VICERRECTORADO DE RELACIONES INTERNACIONALES

8.- Información recibida en este Vicerrectorado

* Unidad Técnica de Desarrollo Internacional (UTEDI)


* ABIERTA LA CONVOCATORIA DEL PROGRAMA DE INCORPORACION DE DOCTORES ESPAÑOLES A UNIVERSIDADES MEXICANAS. AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACION INTERNACIONAL (AECI)/ ANUIES.

Objetivo: Fortalecer las relaciones de cooperación entre las universidades mexicanas y españolas a partir de la incorporación de doctores españoles de manera temporal a plazas de profesor y/o investigador en universidades mexicanas con estancias de uno a dos años.

Requisitos: Tener nacionalidad española y no radicar en territorio mexicano; poseer grado de doctor/ a en el área académica de la plaza que solicitan; poseer aptitud psico-física y no padecer enfermedades infecto-contagiosas ni tropicales, incompatibles con el normal desempeño de las funciones; tener disponibilidad para la incorporación a la institución mexicana en la fecha que se señale en la plaza solicitada; presentar la solicitud ante AECI-España

Información completa y bases de la convocatoria en: www.anuies.mx, y www.aeci.org.mx.

E-mail: otcmex@aeci.org.mx - adleon@anuies.mx - gmorones@anuies.mx

* ABIERTA LA CONVOCATORIA FULBRIGHT / AMERICAN POLITICAL SCIENCE ASSOCIATION (APSA) CONGRESSIONAL FELLOWSHIP PROGRAM. CURSO 2006-2007.

Objetivo: Ofrecer a profesores universitarios y profesionales la oportunidad de trabajar en una oficina del Congreso de Estados Unidos durante un periodo de seis a nueve meses, para así observar desde dentro el funcionamiento de dicha institución.

Campos prioritarios: Periodismo y Comunicación; Derecho; Ciencias, Políticas; Administración Pública; Sociología.

Duración: De finales de agosto de 2.006 a finales de agosto de 2.007.

Dotación: Estipendio de 38.000 US$; viaje de ida y vuelta; seguro de enfermedad y accidente.

Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 28 de febrero de 2006.

Información completa y solicitudes: www.fulbright.es/book/view/222

E-mail: adviser@comision-fulbright.org. Tfnos.: 91-702-7000 ó 91-319-1126

Fax: 91-308-5704 ó 91-702-2185

Más información en:

Aurora Gonzálvez Almagro

Unidad Técnica de Desarrollo Internacional (UTEDI)

Vicerrectorado de Relaciones Internacionales

Tel. +34 913986510

Fax. +34 913986587

E-mail: agonzalvez@pas.uned.es

GERENCIA

9.- Resolución de creación de la Unidad Técnica de Desarrollo y Planificación

* Dpto. de Recursos Humanos


Con intención de conseguir un mayor grado de eficacia en la gestión de los servicios administrativos de la Universidad y en cumplimiento de sus compromisos electorales, este Rectorado resuelve crear la UNIDAD TÉCNICA DE DESARROLLO Y PLANIFICACIÓN.

Esta Unidad, que tendrá carácter temporal, estará adscrita funcionalmente al Vicerrectorado de Planificación y Asuntos Económicos.

Los objetivos de esta unidad serán apoyar al Vicerrectorado de Planificación y Asuntos Económicos en el seguimiento del contrato programa y, más específicamente, servir de apoyo en el proceso de evaluación de la estructura administrativa de la Universidad, así como de la organización de sus recursos humanos de Personal de Administración y Servicios, de forma que se optimice el ajuste de la organización de los servicios y funciones que deben desempeñarse y se dimensionen adecuadamente las unidades administrativas. Para esto último contará con el apoyo técnico del Ministerio de Administraciones Públicas, Gerencia y Recursos Humanos, quienes marcarán las directrices. La Unidad Técnica de Desarrollo y Planificación tendrá a su cargo la coordinación y seguimiento de las propuestas derivadas de esas directrices y organizará el desarrollo de los distintos estudios a través de Comisiones Técnicas que se determinarán para cada caso, con la máxima participación del personal implicado.

La Unidad Técnica de Desarrollo y Planificación estará compuesta por los siguientes puestos: al frente de la misma una persona como Coordinador de desarrollo y planificación; un puesto de carácter administrativo; hasta dos puestos base, según necesidades; y contará, en función de los aspectos que se aborden, con el asesoramiento de Jefes de Sección.

Dada la temporalidad y excepcionalidad del trabajo que se va a desarrollar se estima innecesaria la inclusión de esta Unidad en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT). Estos puestos de trabajo se cubrirán en atribución temporal de funciones, según art. 66 del RD 364/1995 de 10 de marzo.

Madrid, 31 de enero de 2006. EL RECTOR, Juan Gimeno Ullastres

10.- Resolución de 1 de febrero de 2006, de la UNED convocando concurso de traslado y promoción interna para acceder a tres plazas vacantes en la plantilla de personal laboral

* Sección de Personal Administración y Servicios


Con el fin de atender las necesidades de personal laboral en la Universidad, este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por el artículo 101 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 426/2005, de 15 de abril, (BOE de 16 de abril) y por el artículo 20, en relación con el artículo 2.2 e), de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades,

Y, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 del Convenio Colectivo de Personal Laboral de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, ha resuelto convocar:

- CONCURSO DE TRASLADO para cubrir tres plazas de Mozo de Servicios, Grupo V.

- En el caso de quedar desierto el concurso de traslado, las vacantes se ofertarán a PROMOCIÓN INTERNA, quedando convocado, en su caso, en la presente Resolución el Concurso Oposición correspondiente de acuerdo con lo especificado en la base cuarta.

BASES DE LA CONVOCATORIA


PRIMERA.- Normas Generales.

1.1.- Podrán participar en el Concurso de Traslado todo el personal laboral fijo acogido al Convenio Colectivo del Personal Laboral de esta Universidad, con al menos un año de servicios como tal en el puesto desde el que se concursa, que pertenezca al mismo grupo profesional, ostente la misma categoría y especialidad y se encuentre en el plazo de presentación de instancias en servicio activo o en situación de excedencia, debiendo, en este caso, haber solicitado el reingreso dentro del citado plazo.

Los participantes en este concurso deberán reunir los requisitos establecidos en el punto 1.3 de esta misma base, así como los demás requisitos que establece el Convenio Colectivo de Personal Laboral de la UNED.

1.2.- Tendrá acceso al sistema de Promoción Interna todo el personal laboral de la UNED con relación jurídico laboral común de carácter indefinido, con una antigüedad de al menos un año en la Universidad, que reúna los requisitos establecidos en el punto 1.3 de esta misma base, y los demás requisitos que establece el citado Convenio Colectivo, y que se encuentre en el plazo de presentación de instancias en situación de servicio activo o en excedencia con reserva de puesto de trabajo.

1.3.- Los participantes, tanto en el concurso de traslado como en el de promoción interna, deberán estar en posesión del Certificado de Escolaridad o equivalente.

SEGUNDA.- Solicitudes:

Los interesados deberán presentar su solicitud dirigida al Rectorado, en el modelo de instancia contenido en el Anexo IV de esta convocatoria, en el plazo de diez días naturales, a contar desde el siguiente a su publicación en el Boletín Interno de Coordinación Informativa (BICI), en el Registro General de la Universidad.

TERCERA.- Tribunal Calificador:

El Tribunal Calificador de las presentes pruebas selectivas estará formado por los miembros que figuran en el Anexo I de estas bases.

CUARTA.- Procedimiento de Selección:

4.1.-CONCURSO DE TRASLADO

4.1.1.- FASE DE CONCURSO

Los méritos estarán siempre referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La valoración de los méritos se realizará de la forma siguiente:

4.1.1.1.- Trabajo realizado.

Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo, considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas con el trabajo a desarrollar en la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos, que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:

0,1 puntos por cada mes en la misma área.

0,04 puntos por cada mes en distinta área.

Las distintas áreas se relacionan en el Anexo V de la presente convocatoria.

4.1.1.2.- Antigüedad.

Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados en la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.

0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas.

Serán valorables como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED como aquellos otros prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad. También serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.

Los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50% de aquélla. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.

Los méritos de "Trabajo Realizado" y "Antigüedad", se valorarán con certificación expedida de oficio por la Unidad de Personal, que se entregará directamente al Tribunal, enviando copia al interesado.

4.1.1.3.- Formación.

Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales dependientes de las Administraciones Públicas. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

De 20 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

De 31 a más de 70 horas de duración: 1,2 puntos.

De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.

De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del Personal de Administración y Servicios.

4.2.-PROMOCIÓN INTERNA

El procedimiento de selección constará de las fases de oposición y de concurso.

4.2.1.- FASE DE OPOSICIÓN

Consistirá en los siguientes ejercicios eliminatorios. El Tribunal efectuará el anuncio de celebración de los ejercicios a través de los tablones de anuncios de la Universidad, convocando a los aspirantes para la realización de cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la fase de oposición quienes no comparezcan.

PRIMER EJERCICIO:

Consistirá en una prueba teórica tipo test de 60 preguntas de respuestas alternativas, de las cuales sólo una será correcta, sobre el contenido del temario que se acompaña como Anexo III.

Las preguntas contestadas erróneamente se penalizarán en una cuantía igual a un tercio del valor que se otorgue a una pregunta contestada correctamente.

El tiempo máximo para la realización de este primer ejercicio será de 60 minutos. Este ejercicio se calificará de 0 a 35 puntos.

SEGUNDO EJERCICIO:

Consistirá en un ejercicio práctico, que podrá constar de una a varias pruebas, donde se valorará la fuerza, destreza y habilidad en el desempeño de las tareas propias del puesto

El tiempo máximo para la realización de este segundo ejercicio será de 30 minutos. Este ejercicio se calificará de 0 a 35 puntos.

CALIFICACIÓN DE LOS EJERCICIOS: El Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar cada uno de los ejercicios.

4.2.2.- FASE DE CONCURSO

En esta fase de concurso se valorarán los méritos de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias para participar en esta convocatoria, de conformidad con el siguiente baremo:

4.2.2.1.- Trabajo realizado.

Se valorará teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en el puesto o puestos de trabajo considerando la mayor o menor similitud de las funciones desempeñadas, con el trabajo a desarrollar en la plaza convocada. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos que corresponderá tanto a funciones realizadas en la misma área de actividad, como a funciones realizadas en otras áreas de actividad de la UNED, o de otras Administraciones Públicas. La puntuación se asignará conforme a la siguiente valoración por cada mes trabajado:

0,1 puntos por cada mes en la misma área.

0,04 puntos por cada mes en distinta área.

Las distintas áreas se relacionan en el Anexo V de la presente convocatoria.

4.2.2.2.- Antigüedad.

Se computará por tiempo de servicios. La puntuación máxima por este concepto será de 12 puntos, que se atribuirán por la antigüedad, valorada en meses, de servicios prestados en la UNED o en otras Administraciones Públicas, asignándose la siguiente puntuación:

0,1 puntos por cada mes de antigüedad en la UNED.

0,04 puntos por cada mes en otras Administraciones Públicas.

Serán valorables como trabajo realizado y como antigüedad, tanto los servicios prestados con un contrato laboral indefinido con la UNED como aquellos otros prestados en cualquiera de las modalidades de contratación eventual o temporal en la Universidad. También serán valorables los servicios prestados a la UNED como trabajador autónomo.

Los contratos a tiempo parcial se computarán como de jornada completa siempre que su jornada sea igual o superior al 50% de aquélla. En caso de que sea inferior, se computará de forma proporcional al tiempo trabajado.

4.2.2.3.- Formación.

Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con el área de actividad de la plaza que se convoca, impartidos por Organismos e Instituciones oficiales dependientes de las Administraciones Públicas. Los referidos cursos, que podrán ser valorados con un máximo de 6 puntos, se puntuarán del siguiente modo:

De hasta 20 horas de duración: 0,3 puntos.

De 20 a 30 horas de duración: 0,6 puntos.

De 31 a más de 70 horas de duración: 1,2 puntos.

De 71 a 150 horas de duración, o más de cuatro meses: 2,4 puntos.

De 151 a 300 horas de duración, o más de seis meses: 4,2 puntos.

De 301 o más horas de duración o un/os curso/s académicos: 6 puntos.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante presentación de fotocopia debidamente cotejada de la certificación, título o diploma correspondiente. No será necesaria dicha acreditación cuando los cursos hayan sido impartidos en la UNED dentro de los Planes de Formación del Personal de Administración y Servicios.

QUINTA.- Listas de aprobados y valoración de méritos de la fase de concurso.

5.1.- Una vez realizado cada uno de los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará pública en los tablones de anuncios de la Universidad, la relación de aspirantes que la hayan superado.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en la relación correspondiente tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.

5.2.- Los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición, dispondrán de un plazo improrrogable de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al que se haga pública dicha relación, para presentar en el Registro General de la Universidad los documentos acreditativos de los méritos referidos en la base cuarta.

La documentación acreditativa de los méritos deberá presentarse precedida de la carátula que se publica como Anexo II a esta convocatoria, que servirá como identificativo de la documentación que cada aspirante entregue.

Los méritos de "Trabajo realizado" y "Antigüedad", se valorarán con certificación expedida de oficio por la Unidad de Personal correspondiente que se entregará directamente al Tribunal, enviando copia al interesado. El mérito de "Formación" será acreditado mediante la aportación por los aspirantes de copia cotejada de los documentos que estén oficialmente establecidos a tal fin.

La no presentación, en el plazo señalado, de los documentos acreditativos de los méritos, determinará la no valoración del aspirante en la fase de concurso.

5.3.- Finalizada la fase de concurso, el Tribunal hará pública, en los tablones de anuncios de la UNED, la relación de puntuaciones obtenidas en esta fase por los aspirantes, con indicación expresa de la calificación obtenida en cada uno de los méritos objeto de la valoración.

SEXTA.- Relación de aprobados y presentación de documentos.

6.1.- Concluido el proceso selectivo, el Tribunal calificador hará pública en los tablones de anuncios de la Universidad los nombres de los aspirantes que hayan superado el concurso ­ oposición.

6.2.- En caso de empate en la puntuación final obtenida por los aspirantes, el orden de prelación vendrá determinado por la conseguida en la fase de oposición. En caso de persistir el empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el apartado 4.2.2.1. "Trabajo realizado" de la fase de concurso y, en última instancia, se tendrá en cuenta los apellidos de los opositores, dirimiéndose el empate a favor del primero, a partir de la letra "F" de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 10 de enero de 2005 ("Boletín Oficial del Estado" del 17 de enero) por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 3 de enero.

6.3.- Con carácter previo a la formalización de los contratos, los aspirantes que hayan superado el concurso oposición deberán, en el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de los nombres de los aspirantes aprobados señalados en la base 6.1., aportar la titulación acreditativa correspondiente.

Si dentro del plazo indicado y, salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la citada documentación acreditativa o de la misma se desprenda que no reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en su instancia o documentación.

SÉPTIMA.- Formalización de los contratos e incorporación

7.1.- El Rectorado de la Universidad procederá posteriormente a la formalización de los contratos de las plazas convocadas.

Dicho trámite se realizará en el plazo máximo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BICI de la Resolución declarando aprobados a los aspirantes que hayan superado el concurso oposición.

Hasta tanto se formalicen los contratos, los aspirantes no tendrán derecho a percepción económica alguna.

7.2.- En el momento de la formalización de los contratos, los trabajadores darán cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, en materia de incompatibilidades.

OCTAVA.- Norma final.

8.1.- Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

8.2.- Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante el Rectorado de esta Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, 1 de febrero de 2006. EL RECTOR, Juan A. Gimeno Ullastres.

ANEXO I

TRIBUNAL CALIFICADOR

TITULARES

PRESIDENTA: D.ª Paloma Isla Alvarez de Tejera, J. Dpto. Infraestructura

VOCALES: Por la Gerencia:

D. Julián Hermoso Ventura, Encargado de Infraestructura D. José Arcos Vázquez, Tec. Esp. de Servicios

Por el Comité de Empresa:

D. Antonio Castro Téllez, Of. de Oficios de Servicios

D. Roberto Guerra Martín, Tec. Esp. de Jardinería

SECRETARIO: D. Francisco Ortiz Blázquez, J. Sec. Gestión Doctorado

SUPLENTES

PRESIDENTA: Dª Mª Antonia González Diez, J. Dpto. Presupuestos y Sistemas.

VOCALES: Por la Gerencia:

D. Vicente Martín del Pliego Rontome, Dip. Univ. de Servicios.

D. Adolfo Gutiérrez Cordero, Tec. Esp. de Servicios.

Por el Comité de Empresa:

D. Antonio Fernández Sarrió, Tec. Esp. Mantenimiento.

D. Angel Iglesias Tejedor, Ordenanza.

SECRETARIA: Dª Mª del Pino Espino Martell, Secretaria J. Serv. Ord. Académica.

ANEXO III


Temario de tres plazas de Mozo de Servicios, Grupo V.

Parte general:

1. Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Los derechos fundamentales y las libertades públicas. Garantía y suspensión de los derechos y libertades.

2. La Ley Orgánica de Universidades. Especial referencia al Título X: Personal de Administración y Servicios.

3. La Universidad Nacional de Educación a Distancia. Los Estatutos de la Universidad. Especial referencia al Personal de Administración y Servicios.

4. El Estatuto de los Trabajadores. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos y deberes del contrato. Participación de los trabajadores en la empresa: Órganos de representación. El derecho de reunión. La libertad sindical.

5. El Convenio Colectivo del Personal Laboral de la UNED.

6. La Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal. La Protección de Datos en la UNED.

7. La Prevención de Riesgos Laborales: conceptos básicos, principios de acción preventiva. Derechos y obligaciones de los trabajadores. Órganos de prevención. Conceptos básicos sobre seguridad, higiene, ergonomía y vigilancia de la salud. Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Parte específica:

1. Traslado y conservación de bienes-muebles.

2. Procedimiento de envalijado y desenvalijado de exámenes (Pruebas Presenciales) en la UNED.

3. Seguridad y Salud: Trabajo y salud. Concepto. Riesgos laborales y sus consecuencias.

4. Carga de trabajo: Carga física y mental. Fatiga. Insatisfacción laboral.

5. Sistemas elementales de control de riesgos. Protección de la Seguridad y Salud. Protección colectiva. Protección individual.

6. Condiciones de seguridad: Lugar y superficie de trabajo. Almacenamiento. Manipulación y transporte de cargas. Señalización.

7 Incendio: Fuego: Conceptos básicos. Prevención de incendios. Protección contra incendios.

ANEXO II (Méritos acréditados), ANEXO IV (Solicitud de participación) y ANEXO V (Áreas de actividad), pueden obtenerse en: http://www.uned.es/bici/curso2005-2006/introd11-20.htm

11.- Acuerdo por el que se regulan los procedimientos para la selección de funcionarios interinos de la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED, así como para la contratación de personal laboral para tareas propias de dicha Escala

* Sección de Personal Administración y Servicios


BOLSA DE TRABAJO

1. Objeto y vigencia:

El presente Acuerdo tiene por objeto la regulación de los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a funcionarios de la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de la UNED, así como la selección de personal con contrato laboral temporal en tareas propias de dicha Escala.

Para el nombramiento y el cese de funcionarios de empleo interino se estará a lo dispuesto en la normativa vigente.

La vigencia del presente Acuerdo se extenderá desde el día siguiente a la publicación en el BICI de la bolsa de trabajo, hasta la confección de una nueva bolsa resultante de un nuevo proceso selectivo.

2. Requisitos

Según lo establecido en la base 8.6. de la convocatoria de las pruebas selectivas para ingreso en la citada Escala, publicada en el BOE de 13 de enero de 2005, para formar parte de la bolsa de trabajo, los aspirantes deberán haber superado la fase de oposición, no haber obtenido plaza y haberlo consignado expresamente en el Anexo VIII de la citada convocatoria.

3. Procedimiento de selección

Orden de inclusión

El orden de inclusión en la bolsa de trabajo se determinará de acuerdo con los siguientes criterios de prelación:

- Primero: Personas que hayan superado la fase de oposición y hayan prestado servicios en la UNED en funciones propias de la Escala de Auxiliares de Biblioteca, cualquiera que hubiera sido el vínculo jurídico de la relación de empleo, ordenadas por la suma de la puntuación obtenida en los dos exámenes.

- Segundo: Personas que hayan superado la fase de oposición y hayan prestado servicios en la UNED en funciones distintas a las de la Escala de Auxiliares de Biblioteca, cualquiera que hubiera sido el vínculo jurídico de la relación de empleo, ordenadas por la suma de la puntuación obtenida en los dos exámenes. Únicamente podrá llamarse a estos integrantes, cuando los del apartado anterior estén trabajando en la UNED o hayan sido excluidos de la bolsa de trabajo.

- Tercero: Personas que hayan superado la fase de oposición y no hayan prestado servicios en la UNED, ordenadas por la suma de la puntuación obtenida en los dos exámenes. Únicamente podrá llamarse a estos integrantes, cuando los de los apartados anteriores estén trabajando en la UNED o hayan sido excluidos de la bolsa de trabajo.

A la vista del resultado del proceso selectivo en relación con la confección de la bolsa de trabajo, base 8.6 de la convocatoria, se acuerda entre la Gerencia y la Junta de Personal ampliar la misma. De la citada ampliación, el orden de prelación será el siguiente:

- Cuarto: Personas que hayan superado el primer ejercicio de la fase de oposición y hayan prestado servicios en la UNED en funciones propias de la Escala de Auxiliares de Biblioteca, ordenadas por la puntuación obtenida en el ejercicio. Únicamente podrá llamarse a estos integrantes, cuando los de los apartados anteriores estén trabajando en la UNED o hayan sido excluidos de la bolsa de trabajo.

- Quinto: Personas que hayan superado el primer ejercicio de la fase de oposición y hayan prestado servicios en la UNED en funciones distintas de la Escala de Auxiliares de Biblioteca, ordenadas por la puntuación obtenida en el ejercicio. Únicamente podrá llamarse a estos integrantes, cuando los de los apartados anteriores estén trabajando en la UNED o hayan sido excluidos de la bolsa de trabajo.

- Sexto: Personas que hayan superado el primer ejercicio de la fase de oposición y no hayan prestado servicios en la UNED, ordenadas por la puntuación obtenida en el ejercicio. Únicamente podrá llamarse a estos integrantes, cuando los de los apartados anteriores estén trabajando en la UNED o hayan sido excluidos de la bolsa de trabajo.

En caso de empate en cualquiera de los supuestos anteriores, se atenderá al orden alfabético a partir de la letra que haya resultado elegida en el sorteo que anualmente se realiza para el desarrollo de los procesos selectivos de Oferta de Empleo Público y que aparece en las respectivas convocatorias.

Publicación

Una vez formada la bolsa de trabajo, previo acuerdo de la Gerencia con la Junta de Personal, se procederá, a su publicación en la página web de Gerencia (Sección de Personal de Administración y Servicios) y en ella figurarán los siguiente datos:

- Número de orden

- Apellidos y nombre

- Puntuación

4. Gestión de la bolsa de trabajo

a) La gestión de la Bolsa de Trabajo se llevará a cabo por la Sección de Personal de Administración y Servicios.

b) Con objeto de facilitar la gestión de la bolsa de trabajo, la Sección de Personal de Administración y Servicios realizará un primer aviso a los interesados para que aporten su curriculum vitae y los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos para el acceso a la Escala de Auxiliares de Biblioteca. Este aviso se efectuará a través de contacto telefónico en el número que el interesado haya designado. En el caso de que no se consiguiera contactar con mismo, se le remitirá una carta por correo certificado con acuse de recibo. Sólo en el supuesto de que nadie se hubiera podido hacer cargo de la notificación se practicará una segunda. Los interesados dispondrán de un plazo de cinco días naturales, desde el día siguiente al aviso telefónico o notificación, para personarse en la Sección de Personal de Administración y Servicios de la UNED, calle Bravo Murillo 38, 5ª planta, de Madrid.

Posteriormente, ante la necesidad de nombrar un funcionario interino o contratado laboral, la Sección de Personal de Administración y Servicios procederá al LLAMAMIENTO del integrante de la bolsa a quien correspondiese por su orden de puntuación, indicándole su próxima incorporación al trabajo y el destino. El procedimiento para efectuar el llamamiento se hará en los mismos términos del párrafo anterior: llamada telefónica, carta con acuse de recibo en caso de no haber podido contactar por teléfono y plazo de cinco días naturales desde la llamada o notificación para personarse.

Cuando el interesado no se personase en el plazo previsto en la Sección indicada, se procederá a seguir el llamamiento según el orden establecido en la bolsa, y se entenderá que renuncia a formar parte de la misma.

El incumplimiento de la obligación de personarse implicará la exclusión definitiva de la bolsa de trabajo, salvo que medie causa justificada, debidamente acreditada documentalmente, apreciada por la UNED. Se considerará que existe justificación suficiente para la no exclusión de la bolsa de trabajo cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias debidamente acreditadas:

- Enfermedad o maternidad

- Mantener una relación de empleo

- Razones de fuerza mayor apreciadas, en su caso, por la UNED

Una vez finalizada la causa justificativa de la no exclusión, los interesados deberán comunicarlo a la Sección de Personal de Administración y Servicios, en el plazo máximo de un mes a contar desde la referida finalización, momento en el que volverá a ocupar la posición que originariamente le correspondía en la bolsa de trabajo. El incumplimiento de esta obligación implicará la exclusión definitiva de la bolsa de trabajo.

c) En el supuesto de nombramientos de funcionario interino sucesivos que correspondan a un mismo puesto, éstos podrán realizarse con el mismo funcionario interino con el que se hubiera realizado el primer nombramiento aunque pudiera no corresponderle por su posición en la bolsa de trabajo.

d) Se enumeran a continuación los tres tipos de llamamientos posibles, con el siguiente orden de prelación:

Funcionario interino para ocupar una plaza vacante en la Relación de Puestos de Trabajo del personal funcionario.

Funcionario interino para ocupar una plaza no vacante, cuyo titular tenga derecho a reserva del puesto de trabajo y se encuentre en algunos de los supuestos siguientes:

- Incapacidad Temporal.

- Permiso de descanso por maternidad.

- Excedencia para el cuidado de hijos el primer año o de familiares.

- Comisión de Servicios

Contratado laboral para aquellos casos no recogidos en los apartados anteriores. Serán contratados eventuales por circunstancias de la producción en su mayoría, y excepcionalmente por obra o servicio determinado.

e) Salvo en los supuestos contenidos en el apartado c) del punto 4, el orden de los integrantes de la bolsa no será alterado, manteniéndose en el mismo puesto y con idéntica puntuación durante el periodo de vigencia de la misma, de forma que aquellos que hubieran sido nombrados funcionarios interinos o contratados laborales de duración determinada, volverán a ocupar la posición que originariamente les correspondía en la bolsa una vez finalizada su relación de servicios, teniendo preferencia para ser llamado nuevamente sobre los posteriores en el orden.

f) El llamamiento se realizará a los integrantes de la bolsa que se encuentren en situación de "en espera de llamamiento con curriculum entregado" (la entrega del curriculum se hará previa petición por la Sección de Personal de Administración y Servicios), letra F del punto 5, y en función de las necesidades de personal que se vayan produciendo, teniendo en cuenta que:

- El integrante de la bolsa que haya sido nombrado funcionario interino, no podrá ser llamado posteriormente para formalizar un contrato laboral de duración determinada.

- El integrante de la bolsa que haya suscrito un contrato laboral de duración determinada no podrá se llamado para otro contrato laboral.

g) Las circunstancias sobrevenidas en la gestión de la bolsa de trabajo, no previstas en este documento, serán objeto de acuerdo entre la Gerencia y la Junta de Personal.

5. Información sobre el estado de la bolsa de trabajo

La Sección de Personal de Administración y Servicios de la UNED actualizará periódicamente la bolsa de trabajo en su página web, informando de la situación de la misma:

A: Interino

B: Contratado

C: Renuncia

D: Exclusión provisional

E: En espera de llamamiento sin curriculum entregado.

F: En espera de llamamiento con curriculum entregado.

La Junta de Personal recibirá toda la información que ésta solicite del Servicio de Personal de la UNED sobre las incidencias de esta bolsa de trabajo. A estos efectos, se empleará cualquier medio posible que permita agilizar la transmisión de dicha información.

6. Causas de exclusión de la bolsa de trabajo

Además de las contempladas en los apartados anteriores, se considerarán causas de exclusión:

- Decisión de la Gerencia, a la vista del informe negativo motivado por el responsable de la Unidad donde haya prestado sus servicios el integrante de la bolsa, previa audiencia de la Junta de Personal.

- La renuncia del interesado.

- No reunir alguno de los requisitos exigidos para el acceso a la Escala de Auxiliares de Biblioteca. El incumplimiento de la obligación de personarse en la Sección de PAS transcurrido el plazo de cinco días naturales desde el siguiente a la recepción de la notificación, salvo causa justificada y acreditada y apreciada por la UNED.

7. Nombramiento y cese de funcionarios interinos

a) Los nombramientos y ceses como funcionarios interinos, que se ajustarán a las normas legales y reglamentarias aplicables, serán efectuados por el Rectorado de la UNED. El nombramiento será notificado a los interesados, quienes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles para tomar posesión de los respectivos puestos de trabajo.

b) Los aspirantes propuestos para tales nombramientos deberán reunir los requisitos exigidos para el acceso a la Escala de que se trate y, en su caso, los referidos a la convocatoria correspondiente. En caso contrario, perderán todo derecho a formar parte de la bolsa de trabajo.

c) El integrante de la bolsa que haya sido cesado como funcionario interino de plaza vacante, no vacante o contratado laboral de duración determinada, no podrá ser nombrado funcionario interino de plaza no vacante hasta transcurrido el plazo de un mes desde que se produzca el cese.

d) El integrante de la bolsa que haya sido cesado como funcionario interino de plaza vacante, no vacante o contratado laboral de duración determinada, no podrá ser nombrado funcionario de plaza vacante hasta transcurrido el plazo de quince días desde que se produzca el cese.

e) En el supuesto de nombramientos sucesivos de funcionario interino de plaza no vacante para un mismo puesto de trabajo, que coincidan en un mismo integrante de la bolsa, existirá un intervalo de espera entre cese y nombramiento de quince días.

8. Contratación laboral temporal en tareas propias de la Escala de Auxiliares de Biblioteca

La UNED podrá contratar en régimen laboral temporal para tareas propias de la Escala de Auxiliares de Biblioteca, y los tipos de contrato que se podrán suscribir serán los establecidos en la legislación laboral vigente: eventual por circunstancias de la producción y obra o servicio determinado, informando de ello la Junta de Personal.

Los procedimientos de inicio y cese de la relación laboral temporal se atendrán a lo dispuesto en la legislación laboral vigente que les sea de aplicación.

12.- Resolución de 25 de enero de 2006, de la UNED, declarando desierto el concurso de traslado y promoción interna para acceder a una plaza vacante en la plantilla de personal laboral

* Sección de Personal Administración y Servicios


Por Resolución de 23 de noviembre de 2005, (BICI de 19 de diciembre), se convocó Concurso de Traslado y Promoción Interna para acceder a una plaza vacante en la plantilla de Personal Laboral de Ayudante de Oficios Grupo V, Jardinería.

Reunido el Tribunal Calificador y elevada propuesta de resolución del Concurso de Traslado y Promoción Interna, este Rectorado, en uso de las competencias conferidas por el artículo 101 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Real Decreto 426/2005 de 15 de abril, (BOE de 16 de abril) y por el artículo 20, en relación con el artículo 2.2 e), de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades, ha resuelto:

PRIMERO.- Declarar desierto el Concurso de Traslado, al no haberse presentado ninguna solicitud.

SEGUNDO.- Declarar desierto el Concurso-Oposición de Promoción Interna, al no haberse presentado ninguna solicitud.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante al Excelentísimo y Magnífico Señor Rector de esta Universidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación.

Madrid, a 25 de enero de 2006. EL RECTOR, Juan A. Gimeno Ullastres.

FACULTAD DE DERECHO

13.- Comunicado para los alumnos y profesores tutores de la asignatura de "Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social ", cód 514046, Facultad de Derecho

* Dpto. de Derecho de la Empresa


Esta NOTA INFORMATIVA se dirige EXCLUSIVAMENTE a los alumnos de la asignatura "Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social" (Cód. 514046) del PLAN NUEVO de la Facultad de Derecho y no es aplicable, por tanto, a la asignatura "Derecho del Trabajo" (Cód. 014183) del PLAN ANTIGUO.

Como saben los alumnos de la asignatura de "Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social" (Cód. 514046) del PLAN NUEVO de la Facultad de Derecho, la materia objeto de examen en la 2ª PRUEBA PERSONAL es exclusivamente la Parte VI, esto es, la SEGURIDAD SOCIAL, puesto que el Proceso Laboral se estudia, en el Plan Nuevo, en una nueva asignatura optativa, denominada "Derecho Procesal Laboral".

El TEXTO BÁSICO para la preparación de esta Parte VI, como indica el Programa, es:

ALONSO-OLEA GARCÍA, Belén y SUÁREZ FERNÁNDEZ, Alejandro: "Derecho de la Seguridad Social", UNED,1ª ed. 2004.

El objeto de examen de la 2ª PRUEBA PERSONAL está constituido por la TOTALIDAD de los Temas de Seguridad Social (Temas XLII a L) del Programa, sin que haya, por tanto, temas de lectura detenida excluidos de examen.

14.- Soluciones a los test de la asignatura de "Derecho Constitucional III" (Prog. de D.ª Yolanda Gómez Sánchez). Febrero 2006

* Dpto. de Derecho Constitucional


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15.- Soluciones a los test de la asignatura de " Derecho Romano". Febrero 2006

* Dpto. de Derecho Romano


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FACULTAD DE CC. ECONÓMICAS Y EMPRESARIALES

16.- Soluciones a los test de la asignatura "Organización Económica Internacional" (cod. 43402). Febrero 2006

* Dpto. Economía Aplicada e Historia Económica


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