Titulación de Master 2014/2015

MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LA ABOGACÍA (PLAN 2012) / MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LAS PROFESIONES DE ABOGACÍA Y PROCURA (PLAN 2023)
Course 2014/2015
FACULTAD DE DERECHO
-
Degree Guide Course 2014/2015
- Introduction
- Objectives and competences
- Career Opportunities
- Access prerequisites
- Admission criteria
- Number of new students
- Curriculum
- Subjects
- Exam Schedule
- Rules
- Practices
- Official Documentation
- Internal Quality Assurance System for the Title
- Professional Atrributions
- Orientaciones Básicas
- Suggestions Box, Complaints and Congratulations
- Students with disabilities
The subject guide has been updated with the changes mentioned here
El preámbulo de la Ley 34/2006 cifra como objetivo de la formación y la evaluación exigidas para la obtención del título profesional de abogado o abogada la formación práctica de profesionales que cumplan un papel esencial a nuestra sociedad como colaboradores fundamentales en la impartición de justicia, redundando la calidad del servicio que prestan directamente en la tutela judicial efectiva que nuestra Constitución garantiza a la ciudadanía. Así, como reza el preámbulo del Reglamento de la Ley de Acceso, “para alcanzar el objetivo de una capacitación profesional especialmente cualificada la ley establece un sistema de formación en la excelencia que tiene tres pilares básicos: la realización de un curso formativo específico en el que se han de adquirir un conjunto de competencias profesionales específicas, el desarrollo de un período de prácticas externas y la realización de una evaluación de la aptitud profesional que culmina el proceso de capacitación con carácter previo a la inscripción en el correspondiente colegio profesional”. Pues bien, el Máster propuesto por la UNED integra dos de dichos pilares. Por un lado, la formación en las competencias profesionales específicas que establece el RD 775/2011, de 3 de junio, en su artículo 11 y que, obviamente, deben incorporarse a la planificación de los estudios a fin de alcanzar la acreditación conjunta de los Ministerios de Educación y Justicia. De otra, el que ahora se analiza, un período de prácticas externas de 30 créditos ECTS que, pese a que el artículo 2 de Reglamento contempla como un requisito adicional a la superación de los cursos de formación, puede y debe ser plenamente integrado en la estructura del Máster, no sólo porque encaja en la ordenación de este tipo de enseñanzas según el RD 1393/2007, sino por la conveniencia de una plena coordinación de ambos tipos de experiencias formativas en la preparación del licenciado o de la licenciada, o del graduado o de la graduada para afrontar la prueba de evaluación final acreditativa de su capacitación profesional y, en definitiva, para el ejercicio mismo de la profesión en el futuro.
Para dar cumplimiento a estos imperativos legales la UNED ha suscrito un convenio con el Consejo General de la Abogacía Española ofreciendo a los estudiantes un plan de estudios que se estructura del siguiente modo:
Un primer cuatrimestre y segundo cuatrimestre de formación necesaria para adquirir las competencias profesionales indicadas en la normativa de referencia, y con un reconocimiento de 54 créditos ECTS
Un tercer cuatrimestre de formación de prácticas externas equivalentes a 30 créditos ECTS, y 6 créditos ECTS correspondientes al trabajo de fin de Máster.
Con este plan de estudios la UNED brinda la posibilidad de conseguir la acreditación de la capacidad profesional necesaria para superar con el mayor éxito posible la evaluación para el acceso a la Abogacía, regulada en el capitulo 4 del RD 775/2011, de 3 de junio.
Partiendo de un enfoque eminentemente práctico que responde a las situaciones reales a las que se van a enfrentar los futuros profesionales, la UNED ha tratado de diseñar un Máster en el que el sistema de evaluación de la mayor parte de las asignaturas que lo integran se realizará, de un lado, a través de vías telemáticas y, de otro, a través de pruebas de selección múltiple y casos prácticos, de modo similar a la acreditación oficial de la capacitación profesional que, en su día, tendrán que realizar los alumnos para acceder al ejercicio de la abogacía.
En plena sintonía con la Ley de Acceso, y de acuerdo con el preámbulo de su Reglamento, el objetivo principal del Máster es mejorar la capacitación profesional de los futuros abogados y abogadas en cuanto que colaboradores relevantes de la Administración de Justicia con el fin de que los ciudadanos tengan garantizado un asesoramiento y una defensa jurídica de calidad como elementos esenciales para el ejercicio del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.
Dicha formación deberá realizarse conforme a los principios de no discriminación y accesibilidad universal. Este requerimiento del Reglamento de la Ley de Acceso entronca con otro de los objetivos principales del Máster, que es incidir y profundizar en la fundamental formación en valores que debe proporcionarse a cualquier estudiante que pretenda desarrollar su futuro profesional en cualquier ámbito de la actividad jurídica y, en este caso, en el de la Abogacía, mediante la sensibilización permanente en los valores éticos y deontológicos de la profesión.
No se trata, en definitiva, de proporcionar una simple formación en técnicas de actuación procesal o a través de otros mecanismos de composición de intereses, sino que, a partir de una concepción del Derecho como vehículo técnico de la justicia, se pretende una formación axiológica o en valores que trascienda a aquélla y que inspire a los futuros profesionales de la Abogacía en cada una de sus actuaciones y en sus relaciones con los clientes y el resto de operadores jurídicos implicados en la tarea de interpretar y aplicar el Derecho.
De acuerdo con lo anterior, los objetivos del Máster son los siguientes:
- Dar cumplimiento a los requerimientos de formación que establece la Ley 34/2006, de 30 de octubre, en relación con los profesionales de la Abogacía.
- La formación profesional de calidad de los futuros abogados y abogadas en cuanto que colaboradores relevantes de la Administración de Justicia para la garantía del ejercicio del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva.
- Facilitar la futura inserción profesional de los egresados mediante el conocimiento del marco jurídico y el entorno real del ejercicio profesional de la Abogacía.
- Sensibilizar a los y las estudiantes en los valores democráticos y en los valores éticos y deontológicos de la profesión.
- Preparar a los y las estudiantes para la acreditación de su capacitación profesional.
Las competencias básicas y generales que se alcanzan con este Tíítulo son las siguientes:
Competencias Básicas:
- Poseer y comprender conocimientos que aporten una base u oportunidad de ser originales en el desarrollo y/o aplicación de ideas como, a menudo, en un contexto de investigación.
- Que los estudiantes sepan aplicar los conocimientos adquiridos y su capacidad de resolución de problemas en entornos nuevos o poco conocidos dentro de contextos más amplios (o multidisciplinares) relacionados con su área de estudio.
- Que los estudiantes sean capaces de integrar conocimientos y enfrentarse a la capacidad de formular juicios a partir de una información que siendo incompleta o limitada, incluya reflexiones sobre las responsabilidades sociales y éticas vinculadas a la aplicación de sus conocimientos y juicios.
- Que los estudiantes sepan comunicar sus conclusiones y los conocimientos y razones últimas que las sustentan a públicos especializados y no especializados de un modo claro y sin ambigüedades.
- Que los estudiantes posean las habilidades de aprendizaje que les permitan continuar estudiando de un modo que habrá de ser en gran medida autodirigido o autónomo.
Competencias Generales:
- Ser capaces de obtener y de seleccionar la información y las fuentes relevantes para la resolución de problemas, la elaboración de estrategias de actuación y el asesoramiento a clientes.
- Elaborar un manejar los escritos, informes y procedimientos de actuación más idóneos para los problemas suscitados.
- Adquirir los instrumentos para poder planificar, ordenar y encauzar actividades de manera que se eviten en lo posible los imprevistos, se prevean y minimicen los eventuales problemas y se anticipen sus soluciones
- Contemplar en conjunto y tener en cuenta los distintos aspectos e implicaciones en los distintos aspectos de las decisiones y opciones adoptadas, sabiendo elegir o aconsejar las más convenientes dentro de la ética, la legalidad y los valores de la convivencia social.
- Saber trabajar en equipos profesionales y multiprofesionales con eficacia y eficiencia reproduciendo contextos reales y aportando un coordinado los propios conocimientos con los de otras ramas e intervivientes.
- Ser capaz de tomar decisiones individuales y de participar activamente en la toma de decisiones colectivas.
- Conocer e incorporar las nuevas tecnologías al ejercicio profesional
- Ser capaz de discernir la información contradictoria y de elaborar un juicio crítico sobre la misma.
- Saber preparar y comunicar casos, problemas o situaciones y de plantear y defender posibles soluciones mediante distintas técnicas de exposición oral, escrita, presentaciones, etc..
- Participar en debates y discusiones, dirigirlos y coordinarlos y ser capaz de resumirlos y de extraer de ellos las conclusiones más relevantes y aceptadas por la mayoría.
Competencias específicas:
- Posee, comprender y desarrollar habilidades que posibiliten aplicar los conocimientos académicos especializados adquiridos en el Grado a la realidad cambiante a la que se enfrentan los abogados para evitar situaciones de lesión, riesgo o conflicto, en relación a los intereses encomendados o a su ejercicio profesional ante tribunales o autoridades públicas y en las funciones de asesoramiento
- Conocer las técnicas dirigidas a la evaluación y establecimiento de los hechos en los distintos tipos de procedimientos, en especial, la producción de documentos, los interrogatorios y las pruebas periciales.
- Conocer y ser capaz de integrar la defensa de los derechos de los clientes en le marco de los sistemas de tutela jurisdiccionales nacionales e internacionales.
- Conocer las diferentes técnicas de composición de intereses y saber encontrar soluciones a los problemas, mediante métodos alternativos a la vía jurisdiccional.
- Conocer y saber aplicar los derechos y deberes deontológicos profesionales en las relaciones del abogado con el cliente, las otras partes, el tribunal o autoridad pública y entre abogados.
- Conocer y evaluar las distintas responsabilidades vinculadas al ejercicio de la actividad profesional incluyendo el funcionamiento básico de la asistencia jurídica gratuita y la promoción de la responsabilidad social del abogado.
- Saber identificar conflicto de intereses y conocer las técnicas para su resolución, establecer el alcance del secreto profesional y de la confidencialidad y preservar la independencia de criterio
- Saber identificar los requerimientos de prestación y organización determinantes para el asesoramiento jurídico
- Conocer y saber aplicar en la práctica del entorno organizativo de gestión y comercial de la profesión de abogado, así como su marco jurídico asociativo, fiscal, laboral y de protección de datos de carácter personal
- Desarrollar destrezas y habilidades para la elección de la estrategia correcta para la defensa de los derechos de los clientes teniendo en cuenta las exigencias de los distintos ámbitos de la práctica profesional
- Saber desarrollar destrezas que permitan al abogado mejorar la eficiencia de su trabajo y potenciar el funcionamiento global del equipo o institución en que lo desarrolla mediante el acceso a fuentes de información, el conocimiento de idiomas, la gestión del conocimiento y el manejo de técnicas y herramientas aplicadas.
- Conocer, saber organizar y planificar los recursos individuales y colectivos disponibles para el ejercicio en sus distintas modalidades organizativas de la profesión de abogado
- Saber exponer de forma oral y escrita hechos, y extraer argumentalmente consecuencias jurídicas en atención al contexto y destinatario al que vayan dirigidas de acuerdo, en su caso, con las modalidades propias de cada ámbito profesional
- Saber desarrollar trabajos profesionales en equipos específicos e interdisciplinares
- Saber desarrollar habilidades y destrezas interpersonales que faciliten el ejercicio de la profesión de abogado en sus relaciones con los ciudadanos, con otros profesionales y con las instituciones.
El interés profesional del Máster resulta incuestionable para la Universidad Nacional de Educación a Distancia y el Consejo General de la Abogacía Española. La realización conjunta de esta oferta formativa resulta indeclinable y forma parte de su responsabilidad social como entidades que tienen entre sus objetivos y misiones la formación y la capacitación profesional de quienes pretenden ejercer la abogacía.
Aunque el Máster propuesto no da acceso directo a la profesión regulada de la abogacía, al exigir la Ley de Acceso a los licenciados o graduados con posterioridad a su entrada en vigor la realización de una prueba de capacitación ulterior a su obtención, el título se propone, en definitiva, para dar cumplimiento a los requerimientos de formación que establecen dicha ley y su reglamento. Por tanto, se trata de un título de eminente interés profesional, bastando la remisión a dicha norma legal para justificarlo.
En tal sentido, el preámbulo de la Ley 34/2006 cifra como objetivo de la formación y la evaluación exigidas para la obtención del título profesional de abogado o abogada de los tribunales la formación práctica de profesionales que cumplan un papel esencial en nuestra sociedad como colaboradores fundamentales en la impartición de justicia, redundando la calidad del servicio que prestan directamente en la tutela judicial efectiva que nuestra Constitución garantiza a la ciudadanía. Así, como reza el preámbulo del Reglamento de la Ley de Acceso, “para alcanzar el objetivo de una capacitación profesional especialmente cualificada la ley establece un sistema de formación en la excelencia que tiene tres pilares básicos: la realización de un curso formativo específico en el que se han de adquirir un conjunto de competencias profesionales específicas, el desarrollo de un período de prácticas externas y la realización de una evaluación de la aptitud profesional que culmina el proceso de capacitación con carácter previo a la inscripción en el correspondiente colegio profesional”. Pues bien, el Máster propuesto integra dos de dichos pilares. Por un lado, la formación en las competencias profesionales específicas que establece el Reglamento en su artículo 10 y que, obviamente, deben incorporarse a la planificación de los estudios a fin de alcanzar la acreditación conjunta de los Ministerios de Educación y Justicia. De otra, un período de prácticas externas de 30 créditos ECTS que, pese a que el artículo 2 de Reglamento contempla como un requisito adicional a la superación de los cursos de formación, puede y debe ser plenamente integrado en la estructura del Máster, no sólo porque encaja en la ordenación de este tipo de enseñanzas según el RD 1393/2007, sino por la conveniencia de una plena coordinación de ambos tipos de experiencias formativas en la preparación del graduado o de la graduada para afrontar la prueba de evaluación final acreditativa de su capacitación profesional y, en definitiva, para el ejercicio mismo de la profesión en el futuro.
De la relevancia de la abogacía da buena cuenta, igualmente, el siguiente fragmento del preámbulo de su Estatuto regulador: “Para alcanzar una Justicia más ágil y eficaz resulta fundamental modernizar la regulación de la profesión de abogado como colaborador necesario de la función jurisdiccional. El papel que desempeña el abogado en el ejercicio de su profesión y en defensa de su cliente contribuye activamente a mejorar e incrementar la calidad de la Justicia. El presente Estatuto define la función y características de la abogacía en su primer artículo como una profesión libre e independiente que «presta un servicio a la sociedad en interés público”, añadiéndose que “La propia Constitución consagra en su artículo 24 el derecho de los ciudadanos a la defensa y asistencia letrada. Esta función, atribuida en exclusiva a la abogacía y desarrollada por la Ley Orgánica del Poder Judicial, se inspira en una serie de principios ampliamente desarrollados y reforzados por el nuevo Estatuto”.
A estas consideraciones conviene añadir la experiencia adquirida por la Facultad de Derecho de la UNED en el marco de los cursos de práctica jurídica que viene impartiendo a través de su Escuela de Práctica Jurídica desde el año 2001 y que habilitan a los estudiantes que los culminan a acceder al turno de oficio.
Puesto que el Máster en Abogacía se oferta para cubrir los requisitos de formación y práctica profesional que establece la Ley de Acceso, se establece como requisito de admisión el previsto en el artículo 2.1.a) del Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales: “Estar en posesión del título de Licenciado en Derecho, Graduado en Derecho o de otro título universitario de Grado equivalente que reúna los requisitos establecidos en el artículo 3 de este reglamento”. Según el artículo 3 del Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, dichos requisitos son los siguientes:
1. Los títulos universitarios de grado a que se refiere la letra a) del artículo 2 deberán acreditar la adquisición de las siguientes competencias jurídicas:
a) Conocer y comprender los elementos, estructura, recursos, interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico e interpretar las fuentes y los conceptos jurídicos fundamentales de cada uno de los distintos órdenes jurídicos.
b) Conocer y comprender los mecanismos y procedimientos de resolución de los conflictos jurídicos, así como la posición jurídica de las personas en sus relaciones con la Administración y en general con los poderes públicos.
c) Conocer y saber aplicar los criterios de prelación de las fuentes para determinar las normas 17 aplicables en cada caso, y en especial el de la conformidad con las reglas, los principios y los valores constitucionales.
d) Interpretar textos jurídicos desde una perspectiva interdisciplinar utilizando los principios jurídicos y los valores y principios sociales, éticos y deontológicos como herramientas de análisis.
e) Pronunciarse con una argumentación jurídica convincente sobre una cuestión teórica relativa a las diversas materias jurídicas.
f) Resolver casos prácticos conforme al Derecho positivo vigente, lo que implica la elaboración previa de material, la identificación de cuestiones problemáticas, la selección e interpretación del dato de Derecho positivo aplicable y la exposición argumentada de la subsunción.
g) Manejar con destreza y precisión el lenguaje jurídico y la terminología propia de las distintas ramas del derecho: Redactar de forma ordenada y comprensible documentos jurídicos. Comunicar oralmente y por escrito ideas, argumentaciones y razonamientos jurídicos usando los registros adecuados en cada contexto.
h) Utilizar las tecnologías de la información y las comunicaciones para la búsqueda y obtención de información jurídica (bases de datos de legislación, jurisprudencia, bibliografía, etc.), así como herramientas de trabajo y comunicación.
Se entenderá que cumplen los requisitos previstos en el apartado primero los títulos universitarios de grado que a la entrada en vigor de este reglamento hayan obtenido, de conformidad con lo establecido los artículos 24 y 25 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, resolución de verificación positiva del Consejo de Universidades con la denominación de Graduado en Derecho En el caso de estudiantes extranjeros, la Comisión de Coordinación Académico podrá exigir la acreditación de conocimiento del idioma castellano suficiente (nivel B2), realizándose, en su caso, una prueba de nivel específica. En caso de que el número de solicitudes exceda de las plazas ofertadas la ordenación de las mismas a efectos de admisión se realizará atendiendo a la nota media del expediente de la licenciatura o el grado en Derecho. En tal caso, la Comisión de Coordinación del Máster también podrá dar preferencia a los solicitantes que necesiten cursar el Máster frente a aquellos que estén o puedan estar colegiados sin necesidad de obtener el título profesional de abogado o abogada de acuerdo con la Ley de Acceso. Se reservará en cada edición un 5% de las plazas disponibles para estudiantes discapacitados.
En el Máster de Acceso a la Abogacía, a la hora de establecer las condiciones de acceso, se ha tenido en cuenta el artículo 17 del Real Decreto 1393/2007; Los estudiantes podrán ser admitidos a un Máster conforme a los requisitos específicos y criterios de valoración de méritos, en su caso, sean propios del título de Máster Universitario o establezca la Universidad. Estos sistemas y procedimientos deberán incluir, en el caso de estudiantes con necesidades educativas específicas derivadas de discapacidad, los servicios de apoyo y asesoramiento adecuados, que evaluarán la necesidad de posibles adaptaciones curriculares, itinerarios o estudios alternativos.
En el supuesto de que las solicitudes superen el número de plazas ofertadas, el procedimiento de acceso y selección de estudiantes se hará siguiendo los siguientes criterios:
1.- Nota media del expediente académico
2.- Título de Doctor/a: 1 punto
3.- DEA o Suficiencia Investigadora: 0,5 puntos
4.- Master oficial 0,5 puntos
5.- Haber obtenido el Título que da acceso al Máster en la modalidad de enseñanza a distancia: 1 punto.
En los Certificados Académicos de la Titulación que da acceso al Máster deberá constar la nota media del expediente.
El Master de Acceso a la Abogacía para el presente curso académico se ofertará a 250 alumnos.
MÓDULO I MARCO JURÍDICO COLEGIAL Y PROFESIONAL (8 ECTS)
PRIMER CUATRIMESTRE
ASIGNATURA 1. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL Y REGIMEN PROFESIONAL (4 ECTS)
ASIGNATURA 2. EJERCICIO PROFESIONAL, ORGANIZACIÓN COLEGIAL Y ESTRUCTURA Y GESTIÓN PROFESIONAL (4 ECTS)
MODULO II ASESORAMIENTO JURIDICO Y METODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS (24 ETCS)
PRIMER CUATRIMESTRE
ASIGNATURA 1. ASESORÍA JURÍDICO PATRIMONIAL, MERCANTIL Y FISCAL (8 ECTS).
ASIGNATURA 2.ASESORÍA JURÍDICO PENAL (4 ECTS)
ASIGNATURA 3. ASESORÍA JURÍDICO LABORAL (4 ECTS)
ASIGNATURA 4. ASESORÍA JURÍDICA INTERNACIONAL Y DE LA UNIÓN EUROPEA (4 ECTS)
SEGUNDO CUATRIMESTRE
ASIGNATURA 5. MÉTODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS (4 ECTS)
MÓDULO III TUTELA PROCESAL (22 ETCS)
ASIGNATURA 1. TECNICA PROBATORIA Y REDACCIÓN DE ESCRITOS FORENSES (4 ECTS).
ASIGNATURA 2. PRÁCTICA PROCESAL CIVIL, LABORAL Y MERCANTIL (6 ECTS).
ASIGNATURA 3. PRÁCTICA PROCESAL PENAL (4 ECTS).
ASIGNATURA 4. PRÁCTICA PROCESAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA (4 ECTS).
ASIGNATURA 5. PROTECCIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES, PRÁCTICA PROCESAL CONSTITUCIONAL, INTERNACIONAL Y DE LA UNIÓN EUROPEA (4 ECTS).
TERCER CUATRIMESTRE
MÓDULO IV. PRACTICAS EXTERNAS (30 ECTS)
MÓDULO V. TRABAJO FIN DE MASTER (6 ECTS)
PROGRAMA GENERAL: MÁSTER UNIVERSITARIO EN ACCESO A LA ABOGACÍA (PLAN 2012)
Code | Name | Character | Type | Cred. | ||
---|---|---|---|---|---|---|
(TS): Training supplements | ||||||
26610012 | ASESORÍA JURIDICO LABORAL | CONTENIDOS | 4 | |||
26610031 | ASESORÍA JURIDICO PATRIMONIAL, MERCANTIL Y FISCAL | CONTENIDOS | 8 | |||
26610046 | DEONTOLOGÍA PROFESIONAL Y RÉGIMEN PROFESIONAL | CONTENIDOS | 4 | |||
2661007- | ASESORÍA JURIDICA INTERNACIONAL Y DE LA UNIÓN EUROPEA | CONTENIDOS | 4 | |||
26610084 | ASESORÍA JURÍDICO PENAL | CONTENIDOS | 4 | |||
26610101 | EJERCICIO PROFESIONAL, ORGANIZACIÓN COLEGIAL Y ESTRUCTURA Y GESTIÓN PROFESIONAL (PLAN 2012) | CONTENIDOS | 4 | |||
26610135 | PRÁCTICAS EXTERNAS DEL MÁSTER EN ACCESO A LA ABOGACÍA | PRACTICUM | 30 |
Code | Name | Character | Type | Cred. | ||
---|---|---|---|---|---|---|
(TS): Training supplements | ||||||
26610027 | PRACTICA PROCESAL CIVIL, LABORAL Y MERCANTIL | CONTENIDOS | 6 | |||
26610050 | MÉTODOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS (PLAN 2012) | CONTENIDOS | 4 | |||
26610065 | PRÁCTICA PROCESAL CONSTITUCIONAL, PROTECCCIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES, INTERNACIONAL Y DE LA UNIÓN EUROPEA | CONTENIDOS | 4 | |||
26610099 | PRÁCTICA PROCESAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA | CONTENIDOS | 4 | |||
26610116 | PRÁCTICA PROCESAL PENAL | CONTENIDOS | 4 | |||
26610120 | TECNICA PROBATORIA Y REDACCIÓN DE ESCRITOS FORENSES | CONTENIDOS | 4 | |||
2661014- | TRABAJO FIN DE MÁSTER EN ACCESO A LA ABOGACÍA | TRABAJO DE INVESTIGACIÓN | 6 |
RD 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales
RD 861/2010, de 2 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales
Actualización de los procedimientos de organización y gestión académica de los Másteres Universitarios oficiales y Doctorado de la UNED, para su adaptación en lo dispuesto en el RD. 1393/2007.
Normas y criterios generales de reconocimiento y transferencia de créditos para los másteres.
Normas de permanencia en estudios conducentes a títulos oficiales de la Universidad Nacional de Educación A Distancia.
Regulación de los trabajos de fin de master en las enseñanzas conducente al título oficial de master de la UNED.
La Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de Universidades (LOMLOU) y los decretos que la desarrollan, establecen que todos los títulos oficiales de todas las universidades han de someterse a un proceso de verificación-acreditación por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) o los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, según el caso, tanto en el momento de presentar la propuesta de desarrollo de cada título (solicitud de verificación), como una vez que ha sido completamente implantado (solicitud de renovación de la acreditación).
El proceso de verificación comienza con la elaboración de la memoria del título por la Universidad. El Consejo de Universidades (CU) recibe la memoria para su verificación y comprueba que la propuesta se ajusta a los protocolos establecidos, después la remite a la ANECA para su evaluación.
La Agencia elabora un informe final de evaluación que será favorable o desfavorable y lo remite al Consejo de Universidades. El Consejo de Universidades dicta la resolución de verificación que será positiva, si se cumplen las condiciones establecidas o negativa, en caso contrario. La resolución de verificación se comunicará al Ministerio de Educación y a la Universidad correspondiente.
El Ministerio elevará al Gobierno la propuesta de carácter oficial del título y su inclusión en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), cuya aprobación será publicada en el Boletín Oficial del Estado. Finalmente, la Universidad publicará el plan de estudios en el Boletín Oficial del Estado.
La ANECA cada dos años elabora un informe de seguimiento del título que proporciona una valoración externa sobre cómo se está realizando su implantación.
El preámbulo de la Ley 34/2006 cifra como objetivo de la formación y la evaluación exigidas para la obtención del título profesional de abogado o abogada la formación práctica de profesionales que cumplan un papel esencial a nuestra sociedad como colaboradores fundamentales en la impartición de justicia, redundando la calidad del servicio que prestan directamente en la tutela judicial efectiva que nuestra Constitución garantiza a la ciudadanía. Así, como reza el preámbulo del Reglamento de la Ley de Acceso, “para alcanzar el objetivo de una capacitación profesional especialmente cualificada la ley establece un sistema de formación en la excelencia que tiene tres pilares básicos: la realización de un curso formativo específico en el que se han de adquirir un conjunto de competencias profesionales específicas, el desarrollo de un período de prácticas externas y la realización de una evaluación de la aptitud profesional que culmina el proceso de capacitación con carácter previo a la inscripción en el correspondiente colegio profesional”. Pues bien, el Máster integra dos de dichos pilares. Por un lado, la formación en las competencias profesionales específicas que establece el RD 775/2011, de 3 de junio, en su artículo 11, y que, obviamente, deben incorporarse a la planificación de los estudios a fin de alcanzar la acreditación conjunta de los Ministerios de Educación y Justicia. De otra, el que ahora se analiza, un período de prácticas externas de 30 créditos ECTS que, pese a que el artículo 2 de Reglamento contempla como un requisito adicional a la superación de los cursos de formación, puede y debe ser plenamente integrado en la estructura del Máster, no sólo porque encaja en la ordenación de este tipo de enseñanzas según el RD 1393/2007, sino por la conveniencia de una plena coordinación de ambos tipos de experiencias formativas en la preparación del licenciado o de la licenciada, o del graduado o de la graduada para afrontar la prueba de evaluación final acreditativa de su capacitación profesional y, en definitiva, para el ejercicio mismo de la profesión en el futuro.
Colaboración institucional
En razón del artículo 5.4 del RD 775/2011, la UNED ha acordado la colaboración institucional prevista en dicho artículo con el Consejo General de la Abogacía Española. Según lo establecido en la cláusula VII del Convenio suscrito entre la UNED y el Consejo General de los Abogados de España, firmado el 9 de febrero de 2012, este último garantizará el cumplimiento de los requisitos del periodo de prácticas establecidos en dicho Reglamento para todos los estudiantes matriculados en el Máster.
El Consejo General de la Abogacía Española, junto con la UNED, representada a tal efecto por su Facultad de Derecho y sus Centros Asociados, establecerán contactos con despachos de abogados de la zona, así como con otras instituciones públicas y privadas.
En todo caso, se respetará la regulación pertinente, estableciéndose el número máximo de tres alumnos por tutor.
Los tutores elegidos deberán presentar a la Comisión Académica la programación de las actividades prácticas, el método de evaluación y la calificación de las prácticas a impartir y un informe por alumno acerca de la correcta realización de las mismas y de la calificación obtenida.
La Escuela de Práctica Jurídica de la Facultad de Derecho de la UNED velará por la efectiva realización, por la calidad de los lugares donde se realicen las prácticas, y llevará a cabo -al término de cada período de prácticas- un procedimiento de evaluación del resultado de las mismas, a partir de las memorias que redactarán y entregarán al Coordinador del Máster los tutores y los estudiantes.
Equipos de tutoría y designación del tutor de las prácticas externas
De acuerdo con el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Acceso, se designarán equipos de tutoría integrados por un máximo de cinco abogados o abogadas que hayan ejercido la profesión durante al menos cinco años. El abogado o abogada con mayor experiencia profesional será el director del equipo y coordinará las actividades de los estudiantes asignados al mismo que deban realizarse en lugares distintos de los despachos profesionales de los tutores que formen parte del equipo.
Las reclamaciones o sustituciones de tutores serán dirigidas a la Escuela de Práctica Jurídica, que resolverá sobre su procedencia previo informe del tutor y del equipo de tutoría del que forme parte.
La UNED considera imprescindible garantizar la calidad de todas las titulaciones oficiales que imparte y de los servicios que ofrece. Para ello, ha desplegado un Sistema de Garantía Interna de Calidad (SGIC), cuyo diseño ha sido certificado por la ANECA, que incluye el desarrollo de un conjunto de directrices mediante las cuales se asegura la calidad de sus enseñanzas, la mejora continua y una adecuada respuesta a la demanda de necesidades y expectativas de todos los grupos de interés.
El SGIC de la UNED contempla todos los procesos que desarrollan las facultades/escuelas y otros servicios universitarios, necesarios para asegurar el control y revisión de los objetivos de las titulaciones, los procesos de acceso y admisión de estudiantes, la planificación, seguimiento y evaluación de los resultados de la formación, la movilidad, orientación académica e inserción laboral, la adecuación del personal académico y de apoyo y los recursos materiales, entre otros.
Para la implantación del SGIC, la UNED ha creado:
- El Portal estadístico, que aporta información a toda la comunidad universitaria tanto de los resultados de la formación como de los resultados de la percepción obtenidos a través de los cuestionarios de satisfacción aplicados a los distintos grupos de interés.
- Un repositorio denominado Sistema de información para el seguimiento del título (SIT), que recoge todas las evidencias del funcionamiento del SGIC.
La Oficina de tratamiento de la información y la Oficina de Calidad proporcionan anualmente toda esta información a los responsables del título, con el objetivo de que reflexionen y establezcan acciones de mejora.
- Resultados de satisfacción y de la formación (Portal estadístico)
- Documentación del Sistema de información para el seguimiento del título (SIT)
- Sistema de Garantía Interna de Calidad de la UNED (SGIC)
Comisión coordinadora del título
El acuerdo aprobado en Consejo de Gobierno de 16 de diciembre de 2008 sobre "Actualización de los procedimientos de organización y gestión académica de los Másteres Universitarios oficiales y Doctorado de la UNED, para su adaptación en lo dispuesto en el RD. 1393/2007, establece que
"La Comisión de Coordinación de Título de Máster de Centro estará presidida por el/la Decano/a- Director/Directora del Centro (o persona en quien delegue). Formará parte de ella el Coordinador del Titulo y actuará como secretario/a de la misma el Secretario/a del Máster.
Asimismo, podrá formar parte de ella el responsable de calidad del Centro. Se deberán garantizar, por la composición y dinámica de funcionamiento de la Comisión, las condiciones para la participación tanto en los debates como en los momentos de decisión, de representantes de todos los estamentos que constituyen nuestra universidad (PDI, PAS, profesores tutores, en el caso que proceda, y estudiantes). En este sentido, deberán formar parte de la misma, como mínimo, un profesor o una profesora de cada Departamento que tenga docencia de materias obligatorias en el Título, un miembro del personal de administración y servicios vinculado a la gestión académica del Título y un representante de estudiantes. La Junta de Facultad regulará la composición de la Comisión, el procedimiento de elección y la duración de su mandato."