Maquinaria
MAQUINARIA, INSTALACIONES Y UTILLAJE
RESOLUCIÓN DEL GERENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACIÓN A DISTANCIA DE 17 DE ABRIL 2O18 POR LA QUE SE APRUEBAN LAS NORMAS DE PROCEDIMIENTO PRESUPUESTARIO GENERAL Y LOS MODELOS
Comisión de Gestión de Inversiones
Es obligatoria la autorización previa de la CGI, cualquiera que sea el origen de los fondos de financiación, con la excepción de las adquisiciones que se realicen con cargo a fondos de proyectos de investigación, que en todo caso deberán estar sujetas a las disposicionesde la ley 9/ 2017, de 8 de noviembre, de contratos del Sector Público.
Primero: Las solicitudes para realizar gastos de inversión en maquinaria, mobiliario y equipos informáticos (hardware) requerirán de la aprobación previa de la Comisión de Gestión de Inversiones.
Segundo: Las peticiones serán remitdas por email al departamento de Servicios Generales y Contratación, en su calidad de Asesor Técnico de la Comisión, según el modelo 24 y deberán ir acompañadas de la certificación de reserva de crédito, firmada por el responsable administrativo del centro de gasto, excepto para el caso de financiación por el fondo de contingencia, en cuyo caso deberá adjuntarse la autorización correspondiente.
Tercero: La Comisión se reunirá regularmente, cuando el número de solicitudes así lo exija, las estudiará y resolverá autorizar o denegar las peticiones.
Cuarto: Por lo que respecta a las compras de equipos informáticos, se deberán adquirir entre los ofertados en Plataforma de Contratación centralizada. Si se solicita un equipo no homologado deberán justificarse adecuadamente las razones de su adquisición. En estos casos, una vez que la compra haya sido aprobada por la CGI, se realizará periódicamente una licitación por el CTU, para su adquisición en régimen de concurrencia competitiva.
Quinto: En el caso de Proyectos de Investigación, no es necesaria la autorización de la CGI.
Sexto: En el caso de compras de mobiliario, deberá remitirse a la CGI, además, el formulario“solicitud de mobiliario” debidamente aprobado y firmado, que está disponible en la web de la Universidad/Gerencia/Infraestructuras/Mantenimiento e Instalaciones
- Si el material es homologado: se rellena el "Modelo de petición de material inventariable homologado y se remite a la Administración de la Escuela para la correspondiente retención de crédito y tramitación a la Sección de Compras
- Si el material no es homologado: se rellena la "Solicitud de autorización de excepción" y se remite a la Administdración de la Escuela para la correspondiente retención de crédito y tramitación a la Sección de Compras
Inversión en edificios y otras construcciones, maquinaria, instalaciones, utillaje y en mobiliario y enseres
Se consideran inversiones los gastos realizados directamente por la Universidad,destinados a la creación o adquisición de bienes de capital, y los destinados a laadquisición de bienes de naturaleza inventariable necesarios para el funcionamiento operativo de los servicios. Se integran en este capítulo todos los elementos patrimoniales tangibles, muebles e inmuebles que se utilizan en la actividad permanente de la Universidad que, por lo general, tienen una vida útil predeterminada superior al ejercicio económico. Se incluyen así mismo las mejoras considerándose mejoras de bienes muebles las adquisiciones u operaciones que se incorporan a bienes ya inventariados y que suponen un aumento de la capacidad productiva o alargamiento de la vida útil del bien. Incluye también aquellos gastos de naturaleza inmaterial, esto es, los elementos patrimoniales intangibles susceptibles de valoración económica, que tengan carácter amortizable. Un gasto se considerará amortizable si contribuye al mantenimiento de la actividad del sujeto que lo realiza en ejercicios futuros.
La maquinaria, mobiliario y enseres tendrán la consideración de inventariables si reúnen los siguientes requisitos:
- Los que tengan una duración previsiblemente superior al ejercicio presupuestario.
- Los que no se destruyan cuando se utilicen de acuerdo con su función y destino, es decir, no sean consumibles.
- Sin embargo, aunque reúnan las condiciones anteriores, NO serán inventariables los bienes cuyo valor unitario no supere la cuantía de 300 € en maquinaria, instalaciones, utillaje, mobiliario y equipamiento de oficina.
La necesidad de realización de la obra, en el caso de que no la plantee la Oficina Técnicade Obras y Mantenimiento (OTOM) deberá reflejarse en la ficha “Solicitud demodificación de locales” disponible en la web de la Universidad / Gerencia /Infraestructuras/Mantenimiento e Instalaciones. Una vez aprobada su ejecución y redactado elcorrespondiente proyecto de obras, su tramitación corresponde al Servicio de Apoyo a laOTOM.
Para la gestión de estos gastos se utilizará el modelo 23
Documentación
- Propuesta del Gasto: firmada por el Director del Centro de Gasto con cargo a su presupuesto descentralizado
- Autorización del Gasto: es firmada, por delegación del Rector, por el Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado o por el Vicerrectorado de Calidad e Internacionalización si se trata de fondos TAR.
- Acta de recepción del bien adquirido junto con la etiqueta de inventario
- Factura original:
- CIF de la Empresa. En caso de facturas emitidas fuera de España, deberá constar el VAT o Número Identificativo correspondiente
- Fecha de emisión y Número de factura
- Emitida a nombre de Universiad Nacional de Educción a Distancia
- C.I.F.: Q2818016D
- Tipo de IVA
- Importe IVA
- Importe total