Magistratura, fiscalía y abogacía analizan con visión práctica la responsabilidad penal de la persona jurídica en el proceso penal.
Consenso en la jornada organizada por la UNED el pasado 29 de octubre sobre la importancia de la colaboración público-privada para un tratamiento efectivo de la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
La UNED celebró el 29 de octubre, en el marco del ciclo de jornadas de análisis de los desafíos de la responsabilidad penal de las personas jurídicas organizada por los profesores Alfredo Liñán Lafuente y Jordi Gimeno Beviá, una sesión bajo el título “La responsabilidad penal de las personas jurídicas y el compliance en la práctica: una mirada a la fiscalía, abogacía y a los tribunales”
La sesión congregó a representantes de máximo nivel de la Fiscalía, la Magistratura y la Abogacía: Alejandro Luzón, Fiscal Jefe de Sala de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, José María Ayala de la Torre, Abogado del Estado en excedencia y socio Director Ayala de la Torre Abogados, Julián Sánchez Melgar, Magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo y Joaquín Delgado, Magistrado de Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que debatieron para identificar vías de mejora en el tratamiento penal de la persona jurídica.
En la primera Mesa de la sesión que versó sobre la “Responsabilidad penal de la persona jurídica y compliance desde la Fiscalía y la Abogacía” se destacó la importancia de la colaboración empresarial con la Fiscalía y los Tribunales en la investigación penal. Una colaboración que adquiere especial importancia en el caso de la denuncia y el traslado de las evidencias halladas en el seno de la organización lo que puede permitir una valoración temprana y motivada de la existencia de un sistema de cumplimiento eficaz y el desarrollo ágil y previsible de las investigaciones cuando la prueba aportada por la empresa acredite razonablemente la ausencia de defecto organizativo y la cultura de cumplimiento.
Se subrayó que esta colaboración de la compañía puede ser valorada muy favorablemente y puede constituir una razón de exoneración de responsabilidad penal a la empresa, de conformidad con lo expuesto en la Circular de la Fiscalía General del Estado 1/2016.
En relación a los grupos de sociedades, se señaló que la imputación de la sociedad holding por hechos delictivos cometidos en una filial requiere la colaboración en el delito por parte de la matriz, ya que ello es una exigencia indudable de la culpabilidad que se exige para condenar penalmente a la persona física y a la persona jurídica.
José María Ayala de la Torre señaló que en la práctica, muchas imputaciones penales contra personas jurídicas se producen de forma automática, incluso en casos donde existen sistemas de cumplimiento robustos, lo que genera inseguridad jurídica para las empresas y desalienta la inversión preventiva.
Subrayó también la importancia de la reducción de los tiempos de instrucción, que acarrean un incalculable impacto reputacional; del fomento de criterios comunes para todos los operadores que permitan apreciar cuándo un sistema de cumplimiento puede considerarse eficaz; de contar con mecanismos de resolución anticipada en casos de colaboración efectiva y con sistemas de auditorías públicas e independientes que permitan dotar al proceso penal de un mecanismo probatorio adicional que facilite la valoración judicial sobre la suficiencia y eficacia de los modelos de cumplimiento.
En la segunda Mesa, bajo el título “Responsabilidad penal de la persona jurídica y compliance en los tribunales”, se valoró igualmente la importancia de una pronta reacción empresarial ante el delito, así como el establecimiento de vías de diálogo y colaboración público-privada.
Asimismo, se destacó la importancia de promover instrumentos interpretativos por parte de organismos de derecho público que establezcan criterios operativos y estándares verificables para orientar la actuación de empresas que coadyuven a la agilización de las investigaciones y a una mayor seguridad jurídica en la fase de instrucción.
La jornada sirvió para reforzar el diálogo que debe existir entre la judicatura, la fiscalía, la abogacía, las empresas y la academia, como un medio idóneo para mejorar el sistema de responsabilidad penal de las personas jurídicas en España y para avanzar en la construcción de estándares compartidos y reforzar el valor probatorio de los sistemas de cumplimiento y las actuaciones internas.

