lista de contratos y negocios jurídicos. Entre ellos se encuentran los contratos de servicios y suministros que tengan por objeto prestaciones o productos necesarios para la ejecución de proyectos de investigación, desarrollo e innovación tecnológica, siempre que en ellos se cumplan las siguientes condiciones:
- Que los resultados derivados de dichos proyectos estén ligados a retornos científicos, tecnológicos o industriales susceptibles de incorporarse al tráfico jurídico.
- Que los proyectos de investigación hayan sido obtenidos mediante procesos de concurrencia competitiva.
En consecuencia, con anterioridad a la celebración del contrato de servicio o suministro, resulta necesario determinar si el proyecto de investigación con cuyos fondos se va a financiar el contrato, cumple o no las condiciones expresadas con anterioridad. Para ello, se deberá cumplimentar el modelo de solicitud de equipamiento científico/prestación de servicios adjunto, que deberá ser enviado a la OTAI para su ratificación.
Si una vez comprobados estos extremos se concluyera que el proyecto de investigación no cumple los requisitos anteriores, el suministro del producto o la prestación del servicio deberá tramitarse de conformidad con las normas y empresas que la universidad haya establecido para cada ejercicio económico.
II.a.2. Material NO INVENTARIABLE
Es no inventariable aquel material que:
- No tiene una duración previsiblemente superior al ejercicio presupuestario.
- Son bienes consumibles, es decir que, usados de acuerdo con su función y destino, se destruyen.
- Aunque no cumplan alguna de las condiciones anteriores, cuestan, por unidad, menos de 300 euros (IVA incluido).
II.b.- Material de oficina.
La información y los modelos podrá encontrarlos unificados en el siguiente enlace.
El conferenciante deberá cumplimentar la Propuesta de impartición de conferencias y presentar la documentación que a continuación se detalla, debidamente cumplimentada.
Importes
- Profesorado de la UNED: importe máximo por conferencia 330 €
- Personal ajeno a la UNED: entre 150 € y 500 € en función del tipo de colaboración y categoría del invitado. Si el importe a abonar fuera superior a esta cuantía, será necesario aportar:
- Solicitud motivada del incremento del importe por persona.
- Autorización del Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado.
I.R.P.F.
Retenciones e ingresos a cuenta del IRPF:
- Residentes en España
- Renta de Trabajo. Cursos, conferencias, seminarios, elaboración de obras literarias, artísticas o científicas: 15%
- Actividades Profesionales. Con carácter general, 15%. Para profesionales de nuevo inicio (en el año de inicio y en los dos siguientes), 7%
- No Residentes
- Contribuyentes de la Unión Europea, Islandia y Noruega: 19%
- Resto de contribuyentes: 24%
Documentación:
1. Autorización del responsable del Centro de Gasto en la que figure: Datos personales del conferenciante y nº del N.I.F. o pasaporte; Título de la conferencia; Cuantía autorizada; Fecha, lugar y hora de celebración.
2. Comisión de servicio en el caso de que se imparta la conferencia fuera del término municipal donde radique la residencia oficial del conferenciante si pertenece a la plantilla de la UNED.
3. Certificado de impartición de conferencias.
4. Declaración de compatibilidad Ley 53/1984 firmada por el conferenciante.
5. Datos personales y bancarios del conferenciante (Unión Europea).
Todos los servicios relacionados con los desplazamientos por razón de servicio se solicitarán a través de “Globalia”, preferentemente, utilizando el correspondiente formulario de solicitud.
Gastos que financian la asistencia de los miembros de tribunales de plazas para el acceso a Cuerpos docentes universitarios y a plazas de profesorado laboral. Los gastos se imputan a los Subconceptos 230.03, 231.03 y 233.
La gestión del desplazamiento es realizada por las Secretarías de Apoyo a la Docencia e Investigación a petición de los miembros del Tribunal: revisión de la documentación y envío de ésta al Negociado de Gestión Económica de la Facultad.
El Negociado de Gestión Económica practicará la liquidación de las correspondientes indemnizaciones, observando que los miembros del Tribunal que pertenecen a la UNED sólo cobrarán asistencias.
Por el acceso a plazas de profesorado laboral no se cobrarán asistencias.
Importe indemnizaciones
Dietas: 37,40 €/día.
Alojamiento: 65,97 €/noche. Debe constar: número y fecha de la factura, días utilizados, régimen de alojamiento, desglose de gastos de garaje, lavandería o teléfono.
Billetes de avión (clase turista): billetes originales y/o tarjetas de embarque.
Billetes de tren: para tren de alta velocidad y velocidad alta - Clase turista.
Asistencias: Categoría primera - Presidente y Secretario 45,89€ / Vocales 42,83€.
Documentación
- Copia del nombramiento del Tribunal que aparece en el BOE (Funcionarios) o BICI (Laborales).
- Convocatoria firmada por el Presidente.
- Certificado de asistencia para Tribunales de plazas de profesorado.
- Declaración de itinerario.
- Alojamiento: factura original emitida por la empresa hostelera y cuando el servicio sea tramitado por la agencia de viajes debe presentarse una declaración de alojamiento.
- Datos personales y bancarios del conferenciante (Unión Europea)
- Justificantes de desplazamiento: billetes de avión, billetes de tren, bus, metro, taxis, peajes, etc.
Los fondos que financian gastos de los Másters Universitarios Oficiales forman parte del presupuesto del Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado, en una partida denominada FCGD (Fondo de Contingencia Presupuesto Descentralizado). Será el Vicerrector quién autorice el traspaso de fondos a Decanato de Facultad.
Para la utilización de estos fondos, el Decano de la Facultad, remitirá una solicitud que se enviará a la dirección de correo electrónico del FCGD, en la que se habrá de detallar qué tipo de actividad se va a realizar y en qué momento del tiempo. Una vez autorizada la solicitud por el Vicerrector, se realizará una modificación presupuestaria trasladando los fondos del Vicerrectorado al Decanato de la Facultad, donde sus titulares autorizan los gastos a realizar.
Los fondos asignados a cada Máster están destinados a financiar los gastos que origina la impartición del título del máster, por lo que deben invertirse preferentemente en actividades que redunden en beneficio de los estudiantes.
Gastos financiables
- Organización de Congresos, Seminarios y Jornadas.
- Gastos derivados de la celebración de los anteriores, como: catering, publicidad, imprenta, y desplazamientos y alojamientos de ponentes.
- Funcionamiento y mantenimiento de los laboratorios.
- Adquisición de fondos bibliográficos para los equipos docentes.
- Trabajos realizados por otras empresas relacionados con el máster.
- Conferencias de profesores externos a la UNED, aunque formen parte del equipo docente del máster.
- Material informático: deberá detallarse de qué material se trata.
- Comisiones de servicio: deberá especificarse la finalidad de las mismas, con el fin de comprobar su adecuación a los fines del título.
Másters de la Facultad
- 18.DF.MA.00 Máster Universitario en Filosofía teórica y práctica
- 18.DF.MA.01 Máster Universitario en Investigación Antropológica y sus Aplicaciones
- 18.DF.MA.02 Participación Máster Formación Profesorado Universitario
Están excluidos:
Los pagos de retribuciones directas al PDI de la UNED.