NO EXISTEN CAMBIOS
The subject guide has been updated with the changes mentioned here
Los estudios jurídicos relacionados con la cultura han conocido en la dos últimas décadas un notable desarrollo. Tradicionalmente, estos estudios tenían dos campos de manifestación, uno antiguo y consolidado, el del derecho de autor, y otro de desarrollo más reciente, pero también con arraigo, el del derecho del patrimonio histórico-artístico.
Sin embargo, en las últimas décadas se han producido cambios importantes.
Por un lado, asistimos a un enorme incremento de los estudios relativos al régimen jurídico de los sectores señalados y, muy particularmente, de los del patrimonio histórico artístico, escasos hace tres décadas, numerosísimos en la actualidad. Aparte, dichos estudios se han abierto a otros temas culturales no abordados o muy escasamente tratados antes, como el régimen jurídico de la cinematografía y del audiovisual, la administración cultural, la protección penal del derecho de autor y de los bienes culturales, los derechos internacional y comunitario de la cultura, las formas de intervención administrativa, el régimen de protección social y laboral especial de las profesiones artísticas, y el régimen fiscal de la cultura, entre otros. Estos nuevos estudios presentan también otro frente, principalmente en el derecho constitucional y en la filosofía político jurídica, que introduce a las ciencias jurídicas en el debate de los valores y aspiraciones sociales relativos a la cultura y que se concreta en nuevos temas y campos de análisis como los de los derechos culturales, el multiculturalismo y la ciudadanía, la diversidad cultural, la integración cultural en los Estados nacionales y en los ámbitos supranacionales.
Pero, aparte, el fenómeno anterior se ha visto acompañado de cambios cualitativos más profundos, cual es el nuevo enfoque doctrinal y metodológico que ha ido madurando en los últimos años en los análisis jurídicos de los asuntos culturales que, cada vez más, tienden a ser planteados desde una visión global e interrelacionada de las múltiples dimensiones que caracterizan a la cultura en las sociedades actuales.
Desarrollar este enfoque global, en lo que atañe al derecho, es la razón de ser de la especialidad Derecho de la cultura, que es el que adoptan las ya numerosas monografías publicadas en las dos últimas décadas. Para esta nueva especialidad, los estudios jurídicos sobre los asuntos culturales dejan de ser ámbitos cerrados que se ignoran entre sí y cultivados por las distintas áreas jurídicas por separado (derecho constitucional, administrativo, civil, tributario, penal, laboral…) y propone verlos antes bien como parte de un sistema jurídico global cuyo vértice se halla en el cada vez más extenso programa jurídico cultural que recogen las Constituciones de los últimos veinticinco años, así como los cada vez más numerosos instrumentos internacionales en la materia.
Este impulso y renovación metodológica del tratamiento de la cultura que se está dando en la ciencia jurídica no es un fenómeno aislado sino que ha de verse como parte de un proceso más amplio que afecta al conjunto de las ciencias sociales y de las humanidades. De una situación en la que la cultura durante mucho tiempo fue objeto de reflexión específica y metódica sólo para contadas disciplinas como la antropología, la filosofía de la cultura o la historia de las civilizaciones se ha pasado a nueva situación en la que el concepto de cultura aparece enclavado en una encrucijada de caminos, de disciplinas teóricas y aplicadas: la sociología, la economía, la teoría de la comunicación, la semiótica, la teoría e historia del arte, la educación, la ciencia política, la filosofía, el desarrollo y la cooperación.... La constatación de este fenómeno está en que, al igual que se habla de Derecho de la Cultura, muchos de esos campos especializados de estudio han conseguido asentar un nombre propio: Sociología de la Cultura, Economía de la Cultura, Comunicación y Cultura, Políticas culturales...
¿Qué papel representa el derecho en este proceso hacia la interdisciplinariedad?. Hasta ahora, la reflexión jurídica no ha sabido, o quizá no ha pretendido, hacerse un sitio en ese debate interdisciplinar. Pero lo cierto es que se perciben síntomas de cambio. Sobre todo por el reconocimiento creciente, que se hace desde fuera del derecho, acerca de la importancia decisiva de la dimensión jurídico política en asuntos como, por ejemplo, la preservación de la diversidad cultural o la protección de los derechos culturales. Por otra parte, entre los estudiosos juristas también se impone cada vez más la convicción sobre la singularidad de la cultura como materia jurídica, que aconseja un conocimiento amplio y preciso, por el jurista y el legislador, de los procesos culturales y de la realidad cultural en la que inciden. El hecho es que el derecho de la cultura difícilmente podrá afrontar con sentido de la realidad y solvencia los complejos problemas que subyacen a las regulaciones jurídicas si no se implica, de una vez, en dicho debate multidisciplinar y toma en cuenta las aportaciones de las demás ciencias sociales y humanísticas.
Haciéndose cargo de todas estas premisas, el Máster de Investigación en Derecho de la Cultura, en tanto campo nuevo de estudio e investigación, se plantea como objetivo principal aportar una visión plena e integrada e inserta en un diálogo interdisciplinar con las aportaciones de las ciencias sociales y las humanidades en relación con la cultura, de las diversas regulaciones que afectan a los procesos y materias culturales, lo que permitirá un mejor tratamiento y comprensión, en orden a ser un derecho garantizador de los valores y los derechos culturales, de las intervenciones jurídicas en una materia tan sensible como es la cultura.
Por todo ello, el Máster –junto con el doctorado a él asociado- pretenden ofrecerse como el espacio académico destinado a consolidar el vivero de especialistas y de investigadores sobre las materias relativas al Derecho de la Cultura y a afianzar los nexos y los vínculos de una comunidad científica cada vez más amplia, pero aún débilmente interconectada. En este contexto, resulta patente la importancia de impulsar la reflexión profunda, de calidad y exploradora de nuevos enfoques y horizontes característica de la actividad de investigación, desde esos presupuestos globales e interrelacionados que se han expuesto, sobre los complejos asuntos jurídicos que hoy atañen a la cultura, y resulta asimismo patente el beneficio que añade el que esa línea de especialización e investigación se impulse en el seno de un Máster de Investigación que conduce a un doctorado, el ámbito académico que, sin duda, marca de forma más profunda y duradera las vocaciones y especializaciones científicas.
Por último, deseamos señalar que el Máster de Investigación y el Doctorado asociado que se proponen parten del importante bagaje y experiencia del precedente Doctorado de Derecho de la Cultura que se viene impartiendo desde el año 2003 en la UNED y que, en el curso 2007-2008, se transformó en un doctorado conjunto de la UNED y la Universidad Carlos III de Madrid, habiendo disfrutado de la mención de Doctorado de calidad, en primer lugar, de la Comunidad de Madrid y, más tarde, del Ministerio de Educación y Ciencia y del Ministerio de Ciencia e Innovación. Dicho doctorado ha logrado afianzar un selecto grupo de investigación multidisciplinar y afirmar un programa de contenidos y líneas de trabajo que, con algunas mejoras, constituyen ahora la base sobre la que descansan el nuevo Máster de Investigación y el nuevo Doctorado de Derecho de la Cultura a la hora de emprender la adaptación de aquél a las nuevas exigencias del plan de Bolonia. Dicho bagaje y experiencia se amalgaman académicamente en torno al Instituto Interuniversitario para la Comunicación Cultural, centro de investigación conjunto de la UNED, la UC3M y la UIMP.
1. El Plan de estudios del Máster de Investigación en Derecho de la Cultura tiene como objetivo principal la alta formación de especialistas capacitados para abordar la aplicación de conocimientos y la investigación fundamental, desde una perspectiva global e integrada de las múltiples dimensiones jurídicas de la cultura (patrimonio cultural, museos, archivos y bibliotecas, constitucionalismo cultural, derechos culturales, régimen de la cinematografía y de las demás industrias culturales, propiedad intelectual, administración cultural, espectáculos, régimen contractual y de protección social de los artistas, protección penal de la cultura, instrumentos y declaraciones internacionales y Derecho comunitario de la cultura, régimen fiscal de la cultura...) en consonancia asimismo con las aportaciones relacionadas con dichas dimensiones provenientes de los demás campos de las ciencias sociales y de las humanidades (antropología, economía de la cultura, políticas culturales, teoría del arte, cooperación cultural, educación y cultura…).
2. Para el cumplimiento de dicho objetivo general, el Máster asume como propios los siguientes valores:
a) un enfoque humanista de la función de la cultura como factor de desarrollo de la persona y de bienestar e integración de los grupos y comunidades.
b) la promoción del respeto, el diálogo y la comunicación cultural entre los pueblos y los grupos humanos, desde una concepción amplia y armónica de los derechos culturales que inserte éstos dentro de los derechos fundamentales, como condición de la diversidad cultural y de la convivencia entre las comunidades culturales
y c) el desarrollo de cauces jurídicos para la integración cultural en su propio territorio y en los principales espacios culturales de los que España es parte, especialmente, en Iberoamérica y Europa.
3. Objetivo básico del Máster es la preparación en la metodología y en las técnicas de investigación científica que permita, al final del mismo, a los alumnos que lo cursen disponer de las capacidades necesarias para realizar o emprender por sí mismos trabajos de investigación con rigor científico y, especialmente, la elaboración de la tesis doctoral.
4. El Plan de estudios del Máster persigue asimismo la proyección internacional de sus estudios y de sus objetivos y, en particular, la generación de una comunidad científica e investigadora iberoamericana y europea. A tal fin, el Máster tiene en sus objetivos una presencia destacada, entre sus estudiantes, de nacionales de dichas áreas geográficas, así como de profesores e investigadores invitados en las actividades de ampliación de estudios provenientes de dichos países. Para ello, el IICC cuenta con la sinergia y colaboración de diversas Universidades y de programas iberoamericanos como la Cátedra Andrés Bello de Derechos Culturales, encontrándose en proceso de constitución de la Red de posgrado de Derecho de la Cultura, dentro del programa de Posgrados de excelencia promovida por el Centro de Altos Estudios Universitarios (CAEU) de la OEI.
5. El Plan de Estudios del Máster responde asimismo a la intención de ser un foro académico abierto, en el que los alumnos deben ser partícipes activos, para el encuentro y debate de especialistas y estudiosos principalmente españoles, europeos e iberoamericanos, en relación con los campos temáticos de su plan de estudios. A tal fin – a través del Módulo de Ampliación de Estudios y de la sinergia con otras actividades complementarias de extensión universitaria que regularmente realiza el IICC- se ofertarán cursos, seminarios y encuentros interdisciplinares relacionados con los temas del Máster.
La superación del Máster capacitará para el ejercicio solvente de la actividad investigadora así como para el de las actividades profesionales que exigen la aplicación de conocimientos especializados en Derecho de la Cultura: abogados, funcionarios, responsables y técnicos de políticas culturales, gestores culturales públicos y privados…
Los criterios de acceso que la Comisión académica del Máster aplicará en el proceso de selección son los siguientes:
1. Expediente académico
2. Coherencia y continuidad entre la formación previa del alumno y el contenido del Máster
3. Experiencia profesional específica y relacionada con las materias del programa, experiencia investigadora y publicaciones
4. Conocimiento de idiomas
5. Entrevista personal, en el caso de considerarse necesario
Información (+)
a. El perfil más adecuado para realizar el Máster es el de licenciado o graduado en las ciencias jurídicas. Sin embargo, dada la orientación interdisciplinar que preside el Máster, también podrán ingresar, cuando de su currícula se desprenda la aptitud para el seguimiento de los contenidos del Módulo jurídico, otros licenciados o graduados, entre los que son de señalar orientativamente los de economía, ciencia política, sociología, educación, historia del arte y antropología.
b. Asimismo, y con los exclusivos efectos que fija el art. 16.2 del RD 1393/2007, podrán acceder los titulados de licenciaturas o grados señalados en el punto anterior y que hubieren obtenido el título en otros sistemas educativos del EEES, sin necesidad de homologación de sus títulos. En dicho supuesto, será necesaria la previa comprobación por la Universidad de admisión de que el título aportado acredita un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado.
c. El Máster no tiene previstos cursos de adaptación o nivelación, por lo que el acceso del alumno, una vez evaluado y aceptado, es directo.
El número máximo de plazas de nuevo ingreso ofertadas será de 30. El Máster tendrá carácter bienal (la convocatoria para admitir alumnos nuevos de primer curso se abrirá cada dos años).
Dado su carácter de Máster de enseñanza a distancia, la actividad docente y de aprendizaje de los alumnos se organizará en fases o periodos virtuales y presenciales del siguiente modo:
- Primera Fase, a distancia (desde el comienzo del curso hasta el mes de febrero/marzo). En dicha fase los alumnos tendrán que realizar las actividades y lecturas recomendadas y evaluaciones de los cursos en que estén matriculados y se relacionarán con los profesores por correo electrónico, teléfono u otros medios.
- Segunda fase, presencial (finales de febrero a principios de abril; se determinaran las fechas precisas al comienzo del curso). Tendrá lugar en Madrid, en las sedes de las universidades participantes en el Máster, y en ella los alumnos deberán asistir a las clases y seminarios impartidos por los profesores responsables de los cursos y desarrollar las actividades que éstos les propongan.
- Tercera fase, a distancia (de abril al final del curso). El alumno completará las lecturas y las actividades propuestas por los profesores responsables de los cursos, con el fin de completar su trabajo y obtener la evaluación final.
- Cuarta Fase, a distancia (se iniciará con el comienzo del segundo año académico). En ella el alumno deberá cursar el módulo de metodología y, a continuación, emprender el proyecto de investigación de fin de máster que comprende un total de 24 ECTS.
Distribución del plan de estudios en créditos ECTS.
CREDITOS A REALIZAR POR EL ESTUDIANTE:
TIPO DE MATERIA | CRÉDITOS |
Obligatorias | 42 |
Optativas | 24 |
Trabajo fin de Máster | 24 |
CRÉDITOS TOTALES QUE DEBE CURSAR EL ESTUDIANTE | 90 |
CREDITOS TOTALES OFERTADOS AL ESTUDIANTE:
TIPO DE MATERIA | CRÉDITOS |
Obligatorias | 42 |
Optativas | 102 |
Trabajo Fin de Máster | 24 |
CRÉDITOS TOTALES OFERTADOS | 168 |
El Máster Interuniversitario de Investigación en Derecho de la Cultura oferta en total 168 ECTS. El alumno deberá matricularse y cursar 90 ECTS, que se distribuyen de la siguiente forma:
1. En el primer año del Máster, un total de: 60 ECTS, de los cuales:
Créditos Obligatorios: 36 ECTS, distribuidos así:
· Módulo Jurídico: 18 ECTS (la asignatura obligatoria Principios y fundamentos conceptuales y metodológicos del derecho de la cultura y otras dos asignaturas de las tres restantes obligatorias que se ofertan en el Módulo)
· Módulo Ciencias Sociales y Humanidades: 6 ECTS (asignatura obligatoria del Módulo)
· Módulo de Ampliación de Estudios: 12 ECTS
Créditos Optativos: 24 ECTS, distribuidos así:
· Módulo Jurídico: 12 ECTS (dos asignaturas optativas)
· Módulo Ciencias Sociales y Humanidades: 12 ECTS (dos asignaturas optativas)
2. En el segundo año del Máster, un total de: 30 ECTS obligatorios, así:
· Módulo Metodológico: 6 ECTS
· Módulo Trabajo Fin de Máster: 24 ECTS
Para la realización del Módulo Trabajo Fin de Máster es requisito indispensable que previamente el alumno supere los 66 ECTS indicados.
La Ley Orgánica de Modificación de la Ley Orgánica de Universidades (LOMLOU) y los decretos que la desarrollan, establecen que todos los títulos oficiales de todas las universidades han de someterse a un proceso de verificación-acreditación por parte de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) o los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, según el caso, tanto en el momento de presentar la propuesta de desarrollo de cada título (solicitud de verificación), como una vez que ha sido completamente implantado (solicitud de renovación de la acreditación).
El proceso de verificación comienza con la elaboración de la memoria del título por la Universidad. El Consejo de Universidades (CU) recibe la memoria para su verificación y comprueba que la propuesta se ajusta a los protocolos establecidos, después la remite a la ANECA para su evaluación.
La Agencia elabora un informe final de evaluación que será favorable o desfavorable y lo remite al Consejo de Universidades. El Consejo de Universidades dicta la resolución de verificación que será positiva, si se cumplen las condiciones establecidas o negativa, en caso contrario. La resolución de verificación se comunicará al Ministerio de Educación y a la Universidad correspondiente.
El Ministerio elevará al Gobierno la propuesta de carácter oficial del título y su inclusión en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT), cuya aprobación será publicada en el Boletín Oficial del Estado. Finalmente, la Universidad publicará el plan de estudios en el Boletín Oficial del Estado.
La ANECA cada dos años elabora un informe de seguimiento del título que proporciona una valoración externa sobre cómo se está realizando su implantación.
El Máster no tiene prevista la realización de prácticas
La UNED considera imprescindible garantizar la calidad de todas las titulaciones oficiales que imparte y de los servicios que ofrece. Para ello, ha desplegado un Sistema de Garantía Interna de Calidad (SGIC), cuyo diseño ha sido certificado por la ANECA, que incluye el desarrollo de un conjunto de directrices mediante las cuales se asegura la calidad de sus enseñanzas, la mejora continua y una adecuada respuesta a la demanda de necesidades y expectativas de todos los grupos de interés.
El SGIC de la UNED contempla todos los procesos que desarrollan las facultades/escuelas y otros servicios universitarios, necesarios para asegurar el control y revisión de los objetivos de las titulaciones, los procesos de acceso y admisión de estudiantes, la planificación, seguimiento y evaluación de los resultados de la formación, la movilidad, orientación académica e inserción laboral, la adecuación del personal académico y de apoyo y los recursos materiales, entre otros.
Para la implantación del SGIC, la UNED ha creado:
- El Portal estadístico, que aporta información a toda la comunidad universitaria tanto de los resultados de la formación como de los resultados de la percepción obtenidos a través de los cuestionarios de satisfacción aplicados a los distintos grupos de interés.
- Un repositorio denominado Sistema de información para el seguimiento del título (SIT), que recoge todas las evidencias del funcionamiento del SGIC.
La Oficina de tratamiento de la información y la Oficina de Calidad proporcionan anualmente toda esta información a los responsables del título, con el objetivo de que reflexionen y establezcan acciones de mejora.
Comisión coordinadora del título
La Comisión Coordinadora del Título está compuesta por:
- La Coordinadora del Máster.
- La Secretaria Académica del Máster.
- Los Catedráticos Prof. Dr. D. Honorio Velasco Maillo y Prof. Dr. D. Marcos Vaquer Caballería.
- Como miembros del PAS: Dª Cristina Álvarez Sánchez y D. Miguel Ángel Calleja Cieza.
- Dª Samanta Vargas Pirela.
- Ilma. Sra. Decana de la Facultad de Derecho.
- 2 Representantes de alumnos.
La Subcomisión estará compuesta por:
- La Coordinadora del Máster.
- El Prof. Dr. D. Honorio Velasco Maíllo.
- La Secretaria Administrativa del Máster.
- Dª Samanta Vargas Pirela.
La Comisión se reunirá para tratar cuestiones extraordinarias que afecten de manera esencial a la estructura del Máster.
La Subcomisión se reunirá para tratar cuestiones relativas al funcionamiento ordinario del Máster (admisiones, clases, conferencias, etc.).