Universidad Nacional de Educación a Distancia

Acceso a la portada del web UNED

Normativa de las Prácticas

   

Normativa de las Practicas

Convenios de cooperación educativa para la realización de las prácticas

Según establece el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio DE 2014, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios, para que un estudiante pueda realizar prácticas en empresas es necesaria la firma previa de un convenio de cooperación educativa, y un anexo al mismo, entre la entidad colaboradora y la universidad.

La universidad dará prioridad a los estudiantes que solicitan prácticas curriculares frente a los que solicitan prácticas extracurriculares, y también dará prioridad en la elección y en la adjudicación de prácticas a los estudiantes con discapacidad, con objeto de que puedan optar a empresas en las que estén aseguradas las medidas de acceso universal, incluidas las referidas al transporte para su traslado y acceso a las mismas. 

En el caso de las enseñanzas de Grado, la organización de las Prácticas está regida además por los criterios establecidos en las Directrices para la organización de las prácticas profesionales en los títulos de Grado y de Máster (aprobado en Consejo de Gobierno de 28 de abril de 2010). 

NORMATIVA

DOCUMENTACIÓN

A continuación se encuentra disponible el modelo de convenio de cooperación educativa para la realización de prácticas curriculares, ajustado a normativa y aprobado por Consejo de Gobierno. Debe utilizarse tal y como está redactado. No se puede modificar ninguna cláusula, ni suprimir ni añadir información, sin un consentimiento previo expreso de la Oficina de Prácticas/Vicerrectorado de Coordinación Académica y Calidad.

En el caso de que la entidad con la que se firma el convenio requiera otro modelo de convenio o solicite introducir alguna modificación, deberá remitirse la solicitud a la Oficina de Prácticas/Vicerrectorado de Coordinación Académica y Calidad, que valorará la pertinencia del mismo, y si los cambios plantean la necesidad de informe jurídico y posterior aprobación específica de Consejo de Gobierno.

Proyecto Formativo

E​l proyecto formativo de las prácticas curriculares lo diseña el equipo docente de la asignatura, en colaboración con el tutor de la entidad, y el profesor tutor del centro asociado, si está contemplada esta figura en las prácticas de la titulación. El horario, actividades a realizar y demás condiciones que se consideren necesarias para la realización de las prácticas externas serán fijadas de común acuerdo por los representantes de la entidad y la UNED en el anexo que se firme para cada práctica. Se contemplarán los siguientes elementos:​

  • Ámbito en el que se desarrollan las prácticas.
  • Horas de estancia del estudiante.
  • Competencias que va a desarrollar.​
  • Plan de actividades previsto para el desarrollo de dichas competencias.​

Todos estos datos quedarán reflejados en el Anexo al Convenio.

Instrucciones para cumplimentar el Proyecto Formativo

A continuación se encuentra disponible la documentación, elaborada por los equipo docentes, con las instrucciones necesarias para cumplimentar el Proyecto Formativo de las prácticas curriculares:

Otros Anexos

A continuación se encuentra disponible el modelo de convenio de cooperación educativa y sus anexos, para la realización de prácticas extracurriculares, ajustado a normativa y aprobado por Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de octubre de 2019.

En el caso de que la entidad con la que se firma el convenio requiera otro modelo de convenio o solicite introducir alguna modificación, deberá remitirse la solicitud a la Oficina de Prácticas/Vicerrectorado de Coordinación Académica y Calidad, que valorará la pertinencia del mismo, y si los cambios plantean la necesidad de informe jurídico y posterior aprobación específica de Consejo de Gobierno.

Seguro de accidentes y responsabilidad civil

La Universidad tiene suscrita una póliza de seguro de accidentes para los estudiantes mayores de 28 años que vayan a realizar prácticas profesionales en instituciones o empresas puesto que, en caso de accidente, no quedan cubiertos por el seguro escolar. Asimismo se ha suscrito una póliza de responsabilidad civil para todos los estudiantes que vayan a realizar las prácticas profesionales en instituciones y empresas

Compañía de Seguros: MAPFRE.

Todos los Centros Asociados reciben una copia de las condiciones particulares de la póliza, cobertura y teléfonos de contacto en caso de incidencia.

El tutor de prácticas de la entidad colaboradora es el profesional con el que el estudiante llevará a cabo las actividades que realice en la entidad colaboradora. Deberá estar desempeñando funciones relacionadas con el perfil profesional de la titulación del alumno en prácticas y será propuesto por el centro colaborador en el que presta sus servicios. Esta colaboración no constituirá ningún vínculo laboral ni contractual con la UNED.

De acuerdo con el Real Decreto-ley 21/2020, el estudiante no podrá realizar las tareas formativas presenciales si tiene síntomas compatibles con COVID-19, o se le ha diagnosticado la enfermedad y no ha finalizado el periodo de aislamiento requerido por las autoridades sanitarias o se encuentra en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19.

Protocolo COVID-19

Cada estudiante, junto con su plan formativo de prácticas, va a recibir el denominado Protocolo COVID-19 para las Prácticas Profesionales presenciales, establecido por la universidad al amparo del Real Decreto 592/2014 que regula las prácticas externas así como lo dispuesto en el Real Decreto-ley 21/2020 de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. 

Dicho protocolo, que se firmará por el estudiante y por el tutor de prácticas de la entidad colaboradora antes de su incorporación a las prácticas presenciales, rige las medidas generales, de carácter obligatorio, que exige la universidad para el desarrollo de las prácticas presenciales en la entidad colaboradora bajo la situación actual de crisis sanitaria. El procotolo es único y se aplica a todas las titulaciones. 

Contenido del Protocolo COVID-19

En este documento la entidad colaboradora declara que:

  • que cumple la normativa de prevención de riesgos laborales y que ha adoptado las medidas oportunas para hacer frente a los riesgos derivados de la COVID-19, incluyendo estas medidas al estudiante que realiza prácticas. 
  • que informará al estudiante, con carácter previo a su incorporación a las tareas presenciales, sobre los riesgos inherentes a la actividad y las medidas de protección que deben adoptarse, con especial atención a las indicaciones y recomendaciones de las autoridades sanitarias relacionadas con la COVID-19,
  • que informará al estudiante, con carácter previo a su incorporación a las tareas presenciales, del material y medidas de protección personal individual que resultan necesarios para minimizar el riesgo de contagio del COVID-19 durante su estancia en la entidad. 

En este documento el estudiante declara que:

  • Está informado que deberá comunicar de forma inmediata al tutor de prácticas de la entidad y al tutor académico de la universidad si tiene síntomas compatibles con COVID-19, si le han diagnosticado la enfermedad y no finalizado el periodo de aislamiento requerido por las autoridades sanitarias o si se encuentra en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto estrecho con alguna persona con síntomas o diagnosticada de COVID-19, y que es conocedor que en ninguno de estos casos podrá realizar las tareas formativas presenciales.
  • Se mantendrá informado sobre los riesgos inherentes al desarrollo de su formación práctica en la entidad colaboradora y las medidas de protección que deben adoptarse, con especial atención a las indicaciones y recomendaciones de las autoridades sanitarias relacionadas con la COVID-19. 
  • Se mantendrá informado del material y medidas de protección personal individual necesario para minimizar el riesgo de contagio del COVID-19 durante su estancia en la entidad colaboradora, y que si la entidad no le facilitara dicho material lo adquirirá con carácter previo a su incorporación a las prácticas.

El Reglamento Europeo General de Protección de Datos (en adelante, RGPD), de 2016, aplicable a partir del 25 de mayo de 2018, es una norma de aplicación directa en toda la Unión Europea, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. El RGPD introduce novedades y obligaciones, a la actual Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) y al Reglamento RD-1720/2007, que la desarrolla, produciendo una serie de cambios, a los cuales es necesario adaptar los actuales tratamientos.

En virtud del principio de transparencia (art.12 del RGPD) el responsable del tratamiento tiene la obligación de informar a los interesados acerca de las circunstancias y condiciones del tratamiento de datos a efectuar (art. 13 y 14 del RGPD)

MODELOS DE CLÁUSULAS INFORMATIVAS

Volver a la página de inicio: Presentación de la Oficina de Prácticas