Escuela Internacional de Doctorado
Trámites generales
El doctorando que tenga una baja médica o maternal/paternal tiene derecho a solicitar la suspensión temporal de sus estudios de doctorado por toda la duración de la baja. Para ello, deberán cumplimentar el correspondiente modelo formalizado.
Solicitud de baja médica o maternal/paternal
Comunicación Baja Médica: Formulario
Deberán enviarlo, junto con el certificado médico de inicio de la baja en el plazo de 15 días hábiles desde la obtención de ese certificado a la Escuela de doctorado, a la dirección:
Posteriormente, cuando haya finalizado la baja, el doctorando tendrá que enviar el parte final de baja a la misma dirección de correo electrónico arriba indicada, en el plazo de 15 días hábiles desde el fin de la baja.
En el caso de que el doctorando, por su situación laboral, no pueda recibir partes de baja médica, podrá remitir un certificado médico. En este caso no es necesario obtener la autorización de la Comisión Académica del Programa, pero sí se recomienda encarecidamente avisar tanto al director de tesis (y en su caso codirector), como al Coordinador y/o Secretario del Programa en el que esté matriculado, de la concurrencia de esta circunstancia.
La presentación del plan de investigación en caso de baja médica o maternal se regulará de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Si el doctorando se encuentra de baja durante el plazo de presentación de una de las convocatorias, deberá presentar el plan en la siguiente convocatoria, si en ese momento ya ha finalizado la baja. Sin embargo, su Director y la Comisión Académica, podrán tener en cuenta el período en el que el doctorando estuvo de baja a la hora de proceder a su evaluación.
b) Si un doctorando permanece de baja durante un período de varios meses que comprenda el plazo de presentación de la convocatoria ordinaria y el de la convocatoria extraordinaria, tendrá derecho a presentar su plan en la convocatoria ordinaria del curso académico posterior.
Solicitud de baja temporal
El doctorando que necesite solicitar una baja temporal de sus estudios, podrá hacerlo cumplimentando el formulario normalizado. La duración máxima de la baja temporal es de 12 meses.
Solicitud de Baja Temporal: Formulario
El doctorando deberá informar a su director de tesis y enviar el formulario, firmado por él y por su director, a la EIDUNED a la siguiente dirección:
Desde la Escuela se procederá a enviarla al Coordinador y Secretario del Programa en el que está matriculado, para que estos autoricen la baja temporal, si lo consideran, y lo devuelvan a la EIDUNED para grabarla en el expediente del alumno.
Si el doctorando envía la solicitud de baja temporal con al menos 20 días de antelación a la fecha límite de presentación del plan de investigación que prevé su Programa de doctorado, en convocatoria ordinaria, no tendrá que presentarlo en esa convocatoria, sino en la convocatoria ordinaria del curso siguiente, describiendo los avances realizados en su trabajo en el periodo anterior al comienzo de la baja.
Por ejemplo, en un Programa de doctorado que fije como plazo para presentar el plan de investigación el 30 de septiembre, si el doctorando presenta su solicitud el 9 de septiembre de 2020, deberá presentar el plan en la convocatoria de septiembre de 2021 (siempre que no lo haya presentado en septiembre de 2020), describiendo los avances realizados en el curso 2019/2020.
Se recuerda que cada Programa de doctorado fija su propio plazo para la entrega del plan de investigación, y que los doctorandos tendrán que verificar cuál les corresponde.
Si el doctorando envía la solicitud después de ese plazo, tendrá que presentar su plan en la convocatoria abierta en ese momento, y la baja temporal podrá comenzar solamente una vez que haya sido evaluado por la Comisión académica del Programa.
Si la solicitud es enviada en cualquier otro momento del año, y no en proximidad de la finalización del curso académico, el doctorando deberá presentar el plan de investigación en la primera convocatoria ordinaria que haya después de la fecha de fin de la baja.
Las certificaciones se expiden a petición del interesado. Su finalidad es la de dar fe de lo contenido en los archivos y registros y su expedición no constituye propiamente un procedimiento administrativo sino que se trata de la ejecución de un servicio.
Forma de iniciación
A petición del estudiante interesado. Plazo abierto permanentemente
Documentos
- Certificado Académico Personal - solicitud dentro de la secretaría virtual. Acceso mediante identificador y contraseña.
- Otros certificados - Para certificados especiales contacte con la EIDUNED y envíenos el formulario detallando sus necesidades. enlace
Certificados Especiales: Formulario
Precios Públicos. Exenciones y Deducciones
El precio de expedición está regulado en la Orden Ministerial por la que se fijan los precios públicos en la UNED para el curso académico correspondiente.
Unidad responsable de la tramitación y expedición.
Sección de Gestión de Doctorado. E-mail:
Registro General: U02800033 – Escuela Internacional de Doctorado (EIDUNED).
Plazo: No regulado por normativa específica
Efecto silencio: No existe silencio
Fases del procedimiento
- El estudiante presenta solicitud y paga el precio de expedición
- La unidad tramitadora realiza actos de instrucción (comprobación del pago, verificación de datos)
- La unidad tramitadora expide y comunica la certificación al estudiante
Forma de Iniciación
A petición del estudiante. El procedimiento de devolución se iniciará siempre a instancia del interesado.
Plazo de solicitud
De 4 años desde el día que se realizó el ingreso cuya devolución se solicita
Formulario de solicitud
Presentación de la solicitud
Encuentra tu oficina de registro aquí
Plazo de resolución
Seis meses
Efecto del silencio
Desestimatorio
Unidad responsable de la tramitación. Contacto
Sección de Gestión de Doctorado. E-mail:
Registro General: U02800033 Escuela Internacional de Doctorado (EIDUNED).
Órgano de resolución
Rector
Efectos de la resolución
Pone fin a la vía administrativa
Recursos
Recurso contencioso-administrativo
Fases del procedimiento
- El/la estudiante presenta solicitud
- La unidad tramitadora realiza actos de instrucción (formación del expediente, requerimientos, etc.)
- La unidad tramitadora elabora propuesta de resolución
- El/la Rector, o cargo en quien delegue, dicta resolución
Normativa básica
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos
- Orden Ministerial por la que se fijan los precios públicos en la UNED para el curso académico
- Resolución de 22 de octubre de 1994, de la UNED, sobre procedimientos administrativos de gestión académica
- Normas de procedimiento presupuestario de la UNED.
INFORMACIÓN DETALLADA DEL PROCEDIMIENTO
Cuando, por causas no imputables al obligado al pago del precio público, no se preste el servicio o no se realice la actividad, procederá la devolución del importe que corresponda. No se incluyen en tal consideración causas relacionadas con circunstancias personales del interesado.
El derecho a la devolución de ingresos indebidos prescribe a los cuatro años desde el día en que se realizó el ingreso indebido.
SUPUESTOS GENERALES Y CONDICIONES DE DEVOLUCIÓN
A tenor de lo establecido en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 27.5 de la Ley 8/1989 de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución cuando:
- se hubieren efectuado abonos superiores a los de los precios públicos en vigor por los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en la autoliquidación.
- se haya obtenido, con posterioridad al abono del importe de la matrícula, becas o ayudas al estudio que, según la normativa vigente, conlleven gratuidad de matrícula.
- con posterioridad al abono, se certifique hallarse, en el momento de abonar los precios públicos de matrícula, en situación administrativa o legal que conlleve exención total o parcial de aquéllos.
- por causas imputables a la Administración educativa, no se preste el servicio.
En ningún caso procederá la devolución de los precios abonados en concepto de servicios de secretaría por formación de expediente u otros derechos previstos en la normativa de aplicación.
Solicitud de cambio en la dirección de tesis
Conforme al Real Decreto 99/2011, la Comisión Académica responsable del Programa de Doctorado asignará al alumnado un docente que se encargará de la Dirección de la tesis doctoral y que podrá ser coincidente o no con el docente que desempeñe la Tutoría. La Comisión Académica, oído el alumnado, podrá modificar la Dirección de tesis doctoral en cualquier momento del periodo de realización del doctorado, siempre que concurran razones justificadas.
El cambio de director/a o/y codirector/a requiere la aceptación del que deja de serlo, que se aportará –si no se ha hecho con anterioridad- con la solicitud de depósito de defensa de la tesis. No podrá autorizarse la defensa de la tesis doctoral sin cumplir este requisito.
Solicitud de Cambio en la Dirección de Tesis: Formulario
formulario-renuncia-director-compromiso-doctoral
Presentación de la solicitud
La solicitud podrá enviarse mediante correo electrónico a la unidad responsable de la tramitación, o presentarse a través de registro oficial.
Unidad responsable de la tramitación y expedición. Contacto.
Sección de Gestión de Doctorado. E-mail:
Registro General: U02800033 – Escuela Internacional de Doctorado (EIDUNED).
Encuentra tu oficina de registro aquí
Desde la Escuela se procederá a enviar a la Comisión Académica del Programa en el que está matriculado, para que estos autoricen la modificación en la dirección de la tesis, si lo consideran, y lo devuelvan a la EIDUNED para grabarla en el expediente del alumno.
Los títulos oficiales serán expedidos, en nombre del Rey, por el Rector de la Universidad en que se hubiesen concluido las enseñanzas que den derecho a su obtención, de acuerdo con los requisitos básicos que respecto a su formato, texto y procedimiento de expedición se establezcan por el Gobierno, previo informe del Consejo de Universidades.
DATOS GENERALES DEL PROCEDIMIENTO
Forma de iniciación
A petición del estudiante interesado. Plazo abierto permanentemente.
Documentos
Solicitud online a través de la secretaría virtual. Acceso mediante identificador y contraseña.
- Fotocopia del Documento de Identidad oficial (DNI/NIF/Pasaporte) en vigor; excepto si el interesado ha autorizado a la UNED la consulta de datos con el Ministerio.
Si necesita remitirnos el documento de identidad, envíelo por email al programa de doctorado que corresponda enlace
Precios Públicos
El precio de expedición está regulado por Orden Ministerial, por la que se fijan los precios públicos en la UNED para el curso académico correspondiente.
Exenciones y Deducciones
Los/as doctorandos/as, miembros de Familia Numerosa de “Categoría General” tendrán derecho a una reducción del 50% en el importe fijado.
Los/as doctorandos/as, miembros de Familia Numerosa de “Categoría Especial” tendrán derecho a una reducción del 100% quedando exentos del pago.
Todos/as aquellos/as doctorandos/as a quienes les haya sido concedido un Premio Extraordinario tendrán derecho a la exención, o devolución en su caso, del importe de las tasas de expedición del título de Doctor.
Unidad responsable de la tramitación. Contacto.
Sección de Gestión de Doctorado.
Registro General: U02800033 - Escuela Internacional de Doctorado (EIDUNED).
Unidad responsable de la expedición del título
Sección de Títulos Oficiales.
Fases del procedimiento
- El/la estudiante presenta solicitud y paga el precio de expedición
- La unidad tramitadora realiza actos de instrucción (comprobación del pago, formación del expediente, requerimientos, etc.)
- La unidad tramitadora comunica al estudiante el envío del expediente a la Sección de Títulos Oficiales y le envía el resguardo/justificante de expedición del título.
- Transcurrido el plazo necesario y finalizada la tramitación con la expedición del título, la Sección de Títulos Oficiales informará al estudiante.
Normativa básica
- Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social. Disposición adicional vigésima novena. Régimen jurídico aplicable a la resolución administrativa en determinadas materias
- Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades. (Artículo 35)
- Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales (art. 3)
- Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales
- Orden Ministerial por la que se fijan los precios públicos en la UNED para el curso académico
Solicitud de prórroga de estudios
El doctorando que no termine la tesis en el tiempo previsto dependiendo de su régimen de dedicación (3 años, a tiempo completo, 5 años, a tiempo parcial), tiene derecho a solicitar una prórroga de la duración de 1 año (si está a tiempo completo) o 2 años (si está a tiempo parcial), alegando las razones de su petición, que excepcionalmente podría ampliarse por otro año adicional.
Se establece como plazo máximo común a todos los programas para enviar dicha solicitud a la EIDUNED el día 10 de septiembre del año en el que el doctorando debería terminar su último curso.
Solicitud de Prórroga: Formulario
Presentación de la solicitud
La solicitud deberá ser firmada por el interesado, su director y codirector, en su caso.
La solicitud podrá enviarse mediante correo electrónico a la unidad responsable de la tramitación, o presentarse a través de registro oficial.
Unidad responsable de la tramitación y expedición. Contacto.
Sección de Gestión de Doctorado. E-mail:
Registro General: U02800033 – Escuela Internacional de Doctorado (EIDUNED).
Encuentra tu oficina de registro aquí
Desde la Escuela se procederá a enviar la solicitud a la Comisión Académica del Programa en el que está matriculado, para que estos autoricen la prórroga, si lo consideran, y lo devuelvan a la EIDUNED para grabarla en el expediente del alumno.
DURACIÓN DE LOS ESTUDIOS DE DOCTORADO
Según lo establecido en el RD 99/2011 y las modificaciones introducidas por el RD 576/2023, la duración de los estudios de doctorado variará en función del régimen de estudios.
Régimen de Estudios
Admisiones hasta el curso 22/23:
Tiempo completo - 3 años // Tiempo parcial - 5 años
Admisiones a partir del curso 23/24:
Tiempo completo - 4 años // Tiempo parcial - 7 años
Discapacitados:
Tiempo Completo - 6 años // Tiempo parcial – 9 años
Cambio de Dedicación
Los cambios de régimen de estudios deben ser autorizados por la Comisión Académica del Programa de Doctorado.
- Estudiantes a Tiempo Completo que solicitan un cambio de dedicación a Tiempo Parcial
Forma de iniciación:
A petición del estudiante interesado. Plazo abierto permanentemente.
En todo caso, dentro del plazo establecido para finalizar sus estudios (antes de la solicitud de una ampliación por prórroga de estudios).
Formulario de solicitud.: Solicitud Dedicación a Tiempo Parcial
El doctorando deberá informar a su director de tesis, y enviar el formulario debidamente cumplimentado y firmado.
Unidad responsable de la tramitación enlace
- Estudiantes a Tiempo Parcial que solicitan un cambio de dedicación a Tiempo Completo.
Podrán encontrarse en esta situación los/las beneficiarios/as de algún contrato de ayuda a la investigación/beca que exija dedicación a tiempo completo. En este caso contacte con la EIDUNED para comunicarlo enlace
Otras gestiones
Forma de iniciación: A petición del estudiante interesado. Plazo abierto permanentemente
Documentos: Títulos y certificaciones académicas de la Escuela Internacional de Doctorado.
Unidad responsable de la legalización de los documentos
Documentos con destino a países no firmantes del Convenio de La Haya:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Documentos con destino a países firmantes del Convenio de La Haya:
Plazo de resolución: No regulado por normativa específica.
Fases del procedimiento
Documentos con destino a países no firmantes del Convenio de La Haya:
• El estudiante obtiene los documentos en la EIDUNED
• El Ministerio de Educación reconoce la firma del órgano académico de la UNED
• El Ministerio de Asuntos Exteriores certifica la autenticidad de la firma anterior
• La representación diplomática o consular en España del país donde va a surtir efecto el documento certifica la autenticidad de la firma anterior
Documentos con destino a países firmantes del Convenio de la Haya:
• El estudiante obtiene los documentos en la EIDUNED
• El Ministerio de Educación reconoce la firma del órgano académico de la UNED
• El Ministerio de Justicia emite la apostilla
Normativa básica
• Instrumento de Ratificación de España del Convenio suprimiendo la exigencia de la legalización de los documentos públicos extranjeros, hecho en La Haya el 5 de octubre de 1961.
• Orden de 16 de abril de 1990 sobre legalización de documentos académicos españoles que han de surtir efectos en el extranjero.
Información detallada del procedimiento
Legalización
La legalización es el procedimiento de validación de la firma de la autoridad que suscribe un documento mediante el cual se acredita su autenticidad, con el objeto de su presentación en otro país.
En el supuesto de documentos académicos de carácter oficial expedidos en España, la legalización consiste en el reconocimiento de la firma de la autoridad educativa que expide el documento original (no de aquella que avale su compulsa).
En general, el procedimiento sigue las siguientes fases:
1. El Ministerio de Educación reconoce las firmas que figuren en el documento.
2. El Ministerio de Asuntos Exteriores certifica la autenticidad de la firma anterior.
3. La representación diplomática o consular en España del país donde va a surtir efecto el documento certifica la autenticidad de la firma anterior.
Los trámites se simplifican en estos casos:
• Si el país donde va a surtir efecto el documento ha suscrito el Convenio de la Haya es suficiente con la legalización única o "apostilla" extendida por el Ministerio de Justicia. Consiste en colocar sobre el propio documento, o una prolongación del mismo, una apostilla o anotación que certificará la autenticidad de la firma. Por tanto, los países firmantes del convenio reconocen la autenticidad de los documentos que llevan la apostilla.
• Para los documentos con destino Estados miembros de la Unión Europea, signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y Suiza, consultar la normativa interna de cada país
Requisitos de Presentación
• Los documentos serán originales.
• Las certificaciones académicas deberán ir con firma manuscrita, con indicación del cargo y nombre completo.
Reconocimiento de firma del documento académico en la fase previa al proceso de Legalización
De conformidad con lo dispuesto en la Orden de 16 de abril de 1990, son documentos objeto de reconocimiento de firmas por parte del Ministerio de Educación:
• Títulos universitarios de carácter oficial y con validez en todo el territorio nacional, expedidos por los Rectores de las Universidades.
• Certificaciones académicas oficiales de estudios conducentes a la obtención de los títulos mencionados en el anterior apartado.
El Ministerio de Educación, para proceder al reconocimiento de las firmas de los cargos académicos de la UNED que figuran en los documentos que expide a sus estudiantes, utiliza como herramienta de trabajo una base de datos informática en la que la Secretaría General de la UNED mantiene registradas las firmas que podrán figurar en tales documentos
En el registro de la UNED se hará el correspondiente asiento de todo documento que se reciba. Para ello, las solicitudes, escritos, comunicaciones y documentos en general que los interesados dirijan a la Escuela Internacional de Doctorado (EIDUNED) se presentarán:
- En cualquiera de las oficinas de registro contempladas en el artículo 16.4 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- En nuestros Centros Asociados, donde a través de nuestro registro electrónico, el personal designado del Centro, podrá presentar la documentación digitalizada en representación del estudiante. Es imprescindible contactar previamente con el Centro para confirmar que pueden entregar documentación y en qué horario. Instrucción de Gerencia que habilita a los Centros Asociados para esta función.
- Igualmente, podrá presentarla en las oficinas de Correos que dispongan del Servicio de Registro Electrónico para las Administraciones Públicas.
- No se podrá presentar documentación o enviarla por correo postal ordinario.
Buscar oficina de registro en el Punto de Acceso General
Para el correcto envío y recepción del asiento registral, ineludiblemente se debe facilitar al personal de las oficinas de registro o de Correos el siguiente código de identificación de la Escuela de Doctorado:
Registro General: U02800033 - Escuela Internacional de Doctorado (EIDUNED).
Para que la documentación tenga validez, deben cumplirse los siguientes requisitos:
- El estudiante debe acudir a las oficinas de registro con el original en papel para que, tras escanearlo, se convierta en una copia electrónica auténtica con la misma validez y eficacia que el documento original.
- Si el documento tiene un tamaño, forma o encuadernación que imposibilite la digitalización directa, se acompañará una fotocopia en A4 para su escaneo. Es necesario, en todo caso, la exhibición del documento original para que la documentación adjunta al asiento tenga la consideración de copia electrónica auténtica.
- Los documentos originales se devolverán al estudiante.