exámenes
Trámites Administrativos y documentación Facultad de Filología
EXÁMENES
PRESENTACIÓN EN EXÁMENES EXTRAORDINARIOS DE FIN DE GRADO
Debido a la situación excepcional que atravesamos, los exámenes de la Facultad de Filología NO SERÁN PRESENCIALES, se celebrarán el 14 de diciembre, lunes on-line (por Avex) en sesiones de 9, 11,30, 16 y 18,30. Las solicitudes se presentarán antes del 1 de noviembre de 2020.
DATOS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO
Forma de iniciación
A petición del estudiante interesado, desde el inicio del plazo de matrícula hasta el 10 de noviembre
Formulario de solicitud
Presentación de la solicitud
Encuentra tu oficina de registro
Plazo de resolución
Desde la recepción de la solicitud hasta 10 días antes de la realización de los exámenes.
Efecto silencio
Estimatorio
Unidad responsable de la tramitación. Contacto.
U02800150 Sección de Atención al Estudiante
negociado.alumnos.filologia@adm.uned.es
U02800110 Facultad de Filología (Secretaría de la Facultad)
secretaria.filologia@adm.uned.es
Órgano de resolución
Decano
Efectos de la resolución
No pone fin a la vía administrativa
Recursos
Recurso de alzada ante el Rector
Fases del procedimiento
- Publicación en la web de la Facultad del calendario de exámenes. Unidad tramitadora: Secretaría de la Facultad
- El/la estudiante se matricula en todas las asignaturas pendientes (en la modalidad de pago único, no puede acogerse a pago fraccionado)y presenta solicitud para presentarse a la convocatoria. Unidad tramitadora: Sección de Atención al Estudiante
- El/la estudiante confirma a la Secretaría de la Facultad su intención de presentarse, 10 días antes de la celebración de los exámenes. Unidad tramitadora: Secretaría de la Facultad.
- Realización de los exámenes
Normativa básica
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- REGLAMENTO DE PRUEBAS PRESENCIALES. Aprobado en Consejo de Gobierno 28 de junio de 2011.
- NORMAS DE PERMANENCIA EN ESTUDIOS CONDUCENTES A ESTUDIOS OFICIALES DE LA UNED. Aprobadas en Consejo de Gobierno de 28 de junio de 2011.
- Orden Ministerial por la que se fijan los precios públicos en la UNED para el curso académico.
DATOS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO
Los estudiantes que tengan intención de solicitar la compensación de alguna asignatura NO DEBEN MATRICULARSE DE ELLA, sino esperar a que se abra el procedimiento específico para su tramitación. No obstante, si el estudiante decide matricularse de estas asignaturas tendrá derecho a participar en los cursos virtuales y evaluaciones, con lo que no procederá la devolución de los precios públicos abonados por ellas, ni siquiera en el caso de que la solicitud de compensación se resuelva favorablemente con posterioridad."
De acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento del Tribunal de Compensación para los Títulos de Grado, una vez finalizada la convocatoria de septiembre y, excepcionalmente si el Presidente del tribunal así lo establece, después de la de febrero, los estudiantes que reúnan los requisitos para poder compensar alguna asignatura podrán solicitar su evaluación al Tribunal de Compensación.
Plazo abierto: del 8 al 13 de octubre de 2020 (ambos inclusive)
Los estudiantes realizarán la solicitud desde su secretaría virtual.
Plazo de resolución
Dentro de los 15 días siguientes a la finalización del plazo de presentación de solicitudes
Efecto silencio
Desestimatorio
Unidad responsable de la tramitación. Contacto.
U02800150 Sección de Atención al Estudiante
negociado.alumnos.filologia@adm.uned.es
Órgano de resolución
Tribunal de compensación
Efectos de la resolución
No pone fin a la vía administrativa
Recursos
Recurso de alzada ante el Rector, cuya decisión agotará la vía administrativa previa y será directamente impugnable ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en los términos previstos por la Ley reguladora de dicha jurisdicción.
Fases del procedimiento
- El/la estudiante presenta solicitud.
- La unidad tramitadora recibe la solicitud, forma el expediente y comprueba los requisitos.
- Reunión del tribunal. Estudio del expediente. Levantamiento de acta con los acuerdos tomados.
- Comunicación del acuerdo al/la estudiante.
- Si el acuerdo es favorable el/la estudiante paga el precio correspondiente y se anota en su expediente académico.
Normativa básica
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. Disposición adicional vigésima novena. Régimen jurídico aplicable a la resolución administrativa en determinadas materias.
- REGLAMENTO DEL TRIBUNAL DE COMPENSACIÓN PARA LOS TÍTULOS DE GRADO, aprobado en Consejo de Gobierno de 05 de marzo de 2013.Modificado en Consejo de Gobierno de 17 de diciembre de 2019
REVISIÓN DE EXÁMENES
AVISO IMPORTANTE
Desde los Vicerrectorados de Estudiantes y Tecnología se ha desarrollado una aplicación para gestionar el proceso de revisión de calificaciones en los Grados. Dicha aplicación tiene como objetivo estandarizar y agilizar la gestión de las solicitudes de primera revisión que presentan los estudiantes.
El estudiante podrá comprobar el estado de su solicitud en la misma aplicación en cualquier momento. Con el fin de facilitar el seguimiento, una vez que ha sido resuelta, el solicitante recibirá un correo electrónico en su cuenta oficial (nnnn@alumno.uned.es).
DATOS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO
Normativa básica
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. Disposición adicional vigésima novena. Régimen jurídico aplicable a la resolución administrativa en determinadas materias.
- Normas para la revisión de exámenes
- Reglamento de régimen interior del Departamento docente.
Primera revisión:
Petición de revisión del estudiante al equipo docente de la asignatura.
Plazo de solicitud: El plazo máximo para solicitar la revisión de exámenes será de 7 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de la nota en la secretaría virtual.
Plazo de resolución: Una vez recibida la solicitud de revisión, el/la profesor/a responsable de la calificación tendrá, para resolverla, un plazo máximo de 7 días naturales a partir del fin del plazo para solicitar la revisión.
Órgano de resolución: el Equipo Docente responsable de la calificación.
Motivación: La solicitud de revisión y la respuesta del/de la profesor/a responsable deberán ser motivadas y ajustadas a los criterios académicos de corrección que haya fijado cada equipo docente. Las solicitudes carentes de motivación no serán admitidas.
La solicitud de primera revisión se formaliza a través de la aplicación que está disponible en un enlace en el apartado “Mis calificaciones” de la secretaría virtual del campus de estudiante (puede consultar las instrucciones).
Segunda revisión:
En el caso de que el/la estudiante no esté conforme con el resultado de la primera revisión, podrá solicitar, de forma motivada y en los 5 días naturales siguientes a la fecha de resolución de la primera revisión, la constitución de una comisión de revisión que realizará una segunda revisión del examen. La presentación de esta solicitud no impide la inclusión en actas de las calificaciones obtenidas tras la primera revisión.
Conforme a los reglamentos de régimen interior, los Departamentos constituirán estas comisiones, que, como norma general, podrán valorar más de una revisión de examen, contarán con la participación de la representación de estudiantes (presencial o mediante otros medios o procedimientos, siempre que se garantice esa representación) y estarán compuestas por profesores del ámbito de conocimiento de las asignaturas afectadas, excluidos los profesores responsables de la primera revisión. El voto del estudiante quedará excluido en la valoración técnica de los contenidos.
Para determinadas materias de carácter supra-departamental, como las prácticas externas o el TFG (Trabajo Fin de Grado, la comisión responsable de este proceso será la que determine las directrices de organización docente y reclamaciones de estas materias.
Plazo de solicitud:La solicitud se debe formalizar en el plazo de 5 días naturales a partir de la fecha de resolución de la primera revisión.
Plazo de resolución: La Comisión dispondrá de un plazo máximo para resolver de 20 días contados desde la fecha oficial de entrega de actas.
Órgano de resolución: la comisión de revisión de exámenes del Departamento correspondiente.
Formulario de solicitud de segunda revisión de examen
Presentación de las solicitudes
Encuentra tu oficina de registro
Recurso de alzada
Contra las resoluciones de inadmisión de revisión o de la Comisión de Reclamaciones, podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector. Plazo de solicitud: el recurso de alzada ante el Rector se solicitará en el plazo de un mes a contar desde la recepción del resultado de la valoración de la Comisión de Reclamaciones del Departamento. La interposición de este recurso o cualquiera de las reclamaciones anteriormente citadas, no suspende los efectos académicos derivados de las calificaciones de los estudiantes.
Plazo de solicitud: el recurso de alzada ante el Rector se solicitará en el plazo de un mes a contar desde la recepción del resultado de la valoración de la Comisión de Reclamaciones del Departamento. La interposición de este recurso o cualquiera de las reclamaciones anteriormente citadas, no suspende los efectos académicos derivados de las calificaciones de los estudiantes.
Plazo de resolución: tres meses a partir de la fecha del recurso de alzada.
PARA LA REVISIÓN DE LAS PEC
Estudios oficiales: EEES y Másteres
REVISIÓN DE CALIFICACIONES DE MÁSTER Y DE TFM
(Basado en la normativa aprobada en Consejo de Gobierno de 2 de julio de 2019, modificada en Consejo de Gobierno de 27 de octubre de 2020 y en el Reglamento de Trabajo Fin de Máster aprobado en Consejo de Gobierno de 10 de octubre de 2017)
Los estudiantes de los Títulos de Máster de la Facultad de Filología que deseen ejercer su derecho de reclamación, deberán hacerlo a través de la aplicación de Revisiones de Calificaciones, disponible en el CAMPUS UNED en un enlace del apartado “Mis calificaciones” de la secretaría virtual. Véase la práctica guiada (téngase en cuenta que, aunque en esta práctica guiada se habla de Grado, también sirve para Máster).
En caso de que la revisión sea del Trabajo Fin de Máster (TFM), la solicitud se enviará a la Coordinación del Máster.
El plazo de presentación de solicitudes de revisión de examen será de 7 días naturales contados a partir del día siguiente de la publicación de la calificación en la Secretaría Virtual de la UNED. La solicitud de revisión y la respuesta del profesor serán motivadas y ajustadas a los criterios académicos de corrección que haya fijado el equipo docente. Las solicitudes carentes de motivación no serán admitidas.
En caso de que la revisión sea del TFM, la Coordinación del Máster revisará tanto los informes de los miembros de la comisión evaluadora como el del tutor, y dará una respuesta justificada al estudiante
El profesor responsable de la calificación tendrá como plazo máximo para para resolver la solicitud 7 días naturales a partir del fin del plazo para solicitar la revisión.
En caso de que la revisión sea del TFM, el plazo de respuesta será de 5 días naturales desde la recepción de la solicitud.
En el caso de que el estudiante no esté conforme con el resultado de la primera revisión, podrá solicitar de forma motivada y en los 5 días naturales siguientes a la fecha de resolución de la primera revisión, la constitución de una Comisión de Revisión, que realizará una segunda revisión del examen/trabajo, mediante el formulario para la solicitud de constitución de una COMISIÓN DE REVISIÓN de calificación.
La Comisión de Revisión podrá valorar más de una solicitud de revisión de examen y estará compuesta por el Coordinador del máster correspondiente (salvo que sea el responsable de la primera revisión, en cuyo caso, será sustituido por el Secretario del máster), dos profesores del máster preferiblemente del ámbito de conocimiento de las asignaturas afectadas, excluidos los profesores responsables de la primera revisión y un representante de estudiantes. El voto del estudiante quedará excluido en la valoración técnica de los contenidos.
En caso de que la revisión sea del TFM, la Comisión de Revisión estará formada por tres profesores del ámbito de conocimiento del TFM que no hayan participado en la comisión evaluadora, y contará con la participación —presencial o telemática— de un representante de estudiantes del máster y de un miembro de la comisión evaluadora. Además, esta comisión requerirá el informe de evaluación. Tanto el miembro de la comisión evaluadora como el representante de estudiantes tendrán voz, pero no voto.
La resolución de la Comisión deberá ser comunicada al interesado dentro de un plazo máximo que finalizará 20 días después de la fecha oficial de entrega de actas.
Contra las resoluciones de inadmisión de revisión o de la Comisión de Revisión / Reclamaciones, podrá interponerse recurso de alzada ante el Rector. El plazo de resolución será de tres meses.
La interposición del recurso de alzada o cualquiera de las reclamaciones anteriormente citadas, no suspende los efectos académicos derivados de las calificaciones de los estudiantes.