Sistema Interno de Información de la UNED

Sistema Interno de Información

Misión y objetivos

El Sistema Interno de Información de la UNED tiene como misión proteger a las personas que informen a la UNED sobre posibles infracciones y contribuir a la prevención, detección y adopción de medidas de respuesta a esos supuestos.

Se garantiza la confidencialidad de la identidad de quienes informen sobre infracciones, así como del contenido de las propias comunicaciones.

Las personas que informen sobre infracciones se podrán acoger a la protección que prevé la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

Para mayor detalle sobre la misión y objetivos del Sistema Interno de Información de la UNED, puede consultar los apartados 2 y 4 del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 28 de octubre de 2024, por el que se aprueba el Sistema Interno de Información en el ámbito de la UNED

  • El Sistema Interno de Información sobre infracciones de la UNED tiene como objeto otorgar una protección adecuada a las personas que informen sobre alguna de las conductas contempladas en el artículo 2 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción que se hubieran podido producir en el ámbito de la UNED, así como que se pueda poner en conocimiento de los órganos y unidades competentes de la Universidad los posibles casos de conductas que, en aplicación de la mencionada Ley 2/2023, de 20 de febrero, afecten al ámbito de la UNED.

  • El objetivo principal del Sistema Interno de Información de la UNED es facilitar la protección adecuada frente a las eventuales represalias que puedan sufrir las personas informantes que tengan su correspondencia con las personas físicas y jurídicas comprendidas en el artículo 3 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, que, dentro del ámbito de actuación y competencias de la sede central de la UNED, informen sobre las acciones u omisiones que pudieran ser constitutivas de infracciones del Derecho de la Unión Europea, o de infracción penal o administrativa grave o muy grave, a que se refiere el artículo 2 de la mencionada Ley 2/2023, de 20 de febrero.

    En particular, el concepto de informante a efectos del Sistema Interno de Información de la UNED comprende al Personal Docente e Investigador (PDI), incluyendo el personal investigador contratado bajo las modalidades previstas en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y al Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS), siempre que presten sus servicios bajo la dependencia de la sede central de la UNED.