legalizacion de los documentos
Trámites Administrativos y documentación Facultad de Filología
LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS ACADÉMICOS UNIVERSITARIOS OFICIALES QUE HAN DE SURTIR EFECTOS EN EL EXTRANJERO. DIPLOMATURA, LICENCIATURA, GRADO Y MÁSTER
DATOS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO
Forma de iniciación
A petición del estudiante interesado. Plazo abierto permanentemente
Documentos
Títulos y certificaciones académicas de enseñanzas oficiales de la Facultad
Unidad responsable de la legalización de los documentos
Documentos con destino a países no firmantes del Convenio de La Haya:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Documentos con destino a países firmantes del Convenio de La Haya:
Plazo de resolución
No regulado por normativa específica.
Efecto silencio
No existe
Fases del procedimiento
Documentos con destino a países no firmantes del Convenio de La Haya:
• El estudiante obtiene los documentos en la UNED
• El Ministerio de Educación reconoce la firma del órgano académico de la UNED
• El Ministerio de Asuntos Exteriores certifica la autenticidad de la firma anterior
• La representación diplomática o consular en España del país donde va a surtir efecto el documento certifica la autenticidad de la firma anterior
Documentos con destino a países firmantes del Convenio de la Haya:
• El estudiante obtiene los documentos en la UNED
• El Ministerio de Educación reconoce la firma del órgano académico de la UNED
• El Ministerio de Justicia emite la apostilla
Normativa básica
• Instrumento de Ratificación de España del Convenio suprimiendo la exigencia de la legalización de los documentos públicos extranjeros, hecho en La Haya el 5 de octubre de 1961.
• Orden de 16 de abril de 1990 sobre legalización de documentos académicos españoles que han de surtir efectos en el extranjero.
INFORMACIÓN DETALLADA DEL PROCEDIMIENTO
Legalización
La legalización es el procedimiento de validación de la firma de la autoridad que suscribe un documento mediante el cual se acredita su autenticidad, con el objeto de su presentación en otro país.
En el supuesto de documentos académicos de carácter oficial expedidos en España, la legalización consiste en el reconocimiento de la firma de la autoridad educativa que expide el documento original (no de aquella que avale su compulsa).
En general, el procedimiento sigue las siguientes fases:
1. El Ministerio de Educación reconoce las firmas que figuren en el documento.
2. El Ministerio de Asuntos Exteriores certifica la autenticidad de la firma anterior.
3. La representación diplomática o consular en España del país donde va a surtir efecto el documento certifica la autenticidad de la firma anterior.
Los trámites se simplifican en estos casos:
• Si el país donde va a surtir efecto el documento ha suscrito el Convenio de la Haya es suficiente con la legalización única o "apostilla" extendida por el Ministerio de Justicia. Consiste en colocar sobre el propio documento, o una prolongación del mismo, una apostilla o anotación que certificará la autenticidad de la firma. Por tanto, los países firmantes del convenio reconocen la autenticidad de los documentos que llevan la apostilla.
• Para los documentos con destino Estados miembros de la Unión Europea, signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y Suiza, consultar la normativa interna de cada país
Requisitos de Presentación
• Los documentos serán originales.
• Las certificaciones académicas deberán ir con firma manuscrita, con indicación del cargo y nombre completo.
Reconocimiento de firma del documento académico en la fase previa al proceso de Legalización
De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 16 de abril de 1990, son documentos objeto de reconocimiento de firmas por parte del Ministerio de Educación:
• Títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, expedidos por los Rectores de las Universidades.
• Certificaciones académicas oficiales de estudios conducentes a la obtención de los títulos mencionados en el anterior apartado.
El Ministerio de Educación, para proceder al reconocimiento de las firmas de los cargos académicos de la UNED que figuran en los documentos que expide a sus estudiantes, utiliza como herramienta de trabajo una base de datos informática en la que la Secretaría General de la UNED mantiene registradas las firmas que podrán figurar en tales documentos