Expedición Título
EXPEDICIÓN DEL TÍTULO DE MÁSTER
La forma de iniciación del proceso es a petición del estudiante interesado, estando el plazo abierto permanentemente.
El Formulario de la solicitud se cumplimenta dentro de la Secretaría Virtual (online) cuyo acceso es mediante el identificador y contraseña en CAMPUS UNED.
Una vez que el estudiante haya presentado y pagado el precio de expedición.
- La unidad tramitadora realiza actos de instrucción (comprobación del pago, formación del expediente, requerimientos, etc.)
- La unidad tramitadora comunica al estudiante el envío del expediente a la sección de títulos oficiales y le envía certificación del pago realizado.
- Transcurrido el plazo necesario para su expedición (aproximadamente un año), el estudiante puede recoger el título en la Sección de Títulos Oficiales.
La forma de iniciación del proceso es a petición del estudiante interesado, estando el plazo abierto permanentemente.
El Formulario de la solicitud se cumplimenta dentro de la Secretaría Virtual (online) cuyo acceso es mediante el identificador y contraseña en CAMPUS UNED.
CONTACTO:
Unidad responsable de la tramitación.
Negociado de Posgrado de la E.T.S.I.I.:
informatica.posgradosoficiales@adm.uned.es
Unidad responsable de la expedición del título
Sección de Títulos Oficiales:
titulosoficiales@adm.uned.es
- El Suplemento Europeo al Título es el documento que acompaña a cada uno de los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, con la información unificada, personalizada para cada titulado universitario, sobre los estudios cursados, los resultados obtenidos, las capacidades profesionales adquiridas y el nivel de su titulación en el sistema nacional de educación superior.
- La expedición del Suplemento Europeo al Título se hace junto con el título de Grado o Máster, sin coste adicional
Según establecen el artículo 14 del Real Decreto 1002/2010 y la disposición final tercera del Real Decreto 22/2015, el estudiante puede solicitar la expedición de una certificación supletoria provisional que sustituirá al título y gozará de idéntico valor a efectos del ejercicio de los derechos a él inherentes. Dicha certificación incluirá los datos esenciales que deben figurar en el título correspondiente, el número de registro nacional de titulados universitarios oficiales y será firmada por el Rector. Tendrá una validez de un año desde la fecha de su emisión. Dicho plazo de validez deberá constar en la propia certificación supletoria provisional. Su precio de expedición está regulado en la Orden Ministerial por la que se fijan los precios públicos en la UNED para el curso académico.
Formulario de Solicitud de certificación supletoria:
NO FUNCIONA EL ENLACE