Escuela Internacional de Doctorado
Supervisión y seguimiento: Tesis doctoral
Al comienzo de cada curso académico el doctorando dispondrá de la relación de actividades formativas que deberá realizar y que necesariamente incluirán las que la Universidad ha determinado como obligatorias, además de aquellas que el director y el doctorando acuerden.
Las actividades comunes a todos los programas se podrán consultar en el espacio general del curso virtual de Doctorado y las específicas de cada programa en el curso virtual del programa concreto de doctorado que se esté cursando.
Antes de finalizar el primer año, el doctorando elaborará un Plan de Investigación que incluirá, al menos, el Proyecto de Tesis y en el que figuraran la metodología a utilizar y los objetivos a alcanzar, así como los medios y la planificación temporal para lograrlo. Este plan deberá presentarse avalado con el informe del director, y del tutor y codirector cuando proceda. Dicho plan se podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el Programa de Doctorado con los avales e informes preceptivos.
El documento de actividades es un documento personalizado para cada estudiante, que registra todas las actividades formativas que lleva a cabo durante sus estudios de doctorado.
Las actividades deben ser revisadas regularmente por su director/a y serán evaluadas anualmente por la Comisión Académica del Programa, junto con el Plan de investigación, en las fechas que indique cada comisión.
El documento de actividades forma parte de la documentación que debe presentarse junto con la tesis doctoral ante el correspondiente Tribunal, llegado el momento de la lectura.
El documento de actividades del doctorando estará disponible en el Curso Virtual del programa de doctorado y tendrán acceso al mismo el director, el tutor y el propio doctorando.
Por su parte el director de la tesis, y el tutor o codirector en su caso, especificarán las evidencias que deberá aportar el doctorando para acreditar el aprovechamiento de las actividades realizadas. Estas evidencias permitirán al director controlar la realización de actividades y valorar el aprovechamiento de las mismas.
Anualmente la Comisión Académica del programa evaluará el plan de investigación, y el documento de actividades, junto con los informes que a tal efecto deberán emitir el director, y el tutor y codirector en su caso, sobre el trabajo realizado por el doctorando así como sobre el aprovechamiento de las actividades formativas que haya realizado.
Procedimiento para la evaluación y valoración anual
La Comisión Académica comunicará, con quince días de antelación, la fecha en la que se realizará la evaluación y valoración anual del Plan de Investigación. Se realizarán dos convocatorias:
- una convocatoria, ordinaria, durante el mes de septiembre; y
- una convocatoria, extraordinaria, en el mes de marzo.
Las fechas concretas en cada curso académico aparecerán en el curso virtual del programa de doctorado.
La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el Programa de Doctorado.
En caso de evaluación negativa, que será debidamente motivada, el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo plan de investigación. En el supuesto de producirse una nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el Programa.