
Sistema Interno de Información
Políticas del Sistema Interno de Información de la UNED
La UNED ha diseñado una estrategia que guiará su actuación respecto al Sistema Interno de Información y que, a su vez, transita hacia la incorporación de un Sistema de integridad de la Universidad.
Según se establece en el apartado 5 del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 28 de octubre de 2024, por el que se aprueba el Sistema Interno de Información en el ámbito de la UNED, sus líneas de actuación son las siguientes:
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a) Diligencia: la celeridad y la profesionalidad son los criterios que guiarán el seguimiento de las informaciones recibidas, de manera que se puedan tramitar las comunicaciones en el menor plazo de tiempo posible y con una dedicación adecuada para su correcto análisis. Los aprendizajes obtenidos del rendimiento del Sistema Interno de Información se tendrán en cuenta para la revisión periódica del procedimiento de gestión.
b) Accesibilidad y transparencia: todo el sistema se orientará a permitir que se puedan efectuar comunicaciones de forma sencilla. A su vez, hay un compromiso con la transparencia para informar de manera clara y suficiente sobre la utilización de los canales internos y externos, los derechos y garantías que asisten a las personas involucradas en una comunicación, las políticas del sistema y el procedimiento de gestión de comunicaciones.
c) Confidencialidad y protección de datos: la confidencialidad sobre la identidad de las personas informantes, el contenido de las comunicaciones y las actuaciones que se desarrollan es una garantía sobre la que pivota todo el sistema de información. Toda la actuación del sistema se guiará por la normativa de protección de datos y la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
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a) Protección de informantes: la UNED asume el compromiso de informar y asistir eficazmente a quienes informen de infracciones desplegando las medidas establecidas en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción y todas aquellas que sean necesarias para evitar consecuencias negativas por el hecho de informar. Del mismo modo, la UNED se compromete a poner en marcha las medidas provisionales necesarias, en los términos establecidos en el artículo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para que cese cualquier represalia o se produzcan las reparaciones pertinentes en caso de haberlas experimentado.
b) Protección de personas relacionadas con la persona informante: la UNED adoptará un criterio expansivo respecto a las medidas de protección y restitución respecto a aquellas personas físicas o jurídicas que estén relacionadas con la persona informante y que puedan experimentar situaciones desfavorables por su relación con quienes comunican información.
c) Presunción de inocencia y garantías: la actuación de la UNED, del Sistema Interno y de las personas involucradas en la gestión de comunicaciones, con especial énfasis en la fase de instrucción de las comunicaciones, se llevará a cabo con los máximos estándares de garantía establecidos en la mencionada Ley 2/2023, de 20 de febrero para las personas afectadas, ajustándose al ordenamiento jurídico y con absoluto respeto a los derechos fundamentales.
La labor de investigación interna que impone la Ley 2/2023, de 20 de febrero se realizará con el máximo respeto a la presunción de inocencia y al honor de la persona que fuese denunciada, y se establecerán los mecanismos para que esta pueda ejercer con plenitud sus derechos constitucionales en el marco del procedimiento de gestión e investigación interna.
Del mismo modo, la UNED adoptará las medidas pertinentes ante la comunicación de infracciones que carezcan de cualquier base fáctica o sean deliberadamente falsas.
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a) Información, divulgación y formación: se promoverá el conocimiento del funcionamiento del Sistema Interno de Información, de las alternativas y canales externos para realizar comunicaciones y de las garantías y protecciones que ofrece la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
Se asume un compromiso de formar a los empleados públicos de la UNED y de incluir acciones de formación en los planes de perfeccionamiento del PTGAS y del PDI, que estarán abiertos a la participación de figuras asimiladas a la definición del informante bajo los criterios de la mencionada Ley 2/2023, de 20 de febrero.
Toda la información sobre el sistema y el acceso al buzón de comunicaciones será accesible desde la página web institucional principal de la UNED.
b) Contribución a la estrategia de integridad de la UNED: la UNED se compromete a establecer y desarrollar una estrategia integral de transparencia, integridad y lucha contra la corrupción, asumiendo que el esfuerzo en esta materia es una obligación derivada del servicio público de la educación superior universitaria que presta a la sociedad.
Su diseño y desarrollo estará orientado a abordar conjuntamente la prevención, detección y corrección del fraude y los conflictos de interés, promoviendo la cultura de la transparencia y la integridad. Se prestará atención a las actividades de sensibilización, formación y cultura organizacional.
Para el diseño y el acompañamiento a la estrategia de integridad de la UNED se formará un comité de expertos.