Según los Estatutos de la UNED, en su artículo 102, "El Secretario General dirige la Secretaría General de la Universidad bajo la dependencia del Rector y es el responsable de la fe pública universitaria, así como de los registros y archivos de la Universidad".
Corresponden al Secretario General las siguientes competencias, señaladas en el artículo 104 del texto estatutario:
- Asistir al Rector en las tareas de organización y funcionamiento de la Universidad.
- Redactar y custodiar las actas de las sesiones del Claustro Universitario y del Consejo de Gobierno, así como expedir certificaciones de sus acuerdos.
- Velar por el cumplimiento de los acuerdos y resoluciones del Claustro Universitario, del Consejo de Gobierno y del Rector, y garantizar su publicidad cuando corresponda.
- Dirigir el Registro General, custodiar el Archivo General y el Sello de la Universidad y expedir las certificaciones que correspondan.
- Mantener a disposición de los miembros de la comunidad universitaria un archivo actualizado de la normativa legal que afecte a la Universidad.
- Cualquier otra competencia que le sea delegada por el Rector o conferida en los presentes Estatutos y en las normas dictadas para su desarrollo.