máster
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN MÁSTER
RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS EN LOS TÍTULOS OFICIALES DE MÁSTER
Artículo 9. Reconocimiento de estudios universitarios oficiales en los títulos oficiales de Máster
1. En los títulos oficiales de Máster podrán ser objeto de reconocimiento los créditos de materias y asignaturas de estudios universitarios oficiales de Máster o de Doctorado, sean del mismo ámbito de conocimiento o de ámbitos diferentes, finalizados o no, atendiendo a la coherencia académica y formativa de los conocimientos, las competencias y las habilidades que definen las materias o asignaturas a reconocer con las existentes en el plan de estudios del título al que se quiere acceder.
2. Los créditos que correspondan a trabajos de fin de Máster no podrán ser reconocidos, salvo que se desarrollen específicamente en un programa de movilidad.
3. La Universidad podrá ofertar dobles titulaciones o planes de simultaneidad de estudios oficiales de Máster con un diseño específico de reconocimiento de créditos.
4. En el caso de estudios oficiales de Máster interuniversitarios, títulos conjuntos o movilidad con otras universidades, se aplicará en materia de reconocimientos lo dispuesto en los respectivos convenios.
Artículo 10. Reconocimiento de enseñanzas universitarias propias y experiencia profesional o laboral en los títulos oficiales de Máster
1. El número de créditos objeto de reconocimiento a partir de enseñanzas universitarias propias y experiencia profesional o laboral no podrá ser superior, en su conjunto, al 15 % del total de créditos que constituyen el plan de estudios.
2. Como excepción a lo establecido en el párrafo precedente, podrá superarse este porcentaje hasta llegar incluso a reconocerse la totalidad de los créditos que provengan de estudios universitarios no oficiales, a condición de que el correspondiente título no oficial deje de impartirse y sea extinguido y reemplazado por el nuevo título universitario oficial en el cual se reconozcan los créditos académicos. En este caso, los sistemas internos de garantía de la calidad velarán por la idoneidad académica de este procedimiento.
3. El reconocimiento de estos créditos no incorporará calificación, por lo que no computarán a efectos de la nota media o baremación del expediente.
PROCEDIMIENTO:
La forma de iniciación del procedimiento es a petición del interesado, cuando realiza la preinscripción online dentro del plazo establecido para ello.
Los estudiantes que quieran solicitar reconocimiento de créditos en un máster, deberán rellenar la solicitud de reconocimiento de créditos y cargarlo, junto con los documentos acreditativos, en la aplicación de preinscripción de másteres.
La UNED podrá solicitar a los interesados información complementaria a la certificación académica, en caso de que lo considere necesario, para posibilitar el análisis de la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las asignaturas cursadas y los previstos en el plan de estudios de la enseñanza de ingreso.
El plazo máximo para resolver el procedimiento es de 3 meses. El procedimiento permanecerá suspenso por el tiempo que medie entre la petición de documentación por parte de la universidad al interesado y su efectivo cumplimiento. El efecto del silencio es desestimatorio. Una vez resueltos y comunicados los reconocimientos al estudiante, este deberá abonar el importe establecido en la Orden Ministerial que anualmente fija los precios públicos por este concepto para hacer efectivos estos derechos, incorporarlos a su expediente y poner fin al procedimiento.
Según lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si el estudiante no estuviera de acuerdo con la resolución podrá presentar en el plazo de un mes recurso de alzada ante el Rector.
Documentación que adjuntar:
- Si solicitas reconocimiento por enseñanzas universitarias oficiales o por títulos propios:
- Certificación académica personal de tus estudios con las calificaciones obtenidas (original o copia compulsada).
- Programas de las asignaturas correspondientes al curso en que se superaron las asignaturas presentadas para su reconocimiento, con el sello del centro docente. Los documentos redactados en otro idioma deberán presentarse acompañados de su traducción al español efectuada por un traductor jurado.
- Si solicitas reconocimiento por experiencia laboral o profesional:
- Certificado que describan las funciones desarrolladas, tiempos y periodicidad en que se han ejercicio dichas funciones, emitido por la entidad correspondiente y firmado por la persona responsable.
- Informe de vida laboral emitido por el organismo correspondiente.
La UNED podrá solicitar a los interesados información complementaria a la certificación académica, en caso de que lo considere necesario, para posibilitar el análisis de la adecuación entre las competencias y conocimientos asociados a las asignaturas cursadas y los previstos en el plan de estudios de la enseñanza de ingreso..
Unidad responsable:
Negociado de Posgrado. Facultad de CC.EE. y Empresariales (UNED)
Contacto:
Máster Interuniversitario en Sostenibilidad y Responsabilidad Social Corporativa
cee.posgradosoficiales@adm.uned.es
Máster Universitario de Investigación en Economía
cee.posgradosoficiales2@adm.uned.es
Códigos de Registro:
U02800083 Facultad de CC. Económicas y Empresariales
G00001286 Negociado de Posgrados
